Acuerdo Nº 359 - Determina los campos de intervención del Programa Aliméntate Ecuador (AE)
颁布于 2007-05-14 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 厄瓜多尔
- 主题
- Food and nutrition
- 关键词
- institution, food security, nutrition, right to food, human rights, governance
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c:yfC,;;u;;,,(e,M',o de 1--'!{3 ieneMa·r 6Jé;cial 9.1e<lj1,u/,·,0 i/4 k, o4t,u;/,,a Acuerdo No. 3 5 9 Jeannette Sánchez z. MINISTRA DE BIENESTAR SOCIAL Considerando: Que, el derecho a la alimentación está garantizado in1ernacionolrneri1e, e:-'1re otros instrumentos, por tratados internacionales tales como la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, el Convenio Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1996, el Convenio Celestino Mutis y otros; Que, el artículo 23 numeral 20 de la Constitución Político de la República, garantiza el derecho de las personas a una calidad de vida que asegure lo salud, alimentación y nutrición: Que, el artículo 42 de lo Constitución Política de la República, garantiza el derecho a la salud, su promoción y protección, por medio del desarrollo de la seguridad alimentaria, la provisión de agua potable y saneamiento básico, el fomento de ambientes saludables en lo familiar, laboral y comunitarlo; Que, el artículo 47 de la Constitución Política de la República dispone que en el ámbito público y privado recibirán atención prioritaria, preferente y especializada los niños y odolescentes, los mujeres embarazadas, las pe:sonos con discapacidad, las que adolecen de enfermedades catastróficas de aito complejidad y las de la te1·cera edad; Que, mediante Acuerc'o Ministerial No. 1801 de 2 de enero del 2001, publicado en el Registro Oficial No. 243 de 12 de enero del 2001. se crea la Unidad de Gestión para la Alimentación Comunitario, posteriormente con Acuerdo Ministerial No. 0927 de 14 de junio de 2002, la "Unidad de Gestión para la Alimentación Comunitaria" pasa a denominarse ';Programa de Alimentación para el Desarrollo Comunitario - PRADEC"; posteriormente con Acuerdo Ministerial No. 2577-A de 26 de moyo de 2004, el "Programa de Alimentación paro el Descmollo Comunitario" pasó a denominarse ''Programa Aliméntate Ecuador'', manteniendo las funciones establecidas en el Acuerdo Ministerial No. 1801 de 2 de enero del 2001, publicado en el Registro Oficial No. 243 de 12 de enero del 2001; Que, la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional en su disposición generai segunda, dispone que el Programa Aliméntate Ecuador atender~~~~ población de niñOSp-'~ir,l,-;J~$p,o,Prt?.;~e::~~s::qftüfaC:GirrCChuños once me¡.é5;:,que 0 -e'":~ . H• ffj '' ....•. J. \:/ ~; \'; ¡; iffür<t:Y :--····-----··¡:;·: ~~"i-=-,~--7·------ ·,/· C .I() / . 1 -~ '• ,..,..,...,A~-- ;",-.R"S·"'· ;.Xi? \.P--.-. / /// n:vn.' u: i\~',J e V------~-~-n-------~-- '--'.:'.:)~::.Y ~----/ g,,/t-,u:ale//'f:0 a',, fY3,:e//u,,;ul//, o9':,-rJoi 'YJe.JjtarÁ-0 de k oAr,ni<Cr.a 359 no asis-en a establecimientos educativos. adultos mayores ( 65 años de edcd en adelante) y discapacitados, focalizados en los quintiles 1 y 2 de mayor pobreza; y continuará a cmgo del Ministerio de Bienestar Social; Que, es necesario optimizar lo gestión social, concibiendo al Programo A!iméntate Ec.mdor como un organisrrc que promueva U'7a participación social activa soore el asistencialismo. y privilegie a los sedores poblccionoles afectados por la inseguridod aiimentaria y la desnutrición; y, En ejercicio de las atribuciones contenidas en el artículo 179. numerales 1 y 6 ce la Constitución Político de la República; y, artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Admini:;trativo de la Función Ejecutivo; ACUERDA: ARTICULO PRIMERO.- El Programa Aliméntate Ecuador, como organismo adscrito al Ministerio de Bienestar Social. ejecutará su gestión atendiendo a la población de niños y niñas pobres de tres años a cinco años once meses, q~e no asls·en a es~:::iblecimientos educativos, adultos mayores (65 años de edad en adelante) y discapacitados, focalizados en los quintiles l y 2 de pobreza, cie corformidcd con la Disposición General Segunda de la Ley de Seguridad Alimentaría y Nutricionul. ARTÍCULO SEGUNDO.- En su cometido, el Programa Aliméntate '.:::uador, tendrá los siguientes campos de intervención: a. Seguridad Alimentaria.- Referido a las cordiciones y oportunidades de acceso material, económico y socio-cultural a suflcierites alimentes inocLos y nutritivos. Tendrá por objeto sensibilizar, educar y capacitar a la pob:ación objetivo sobre los efectos de la alimentación saludable, a través de ferias, talleres y otras es+rategias a nivel local; y, b. Asistencia Alimentaria.·· Referido a la reducc·ón del hambre de los grupos vulrerabilizados y en r:esgo. Tendrá por objeto la entrega periódica oe raciones alimenticias e iversificadas, e la población objetivo detwminada en a Ley de Seguridod Alimentaria y NutricionaL según la focalización realizada por el SELBEN. / o/1(,,;,nicJlew ele ffiW)w.:itar d/:;,ial 1J~«y,,u·Á,0 de k cft;,ud ra , .., ·- ,., ARTICULO TERCERO.- Para cumplir con su gestión instiiucional. el Programa Aliméntate Ecuador fortalecerá las capacidades socio-culturales y las oportunidades de acceso a alimentos locales, sanos e inocuos para mejor·ar los índices de vida sociales y reducción de la pobreza. ARTICULO CUARTO.- El Programa Aliméntate Ecuador actuará sobre ia base de las políticas insti1ucionales del Ministerio de Bienes1ar Social e integrado a sus plane~ y proyectos. ARTICULO QUINTO.- El Programa Aliméntate Ecuador liquidará el Sistema de Comedores Comunitarios y todas aquellas actividades ajenas a los objetivos institucionales, según las normas técnicas aplicables. ARTICULO SEXTO.- Deróguese el Acuerdo Ministerial N. 2577-A de 26 de mcyo de 2004. ARTICULO SEPTIMO.- De lo ejecución del presente Acuerdo Ministerial, que entrará en vigencia a partir de su suscrición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encaq;:mse a la Coordinadora Nocional del Programa Aliméntate Ecuador. Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, o 1 4 HAY 2007 ,',/mee loo1~os-os '·\ Y Jeonnette Sánchez Z. MINISTRA DE BIENESTAR SOCIAL <