Acuerdo Nº 17-2017 ─ Modifica el Acuerdo Nº 2, Instructivo para el otorgamiento de concesiones mineras para minerales metálicos
颁布于 2017-05-05 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 厄瓜多尔
- 主题
- Mineral resources
- 关键词
- mining, legal proceedings/administrative proceedings, concession, minerals
- 类别
- metals-base, metals-precious, minerals-critical
在哪里阅读
该法律没有记录来源链接。
文本
所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。
Art. 1.- Aprobar el Estatuto, reconocer la personalidad Derechos Humanos y Cultos. jurídica y disponer la inscripción del Estatuto de la organización IGLESIA EVANGÉLICA BILINGÜE LA MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS NUEVA SALVACIÓN, en el Registro de Organizaciones HUMANOS Y CULTOS.- Certifico que la(s) foja(s) 1-3 Religiosas del Registro de la Propiedad del Cantón Morona, es(son) fiel copia(s) del original del documento que reposa provincia de Morona Santiago, domicilio de la entidad, en los archivos de la Dirección de Secretaría General.- como persona de derecho privado, sin fines de lucro, que Fecha: 09 de junio de 2017. f.) Dra. Paola Carrera Izurieta, para el ejercicio de los derechos y obligaciones se sujetará Directora de Secretaría General, Ministerio de Justicia, estrictamente a lo que determina la Constitución de la Derechos Humanos y Cultos. República del Ecuador, la Ley de Cultos; y, el Reglamento de Cultos Religiosos.
Art. 2.- Ordenar la publicación del Estatuto de la organización religiosa denominada IGLESIA EVANGÉLICA BILINGÜE LA NUEVA SALVACIÓN en el Registro Oficial.
Art. 3.- Disponer se incorpore al registro general de Nº 2017-017 entidades religiosas del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, el Estatuto y el expediente de la Javier Córdova Unda IGLESIA EVANGÉLICA BILINGÜE LA NUEVA MINISTRO DE MINERÍA SALVACIÓN. Considerando:
Art. 4.- Disponer a la organización religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de Justicia, Derechos Que, los artículos 1 y 408 de la Constitución de la Humanos y Cultos, cualquier modificación en los República del Ecuador establecen que los recursos 28 – Miércoles 19 de julio de 2017 Registro Oficial Nº 39 naturales no renovables y, en general, los productos del 2016-030 de 08 de septiembre de 2016 publicados en los subsuelo, yacimientos minerales y de hidrocarburos son Registros Oficiales No. 794 de 11 de julio de 2016 y No. de propiedad inalienable, imprescriptible e inembargable 861 de 13 de octubre de 2016, respectivamente. del Estado. Que, es necesario reformar determinadas disposiciones Que, la Constitución de la República del Ecuador, de este Instructivo, con el fin de incluir principios de publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre economía procesal en el proceso de otorgamiento de de 2008, en su artículo 154 numeral 1 dispone que: “A las concesiones para minerales metálicos; mismos que, son ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones reflejo del modelo de gestión del Ministerio de Minería; y, establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y EN EJERCICIO de la facultad que le confiere el numeral expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del requiera su gestión [...]”. Ecuador, el literal a) del artículo 7 de la Ley de Minería; y, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Que, el número 11 del artículo 261 de la Carta Magna Administrativo de la Función Ejecutiva. indica que: “El Estado central tendrá competencias exclusivas sobre: [...] Los recursos energéticos; minerales Acuerda: [...]”. REFORMAR EL ACUERDO MINISTERIAL N° 2016- Que, el artículo 6 de la Ley de Minería acerca del Ministerio 002 QUE CONTIENE EL INSTRUCTIVO PARA EL Sectorial señala: “[...] es el órgano rector y planificador OTORGAMIENTO DE CONCESIONES MINERAS del sector minero. A dicho órgano le corresponde la PARA MINERALES METALICOS aplicación de políticas, directrices y planes aplicables en las áreas correspondientes para el desarrollo del sector, Artículo 1.- Sustitúyase el artículo 6, por el siguiente: de conformidad con lo dispuesto en la Constitución y la ley, sus reglamentos y los planes de desarrollo que se “Artículo 6.- Solvencia Económica (SE).