Acuerdo Nº 4 - Instructivo de obtención licencias de comercialización de sustancias mineras metálicas o a la exportación de sustancias minerales no metálicas
颁布于 2016-03-04 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 厄瓜多尔
- 主题
- Mineral resources
- 关键词
- mining, minerals, legal proceedings/administrative proceedings, authorization/permit, internal trade, international trade
- 类别
- *, metals-base, metals-precious, minerals-critical
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Artículo 3.- Requisitos.- Las personas naturales o jurídicas del Reglamento General de la Ley de Minería, determinan para poder obtener una licencia de comercialización, que la Agencia de Regulación y Control Minero mantendrá presentarán ante el Ministerio Sectorial lo siguiente: el Registro de Comercializadores de sustancias minerales metálicas y de exportadores de minerales metálicos y no • Para personas naturales metálicos, con la finalidad de llevar un control estadístico de las actividades de comercialización interna y de la a) Registro Único de Contribuyente, RUC, con objeto exportación de estas sustancias minerales; exclusivo relacionado a actividades de minería; Que, es necesario que el Ministerio Sectorial establezca el b) Declaración juramentada indicando la licitud de su procedimiento administrativo conforme el nuevo marco patrimonio así como las fuentes de financiamiento o de legal que regula el sector minero, para el otorgamiento de las inversión; licencias de comercialización o exportación de sustancias minerales metálicas o a la exportación de sustancias c) Certificado de cumplimiento tributario; minerales no metálicas, o los concesionarios mineros que comercien sustancias minerales metálicas o exporten las no d) Acreditar un capital mínimo de $50 000 Dólares metálicas de áreas ajenas a sus concesiones; Americanos de Norte, mediante la presentación de balances generales; balances de pérdidas y ganancias; Que, con Decreto Ejecutivo No. 578 de 13 de febrero certificados bancarios; operaciones mineras en el de 2015, publicado en el Registro Oficial No. 448 de 28 exterior; bienes muebles o inmuebles; de febrero de 2015, el Presidente Constitucional de la República escinde del Ministerio de Recursos Naturales e) Indicar al menos una cuenta en una institución financiera No Renovables, el Viceministerio de Minas creando el por medio de la cual se realizarán de forma exclusiva Ministerio de Minería, y modificando la denominación del las transacciones de compra y venta de sustancias Ministerio de Recursos Naturales No Renovables por la de minerales metálicas o no metálicas; Ministerio de Hidrocarburos; y, f) Formulario en donde conste: domicilio, teléfono En ejercicio de la facultad que le confiere el numeral 1 del convencional y celular, correo electrónico. artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, el literal a) del artículo 7 de la Ley de Minería; y, el artículo g) Comprobante de depósito del valor correspondiente por derecho de trámite administrativo. 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva. • En caso de personas jurídicas: Acuerda: a) Escritura pública de constitución de compañía aprobada por la Superintendencia de Compañías, que cuente con INSTRUCTIVO DE OBTENCIÓN LICENCIAS un Objeto Social único relacionado con la realización DE COMERCIALIZACIÓN DE SUSTANCIAS de actividades mineras; MINERAS METÁLICAS O A LA EXPORTACIÓN DE SUSTANCIAS MINERALES NO METÁLICAS b) Certificado de accionistas y de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Título I Compañías; Capítulo I c) En el caso de personas jurídicas extranjeras, adicional Generalidades a lo solicitado en el literal anterior, deberá presentar la domiciliación de la persona jurídica extranjera
