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厄瓜多尔的法律

Acuerdo Nº 73 - Modifica el Reglamento para el control de los productores de banano, platano (barraganete) y otras musáceas

颁布于 2004-03-22 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
厄瓜多尔
主题
Cultivated plants
关键词
plant production, institution, registration, fruits/edible nuts, internal trade, international trade, legal proceedings/administrative proceedings, data collection/reporting, governance
类别
*, agriculture

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. N° 073 EL MINISTRO DE AGRICUL TURA Y GANADE,RIA Considerando: Que, con fecha 18 de noviembre deJ 2003 se dict6 el Acuerdo Ministerial N° 306, publicado en el Registro Oticial N° 228 del 9 de diciembre <lei 2003, con el mismo que se reglament6 el control a los productores de banana, platano (barraganete), y otras musaceas; Que, en dicho acuerdo se obligaba al productor bananero a actualizar anualmente su registro en las subsecretarias regionales correspondientes; Que, como la gran mayoria de los productofes b,naneros mantienen sus propiedades sin aumentar la superticie de las mismas, el obligarlos a que cada ai\o hagant: una actualizaci6n que no pone af dia nada, ya que es la repetici6n del aflo anterior, les causa un grave problema porque los que no alcanzan a cumplir el plazo de hacer la mencionada actualizaci6n hasta el 31 de marzo de cada ai\o, no pueden vender la fruta que producen; Que, todo acuerdo que dicte la Administraci6n PUblica debe ser hecho con sentido de equidad y dirigido al bien comlln; y, En uso de las atribuciones que cJ confiere el numeral 6 del Art. 179 de la Con.stituci6n Politica de la RepUblica, en concordancia con lo dispuesto en el Art. 17 del Estatuto del Regimen Juddico y Administrativo de la Funci6n Ejecutiva, Acuerda: REFORMAR EL REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE LOS PRODUCTORES DE BANANO, PLATANO (BARRAGANETE) Y OTRAS MUSACEAS, DICTADO MEDIANTE ACUERDO MINISTERIAL N° 306 DE 18 DE NOVIEMBRE DEL 2003, PUBLICADO EN EL REGISTRO OFICIAL N° 228 DEL 9 DE DICIEMBRE DEL 2003. Articulo tinico.- El literal A) del Art. I del referido regJamento dira: A.- Todos los productores bananeros estan obligados a lograr, en la Subsecretc.1ria Regional correspondiente, el registro de las propiedades que posean, hasta el 31 de diciembre de! presente aiio, y aquellos que adquirieren otras propiedades, o acrecienten las que posean, en el transcurso del presente allo, una vez que ya hayan obtenido el registro, deberan actualizar el mismo hasta el 30 de junio del 2005. Bajo ningUn concepto, en cualquiera de las dos casos, quienes incumplan con obtener el registro, podrAn vender la fruta que produzcan sus propiedades. · El presente acuerdo entran\ en vigencia a partir de su publicaci6n en el Registr? Oficial. Comunfquese y pubtfquese.- · Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 22 de marzo del 2004. f.) Salom6n F. Larrea R., Ministro de Agricultura y Ganaderla. Ministerio de Agricultura y Ganaderla.- Es fie! copia del original.- Lo certifico.- f) fng. Emilio Barriga A., Director de Gesti6n de Desarrollo Organizacional.- MAG. Fecha: 23 de marzo de/ 2004.