- Para acreditar establezcan a nivel nacional”. solvencia económica, el solicitante o interesado, ya sea persona natural o jurídica, nacional o extranjera, pública, Que, el artículo 29 de la Ley de Minería regula el proceso mixta o privada, comunitaria, asociativa, familiar y de auto de subasta y remate públicos para el otorgamiento de gestión, podrá presentar al menos uno de los siguientes concesiones mineras. documentos: cume Que, los literales a) y e) del artículo 3 del Reglamento 1. Balance General: Este documento deberá estar General a la Ley de Minería estipulan que: “Además de refrendado por un Auditor o Contador debidamente frend las establecidas en la Ley son atribuciones del Ministerio Colegiado o por una Firma Auditora Externa nacional Sectorial: a) Aprobar en coordinación con la entidad o internacional, en la que se deberá exponer con rectora de planificación nacional los planes anuales claridad las cuentas del activo, pasivo y patrimonio; y plurianuales de gestión en el sector minero; [...] e) y deberá corresponder al último año auditado, que no Expedir los instructivos técnicos necesarios para la sea anterior a los dos años previos a la solicitud del aplicación de la Ley y este Reglamento”. área. De forma consolidada, el balance podrá incluir las inversiones realizadas en operaciones mineras Que, el artículo 28 del Reglamento General a la Ley y/o adjudicaciones de concesiones mineras en el país de Minería señala que: “La subasta y remate públicos dónde las hubiera realizado, si las tuviere. En caso que mineros sobre las áreas libres serán convocados por el dichas inversiones fueren registradas como déficit al Ministerio Sectorial conforme al proceso que éste defina”. patrimonio, el requirente podrá acreditar estos valores a solvencia económica a través de la presentación Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 578 de 13 de febrero de un certificado avalado por la autoridad nacional de 2015, el Presidente Constitucional de la República del competente del país donde se encuentran dichas Ecuador, decreta: “Artículo 1.- Escíndase del Ministerio inversiones. Para acreditar solvencia económica, se de Recursos Naturales No Renovables, el Viceministerio tomarán en cuenta el Activo Total (AT) y el Pasivo de Minas y Créese el Ministerio de Minería, como Total (PT) y las inversiones en operaciones mineras organismo de derecho público, con personería jurídica, y/o adjudicaciones de concesiones mineras en el país patrimonio y régimen administrativo y financiero propios, dónde las hubiera realizado. con sede en la ciudad de Quito”. 2. Capitalización del Mercado (CM): este documento Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 2016-002, deberá obtenerse de la página web oficial de la Bolsa suscrito el 1 de marzo de 2016 del Ministerio de Minería, de Valores donde esté registrada la compañía o de y publicado en el Registro Oficial No. 722 de 30 de marzo fuentes de información financiera internacionalmente de 2016, se expidió el Instructivo para el otorgamiento reconocidas como Bloomberg o Reuters, dentro de concesiones mineras para minerales metálicos. Y que del término de cinco (5) días contados a partir de la fue modificado mediante Acuerdo Ministerial No. 2016- notificación para la presentación de los requisitos 014 de 16 de junio de 2016 y Acuerdo Ministerial No. de los artículos 36 y 40 del presente Instructivo, Registro Oficial Nº 39 Miércoles 19 de julio de 2017 – 29 respectivamente. El valor a acreditar como solvencia Para efectos del proceso de subasta o remate iniciado por será únicamente el cuarenta por ciento (40%) del valor un particular, se entenderá como compañías relacionadas total registrado como capitalización del mercado. tanto a la compañía casa matriz, como a sus filiales o subsidiarias que participen directa o indirectamente en la 3. Declaración Patrimonial (DP): Toda persona natural, dirección, administración, control o capital, del solicitante podrá acreditar solvencia económica, mediante la o interesado. presentación de una declaración juramentada del patrimonio donde se evidencie bienes inmuebles; En caso que el solicitante o interesado, decidiera acreditar bienes muebles; dinero en efectivo en bancos y en otras su solvencia económica a través de su casa matriz, instituciones financieras acreditadas; inversiones; compañías relacionadas, figuras societarias consorciales créditos por cobrar; y, desglose de deudas contraídas, o por intermedio de sus accionistas o socios, deberá en atención al formulario publicado para el efecto, en comprobar dicha calidad mediante la presentación de una la página web del Ministerio de Minería. El valor a escritura pública o cualquier otro instrumento público que acreditar como solvencia económica, corresponderá a demuestre dicha vinculación.” la diferencia entre el Activo y Pasivo.
