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厄瓜多尔的法律

Resolución Nº 134 - NTE INEN 2 346 sobre requisitos para las carnes y menudencias comestibles

颁布于 2009-12-22 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
厄瓜多尔
主题
Food and nutrition
关键词
food safety and quality, meat, classification/declassification, internal trade

在哪里阅读

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Resolución No. 134-2009 EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE NORMALIZACIÓN Considerando: Que esta en vigencia la Ley 2007-76 del Sistema Ecuatoriano de la Calidad del 2007-02-08, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 26 del jueves 22 de febrero del 2007; Que mediante Acuerdo Ministerial No. 06-005 del 2006-01-02, publicado en el Registro Oficial No. 188 del 2006-01-16, se oficializó con carácter de voluntaria la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2 346 carne fresca y menudencias comestibles frescas. requisitos; Que, la primera revisión de la indicada norma ha seguido el trámite reglamentario; Que el Directorio del INEN en las sesiones llevadas a cabo el 13 de octubre y 27 de noviembre del 2009, respectivamente, conoció y aprobó la primera revisión de la indicada norma; Que por disposición del Directorio del INEN, el Presidente del Directorio debe proceder a la oficialización con el carácter de voluntaria, mediante su publicación en el Registro Oficial, a fin de que exista un justo equilibrio de intereses entre proveedores y consumidores; y, En ejercicio de las facultades que le concede la ley, Resuelve: Art. 1o. Oficializar con el carácter de voluntaria la primera revisión de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2 346 (Carne y menudencias comestibles de animales de abasto. Requisitos), que establece los requisitos que deben cumplir la carne y las menudencias comestibles de animales de abasto, frescas y congeladas destinados a consumo humano en puntos de comercialización. Art. 2o. Esta Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2 346 (Primera Revisión) reemplaza a la NTE INEN 2 346:2006 y entrará en vigencia a partir de la presente fecha sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Comuníquese y publíquese en el Registro Oficial. Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 22 de diciembre del 2009. f.) Eco. Andrés Robalino, Presidente del Directorio. f.) Ing. Bolívar Aguilera, M. Sc., Secretario del Directorio.

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