Artículo 1.- Objeto.- El objeto del presente instructivo, solicitante y poder general o especial de representación; es implementar la normativa que regule el procedimiento para la obtención, administración y extinción de licencias d) Declaración juramentada indicando la licitud del de comercialización de sustancias mineras metálicas o para patrimonio así como de las fuentes de financiamiento e la exportación de sustancias minerales no metálicas. inversión: 12 – Jueves 31 de marzo de 2016 Registro Oficial Nº 723 e) Registro Único de Contribuyente, RUC con objeto Así también, el titular del derecho deberá de forma anual, exclusivo relacionado a actividades de minería; realizar una actualización del registro, de forma específica de la lista de proveedores y cumplimiento de obligaciones, f) Certificado de cumplimiento tributario; para lo cual la ARCOM deberá emitir el certificado de registro correspondiente, conforme al procedimiento g) Acreditar un capital mínimo de $100 000 Dólares que para el efecto emita el Directorio de la Agencia de Americanos de Norte América mediante la presentación Regulación y Control Minero. de balances generales; balances de pérdidas y ganancias; certificados bancarios; operaciones mineras La resolución de otorgamiento así como la de renovación y en el exterior; bienes muebles o inmuebles; sus datos se inscribirán en el Registro de Comercializadores de sustancias minerales metálicas y de exportadores de h) Indicar al menos una cuenta en una institución minerales metálicos y no metálicos que mantiene la Agencia financiera, por medio de la cual, se realizarán de forma de Regulación y Control Minero. exclusiva las transacciones comerciales; y, La licencia de comercialización es un derecho intransferible. i) Formulario en donde conste: domicilio, teléfono
Artículo 6.- Renovación.- Para la renovación de la convencional y celular, correo electrónico tanto del Licencia de comercialización se observará el siguiente representante legal así como de su contador. procedimiento: j) Comprobante de depósito del valor correspondiente por a) El titular de una resolución deberá presentar su solicitud derecho de trámite administrativo. ante la misma Subsecretaría Regional de Minería que expidió la licencia de comercialización, con al
Artículo 4.- Análisis y Evaluación de Admisibilidad.- Las menos treinta (30) días de anticipación a su fecha de Subsecretarías Regionales de Minas, una vez presentada vencimiento, presentando los documentos actualizados la solicitud sea para la comercialización y/o exportación requeridos en el artículo 3 del presente Instructivo, de sustancias minerales metálicas o a la exportación de sustancias minerales no metálicas, calificarán u observarán b) En la solicitud de renovación podrá ser negada si el las solicitudes presentadas dentro del término de cinco (5) titular no ha cumplido con las obligaciones contenidas días desde la fecha de presentación. en la presente norma, quedando insubsistente la licencia. Una vez que se haya calificado dicha solicitud, se remitirá a la Agencia de Regulación y Control Minero, para que La Subsecretaría Regional de Minas, en el término de cinco mediante un informe, que evalúe el cumplimiento de los (5) días, de forma previa a la renovación, solicitará a la requisitos establecidos en el presente Instructivo, en el Agencia de Regulación y Control Minero correspondiente, término de cinco (5) días, incluyendo una inspección al emita un informe respecto del cumplimiento de las domicilio donde se ejercerá la actividad económica. obligaciones del peticionario establecidas en la licencia de comercialización y la Ley de Minería, dicho informe se De formularse observaciones sobre los documentos remitirá dentro del término de diez (10) días. presentados, la Agencia de Regulación y Control Minero, pondrá estas observaciones en conocimiento del solicitante Artículo 7.- Obligaciones del titular de licencia para que haga las aclaraciones o complete la documentación, de comercialización.- Son obligaciones de los en el término de diez (10) días. comercializadores de sustancias mineras legalmente autorizadas las siguientes: Si la documentación se encontrare completa, remitirá al Ministerio Sectorial, los informes necesarios de acuerdo con a) Constituirse en agentes de retención sujetándose a las lo establecido en la letra d) del artículo 8 del Reglamento normas tributarias vigentes; General a la Ley de Minería; en caso de no absolverse las b) Efectuar declaraciones en forma detallada, consignando observaciones dentro del término señalado, se remitirá a todas las retenciones y deducciones realizadas; y, la Subsecretaría Regional de Minería para declarar que ha desistido en su derecho al trámite correspondiente. c) Enviar al Ministerio Sectorial de manera semestral con anterioridad al 15 de enero y al 15 de julio de cada año,
