跳到主要内容
Nelum
厄瓜多尔的法律

Acuerdo Nº 3 - Suprime el Centro de Estudios y Políticas para el Agro (CEPA)

颁布于 2012-01-13 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
厄瓜多尔
主题
Agricultural and rural development
关键词
institution, registration, agricultural development, governance

在哪里阅读

    该法律没有记录来源链接。

文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Acuerdo No. 003 EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA Considerando: Que el artículo 5 de la Ley de Modernización del Estado, promulgada en el Registro Oficial 349 del 31 de diciembre de 1993, dispone la racionalización de la estructura administrativa y económica del sector público, distribuyendo adecuada y eficientemente las competencias, funciones y responsabilidades de sus entidades y organismos; Que el inciso primero del artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, publicado en el Registro Oficial 536 el 18 de marzo del 2002, determina que "Los Ministros de Estado son competentes para el despacho de los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la República, salvo los casos expresamente señalados en leyes especiales"; Que el artículo 20 ibídem, establece que "El número y atribuciones de los subsecretarios, asesores y directores de cada Ministerio, será definido por el respectivo Ministro, previo conocimiento del Secretario General de la Administración Pública"; Que el artículo 21 del antes referido estatuto señala que "La Administración Pública creará los órganos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus especiales finalidades, delimitando las respectivas competencias, previo dictamen favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, siempre que ello implique egresos del erario nacional"; http://www.derechoecuador.com/index.php?option=com content&view=article&id=6551:registro-oficial-no-646-viernes-24-de-febrero-de-2012&catid=362:febrero&Itemid=622#N 003#N 003 Que el artículo 1 del Decreto Ejecutivo 437, publicado en el Registro Oficial 120 el 5 de julio del 2007, dispone que "será facultad expresa de los ministros de Estado la organización de cada uno de sus ministerios, en forma especial, la creación o supresión de subsecretarías, sin que sea necesaria la expedición de decreto ejecutivo alguno"; Que mediante Acuerdo Ministerial No. 193, publicado en el Registro Oficial No. 129 del 18 de julio del 2007, se crea el Centro de Estudios y Políticas para el Agro "CEPA", como un organismo de derecho público, sin fines de lucro, adscrito al Ministerio de Agricultura y Ganadería, cuya finalidad es la implementación, coordinación, evaluación y seguimiento de las políticas de Estado para el sector agropecuario; Que el Centro de Estudios y Políticas para el Agro "CEPA", por diversas circunstancias, no ha cumplido cabalmente sus atribuciones, por lo que en el marco del proceso de reforma institucional efectuado por el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, se planteó la necesidad de su extinción y la transferencia de sus competencias a la Coordinación General de Planificación; Que en el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, expedido mediante Acuerdo Ministerial No. 281, publicado en el Registro Oficial Suplemento 198, el 30 de septiembre del 2011, las atribuciones y responsabilidades que tenía el Centro de Estudios y Políticas para el Agro "CEPA" fueron transferidas a la Coordinación General de Planificación; y, En uso de las atribuciones que le confieren los artículos 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador y 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, Acuerda: Artículo 1.- Suprímase el Centro de Estudios y Políticas para el Agro "CEPA", creado mediante Acuerdo Ministerial No. 193, publicado en el Registro Oficial No. 129, el 18 de julio del 2007, como un organismo de derecho público, sin fines de lucro, adscrito al Ministerio de Agricultura y Ganadería. Artículo 2.- Transfiérase a la Coordinación General de Planificación las competencias, atribuciones y funciones que tenía el Centro de Estudios y Políticas para el Agro "CEPA". Artículo 3.- Transfiérase al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, el patrimonio (activos y pasivos) del Centro de Estudios y Políticas para el Agro "CEPA", para lo cual se cumplirán las formalidades legales relacionadas con la transferencia de los recursos materiales. Artículo 4.- El personal con nombramiento y a contrato que se encontraba laborando en el Centro de Estudios y Políticas para el Agro "CEPA" podrá ser incorporado a la coordinación general de planificación o a cualquier otra dependencia del MAGAP, previa evaluación y valoración de las posiciones, de conformidad con la ley, que efectuará la Coordinación General Administrativa y Financiera. En caso de cargos innecesarios se aplicará un proceso de supresión de puestos, para lo cual se cumplirá con lo previsto en la Ley de Servicio Público, su reglamento de aplicación, y otras normas de administración pública que fueren aplicables. Artículo 5.- Los derechos y obligaciones constantes en convenios, contratos u otros instrumentos jurídicos, nacionales o internacionales, vinculados con la actividad realizada o que tenía que realizar el Centro de Estudios y Políticas para el Agro "CEPA", serán asumidos por el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca. Artículo 6.- De la ejecución del presente acuerdo, que entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguense al Coordinador General Administrativo Financiero y al Coordinador General de Planificación. Comuníquese y publíquese. Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 13 de enero del 2012. f.) Staynley Vera, Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca. Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.- Es fiel copia del original.- Lo certifico. f.) Secretario General, MAGAP.- Fecha: 30 de enero del 2012.