Orden de 11 de julio de 1994 - Actualizan los anexos I y II de la Orden de 14 de junio de 1991, sobre productos fertilizantes y afines
颁布于 1994-07-11 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 西班牙
- 主题
- Cultivated plants
- 关键词
- fertilizers/nutrients, standards, packaging/labelling, hygiene/sanitary procedures, soil conservation/soil improvement, soil pollution/quality, plant production
- 类别
- agriculture
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ORDEN DE 11 DE JULIO DE 1994 POR LA QUE DE ACTUALIZAN LOS ANEXOS I Y II DE LA ORDEN DE 14 DE JUNIO DE 1991, SOBRE PRODUCTOS FERTILIZANTES Y AFINES. El Real Decreto 72/1988, de 5 de febrero, sobre fertilizantes y afines, modificado por el Real Decreto 877/1991, de 31 de mayo, habilita al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, previo informe favorable de los Ministerios de Sanidad y Consumo y de Industria y Energía, para establecer las listas de fertilizantes y afines que pueden ser destinados al consumo agrícola, así como los contenidos máximos y mínimos, las características de composición y, en su caso, las instrucciones específicas relativas al uso, almacenaje y manipulación del producto. Por otra parte, se hace necesario trasponer al Derecho interno la Directiva 93/69/CEE, de la Comisión, de 23 de julio, por la que se adapta al progreso técnico la Directiva 76/116/CEE del Consejo, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre los abonos, con objeto de armonizar nuestra legislación y establecer su aplicación dentro de los plazos previstos. Esta transposición obliga a modificar los anejos I y II de la Orden de 14 de junio de 1991, sobre fertilizantes y afines. Por lo anteriormente expuesto y previo informe favorable de los Ministerios de Sanidad y Consumo y de Industria y Energía, dispongo: Artículo único. Se modifican los anexos I y II de la Orden de 14 de junio de 1991 sobre productos fertilizantes y afines, que quedan redactados como se indica en los anejos I y II de la presente Orden. Disposición final única. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>. Madrid, 11 de julio de 1994. ATIENZA SERNA Ilmo. Sr. Secretario general de Producciones y Mercados Agrarios. (ANEXO OMITIDO)