Acuerdo Nº 379/A - NTE INEN 1 101 sobre requisitos de las bebidas gaseosas
颁布于 2001-11-16 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 厄瓜多尔
- 主题
- Food and nutrition
- 关键词
- food safety and quality, beverages, food additives
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文本
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Acuerdo No. 01 379-A EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR, INDUSTRIALIZACIÓN Y PESCA Considerando: Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 511 de 1984-08-08, publicado en el Registro Oficial No. 92 de 1984-12-24, se oficializó con el carácter de obligatoria la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1 101. Bebidas gaseosas. Requisitos; Que, la primera revisión de la indicada norma ha seguido el trámite reglamentario y ha sido aprobada por el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Normalización, INEN; Que, es conveniente que esta Norma Técnica Ecuatoriana sea oficializada con el carácter de Obligatoria, a fin de racionalizar la producción de bebidas gaseosas y su comercialización, de manera que exista un justo equilibrio de intereses entre productores, consumidores y público en general; y, En uso de la facultad que le concede el Art. 8 del Decreto Supremo No. 357 del 28 de agosto de 1970, promulgado en el Registro Oficial No. 54 del 7 de septiembre de 1970, Acuerda: Art. 1° Oficializar con el carácter de Obligatoria la primera revisión de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1 101. (Bebidas gaseosas. Requisitos), que establece los requisitos que deben cumplir las bebidas gaseosas y cuyo texto se publica como anexo a este acuerdo. Art. 2° Las personas naturales o jurídicas que produzcan o comercialicen bebidas gaseosas, que no se ciñan a la antes mencionada norma, serán sancionadas de conformidad con la ley. Art. 3° Esta Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1 101 (Primera revisión) entrará en vigencia a partir de la presente fecha sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Art. 4° Deróguese el Acuerdo Ministerial No. 511 de 1984-08-08, publicado en el Registro Oficial No. 92 de 1984-12-24. Comuníquese y publíquese en el Registro Oficial. Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 16 de noviembre del 2001. f) Ing. Eduardo Jurado Béjar, Ministro de Comercio Exterior, Industrialización, Pesca y Competitividad (E). Comparada esta copia con el original es igual. Lo certifico. f.) Director Administrativo, MICIP.