Artículo 2.- En el artículo 35 sustituir la palabra “reservar” 4. Certificados Bancarios (CB): El certificado bancario ya por “graficar”. sea de cuentas corrientes o de ahorros, corresponderá al movimiento financiero de los últimos seis meses. Artículo 3.- Incluir a continuación del inciso primero del El valor registrado en este documento será tomado artículo 35, lo siguiente: en cuenta en el cálculo de la (SE) siempre y cuando no esté incluido en otro documento ya presentado. “Una vez graficada el área, en la plataforma, El valor a asignar, guardará conformidad con la automáticamente generará un formulario de solicitud.” información registrada en el certificado bancario y la tabla de Cifras Bajas, Medias y Altas que se publicará Artículo 4.- Agréguese a ontinua continuación del artículo 35, un en la página web del Ministerio de Minería. artículo innumerado, al tenor de lo siguiente: No se tomarán en cuenta valores que consten o sean parte “Artículo (…).- Presentación de la solicitud.- Una vez de otros balances, informes o documentos financieros ya graficada el área en plataforma, el solicitante tendrá cinco acreditados para el cálculo de la solvencia económica. (5) días término, contados a partir de la fecha en la que realizó la graficación del área, para presentar ante la Para el cálculo de la Solvencia Económica (SE), se Subsecretaría c rrespo orrespondiente, el formulario de solicitud aplicará la siguiente fórmula: del área. En el caso que el solicitante no presente la documentación en el término referido, se solicitará a la um SE= (AT – PT) + CM + DP + CB Agencia de Regulación y Control Minero que desgrafique el área solicitada. Donde: La Subsecretaría correspondiente realizará la revisión SE = lven Solvencia Económica acreditada de dicha solicitud, y en el caso que presentare un error, AT = Activo Total notificará al solicitante, a fin de que en el término de 3 días PT = Pasivo Total contados a partir de la notificación, subsane los errores CM = Capitalización de Mercado DP = clarac Declaración Patrimonial expuestos. Si el solicitante no subsanara las observaciones CB = Certificado Bancario en el tiempo señalado, se archivará la solicitud presentada, y se solicitará a la Agencia de Regulación y Control Los documentos presentados para acreditar solvencia Minero, la desgraficación del área.” económica deberán equivaler al 5% de la postura económica propuesta, para el área solicitada en el caso de Artículo 5.- Elimínese el inciso primero del artículo 36. procesos para subasta o remate; y, del 100% del monto total de inversión para los procesos de petición y oferta en Artículo 6.- En el artículo 36 elimínese la frase “Una vez el régimen de pequeña minería. ingresada esta documentación,” Con el objeto de acreditar solvencia económica, también Artículo 7.- Agréguese después del artículo 36 el siguiente podrán ser tomados en cuenta los documentos de respaldo artículo innumerado: de la casa matriz o de compañías relacionadas. De igual forma, se podrá denotar solvencia económica a través “Artículo (…).- Verificación y subsanación.- Una de la documentación de accionistas o socios que a título vez receptada la documentación, la Subsecretaría propio, en calidad de personas naturales, participen directa correspondiente, verificará el cumplimiento de los o indirectamente, en la dirección, administración, control requisitos solicitados en el término de tres días. En el o capital de la persona jurídica solicitante o interesada. caso que el solicitante no cumpliere con alguno de los Así como también, por intermedio de figuras societarias requisitos establecidos en el artículo anterior, se notificará consorciales. al solicitante con los requisitos que en no ha cumplido, a 30 – Miércoles 19 de julio de 2017 Registro Oficial Nº 39 fin de que en el plazo de 10 días contados a partir de la el área mediante el proceso de subasta o remate iniciado notificación, subsane la información señalada. Si no lo por un particular, deberá cumplir con la postura hiciere, la solicitud del área minera, será archivada.” económica presentada, misma que contiene el monto de inversión de los cuatro primeros años; pues, es en base a
