跳到主要内容
Nelum
厄瓜多尔的法律

Acuerdo Nº 71 ─ Implementa el Sistema de Información del Extensionismo Rural (INFOCAMPO)

颁布于 2017-04-05 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
厄瓜多尔
主题
Agricultural and rural development
关键词
institution, agricultural extension, data collection/reporting, agricultural development, governance

在哪里阅读

    该法律没有记录来源链接。

文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Viernes 23 de junio de 2017 – 15Registro Ofi cial Nº 21 Nro. 071 EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA Considerando: Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 154 numeral 1, determina que les corresponde a las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley el “1. Ejercer rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requieran su gestión”; Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de efi cacia, efi ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planifi cación, transparencia y evaluación.”; Que, el artículo 17 del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva señala:“Los Ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la República, salvo los casos expresamente señalados en leyes especiales. Los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando se ausente en comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y cuando las delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho Ministerial, (…)”; Que, mediante Acuerdo Ministerial No 281 de 29 de julio de 2011, publicado en el Registro Ofi cial, Edición Especial No 198 de 30 de septiembre de 2011, se expidió el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por procesos del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca–MAGAP, mismo que establece: “El MAGAP es la institución rectora del multisector, para regular, normar, facilitar, controlar y evaluar la gestión de la producción agrícola, ganadera, acuícola y pesquera del país; promoviendo acciones que permitan el desarrollo rural y propicien el crecimiento sostenible de la producción y productividad del sector impulsando al desarrollo de productores, en particular representados por la agricultura familiar campesina, manteniendo el incentivo a las actividades productivas en general.”; Que, el artículo 2 del mencionado Acuerdo señala: “Objetivos Estratégicos del MAGAP: a) Promover la integración sectorial y multisectorial público-privada y la coordinación de acciones y servicios en las áreas de transferencia tecnológica, rescate de los saberes ancestrales, agro diversidad, acceso a factores de producción, marco regulatorio e innovación mediante la ejecución de planes, programas y proyectos orientados al desarrollo productivo y sustentable del multisector; y, b) Impulsar la revalorización del agro ecuatoriano a través de la proposición de políticas de Estado a largo plazo, el fortalecimiento institucional y de los mecanismos de cooperación para el desarrollo del sector agroalimentario y del medio rural.”; Que, la Secretaria General de Relacionamiento del Sistema Productivo del MAGAP tiene como misión: “Liderar el relacionamiento del sistema productivo agropecuario, acuícola, pesquero y desarrollo rural, dentro de la estrategia del buen vivir rural. Además, entre otras, las siguientes atribuciones y responsabilidades: b) Supervisar a través de los Viceministerios la aplicación de las políticas, estrategias y normas técnicas para el relacionamiento del sistema productivo; y, g) Monitorear el impacto de las políticas y actividades desarrolladas por los Viceministerios de Desarrollo Rural; Agricultura y Ganadería; y Acuacultura y Pesca para el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo, y la gestión de los programas y agendas multisectoriales”; Que, la Coordinación General de Innovación-CGI, tiene como misión el “Promover la reactivación productiva, el emprendimiento y la innovación participativa de los pequeños y medianos productores de los sectores agrícola, ganadero, silvícola, agroforestal, acuícola y pesquero artesanal, mediante la generación de políticas y estratégias que permitan rescatar y transmitir los saberes locales y ancestrales, así como los nuevos desarrollos en cuanto a gestión de sistemas productivos campesinos, asociatividad rural e implementación de mejores prácticas, apuntando al desarrollo rural incluyente y participativo, así como el manejo y conservación de la agro biodiversidad y otros recursos naturales”; así también dentro de sus atribuciones y responsabilidades le compete el “Proponer metodologías que faciliten la ejecución de los planes, programas, proyectos, procesos y convenios del Ministerio, en áreas de su competencia”; En el uso de las atribuciones que le confi ere el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República, y el artículo 17 del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva: Acuerda: Artículo 1.