Orden de 17 de julio de 1996 - Modifica los reglamentos técnicos de control y certificación de semillas de plantas forrajeras, de plantas oleaginosas y de plantas hortícolas
颁布于 1996-07-17 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 西班牙
- 主题
- Cultivated plants
- 关键词
- plant production, crops, oleaginous plants, vegetables/legumes, seeds/planting material, certification, packaging/labelling, internal trade, classification/declassification, agricultural commodities
- 类别
- agriculture
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ORDEN DE 17 DE JULIO DE 1996 POR LA QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO TECNICO DE CONTROL Y CERTIFICACION DE SEMILLAS DE PLANTAS FORRAJERAS, EL REGLAMENTO TECNICO DE CONTROL Y CERTIFICACION DE SEMILLAS DE PLANTAS OLEAGINOSAS, EL REGLAMENTO TECNICO DE CONTROL Y CERTIFICACION DE SEMILLAS DE PLANTAS TEXTILES Y EL REGLAMENTO TECNICO DE CONTROL Y CERTIFICACION DE SEMILLAS DE PLANTAS HORTICOLAS. La Directiva 96/18/CE, de la Comisión, de 19 de marzo, por la que se modifican diversas Directivas del Consejo, relativas a la comercialización de semillas y materiales de reproducción, supone la necesaria adaptación a la misma de la normativa interna que había traspuesto la Directiva 66/401/CEE, del Consejo, de 14 de junio, relativa a la comercialización de las semillas de plantas forrajeras; la Directiva 69/208/CEE, del Consejo, de 30 de junio, referente a la comercialización de las semillas de plantas oleaginosas y textiles, y la Directiva 70/458/CEE, del Consejo, de 29 de septiembre, referente a la comercialización de las semillas de plantas hortícolas. En su virtud, dispongo: Artículo primero. Se modifica el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Forrajeras, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986, modificado en último lugar por Orden de 3 de noviembre de 1995, en los siguientes términos: En el anejo II, Pesos de los lotes y de las muestras, en la segunda columna: Peso máximo del lote en Tm, se sustituirá «20» por «25» en las filas correspondientes a: Lupinus albus. Lupinus angustifolius. Lupinus luteus. Pisum sativum. Vicia faba. Vicia sativa. Artículo segundo. Se modifica el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Oleaginosas, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986 y modificado por última vez por la Orden de 13 de julio de 1992, en los términos siguientes: En el anejo 3, Pesos de los lotes y de las muestras, en la segunda columna: Peso máximo del lote (kilogramos), se sustituirá «20.000» por «25.000» en las filas correspondientes a: Semilla certificada (R-1 y R-2) de cacahuete. Semilla certificada (R-1 y R-2) de soja. Semilla certificada de girasol. Asimismo, se sustituirá «10.000» por «25.000» en la fila correspondiente a cártamo. Artículo tercero. Se modifica el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Textiles, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986, modificado en último lugar por Orden de 16 de julio de 1990, en los siguientes términos: En el anejo número 3, Pesos de los lotes y de las muestras, en la segunda columna: Peso máximo del lote (kilogramos), se sustituirá «20.000» por «25.000» en la fila correspondiente a semilla certificada (R-1 y R-2) de algodón. Artículo cuarto. Se modifica el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Hortícolas, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986, modificado por última vez por la Orden de 16 de julio de 1990, en los siguientes términos: En el apartado VII.I, Tamaño de los lotes, se sustituye el contenido por lo siguiente: El peso máximo de los lotes no podrá exceder de: a) Para semillas de Phaseolus vulgaris, Pisum Sativum y Vicia faba: 25 toneladas. b) Para semillas de tamaño igual o superior al de los granos de trigo, excepto las de Phaseolus vulgaris, Pisum sativum y Vicia faba: 20 toneladas. c) Para semillas de tamaño inferior al de los granos de trigo: 10 toneladas. En el peso máximo de los lotes se admite una tolerancia de hasta el 5 por 100. Disposición final. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 17 de julio de 1996. DE PALACIO DEL VALLE-LERSUNDI Ilmo. Sr. Director general de Producciones y Mercados Agrícolas.