Artículo 8.- En el artículo 37 sustitúyase “Verificación de ella, que se motiva el acto administrativo de adjudicación. la Información Entregada.-” por “Solicitud de Informe a En este contexto, la ARCOM, verificará anualmente que se la ARCOM.-” cumpla por lo menos con los montos mínimos de inversión por año, conforme lo estipula el artículo 8 de esta norma;
Artículo 9.- En el artículo 37 elimínese lo siguiente: y, a los cuatro años de adjudicada el área, verificará el cumplimiento de la postura económica en su totalidad. “Una vez receptada la documentación, la Subsecretaría Nacional, verificará el cumplimiento de los requisitos Cabe denotar que la postura económica propuesta solicitados en el término de tres días.” para el presente proceso, deberá cumplirse a cabalidad independientemente del cambio anticipado de fase, para lo
Artículo 10.- Agréguese un inciso al final del artículo 38, cual la ARCOM realizará los controles correspondientes al tenor de lo siguiente: e informará a esta Cartera de Estado para tomar las acciones de nulidad correspondientes. “Para efectos del proceso de subasta o remate iniciado por un particular, los Proyectos Mineros no podrán Artículo (…).- Renuncia parcial de hectáreas mineras en conformarse por más de cinco áreas mineras contiguas.” concesiones.- En el caso que el oferente decida renunciar parcialmente al área que le fue adjudicada, se mantendrá
Artículo 11.- Sustitúyase el literal f) del artículo 40 por el compromiso de cumplir con la totalidad del monto el siguiente: de inversión comprometido para los cuatro primeros años; y al momento de la solicitud, por lo menos con la ici “f) En el caso que el área solicitada contenga una inversión mínima comprometida para cada año, conforme superficie que haya sido revertida o devuelta al Estado, lo estipula el artículo 8 de esta norma. El proporcional el interesado deberá determinar la fase en la que iniciara del monto mínimo de inversión, se calculará en función la actividad minera. Si no lo hiciera, se entenderá que de los meses transcurridos hasta la expedición del acto iniciará actividades en la fase de exploración inicial.” administrativo, según fuera el caso.
Artículo 12.- En el inciso tercero del artículo 40 elimínese Artículo (…).- Renuncia parcial de hectáreas mineras en la palabra “reservadas”. proyectos.- La umato sumatoria de la inversión comprometida para uatr cuatro años deberá ser cumplida dentro del proyecto,
Artículo 13.- Sustitúyase el artículo nnumera innumerado a independientemente del área al cual fue asignada la dependien continuación del artículo 40, por el siguiente: inversión en las posturas económicas presentadas. En nversió “Artículo (...).- Verificación de la Información Entregada.- caso que el oferente decida renunciar a hectáreas mineras a Una vez presentada la documentación, la Subsecretaría de concesiones que formen parte del proyecto, deberá Nacional verificara el cumplimiento de los requisitos cumplir, como se ha señalado anteriormente, con el monto señalados en el artículo precedente en el término de tres mínimo de inversión de los años transcurridos y del año (3) días, contados a partir del día final del término de los que transcurre al momento de la solicitud de renuncia. quince (15) días señalados para remitir los documentos habilitantes. La renuncia significará una disminución del 50% del compromiso de inversión correspondiente a las áreas En el caso que el interesado no cumpliere con alguno de a renunciar. El compromiso de inversión después de la los requisitos establecidos en los literales a), b), c), o e) del renuncia se calculará según la siguiente formula: artículo anterior, se le notificará con los requisitos que no ha cumplido, a fin de que en el plazo de 10 días contados a Compromiso final del proyecto = Compromiso inicial partir de la notificación, subsane la información señalada. del proyecto - [(Compromiso inicial del proyecto) x Si no lo hiciere, no podrá continuar en el proceso. (porcentaje de hectáreas otorgadas que se reducen) x 50%] Una vez verificada la documentación, en el término de cinco días, la Subsecretaría Nacional solicitara a las unidades Las inversiones realizadas en áreas que formaban correspondientes delegados para la conformación de la parte del proyecto serán contabilizadas como parte del Comisión Técnica, señalando día, lugar y hora en la que cumplimiento del compromiso final de inversión.” se llevara a cabo la primera reunión.”
