Acuerdo Nº 207 - Conformación del Comité Técnico Nacional de Plaguicidas y Productos de Uso Veterinario
颁布于 1996-06-19 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 厄瓜多尔
- 主题
- Cultivated plants
- 关键词
- institution, registration, governance
- 类别
- agriculture
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文本
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12 Registro Oficial N° 979 Martes 2 de Julio de 1996 LOS MlNISTROS DE AGRICULTURA Y GANADERIA Y DE SALUD PUBUCA Considerando: Que con Acuerdo lntenninisterial N° 120, publicado en el Registro Oficial NO 936 del 30 de abril de 1996, se expide el Reglamento para otorgar el Registro Unificado de Plaguicidas y Produetos de Uso Veterinario, por los Ministros de Agricultura y Ganaderia y de Salud PUblica; Que en el Capitulo I, Art. 1, del Acuerdo del considerando anterior se establece "para que un plaguicida 0 producto de uso veterinario pueeda ser formulado, fabricado, importado, distribuido y comercializado, debera poseer el Registro Unificado otorgado por el Comite Tecnico Nacional de Plaguicidas y Produetos de Uso Veterinario"; Que con Acuerdo Ministerial N° 121 del 17 de abril de 1996, se reforma el Reglamento Organico Funcional del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria (SESA), y se establece en el Capitulo V, Seccion 5, Art. 19, letra h), que esta Dependencia del Ministerio de Agricultura y Ganaderia, "debe Organizar y Coordinar la conformacion del Comite Tecnico Nacional de Plaguicidas y Produetos de Uso Veterinario"; y, En uso de las atribuciones que les confiere la Ley, Acuerdan: EXPEDIR LA CONFORMACION DEL COMITE TECNICO NACIONAL DE PLAGffiCIDAS Y PRODUcrOS DE usa VETERINARIO. Art. 1.- El Comite Tecnico Nacional de Plaguicidas y Productos de Uso Veterinario, estaci conformado por: a) EI Director General del SESA, quien 10 presidira. b) Un representante de la Direccion de Registro Sanitario del Ministerio de Salud PUblica. c) Un representante de la Comision Asesora Ambiental de la Presidencia de la Republica (CMM). d) Un especialista del SESA, de acuerdo con el uso al que estuviere destinado el producto. e) Un representante de la Asociacion de Fabricantes e Importadores de lnsumos Agropecuarios (AIFA). f) Actuara como Secretario-Coordinador, el Jefe de la Division de Registro y Control de Productos Agropecuarios del SESA Art. 2.- Si el asunto a tratarse por el Comite Tecnico, requiere de la participacion de algunas dependencias del Ministerio de Agricultura y Ganaderia, 0 de otros organismos publicos 0 privados, se solicitara a los correspondientes organismos la designacion de sus representantes, quienes actuaran en calidad de miembros ocasionales. Art. 3.- El Dossier 0 expediente de solicitud de Registro Unificado de un Plaguicida 0 un Producto de Uso Veterinario, una vez completo. se remitira a cada uno de los sectores que participan en la concesion del Registro. Art. '4.- El Comite Tecnico se reunira una vez al meso para decidir sobre el registro de los productos cuyos dossiers se hayan presentado en el SESA, con el objeto de obtener el Registro Unificado, durante los treinta dias antenores a la convocatoria de reunion. Art. 5.- En esta reunion, cada plaguicida 0 producto de uso veterinario sera tratado individualmente, para 10 cual el Secretario del Cornite solicitara el informe tecnico escrito del sector salud, ambiente y agricultura. Art. 6.- Si el infonne de los tres sectores fuese favorable. se aprobara el Registro y el SESA emitira el certificado correspondiente de acuerdo con el Anexo 4 del Reglamento 0 Acuerdo N° 120, en el lapso de 15 dias calendario. Art. 7.- El presente Acuerdo entrara en vigencia desde la fecha de su suscripcion, sin perjuicio de su publicacion en el Registro Oficial. Comuniquese y publiquese.- Dado en Quito, a 19 de junio de 1996. f) lng. Mariano Gonzalez Portes, Ministro de Agricultura y Ganaderia.- f) Dr. Alfredo Palacio G., Ministro de Salud PUblica. Ministerio de Agricultura y Ganaderia. Es fiel copia del original.- Lo certifico. f) lng. Luis Basabe Bustos. Director Administrativo M.A.G. Fecha: 20 dejunio de 1996.