Acuerdo Nº MINEDUC-2018-00011-A ─ Institucionaliza el Programa de Educación Ambiental “Tierra de Todos”
颁布于 2018-01-25 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 厄瓜多尔
- 主题
- Environment
- 关键词
- education, cultural heritage, good practices
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Miércoles 14 de marzo de 2018 – 7Registro Ofi cial Nº 200 Artículo 4.- ENCÁRGUESE a la Coordinación Zonal de Educación-Zona 3, la aplicación y ejecución del presente Acuerdo. DISPOSICIÓN FINAL.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Ofi cial. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- Dado en Quito, D.M., a los 24 día(s) del mes de Enero de dos mil dieciocho. f.) Fander Falconí Benítez, Ministro de Educación. Nro. MINEDUC-MINEDUC-2018-00011-A Fander Falconí Benítez MINISTRO DE EDUCACIÓN Considerando: Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 14 reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el Buen Vivir, Sumak Kawsay.- Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados; Que, el artículo 27 de la Constitución de la República del Ecuador expresa que la educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria, intercultural, democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el sentido crítico, el arte y la cultura física, la iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de competencias y capacidades para crear y trabajar.- La educación es indispensable para el conocimiento, el ejercicio de los derechos y la construcción de un país soberano, y constituye un eje estratégico para el desarrollo nacional; Que, en el artículo 71 del mismo cuerpo constitucional, de los Derechos de la Naturaleza, determina que la naturaleza o Pachamama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete íntegramente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.- Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza.- El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema; Que, el artículo 347 de la Constitución de la República del Ecuador, en su numeral 4 menciona que será responsabilidad del Estado asegurar que todas las entidades educativas impartan una educación en ciudadanía, sexualidad y ambiente desde el enfoque de derechos; Que, el Código Orgánico del Ambiente, publicado en el Suplemento del Registro Ofi cial No. 983 del 12 de abril de 2017, en su artículo 16 determina que “La educación ambiental promoverá la concienciación, aprendizaje y enseñanza de conocimientos, competencias, valores deberes, derechos y conductas en la población, para la protección y conservación del ambiente y el desarrollo sostenible. Será un eje transversal de las estrategias, programas y planes de los diferentes niveles y modalidades de educación formal y no formal.”; Que, el artículo 3 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, determina entre los fi nes de la educación los siguientes:“f) El fomento y desarrollo de una conciencia ciudadana y planetaria para la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente; para el logro de una vida sana para el uso racional, sostenible y sustentable de los recursos naturales” y “g) La contribución al desarrollo integral, autónomo, sostenible e independiente de las personas para garantizar la plena realización individual y la realización colectiva que permita en el marco del Buen Vivir o Sumak-Kawsay.”; Que, la Ley Orgánica de Educación Intercultural, en su artículo 6 señala entre las obligaciones del Estado asegurar que todas las entidades educativas desarrollen una educación en participación ciudadana, exigibilidad de derechos, inclusión y equidad, igualdad de género, sexualidad y ambiente con una visión transversal y enfoque de derechos; Que, el Ministerio de Educación del Ecuador, tiene la misión de garantizar el acceso y calidad de la educación inicial, básica y bachillerato a los y las habitantes del territorio nacional, mediante la formación integral, holística e inclusiva de niños, niñas, jóvenes y adultos, tomando en cuenta la interculturalidad, la plurinacionalidad, las lenguas ancestrales y el género desde un enfoque de derechos y deberes para fortalecer el desarrollo social, económico y cultural, el ejercicio de la ciudadanía y la unidad de la diversidad de la sociedad ecuatoriana; Que, la Subsecretaría para la