Acuerdo Nº 503 - NTE INEN 176 sobre requisitos del cacao en grano
颁布于 2002-12-26 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 厄瓜多尔
- 主题
- Cultivated plants
- 关键词
- coffee/cocoa/tea, standards
- 类别
- agriculture, softs
在哪里阅读
该法律没有记录来源链接。
文本
所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。
Acuerdo No. 02-503 EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR, INDUSTRIALIZACION, PESCA Y COMPETITIVIDAD Considerando: Que mediante Acuerdo Ministerial No. 248 de 1995-09-05, publicado en el Registro Oficial No. 790 de 1995-09-27, se oficializó con el carácter de obligatoria la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 176 CACAO EN GRANO. REQUISITOS (SEGUNDA REVISION); Que la Tercera Revisión de la indicada norma ha seguido el trámite reglamentario y ha sido aprobada por el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Normalización, INEN; Que es conveniente que esta Norma Técnica Ecuatoriana sea oficializada con el carácter de OBLIGATORIA, a fin de racionalizar la producción de cacao en grano y su comercialización, de manera que exista un justo equilibrio de intereses entre productores, consumidores y público en general; y, En uso de la facultad que le concede el Art. 8 del Decreto Supremo No. 357 del 28 de agosto de 1970, promulgado en el Registro Oficial No. 54 del 7 de septiembre de 1970, Acuerda: Art. 1o. Oficializar con el carácter de OBLIGATORIA la Tercera Revisión de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 176, (Cacao en grano. Requisitos), que establece la clasificación y los requisitos de calidad que debe cumplir el cacao en grano beneficiado y los criterios que deben aplicarse para su clasificación y cuyo texto se publica como anexo a este acuerdo. Art. 2o. Las personas naturales o jurídicas que no se ciñan a la antes mencionada norma, serán sancionadas de conformidad con la ley. Art. 3o. Esta Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 176 (Tercera Revisión) entrará en vigencia a partir de la presente fecha sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Art. 4o. Deróguese el Acuerdo Ministerial No. 248 de 1995-09-05, publicado en el Registro Oficial No. 790 de 1995-09-27. Comuníquese y publíquese en el Registro Oficial. Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 26 de diciembre de 2002. f.) Ing. Miguel Chiriboga T., Ministro de Comercio Exterior, Industrialización, Pesca y Competitividad (E). MICIP.- Dirección de Desarrollo del Talento Humano, Administración de Servicios e Imagen Institucional. Es copia.- Lo certifico. f.) Econ. Víctor Hugo Chiriboga y., Director de Gestión de Desarrollo, Talento Humano, Servicios Administrativos e Imagen Institucional.