Artículo 5.- Otorgamiento de la Licencia de informes semestral sobre el origen, volumen y valor de Comercialización.- Los Subsecretarios Regionales de sus compras; destino, volumen y valor de las ventas; Minas sobre la base del informe remitido por la Agencia de retenciones efectuadas, copias de las facturas de compra Regulación y Control Minero, dentro del término de cinco y venta, y cualquier información estadística que fuere (5) días, mediante resolución motivada, otorgará la licencia requerida por el Ministerio Sectorial. Dichos informes de comercialización solicitada. serán remitidos en formularios simplificados que para el efecto elabore la Agencia de Regulación y Control La licencia de comercialización, tendrá una duración de tres Minero, sin perjuicio del control periódico que puede años, sin ninguna exclusividad, el cual podrá ser renovado realizar la entidad de control en cualquier momento. a pedido expreso, por igual período y su vigencia estará sujeta al cumplimiento de las obligaciones contenidas en el Artículo 8.- Cancelación de la licencia.- Si como resultado artículo 53 de la Ley de Minería. del incumplimiento de las obligaciones señaladas tanto Registro Oficial Nº 723 Jueves 31 de marzo de 2016 – 13 en la Ley de Minería así como en el artículo precedente, Dado en la ciudad Quito, D.M., a los 04 de marzo de 2016. así también cuando se hayan realizado actividades no justificadas verificadas por parte de la Agencia de f.) Javier Córdova Unda, Ministro de Minería. Regulación y Control Minero, llegando a establecer que las condiciones mínimas que determinaron la emisión de MINISTERIO DE MINERÍA.- Centro de la licencia de comercialización han variado, ésta podrá ser Documentación.- Fiel copia del original.- Fecha 14 de cancelada por parte de la Subsecretaría Regional de Minas, marzo de 2016.- f.) Ilegible. amparado el procedimiento establecido en el Capítulo III, de la Caducidad de la Concesión y los Permisos, del Título VI, de la Ley de Minería, y no podrá obtener una nueva licencia de comercialización por al menos un año a partir de la resolución correspondiente. En caso de cancelación de la licencia de comercialización y a partir de su notificación, la persona se abstendrá de ejercer las actividades autorizadas, no obstante su posterior exclusión del registro de comercializadores. La no renovación o cancelación de la licencia de comercialización no exime a su ex titular, de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que tuviere pendiente.
Artículo 9.- Registro de Comercializadores.- Una vez que la Subsecretaría Regional de Minas, expida la correspondiente licencia de comercialización, ésta deberá inscribirse en el Registro de Comercializadores a cargo de la Agencia de Regulación y Control Minero, previo al cumplimiento de los requisitos solicitados por dicha institución. Como parte del proceso de registro, de forma trimestral, la Agencia de Regulación y Control Minero, deberá publicar la nómina de las personas autorizadas a comercializar y la lista de las personas excluidas del Registro.
Artículo 10.- Derechos.- Las personas participantes en las actividades de comercialización o exportación de sustancias minerales metálicas o a la exportación de sustancias minerales no metálicas en la República del Ecuador, pagarán los derechos de control y regulación que anualmente se fijen de conformidad con lo dispuesto en el literal k) del artículo 9 de la Ley de Minería y el literal i) del artículo 8 del Reglamento General de la Ley de Minería. DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.- Los titulares de derechos mineros, que mantengan una licencia de comercialización vigente, en el plazo de 45 días deberán haber regularizado, armonizado y actualizado la información de acuerdo con el contenido en el presente instructivo. DISPOSICIONES FINALES PRIMERA.- Derogatoria.- Deróguense el Acuerdo Ministerial No. 287, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 531 de 9 de septiembre de 2011. SEGUNDA.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio de la publicación en el Registro Oficial.