Innovación Educativa y el Buen Vivir del Ministerio de Educación del Ecuador, tiene la misión de generar políticas, programas y proyectos innovadores para los actores de la comunidad educativa, con el propósito de fomentar el desarrollo integral de los estudiantes con metodologías sostenidas en el tiempo que permitan alcanzar los objetivos educativos y del buen vivir; ecla nte, la dad y l vención s natura 7 de la Constitución de e la educación su desarro os echo y ecológi stenibilidad y el ara de interés públi conservación de a integridad del patrimonio n del daño ambiental y la ales degradados;ur Constitución de la República d ación se centrará en el s Bu lico l e los eco l patrimonio del daño ambiental y degradad a Repú derec ano oste lar a la ón d la recu urales degradados; quil Vivir, preserva t brado, umak vir m san rec mas, tico del ración a y B pers la tegra na os , au el natu tó del l uso ra ales etari ambi i nt ria p ent o y de para O e los fi n sar rgánic nes d ca d Que su n V la liza vi S ra g ación c Sum mo rantiz ol y “g) sosten za soste ) La c para enible Falcon M BLÍQU s) del mes d í Benítez, Ministroro de Educ cia PUBL a(s) ní de d s mil to, d resp edu n. QQue, xuali tiv dad y ilid vas i a en dad del mpar 47 d su n E t de um la Co et a to ra que dos l amb y e plem 2017, en Cód ento d digo O l ien rg n una e desd asegu a ed al 4 urar qu artícu erechos o Pach derech mantenimiento y regeneració , funciones y procesos ev d pueblo o naci cumplimien ncenti ocim rucción de ratégico para el d lo 71 del mismo cu de la Naturalez hamama, donde se reprodu cho a que se respete í enim s ciones y procesos evolutivos.- To o nacionalidad podrá exigir s cuerpo c leza, determ mama, donde se reprod o a que se resp y trab conoci onstru strat ul s chamama, donde se reproduce echo a que se respete íntegram nimiento y regeneración de s o nac stituc no, y onal; de y in en len ciona que la realiza , econ unid recho óm as s y a la ance de niño a interc rale e la s, niñ lt a a f as os y l forma de lidad d as Ecuad e la dor, los Bue la , la S V de la y cu la diver es ural, sid y el para f el idad, géner óvene la pl Utente Barra 8 – Miércoles 14 de marzo de 2018 Registro Ofi cial Nº 200 Que, la Autoridad Educativa Nacional, mediante Acuerdo Ministerial MINEDUC-MINEDUC-2017-00082-A de 21 de septiembre de 2017, expidió la “Guía Introductoria a la Metodología Tierra de Niñas, Niños y Jóvenes para el Buen Vivir TiNi”, impulsada por la Asociación para la Niñez y su Ambiente (ANIA), como una buena práctica y recurso pedagógico de Educación Ambiental, con la seguridad de que la misma permitirá desarrollar en las niñas, niños y jóvenes de las Instituciones Educativas del Ecuador; conocimientos, habilidades y valores que les permitan afrontar la problemática ambiental en la que vivimos construyendo en el proceso una cultura de unidad y afecto con el mundo natural; Que, la educación ambiental en el Sistema Educativo Nacional constituye un aporte a la construcción de una cultura de paz en armonía con el ambiente. Su ejercicio promueve la prevención asociada a los problemas ambientales e impulsa la formación de ciudadanos responsables, con valores encaminados al respeto por la naturaleza, así como al aprecio por la diversidad y el cuidado de los recursos naturales para las presentes y futuras generaciones. Todo esto convierte al Programa Tierra de Todos en un eje articulador de los derechos humanos y de la naturaleza, por lo que es necesario se cuente con un Programa Educativo Ambiental que promueva una cultura y conciencia ambiental; y, En ejercicio de las atribuciones que le confi eren los artículos: 154, numeral 1, de la Constitución de la República: 22 literales t) y u) de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, y 17 del Estatuto de del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, Acuerda: Artículo 1.- Institucionalizar el Programa de Educación Ambiental “Tierra de Todos”, dirigido a niñas, niños y jóvenes de las instituciones educativas del Sistema Nacional de Educación y demás miembros de la comunidad educativa. Artículo 2.- Objeto.