Acuerdo Nº 6 - Modifica el Acuerdo Nº 184, modificatorio del Acuerdo Nº 605, que actualiza las tasas por los servicios pesqueros
颁布于 2010-01-22 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 厄瓜多尔
- 主题
- Fisheries and aquaculture
- 关键词
- institution, marine fisheries, authorization/permit, offences/penalties, inspection, legal proceedings/administrative proceedings, fees/royalties, artisanal fisheries, Illegal unreported and unregulated fishing (IUU fishing), governance
在哪里阅读
该法律没有记录来源链接。
文本
所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。
Acuerdo No. 006 EL SUBSECRETARIO DE RECURSOS PESQUEROS Considerando: Que la Unión Europea a partir del 1 de enero del 2010 está condicionando el ingreso de productos pesqueros procedente de terceros países, al cumplimiento de los reglamentos CE Nº 1005/2008 y CE Nº 1010/2009 emitidos por el Consejo de la Comunidad Europea como medida comunitaria para prevenir, desalentar y eliminar la Pesca Ilegal No Autorizada y No Reglamentada, que en su parte principal, obliga al uso de un certificado de captura avalado por la autoridad pesquera del país interesado en exportar a ese mercado; Que mediante Acuerdo Ministerial N° 2000605, promulgado en la Edición Especial número 1 del Registro Oficial del 30 de diciembre del 2000, se fijó los valores por los servicios que presta la Subsecretaría de Recursos Pesqueros; Que mediante Acuerdo Ministerial Nº 184 de 31 de diciembre del 2009 se incluyeron los valores que cobra la Subsecretaria de Recursos Pesqueros por los nuevos servicios de inspecciones, certificados de captura, otros certificados y formularios relativos a la aplicación del control para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal no autorizada y no reglamentada; Que la Subsecretaría de Recursos Pesqueros considera que la cantidad de pesca fresca que se exporta al exterior tiene mayor periodicidad en sus envíos, pero sus cantidades son menores respecto de otras presentaciones procesadas, por lo que se hace necesario revisar el valor de los certificados de captura que cobra esta dependencia, para los casos específicos de pesca fresca; y, En ejercicio de las atribuciones que le confiere el literal e) del artículo 77 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado; lo establecido en el artículo innumerado agregado después del artículo 17 de la Ley de Modernización del Estado y por el artículo 11 de la Ley para la Promoción de la Inversión y la Participación Ciudadana, publicada en el Suplemento del R. O. Nº 144 de 18 de agosto del 2000; y en el literal a) del artículo primero del Acuerdo Ministerial Nº 074, publicado en el R. O. Nº 84 del 15 de mayo del 2007, Acuerda: Art. 1.- Reformar el Acuerdo Ministerial Nº 184 de 31 de diciembre del 2009 con el que se incluyeron los valores que cobra la Subsecretaría de Recursos Pesqueros por los nuevos servicios de inspecciones, certificados de captura, otros certificados y formularios relativos a la aplicación del control para prevenir, desalentar y eliminar la Pesca Ilegal No Autorizada y No Reglamentada, el mismo que dirá: