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西班牙的法律

Orden AAA/1528/2013 - Modifica la Orden AAA/198/2013, que extiende a los productores no miembros de la Asociación de Organizaciones de Productores de Pesca del Cantábrico determinadas normas orientadas a la mejora de la sostenibilidad de especies del género Trachurus

颁布于 2013-08-01 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
西班牙
主题
Fisheries and aquaculture
关键词
marine fisheries, marine fishes, fishing area, seasons, allocation/quota, landing, fishing authorization, fishing gear/fishing method, registration, cooperative/producer organization, fishery management and conservation, authorization/permit, aquatic animals

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文本

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  1. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 189 Jueves 8 de agosto de 2013 Sec. III. Pág. 58200 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE 8814 Orden AAA/1528/2013, de 1 de agosto, por la que se modifica la Orden AAA/198/2013, de 7 de febrero, por la que se extiende a los productores no miembros de la asociación de organizaciones de productores de pesca del cantábrico, determinadas normas orientadas a la mejora de la sostenibilidad de especies del género Trachurus. La Orden AAA/198/2013, de 7 de febrero, por la que se extiende a los productores no miembros de la Asociación de Organizaciones de Productores de Pesca del Cantábrico, determinadas normas orientadas a la mejora de la sostenibilidad de especies del género Trachurus, dispone que las capturas y desembarques de la flota de pabellón español autorizada para la pesca con artes de cerco no podrán exceder de 12.000 Kg por embarcación a la semana para la pesca de las especies del género Trachurus en la zona CIEM VIIIC hasta el 31 de diciembre de 2013. Con fecha 27 de junio de 2013 la Asociación de Organizaciones de Productores de Pesca del Cantábrico ha solicitado la modificación del apartado primero punto 1 de la Orden AAA/198/2013, por la que se extiende a los productores no miembros de la Asociación de Organizaciones de Productores de Pesca del Cantábrico, determinadas normas orientadas a la mejora de la sostenibilidad de especies del género Trachurus, en el sentido de que el tope máximo sea de 24.000 Kg por embarcación y semana, dado que el consumo realizado permite estimar que habrá cuota suficiente hasta el 31 de diciembre de 2013. La materia cuya extensión se acuerda es de las relacionadas en el artículo 7 del Reglamento (CE) n.º 104/2000, y considerando que la Asociación que solicita la extensión es representativa de la producción en los términos previstos en el artículo 1 del Reglamento (CE) n.º 696/2008, de 23 de julio de 2008 y habiéndose estudiado la oportunidad de esta modificación por parte de la Secretaría General de Pesca, se considera oportuno tomar en consideración la petición efectuada por Opescantábrico. En la elaboración de la presente orden se ha consultado al sector y las comunidades autónomas afectadas. El artículo 149.1.19.ª de la Constitución, atribuye al Estado la competencia sobre pesca marítima, que le habilita para realizar dicha extensión de normas, habida cuenta de que las normas a extender tienen una incidencia en la sostenibilidad del recurso al limitar las descargas de especies del género Trachurus, así como un ejercicio racional de la pesca. En su virtud, dispongo: Artículo único. Modificación de la Orden AAA/198/2013, por la que se extiende a los productores no miembros de la Asociación de Organizaciones de Productores de Pesca del Cantábrico, determinadas normas orientadas a la mejora de la sostenibilidad de especies del género Trachurus. El apartado primero 1 de la Orden AAA/198/2013, por la que se extiende a los productores no miembros de la Asociación de Organizaciones de Productores de Pesca del Cantábrico, determinadas normas orientadas a la mejora de la sostenibilidad de especies del género Trachurus, queda redactado como sigue: «1. Las capturas y desembarques de la flota de pabellón español autorizada para la pesca con artes de cerco, no podrán exceder de 24.000 Kg por embarcación a la semana para la pesca de las especies del género Trachurus en la zona CIEM VIIIC.» cv e: B O E A 2 01 3 88 14 BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 189 Jueves 8 de agosto de 2013 Sec. III. Pág. 58201 Disposición final única. Efectos. La presente orden surtirá efectos a los ocho días naturales de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 1 de agosto de 2013.–El Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete. cv e: B O E A 2 01 3 88 14 http://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

Orden AAA/1528/2013 - Modifica la Orden AAA/198/2013, que extiende a los productores no miembros de la Asociación de Organizaciones de Productores de Pesca del Cantábrico determinadas normas orientadas a la mejora de la sostenibilidad de especies del género Trachurus · Nelum