- Implementar el Sistema de Información del Extensionismo Rural -INFOCAMPO, como una herramienta informática para el seguimiento de las actividades territoriales de extensionistas y productores, el cual deberá ser utilizado de manera obligatoria, por parte de los Viceministerios, Subsecretarías, Coordinaciones Zonales y Direcciones Provinciales de esta Cartera de Estado, que ejecuten programas o proyectos de inversión. Artículo 2.- Disponer el uso el Sistema de Información del Extensionismo Rural -INFOCAMPO, de manera inmediata, por parte de los Viceministerios, Subsecretarías, Coordinaciones Zonales y Direcciones Provinciales de esta Cartera de Estado, que ejecuten programas o proyectos de inversión, para lo cual deberán realizar las siguientes acciones: (…)” diante 11, pub 98 de 30 co de Gestión Organizacion Agricultura, smo que estab l multis l pe e servic te, siempre y cu afecten a la buena m ”; Acuerdo Ministerial No 2 ublicado en el Registro O de septiembre 3 e Gestión Organizacional por pro ultura, Ganadería, Acuacultur blece: “El MAGAP mar nisterial No 2 licado en el Registr one us respec ón de ente, afe ”; Acuerdo Ministerial No 281 publicado en el Registro Ofi cial 30 de septiembre de 2011, se e stión Organizacion deleg del Des acione spach ndo s ge ru e 29 d Edi i ma rec l des ejo e arro de s imp lo sí sistema men cata como g ar y os enera y tran re forestal, ción d de lo acu cpa s sec ió el os ro su c esp ue fa yec os na onsabi cilite conse naturale lid ral vació s” ción d ncluye n uctivos de mej evos s camp 16 – Viernes 23 de junio de 2017 Registro Ofi cial Nº 21 1. Asegurar el registro en línea, de modo permanente y actualizado, por parte de los técnicos de territorio, responsables de los siguientes componentes del Sistema: Situación estructural de los productores, factores productivos, emprendimientos y el seguimiento del manejo y los ciclos agrícolas, pecuarios, piscícolas, acuícola y forestales, además deberán registrar las actividades de capacitación y visitas técnicas que efectúen. 2. Utilizar la herramienta informática, como instrumento de planifi cación y monitoreo de los avances de resultados que se promueven en los pequeños y medianos productores agropecuarios, que reciben asistencia técnica e inversiones por parte del MAGAP. 3. Utilizar la herramienta informática, para evaluación y sistematización de resultados de impactos y cumplimiento de indicadores de meta de la política pública agropecuaria, para lo cual deberán elaborar y utilizar reportes de la herramienta informática. 4. Utilizar la herramienta informática, para evaluar el trabajo de los técnicos en función de los resultados alcanzados con los productores que reciben asistencia técnica e inversión de parte del MAGAP. 5. Formalizar el uso del Sistema de Información del Extensionismo Rural -INFOCAMPO, como herramienta de planifi cación y auto-monitoreo de los técnicos en la planifi cación y revisión de su propio trabajo. Artículo 3.- Encargar la coordinación del Sistema de Información del Extensionismo Rural -INFOCAMPO a la Secretaria General de Relacionamiento del Sistema Productivo; y, la administración de la plataforma del Sistema de Información del Extensionismo Rural -INFOCAMPO a la Coordinación General de Innovación, para que realicen la articulación institucional, emisión de directrices, normativas, modelo de gestión, lineamientos necesarios e institucionalización del sistema a fi n de garantizar la sostenibilidad y mantenimiento de la plataforma, dar soporte técnico, así como defi nir los procedimientos, realizar ajustes y desarrollos al sistema. Para el efecto, se deberá conformar de manera inmediata un equipo técnico especializado. Artículo 4.- De la ejecución del presente Acuerdo Ministerial, encárguese a la Secretaria General de Relacionamiento del Sistema Productivo. El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Ofi cial. Comuníquese y publíquese. Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a los 05 de abril de 2017. f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca. MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA.- Es fi el copia del original. 18 de mayo de 2017.- f.) Ilegible, Secretaría General, MAGAP. del retaria o; y, la ción de ón Gene institucional, emisión elo de gestión, linea ón del sistema ntenimien om ión argar la coordinac Extensionismo R General de Relacio administración de la platafor el Extensionismo Rural -IN eral de InnovacGen stitucional, emisión de direc gestión, lineamientos necesa ema a fin de garantiza ción Rural cionamient n de la plataform Extensionismo Rura d I ación ifi cación ncar el G a administración de la plataforma del Extensionismo Rural -INFOC eneral de Innovación, para que ucional, emisión de l Sistem NFOCA ma d io M Siste l Sistem MPO O ma icen es,

Acuerdo Nº 71 ─ Implementa el Sistema de Información del Extensionismo Rural (INFOCAMPO) · Nelum