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厄瓜多尔的法律

Acuerdo Nº 927 - Modifica la denominación de la Unidad de Gestión para la Alimentación Comunitaria por la de Programa de la Alimentación para el Desarrollo Comunitario (PRADEC)

颁布于 2002-06-12 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

research.laws.repealedOn

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
厄瓜多尔
主题
Food and nutrition
关键词
institution, food security, nutrition, governance

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Acuerdo No. 0927 Dr. Ernesto Pazmiño Granizo SUBSECRETARIO GENERAL DE BIENESTAR SOCIAL Considerando: Que, comedores comunitarios es un programa que ejecuta esta Cartera de Estado en apoyo al Programa de Apoyo a la Participación Ciudadana y Desarrollo Social y cuenta con la cooperación del Programa Mundial de Alimentos, para instrumentar una estrategia de alimentación encaminada a fortalecer la calidad de los programas que trabajan con niñas y niños, adolescentes trabajadoras/es de la calle, madres solteras pobres, discapacitados y ancianos indigentes; Que, de conformidad con el Acuerdo Ministerial No. 1801 de 2 de enero del 2001, publicado en el Registro Oficial No. 243 de 12 del mismo mes y año, se creó la Unidad de Gestión para la Alimentación Comunitaria dependiente de la Dirección de Recursos Comunitarios, para la coordinación del Programa Comedores Comunitarios: Que, para asegurar la agilidad y oportunidad en la gestión del referido programa es necesario dotar de mayor autonomía administrativa y capacidad a la referida unidad; y, En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 17 del Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, Acuerda: Art.- La Unidad de Gestión para la Alimentación Comunitaria a partir de esta fecha pasará a denominarse: "Programa de la Alimentación para el Desarrollo Comunitario" cuyas siglas serán PRADEC, que estará integrado por los proyectos: comedores comunitarios y comedores para el desarrollo y demás Proyectos que se necesite para optimizar el programa. Art. 2.- El PRADEC dependerá de la Subsecretaría General de Bienestar Social y estará dirigida por el Coordinador Nacional del PRADEC, para el cumplimiento de las siguientes funciones: 1.1. Coordinar el cumplimiento de los compromisos relativos a la contrapartida para gastos operativos y de apoyo previstos en el numeral 4 del articulo III, letra a) del Convenio de Cooperación entre el Gobierno del Ecuador y el Programa Mundial de Alimentos sobre un Programa de Apoyo a la Participación Ciudadana y Desarrollo Social, en lo que correspondiere al PRADEC. 1.2. El PRADEC, cumplirá además las funciones establecidas mediante Acuerdo Ministerial No. 1801 de 2 de enero del 2001, publicado en el Registro Oficial No. 243 de 12 del mismo mes y año, y, las siguientes: a) Selección de ciudadanos que puedan prestar sus servicios en el PRADEC, para cuya contratación presentará una terna al señor Ministro y/o al Subsecretario General del Ministerio; b) Establecer en su programación los comedores que deban constituirse, los cuales se considerarán al aprobar el POA del Ministerio; y, c) Las demás que le asigne el Ministro y/o el Subsecretario General del Ministerio. Art. 3.- El Coordinador Nacional del PRADEC, presentará informes periódicos al Ministro y al Subsecretario General del Ministerio respecto de todos los asuntos concernientes al programa, a fin de disponer la supervisión y evaluación permanente de su buen funcionamiento. Art. 4.- Deróganse en la parte pertinente, los acuerdos y resoluciones ministeriales que se opongan total o parcialmente a este acuerdo, Art. 5.- De la ejecución de este acuerdo que entrará en vigencia a partir de esta fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese al Coordinar Nacional del PRADEC y a las direcciones de Recursos Comunitarios, Financiera, Administrativa y de Recursos Humanos. Comuníquese y publíquese.- Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a 12 de junio del 2002. f) Dr. Ernesto Pazmiño Granizo, Subsecretario General de Bienestar Social. Ministerio de Bienestar Social.- Es fiel copia del original. Lo certifico. f) Daniel Jacho Barrera, Jefe de Archivo. 14 de junio del 2002.

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