Orden APA/911/2002 - Modifica la Orden de 5 de diciembre de 2001, sobre medidas cautelares en relación con la sospecha de peste porcina clásica en Cataluña
颁布于 2002-04-24 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 西班牙
- 主题
- Livestock
- 关键词
- animal health, swine, pests/diseases, hygiene/sanitary procedures, transport/storage
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ORDEN APA/911/2002, de 24 de abril, por la que se modifica la Orden de 5 de diciembre de 2001 por la que se establecen medidas cautelares en relaci�n con la sospecha de peste porcina cl�sica en Catalu�a. La notificaci�n de una sospecha de peste porcina cl�sica en la provincia de Barcelona hizo necesario adoptar, como medida cautelar, la prohibici�n del movimiento de animales de la especie porcina originarios de la Comunidad Aut�noma de Catalu�a, mediante la Orden de 5 de diciembre de 2001 por la que se establecen medidas cautelares en relaci�n con la sospecha de peste porcina cl�sica en Catalu�a, cuyo anexo ha sido modificado mediante la Orden APA/91/2002, de 24 de enero. La Comisi�n Europea, mediante la Decisi�n 2001/925/CE, de 20 de diciembre, relativa a determinadas medidas de protecci�n contra la peste porcina cl�sica en Espa�a y por la que se deroga la Decisi�n 2001/863/CE, ha adoptado las correspondientes medidas de protecci�n contra la peste porcina cl�sica. La Decisi�n 2002/243/CE, de 25 de marzo, que modifica las Decisiones 2001/925/CE y 2002/33/CE con el fin de prorrogar y adaptar determinadas medidas de protecci�n y condiciones particulares en relaci�n con la peste porcina cl�sica en Espa�a, modifica las zonas afectadas por la enfermedad. Estas zonas son �nicamente la provincia de Barcelona y las comarcas de Ripoll�s, Garrocha y Selva de la provincia de Girona, en la Comunidad Aut�noma de Catalu�a, por lo que debe modificarse en consecuencia el anexo de la Orden de 5 de diciembre de 2001. En consecuencia, se dicta la presente Orden de acuerdo con lo establecido en el art�culo 149.1.16.a de la Constituci�n, por el que se atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinaci�n general de la sanidad. En su virtud, dispongo: Art�culo �nico. Modificaci�n de la Orden de 5 de diciembre de 2001. El texto del anexo de la Orden de 5 de diciembre de 2001 por la que se establecen medidas cautelares en relaci�n con la sospecha de peste porcina cl�sica en Catalu�a, se sustituye por el siguiente: "ANEXO Zonas afectadas por la prohibici�n de movimiento La provincia de Barcelona y las comarcas de Ripoll�s, Garrocha y Selva en la provincia de Girona." Disposici�n final �nica. Entrada en vigor. La presente Orden entrar� en vigor el d�a siguiente al de su publicaci�n en el "Bolet�n Oficial del Estado". Madrid, 24 de abril de 2002. ARIAS CA�ETE