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厄瓜多尔的法律

Acuerdo Nº 263 - Régimen administrativo del Programa de Alimentación Escolar (PAE)

颁布于 2005-08-30 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
厄瓜多尔
主题
Food and nutrition
关键词
institution, food security, legal proceedings/administrative proceedings, school feeding, governance

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Acuerdo No. 263 Consuelo Yánez Cossío MINISTRA DE EDUCACION Y CULTURA Considerando: Que el Art. 68 de la Constitución Política de la República dispone que el Sistema Nacional de Educación incorporará en su gestión estrategias de descentralización y desconcentración administrativas, financieras y pedagógicas; Que los literales a) y b) del Art. 1 y literal b) del Art. 5 de la Ley de Modernización del Estado propugna la racionalización, la eficiencia administrativa, la descentralización y la desconcentración de las actividades administrativas y recursos del sector público; Que el inciso segundo del Art. 3 de la Ley Especial de Descentralización y Participación Social determina que la desconcentración del Estado es el mecanismo mediante el cual los niveles superiores de un ente u organismo público delegan en forma permanente, el ejercicio de una o más de sus atribuciones así como los recursos necesarios para su cumplimiento a otros órganos dependientes provinciales o no, que forman parte del mismo; Que el artículo 54 del Estatuto Jurídico del Régimen Administrativo establece que la titularidad y el ejercicio de las competencias atribuidas a los órganos administrativos podrán ser desconcentradas en otros jerárquicamente dependientes de aquellos, cuyo efecto será el traslado de la competencia al órgano desconcentrado. La desconcentración se hará por decreto ejecutivo o acuerdo ministerial; Que el Programa de Alimentación Escolar (PAE) atiende con desayuno y almuerzo a un millón doscientos mil niños de catorce mil escuelas públicas a nivel nacional; Que el Programa de Alimentación Escolar, constituye un estímulo que favorece la matrícula y la asistencia a clase de niños, niñas y adolescentes en situación de pobreza y contribuye a generar aptitudes y capacidades para el aprendizaje; Que es necesario garantizar oportunidad y eficiencia en la prestación de los servicios de alimentación que brinda el PAE; Que es necesario avanzar en el objetivo estratégico de reactivar la producción local mediante la compra de alimentos en el nivel local y favorecer el consumo de los alimentos propios de la zona, respetando los hábitos culturales alimentarios de los niños, niñas y adolescentes que participan en el programa; Que es necesario desconcentrar algunas atribuciones y competencias administrativas a favor del PAE, a fin de garantizar mayor eficiencia en el cumplimiento de su misión institucional; y, En uso de las atribuciones conferidas en los numerales 1 y 6 del artículo 179 de la Constitución Política de la República del Ecuador y los literales f) y r) del Art. 29 del Reglamento General de la Ley de Educación y el Art. 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, Acuerda: Artículo 1.- Disponer que el Programa de Alimentación Escolar -PAE-, unidad adscrita al Despacho Ministerial del Ministerio de Educación y Cultura, actúe de manera desconcentrada, para lo cual gozará de un régimen administrativo, técnico, operativo y financiero propio. Artículo 2.- Delegar al Coordinador Nacional del PAE para que dicte, mediante resolución, las normas administrativas internas que se requieran para el cabal cumplimiento de las finalidades del programa. Artículo 3.- Delegar al Coordinador Nacional del PAE suscriba los convenios y contratos que sean necesarios para que el programa pueda cumplir de manera oportuna y eficiente sus actividades. Artículo 4.- Derogar aquellas normas contenidas en instrumentos jurídicos de igual o menor valor jurídico, cuyo contenido se contraponga a lo establecido en el presente acuerdo ministerial. DISPOSICION FINAL.- De la ejecución del presente acuerdo ministerial, encárguese al Coordinador Nacional del PAE y al Subsecretario General Administrativo y Financiero del Ministerio de Educación y Cultura. El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 30 de agosto del 2005. f.) Consuelo Yánez Cossío, Ministra de Educación y Cultura.

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