Resolución Nº 310 - CPE INEN-CODEX 58 sobre higiene para la carne
颁布于 2012-12-17 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 厄瓜多尔
- 主题
- Food and nutrition
- 关键词
- food safety and quality, hygiene/sanitary procedures, processing/handling, food additives, Codex Alimentarius, meat, slaughtering, vending, internal trade
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文本
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Resolución No. 12 310 SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD Considerando: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, “Las personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una información precisa y no engañosa sobre su contenido y características”; Que mediante Ley No. 2007-76, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 26 del 22 de febrero de 2007, se establece el Sistema Ecuatoriano de la Calidad, que tiene como objetivo establecer el marco jurídico destinado a: “i) Regular los principios, políticas y entidades relacionados con las actividades vinculadas con la evaluación de la conformidad, que facilite el cumplimiento de los compromisos internacionales en esta materia; ii) Garantizar el cumplimiento de los derechos ciudadanos relacionados con la seguridad, la protección de la vida y la salud humana, animal y vegetal, la preservación del medio ambiente, la protección del consumidor contra prácticas engañosas y la corrección y sanción de estas prácticas; y, iii) Promover e incentivar la cultura de la calidad y el mejoramiento de la competitividad en la sociedad ecuatoriana”; Que el Codex Alimentarius, en el año 2005, publicó el Código CAC/RCP 58:2005 HIGIENE PARA LA CARNE y la Enmienda 2009; Que el Instituto Ecuatoriano de Normalización, INEN, entidad competente en materia de Reglamentación, Normalización y Metrología, ha adoptado el Código CAC/RCP 58:2005 como el Código de Práctica Ecuatoriano CPE INEN-CODEX 58:2012 HIGIENE PARA LA CARNE; Que en su elaboración se ha seguido el trámite reglamentario; http://www.derechoecuador.com/Mis%20%20Documentos/Maricruz/MTE/2007/02%20febrero/R.%20O.%20(SP)%20feb.%2022%20No.%2026.doc#N200776 http://www.derechoecuador.com/Mis%20%20Documentos/Maricruz/MTE/2007/02%20febrero/R.%20O.%20(SP)%20feb.%2022%20No.%2026.doc#N200776 Que mediante Informe Técnico-Jurídico contenido en la Matriz de Revisión No. 147-ITJ-2012-N de fecha 10 de diciembre de 2012, se sugirió proceder a la aprobación y oficialización del Código de Práctica Ecuatoriano CPE INEN-CODEX 58 HIGIENE PARA LA CARNE; Que de conformidad con la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, el Ministerio de Industrias y Productividad es la institución rectora del Sistema Ecuatoriano de la Calidad; en consecuencia, es competente para aprobar y oficializar con el carácter de VOLUNTARIO el Código de Práctica Ecuatoriano CPE INEN-CODEX 58 HIGIENE PARA LA CARNE, mediante su promulgación en el Registro Oficial, a fin de que exista un justo equilibrio de intereses entre proveedores y consumidores; Que mediante Acuerdo Ministerial No. 11446 del 25 de noviembre de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 599 del 19 de diciembre de 2011, la Ministra de Industrias y Productividad delega a la Subsecretaria de la Calidad la facultad de aprobar y oficializar las propuestas de normas o reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad propuestos por el INEN, en el ámbito de su competencia, de conformidad con lo previsto en la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad y en su reglamento general; y, En ejercicio de las facultades que le concede la Ley, Resuelve: ARTÍCULO 1.- Aprobar y oficializar con el carácter de VOLUNTARIO el Código de Práctica Ecuatoriano CPE INEN-CODEX 58 (Higiene para la carne), que abarca disposiciones de higiene para la carne cruda, preparados de carne y carne manufacturada desde el momento de producción del animal vivo hasta el punto de venta al por menor. Además, desarrolla el “Código Internacional Recomendado de Prácticas: Principios Generales de Higiene de los Alimentos” en lo que respecta a estos productos. Cuando procede, se desarrollan y aplican en el contexto específico de la higiene de la carne el Anexo a dicho código (Sistema de análisis de riesgos y de los puntos críticos de control y directrices para su aplicación) y los principios para el establecimiento y aplicación de criterios microbiológicos a los alimentos. ARTÍCULO 2.- Disponer al Instituto Ecuatoriano de Normalización, INEN, que de conformidad con el Acuerdo Ministerial No. 11256 del 15 de julio de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 499 del 26 de julio de 2011, publique el Código de Práctica Ecuatoriano CPE INENCODEX 58 HIGIENE PARA LA CARNE, en la página web de esa institución, www.inen.gob.ec. ARTÍCULO 3.- Este código de práctica ecuatoriano CPE INEN-CODEX 58 entrará en vigencia desde la fecha de su promulgación en el Registro Oficial. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE en el Registro Oficial. Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 17 de diciembre de 2012. f.) Dr. Fabricio Peña Carrasco, Subsecretario de la Calidad Subrogante. MIPRO.- Ministerio de Industrias y Productividad.- Certifico es fiel copia del original.- Firma: Ilegible.- Fecha: 03 de enero de 2013. http://www.inen.gob.ec/