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厄瓜多尔的法律

Acuerdo Nº 299 - Modifica el Acuerdo Nº 89, que crea la Subsecretaría de Acuacultura

颁布于 2007-08-21 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
厄瓜多尔
主题
Fisheries and aquaculture
关键词
institution, aquaculture, mariculture, legal proceedings/administrative proceedings, governance

在哪里阅读

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Acuerdo No. 299 EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA Considerando: Que el artículo 124 de la Constitución Política del Estado establece que la Administración Pública se organizará y desarrollará de manera descentralizada y desconcentrada; Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 266 de la Constitución Política del Estado, será objetivo permanente de las políticas del Estado el desarrollo prioritario, integral y sostenido de las actividades agrícola, pecuaria, acuícola, pesquera y agroindustrial, que provean productos de calidad para el mercado interno y externo, la dotación de infraestructura, la tecnificación y recuperación de suelos, la investigación científica y la transferencia de tecnología; Que la actividad pesquera está regulada fundamentalmente por los convenios internacionales correspondientes, por la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero y por el Reglamento a la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero, expedido mediante Decreto Ejecutivo No. 3198, publicado en el Registro Oficial No. 690 de 24 de octubre del 2002; Que mediante decretos ejecutivos No. 7, publicado en el Registro Oficial No. 36 del 8 de marzo del 2007, y No. 144, publicado en el Registro Oficial No. 37 del 9 de marzo del 2007, la Subsecretaría de Recursos Pesqueros pasó a ser dependencia del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca; Que el sector acuicultor ha cobrado una gran importancia en los últimos años y la acuacultura se ha convertido en uno de los más importantes rubros de exportación del país; Que hasta la presente fecha estas dos actividades han sido reguladas y controladas por la Subsecretaría de Recursos Pesqueros; Que resulta necesario diferenciar los sectores de pesca y de acuacultura y reorganizar las entidades que controlan dichas actividades, separando las competencias relacionadas con cada uno de dichos sectores; Que la FAO ha definido la acuacultura como el cultivo de organismos acuáticos tales como peces, moluscos, crustáceos y plantas acuáticas. El cultivo implica algún nivel de intervención en el proceso de crianza para mejorar la producción, tales como, siembras regulares, alimentación, protección contra los depredadores, etc. Cultivo también implica la propiedad de personas naturales o jurídicas de los productos durante el período de cultivo; Que mediante Acuerdo Ministerial No. 089, publicado en el Registro Oficial No. 86 de fecha 17 de mayo del 2007, se creó la Subsecretaría de Acuacultura, como una dependencia del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca; Que es necesario que la Subsecretaría de Acuacultura tenga la calidad de Unidad Ejecutora del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, con autonomía administrativa, financiera y técnica; y, En ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 179 numeral 6 de la Constitución y en los artículos 17, 20 y 21 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, Acuerda: Art. 1.- Refórmese el Art. 1 del Acuerdo Ministerial No. 089, publicado en el Registro Oficial No. 86 de fecha 17 de mayo del 2007, en el siguiente sentido: "Créase la Subsecretaría de Acuacultura, como una Unidad Ejecutora del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, con autonomía administrativa, técnica, y financiera". Art. 2.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Dado, en el Distrito Metropolitano de Quito, a 21 agosto del 2007. f.) Carlos Vallejo López, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca. Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca. Es fiel copia del original.- Lo certifico. f.) Director de Gestión de Desarrollo Organizacional. MAGAP: 21 agosto del 2007.

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