Artículo 15.- En la disposición general quinta eliminar
Artículo 14.- Agréguese los siguientes artículos lo siguiente: “Del mismo modo, podrá ordenar a la innumerados a continuación del artículo 46: Agencia de Regulación y Control Minero que elimine las reservas de áreas del Catastro Minero, en caso de que los “Artículo (…).- Obligatoriedad del cumplimiento de la procedimientos hayan culminado previo el cumplimiento postura económica.- El oferente al que le fuera adjudicada del término señalado.” Registro Oficial Nº 39 Miércoles 19 de julio de 2017 – 31 DISPOSICIÓN GENERAL ÚNICA.- Los procesos que “(…) La titularidad y el ejercicio de las competencias actualmente se encontraren en trámite deberán sujetarse atribuidas a los órganos administrativos podrán ser a las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo desconcentradas en otros jerárquicamente dependientes Ministerial. de aquellos, cuyo efecto será el traslado de la competencia al órgano desconcentrado. La desconcentración se hará DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- Vigencia.- El presente por Decreto Ejecutivo o Acuerdo Ministerial”; Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Que, el artículo 55 del referido Estatuto del Régimen Oficial. Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, establece que: “Las atribuciones propias de las Dado en la ciudad Quito, D.M., a los 05 días del mes de diversas entidades y autoridades de la Administración mayo de 2017. Pública Central e Institucional, serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las f.) Javier Córdova Unda, Ministro de Minería. que se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto (…)”; MINISTERIO DE MINERÍA.- CENTRO DE Que, con Decreto Ejecutivo No. 1372, publicado en el DOCUMENTACIÓN.- Fiel copia del original.- Fecha 14 Registro Oficial No. 278, de 20 de febrero de 2004, se de junio de 2017.- f.) Ilegible. creó la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, como el organismo técnico responsable del diseño, implementación, integración y dirección del Sistema Nacional de Planificación en todos sus niveles; Que, con Decreto Ejecutivo No. 8, de 24 de mayo de 2017, se designó a Andrés Mideros Mora, Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo; No. SNPD-014-2017 Que, mediante cue Acuerdo No. SNPD-044-2016, de 26 de Andrés Mideros Mora octubre de 2016, publicado en la Edición Especial del SECRETARIO NACIONAL DE Registro Oficial No. 755, de 11 de noviembre de 2016, la PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, expidió la Reforma al tat Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional Considerando: por Procesos de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo –S np enplades, emitida mediante Acuerdo No. 91, Que, el artículo 226 de la Constitución de la República, publicado en la Edición Especial de Registro Oficial No. blic manda que: “Las instituciones del Estado, sus organismos, an 97, de 22 de enero de 2014; dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal Que, el literal r) del acápite 1.1.1.1. “Direccionamiento ejercerán solamente las competencias y facultades que les Estratégico”, del Punto 1 “Nivel de Gestión Central”, sean atribuidas en la Constitución y la ley (…)”; del artículo 10 del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Senplades, publicado Que, el artículo 227 de la misma Norma Suprema, en la Edición Especial del Registro Oficial No. 755, de 11 establece que: “La dministr administración pública constituye un de noviembre de 2016, establece como atribución de la servicio a la colectividad que se rige por los principios de Secretaria Nacional de Planificación y Desarrollo: “(…) r) eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, Delegar facultades y atribuciones dentro de la estructura descentralización, coordinación, participación, jerárquica institucional, cuando considere necesario planificación, transparencia y evaluación”; (…)”; Que, el numeral 4 del artículo 27 del Código Orgánico Que, mediante los respectivos instrumentos jurídicos se de Planificación y Finanzas Públicas, dispone que es han creado Consejos Nacionales, Comités, Comisiones, atribución del Secretario Nacional de Planificación y Juntas, Directorios y otros cuerpos colegiados, en los Desarrollo: “(…) 4. Delegar por escrito las facultades que que participan delegados de la Secretaría Nacional de estime conveniente. Los actos administrativos ejecutados Planificación y Desarrollo; por las o los funcionarios, servidores o representantes especiales o permanentes delegados, para el efecto, Que, mediante los respectivos acuerdos ministeriales se por el Secretario Nacional tendrán la misma fuerza y han designado los delegados de la Secretaría Nacional de efecto que si los hubiere hecho el titular o la titular de Planificación y Desarrollo, ante los diferentes Consejos dicha Secretaria y la responsabilidad corresponderá al Nacionales y Técnicos, Comités, Comisiones, Juntas, funcionario delegado”; Directorios y otros cuerpos colegiados; Que, el artículo 54 del Estatuto del Régimen Jurídico y Que, es necesario designar a los delegados permanentes, Administrativo de la Función Ejecutiva, manda que: principales y alternos, que representen a la Secretaría