Acuerdo Nº 51 - Establece vigencia trimestral para los precios de banano y otras musáceas
颁布于 2008-04-15 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 厄瓜多尔
- 主题
- Cultivated plants
- 关键词
- plant production, fruits/edible nuts, international trade, subsidy/incentive
- 类别
- *, agriculture
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文本
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Acuerdo No. 051 LOS MINISTROS DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA Y DE INDUSTRIAS Y COMPETITIVIDAD Considerando: Que el 10 de mayo del 2007, se expidió el Acuerdo Interministerial 118, publicado en el Registro Oficial 100 de 7 de junio del 2007, mediante el cual se fijaron los precios mínimos de sustentación y los precios mínimos referenciales FOB para los distintos tipos de cajas de banano y otras musáceas autorizadas de exportación, los mismos que están en vigencia hasta la presente fecha; Que con Acuerdo Ministerial 178, publicado en el Registro Oficial 123 de 10 de julio del 2007, en su Art. 2, se establece que los precios mínimos de sustentación al pie del barco y los precios referenciales FOB de exportación del banano para el producto banano y otras musáceas en dólares de los Estados Unidos de América, regirán a partir del 1 de julio del 2007 a junio 30 del 2008; Que las condiciones del mercado han variado notablemente durante las últimas semanas en cuanto a precios, razón por las que se hace imperativo realizar las actualizaciones necesarias a fin de mejorar las relaciones entre el sector productor y el sector exportador; y, En cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 1 de la Codificación de la Ley para estimular y controlar la producción y comercialización del banano, plátano (barraganete) y otras musáceas, los ministerios de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca y de Industrias y Competitividad según las atribuciones previstas en el Art. 179 numeral 6 de la Constitución Política de la República, Acuerdan: Art. 1.- Establecer el precio mínimo de sustentación al pie de barco para el producto banano en dólares de los Estados Unidos de América que regirá conforme a la siguiente tabla y cuya vigencia será a partir de la suscripción del presente acuerdo, manteniéndose su fijación en forma trimestral: TABLA DE FIJACION DE PRECIOS TipoPeso librasP.M.S./cajaUSD por libra 22XU434.7000.1093 208313.3880.1093 208 CH312.7220.0878 2527283.0600.1093 22XUCS503.7200.0744 BB BM153.3000.2200 A partir de la suscripción del presente acuerdo se establecen los precios mínimos referenciales FOB de exportación de banano y otras musáceas en dólares de los Estados Unidos de América, cuya vigencia será trimestral, de acuerdo a la siguiente tabla: TABLA DE FIJACION DE PRECIOS TipoPMSGastos exportadorPRM/caja USD $ 22XU4.7001.5506.250 2083.3881.1604.548 208 CH2.7221.1603.882 25273.0601.1604.220 22XUCS3.7201.4005.120 BB BM3.3001.2004.500 Art. 2.- Deróguense los acuerdos interministeriales 178 y 118 antes citados. Art. 3.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Comuníquese y publíquese.- Dado en Quito, a15 de abril del 2008. f.) Econ. Walter Poveda Ricaurte, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca. f.) Econ. Raúl Sagasti Lupera, Ministro de Industrialización y Competitividad. Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca. Es fiel copia del original. Lo certifico. f.) Secretario General MAGAP. 21 de abril del 2008.