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西班牙的法律

Orden APA/1948/2002 - Rendimientos medios a tener en cuenta en las transferencias de derechos de replantación de viñedo en la campaña 2002-2003

颁布于 2002-07-29 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
European Union
国家
西班牙
主题
Cultivated plants
关键词
plant production, viticulture/oenological practices
类别
agriculture

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. ORDEN APA/1948/2002, de 29 de julio, por la que se publican los rendimientos medios a tener en cuenta en las transferencias de derechos de replantaci�n de vi�edo en la campa�a 2002-2003. El Reglamento (CE) 1493/1999 del Consejo, de 17 de mayo, por el que se establece la Organizaci�n Com�n del Mercado Vitivin�cola, y del Reglamento (CE) 1227/2000, de la Comisi�n, de 31 de mayo de 2000, por el que se fijan las disposiciones de aplicaci�n del Reglamento anterior, en lo relativo al potencial de producci�n, establece la prohibici�n de nuevas plantaciones de vi�edo como medida para controlar el potencial de producci�n, aunque permite la posibilidad de transferencias de derechos de replantaci�n, siempre y cuando no conduzcan a un aumento del potencial de producci�n. El Real Decreto 1472/2000, de 4 de agosto, por el que se regula el potencial de producci�n vit�cola, desarrolla el marco legal anterior a nivel nacional y regula las transferencias de derechos de replantaci�n en su cap�tulo II. En el apartado 2 del art�culo 5, y para cumplir con el requisito comunitario de no incrementar el potencial productivo vit�cola, prev� el ajuste de las superficies que se transfieren en funci�n de los rendimientos medios que anualmente publique el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci�n, con base a los datos proporcionados por las Comunidades Aut�nomas. En la elaboraci�n de esta Orden han sido consultadas las Comunidades Aut�nomas y los sectores afectados. En su virtud, dispongo: Art�culo �nico. Rendimientos medios para la campa�a 2002/2003. Durante la campa�a 2002/2003, a las transferencias de derechos de replantaci�n de vi�edo se les aplicar�n los rendimientos medios provinciales que aparecen en el anexo de esta disposici�n cuando se deban efectuar los correspondientes ajustes de superficies, en aplicaci�n del art�culo 5 del Real Decreto 1472/2000, de 4 de agosto, por el que se regula el potencial de producci�n vit�cola. Disposici�n final. Entrada en vigor. La presente disposici�n entrar� en vigor el d�a siguiente al de su publicaci�n en el "Bolet�n Oficial del Estado". Madrid, 29 de julio de 2002. ARIAS CA�ETE ANEXO Comunidad Aut�noma de Andaluc�a Almer�a: 30 hl/ha. C�diz: 80 hl/ha. C�rdoba: 50 hl/ha. Granada: 12 hl/ha. Huelva: 83 hl/ha. Ja�n: 40 hl/ha. M�laga: 32 hl/ha. Sevilla: 49 hl/ha. Comunidad Aut�noma de Arag�n Huesca: 50 hl/ha. Teruel: 26 hl/ha. Zaragoza: 29 hl/ha. Comunidad Aut�noma del Principado de Asturias En toda la Comunidad: 59 hl/ha. Comunidad Aut�noma de Illes Balears En toda la Comunidad: 47 hl/ha. Comunidad Aut�noma de Canarias Las Palmas: 12 hl/ha. Santa Cruz de Tenerife: 24 hl/ha. Comunidad Aut�noma de Cantabria En toda la Comunidad: 26 hl/ha. Comunidad Aut�noma de Castilla-La Mancha Albacete: 27 hl/ha. Ciudad Real: 29 hl/ha. Cuenca: 30 hl/ha. Guadalajara: 31 hl/ha. Toledo: 31 hl/ha. Comunidad Aut�noma de Castilla y Le�n �vila: 27 hl/ha. Burgos: 36 hl/ha. Le�n: 50 hl/ha. Palencia: 24 hl/ha. Salamanca: 28 hl/ha. Segovia: 33 hl/ha. Soria: 27 hl/ha. Valladolid: 30 hl/ha. Zamora: 35 hl/ha. Comunidad Aut�noma de Catalu�a Zonas de producci�n de la Denominaci�n de Origen Alella: 34 hl/ha. Conca de Barber�: 40 hl/ha. Costers de Segre: 46 hl/ha. Priorat: 31 hl/ha. Pl� de Bages: 40 hl/ha. Pened�s: 64 hl/ha. Tarragona: 51 hl/ha. Terra Alta: 37 hl/ha. Empord�-Costa Brava: 41 hl/ha. Resto de zonas Barcelona: 58 hl/ha. Girona: 43 hl/ha. Lleida: 46 hl/ha. Tarragona: 45 hl/ha. Comunidad Aut�noma de Extremadura Badajoz: 35 hl/ha. C�ceres: 22 hl/ha. Comunidad Aut�noma de Galicia A Coru�a: 64 hl/ha. Lugo: 59 hl/ha. Ourense: 40 hl/ha. Pontevedra: 56 hl/ha. Comunidad Aut�noma de La Rioja En toda la Comunidad: 45 hl/ha. Comunidad Aut�noma de Madrid En toda la Comunidad: 26 hl/ha. Comunidad Aut�noma de la Regi�n de Murcia En toda la Comunidad: 22 hl/ha. Comunidad Foral de Navarra Zonas de producci�n de la D.O.C. La Rioja: 44 hl/ha. Resto Comunidad: 40 hl/ha. Comunidad Aut�noma del Pa�s Vasco �lava: 45 hl/ha. Guip�zcoa: 78 hl/ha. Vizcaya: 71 hl/ha. Comunidad Valenciana Alicante: 21 hl/ha. Castell�n: 20 hl/ha. Valencia: 36 hl/ha.

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