Resolución Nº 15 - Crea la Autoridad Nacional para el Mecanismo de Desarrollo Limpio
颁布于 2003-04-23 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 厄瓜多尔
- 主题
- Environment
- 关键词
- international agreement-implementation, institution, climate change, agricultural development, ecosystem conservation, emissions, clean development mechanism, environmental standards, standards, protection of environment, governance
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Resolución No. 015 EL MINISTRO DEL AMBIENTE PRESIDENTE DEL COMITE NACIONAL SOBRE EL CLIMA Considerando: Que, mediante Decreto Ejecutivo 1101, publicado en el Registro Oficial 243 del 28 de julio de 1999 se creó el Comité Nacional sobre el Clima (CNC), que entre sus competencias estipuladas en Art. 3 se incluye el "proponer medios institucionales para la aplicación del Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL)"; Que, el Ministerio del Ambiente ejerce la presidencia del Comité Nacional sobre el Clima; Que, el Reglamento del Consejo Nacional de Desarrollo Sustentable expedido mediante Decreto Ejecutivo 2169 del 11 de diciembre de 2001, establece en su artículo 7 como una de las prioridades nacionales el Programa del Mercado del Carbono, encargando su ejecución al Ministro del Ambiente; Que, la Séptima Conferencia de las Partes (CP 7) de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC), realizada en el mes de noviembre de 2001, adoptó la decisión 17/CP7 que norma y regula los proyectos MDL a través del anexo "Modalidades y Procedimientos de un Mecanismo para el Desarrollo Limpio"; Que, dicho anexo, en su punto 29 del capítulo F "Requisitos de Participación" establece que "las Partes participantes (países) en el MDL designaron a una Autoridad Nacional para el MDL"; Que, el Comité Nacional sobre el Clima, en su reunión del 21 de abril de 2003 adoptó la decisión Nº 1. CNC/2003 "El Comité Nacional sobre el Clima, sustentado en el Artículo 3 del decreto de su creación, decide designar al Ministerio del Ambiente como Autoridad Nacional para el Mecanismo de Desarrollo Limpio, por lo tanto el Ministerio del Ambiente esta facultado para que en su representación ejecute todas las acciones que sean necesarias para viabilizar la participación del Ecuador en el Mercado del Carbono"; Que, el Comité Nacional sobre el Clima, en su reunión del 21 de abril de 2002 adoptó la decisión Nº 3 CNC/2003 "En razón de las decisiones Nº 1 y 2 del Comité Nacional sobre el Clima de fecha 21 de abril de 2003, el Comité Nacional sobre el Clima resuelve remitir dichas decisiones al Ministerio del Ambiente para que dentro de sus facultades emita los respectivos instrumentos legales pertinentes"; Que, el Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología, en su calidad de Secretario Permanente del CNC, mediante comunicación Nº CNC/INAMHI 01-03 de 22 de abril de 2003 remite al Ministro del Ambiente las decisiones tomadas por el CNC en su reunión de 21 de abril de 2003; y, En ejercicio de sus facultades, Resuelve: Artículo 1. Establézcase la Autoridad Nacional para el Mecanismo de Desarrollo Limpio (AN-MDL) presidida por el Ministro del Ambiente. Artículo 2. ESTRUCTURA: La AN-MDL estará conformada por dos instancias, la primera representativa y la segunda operativa. El Ministro del Ambiente es el Presidente de la AN-MDL y del Comité Nacional sobre el Clima. La instancia operativa incluye el Coordinador de la AN-MDL, dependiente directamente del Presidente de la AN-MDL y el Grupo (s) Evaluador que será conformado de acuerdo a necesidades de evaluación de proyectos. Artículo 3. COMPETENCIAS: ß Representar a la AN-MDL, especialmente ante la Junta Ejecutiva del Mecanismo de Desarrollo Limpio de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático. ß Adoptar los procedimientos que sean pertinentes para la gestión de propuestas de proyectos relacionados con el mercado de carbono, y específicamente con el Mecanismo de Desarrollo Limpio que sean aprobados por el Comité Nacional sobre el Clima y ver por su cumplimiento. ß Atender los requerimientos de proponentes de proyectos de acuerdo a los procedimientos vigentes y, emitir las cartas de Respaldo y/o Aprobación a propuestas de proyectos MDL, según corresponda. ß Establecer los vínculos necesarios para cumplir con las funciones de AN-MDL, especialmente con la Junta Ejecutiva del Mecanismo de Desarrollo Limpio de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático. ß Proponer actualizaciones y/o modificaciones a los procedimientos para aprobación del Comité Nacional sobre el Clima. ß Nominar al Coordinador de la AN-MDL. ß Atender solicitudes de proponentes de proyectos y de terceros en relación con pedidos revisión de los informes del grupo evaluador. ß Otras que sean pertinentes con su condición de AN-MDL y que respondan a la evolución del mercado del carbono. Artículo 4. FUNCIONES DEL COORDINADOR DE LA AN-MDL: ß Cumplir con los procedimientos de la AN-MDL para la gestión de proyectos relativos al mercado del carbono. ß Atender los requerimientos de proponentes de proyectos que han sido canalizados a través del Presidente de la AN-MDL. ß Conformar y liderar, según corresponda, el Grupo Evaluador que sea conformado para la gestión de las propuestas presentadas a la AN-MDL. ß Presentar al Presidente de la AN-MDL los informes de la evaluación de propuestas presentadas a la AN-MDL. ß Mantener vínculos operativos con los diferentes actores del ciclo de proyectos MDL. ß Conformar un roster de expertos que pueda servir de base para la selección de evaluadores de proyectos MDL. ß Conformar y mantener un Registro de Proyectos MDL, tal como lo estipula los procedimientos vigentes. ß Preparar actualizaciones y/o modificaciones a los procedimientos vigentes para consideración del Presidente de la AN-MDL y posteriormente del Comité Nacional sobre el Clima. ß Proponer requerimientos y lineamientos necesarios para el cumplimiento de las competencias de la AN-MDL. ß Mantener una constante coordinación con la Corporación para la Promoción del Mecanismo de Desarrollo Limpio y otras entidades de similitudes características, para fines de objetivos comunes. Comuníquese y cúmplase.- Dado en Quito, a los 29 días del mes de abril de 2003. f.) Edgar Isch, Ministro del Ambiente, Presidente del Comité Nacional sobre el Clima.