- El Programa de Educación Ambiental “Tierra de Todos”, tiene como objeto promover y fortalecer la cultura y conciencia ambiental en la comunidad educativa mediante la integración y transversalización de un enfoque ambiental basado en valores, orientación ética, sentido altruista, innovación y calidad en todo el sistema educativo, con la fi nalidad de formar ciudadanos/as ambiental y socialmente responsables en la construcción de una sociedad que se compromete con el bienestar de las generaciones presentes y futuras. Artículo 3.- Ejes de acción.- El Programa de Educación Ambiental “Tierra de Todos” se ejecutará en 3 ejes de acción: 1. Implementación de metodologías pedagógicas innovadoras con enfoque afectivo, lúdico, práctico, intercultural, holístico e interdisciplinario. 2. Fortalecimiento del currículo nacional con un enfoque ambiental. 3. Buenas prácticas ambientales en el sistema educativo. Para integrar estas acciones con la comunidad educativa será necesaria además la implementación de la edu comunicación como un eje transversal. DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA.- Encárguese a la Subsecretaría para la Innovación Educativa y el Buen Vivir del desarrollo, coordinación, control, monitoreo, seguimiento y evaluación del Programa de Educación Ambiental “Tierra de Todos”, el cual será ejecutado a través de los Niveles de Gestión Zonal y Distrital de Educación. SEGUNDA.- La Subsecretaría para la Innovación Educativa y el Buen Vivir, será la responsable de coordinar y validar las metodologías, iniciativas, actividades que dentro de los ejes de acción del Programa de Educación Ambiental “Tierra de Todos”, llegaren a presentarse. TERCERA.- Responsabilizar a las Subsecretarías de Educación del Distrito Metropolitano de Quito y del Distrito de Guayaquil, Coordinaciones Zonales y Direcciones Distritales de Educación la implementación y cumplimento de las disposiciones del presente Acuerdo Ministerial. DISPOSICIÓN TRANSITORIA.- La Subsecretaría para la Innovación Educativa y el Buen Vivir, dentro del plazo de 30 días, contados a partir de la suscripción del presente Acuerdo Ministerial, para el desarrollo del eje de acción de Buenas prácticas ambientales en el sistema educativo, elaborará y socializará el respectivo Manual, para su aplicación en el Sistema Educativo Nacional de acuerdo a sus particularidades, entorno territorial y realidades culturales. El referido instrumento técnico educativo contendrá consejos prácticos y didácticos que conlleve a generar cambios en los hábitos de consumo y estilos de vida, en la comunidad educativa. DISPOSICIÓN FINAL.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro Ofi cial. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- Dado en Quito, D.M., a los 25 día(s) del mes de Enero de dos mil dieciocho. f.) Fander Falconí Benítez, Ministro de Educación. nu 22 lit n Interc dminis Acuerda: onalizar el P Todos enc atribuciones qu umeral 1, de la C erales t) y u) de ultural, y 17 del Estatuto de strativo de la ón Ejec Acu d E e Con e la Ley l Estatuto de d rativo de la Función E Edu concienc as a num ite cu istr Ejecutiv cuerda: onfi er ución d rgán n los y den A nica d égimen e d TER bien C enta e los “Ti s meto ejes n Vi odolo ub vir, s secreta será Ed ría ucaci avés d ón. y cu Edu l Distr ccio A cació trito A.- R n de sp de Todo , ón de os” l iniciativ Pr on nstruy on el m ación am uye un aporte a la constru armonía con nción asocia a la f per de las In imientos, habilid tar la problemática a endo en el proceso u undo natural; mbiental en ela un apor cción de a con el ambiente. Su ejercic ada a los prob ad amb o una cult l Educa sma pe nes d ocim nta yen mu ambiental en el Sistema Edu aporte a la construc valor tal en la a de u ativas s que as s 3 unidad s Para Bueuenaas prá o del cuurrícu fe interdi tivo scipl ogías lúd vo a n munica gr cesari cación rar esta ia a acc ambieentale odo ar ciud les en mete co uras. e acción.- El P e Todos” se a me un enfoque n ética, sentido a el sistema educativ dadanos/as ambien la construcción de una s on el bienestar de las n El Programa de Educació á tru ivo, c iental y ón de una so n el bienestar de l ultura cativa e un ón é o e d con el bienestar de las gener bas i la fi na do en vación y c con ge almen ad que ione e D vid DIS ra da, e ar c la c con cambi re onsejos ades ferido m s, e i Educ entor s respect ati n el s ivo lo del istem trará en u pub SIC en vig IÓN F ida los háb educ cos y ábitos umen didác