Acuerdo Nº 69 - Crea el Consejo consultivo para la cadena agroindustrial cacao y elaborados
颁布于 2003-04-23 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 厄瓜多尔
- 主题
- Cultivated plants
- 关键词
- non-governmental entity, coffee/cocoa/tea, internal trade, international trade, plant production
- 类别
- *, agriculture, softs
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文本
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Acuerdo Nº 069 EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERIA Considerando: Que, el inciso final del artículo 266 de la Constitución Política prescribe que las asociaciones nacionales de productores, en representación de los agricultores del ramo, los campesinos y profesionales del sector agropecuario, participarán con el Estado en la definición de las políticas sectoriales y de interés social; Que en el Registro Oficial No. 372 del 30 de julio de 1998, se publica un nuevo Reglamento Orgánico Funcional del Ministerio de Agricultura y Ganadería, cuyo artículo 20 establece las funciones de concertación agropecuaria; Que entre los objetivos fundamentales del Ministerio de Agricultura y Ganadería está el procurar mecanismos de concertación de los intereses público y privado, con el fin de solucionar oportuna y adecuadamente los problemas de interés sectorial; Que todas las instituciones y los gremios de productores que se encuentran vinculadas a la actividad cacaotera deben coordinar acciones a fin de emprender en una campaña que permita el desarrollo integral de este sector; Que las exportaciones de cacao fino y de aroma le ha dado prestigio al país en el contexto internacional; Que el Ministerio de Agricultura, de conformidad con el marco jurídico antes indicado, es el ente que norma y recepta los problemas del sector cacaotero, por lo que facilitará la organización y funcionamiento del Consejo Consultivo; y, En uso de las atribuciones que le competen, Acuerda: ARTICULO 1.- Establecer el Consejo Consultivo para la Cadena Agroindustrial Cacao y Elaborados, como instrumento de concertación entre el sector público y privado, relacionados con la producción, comercialización e industrialización de este producto. El Consejo tiene como fin fundamental, asesorar al Ministro de Agricultura y Ganadería, en la formulación de políticas para el desarrollo de la competitividad de la citada cadena. ARTICULO 2.- El Consejo Consultivo de la Cadena Agroindustrial Cacao y Elaborados, estará integrado por: El Ministro de Agricultura y Ganadería o su delegado, quien lo presidirá. Un representante permanente del Ministerio de Comercio Exterior, Industrialización, Pesca y Competitividad, o su delegado. El Presidente de la Asociación Nacional de Exportadores de Cacao ANECACAO, o su delegado. El Presidente de la Unión Nacional de Organizaciones Campesinas Cacaoteras del Ecuador UNOCACE, o su delegado. El Presidente de la Federación de Cacaoteros del Ecuador FEDECADE, o su delegado. El Presidente de la Asociación de Productores de Cacao Fino y de Aroma APROCAFA, o su delegado. El Presidente de la Corporación de Agroindustriales de Cacao del Ecuador CORPCACAO, o su delegado. Un representante del CORPEI. Un representante del INIAP. Un representante de los compradores externos (broker). ARTICULO 3.- El coordinador técnico, con derecho a voz y no a voto, será un funcionario del MAG, designado por el Ministro. El Proyecto SICA le proveerá apoyo técnico, informativo y logístico. ARTICULO 4.- Los representantes del sector privado contarán con un suplente; durarán dos años en sus funciones y serán elegidos conforme al reglamento que se dictará sobre la materia. ARTICULO 5.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Comuníquese y publíquese.- 23 de abril de 2003. f.) Dr. Luis Macas, Ministro de Agricultura y Ganadería. Ministerio de Agricultura y Ganadería.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Director Administrativo Financiero.- MAG.- fecha: 30 de abril de 2003.