Acuerdo Nº 502 - NTE INEN 10 sobre requisitos de la leche pasteurizada
颁布于 2002-12-26 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 厄瓜多尔
- 主题
- Food and nutrition
- 关键词
- food safety and quality, milk/dairy products, processing/handling
在哪里阅读
该法律没有记录来源链接。
文本
所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。
Acuerdo No. 02-502 EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR, INDUSTRIALIZACION, PESCA Y COMPETITIVIDAD Considerando: Que mediante Acuerdo Ministerial No. 344 de 1987-05-11, publicado en el Registro Oficial No. 726 de 1987-07-10, se oficializó con el carácter de obligatoria la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 10 LECHE PASTEURIZADA. REQUISITOS (SEGUNDA REVISION); Que la Tercera Revisión de la indicada norma ha seguido el trámite reglamentario y ha sido aprobada por el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Normalización, INEN; Que es conveniente que esta Norma Técnica Ecuatoriana sea oficializada con el carácter de OBLIGATORIA, a fin de racionalizar la producción de leche pasteurizada de vaca y su comercialización, de manera que exista un justo equilibrio de intereses entre productores, consumidores y público en general; y, En uso de la facultad que le concede el Art. 8 del Decreto Supremo No. 357 del 28 de agosto de 1970, promulgado en el Registro Oficial No. 54 del 7 de septiembre de 1970, Acuerda: Art. lo. Oficializar con el carácter de OBLIGATORIA la Tercera Revisión de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 10. (Leche pasteurizada. Requisitos), que establece los requisitos que debe cumplir la leche pasteurizada de vaca y cuyo texto se publica como anexo a este acuerdo. Art. 2o. Las personas naturales o jurídicas que no se ciñan a la antes mencionada norma, serán sancionadas de conformidad con la ley. Art. 3o. Esta Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 10 (tercera revisión) entrará en vigencia a partir de la presente fecha sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Art. 4o. Deróguese el Acuerdo Ministerial No. 344 de 1987-05-11, publicado en el Registro Oficial No. 726 de 1987-07-10. Comuníquese y publíquese en el Registro Oficial. Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 26 de diciembre de 2002. f.) Ing. Miguel Chiriboga T., Ministro de Comercio Exterior, Industrialización, Pesca y Competitividad (E). MICIP. - Dirección de Desarrollo del Talento Humano, Administración de Servicios e Imagen Institucional. Es copia.- Lo certifico. f.) Econ. Víctor Hugo Chiriboga V., Director de Gestión de Desarrollo, Talento Humano, Servicios Administrativos e Imagen Institucional.