跳到主要内容
Nelum
厄瓜多尔的法律

Acuerdo Nº 123 - Crea el Consejo Consultivo de Política Exterior

颁布于 2020-12-21 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
厄瓜多尔
主题
General
关键词
institution, policy/planning, international cooperation, migration, governance

在哪里阅读

    该法律没有记录来源链接。

文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Artículo 1.- Créase el Consejo Consultivo de Política Exterior como un órgano de consulta de carácter permanente, con el propósito de que asesore, apoye y recomiende al Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana en asuntos de especial relevancia para la acción exterior del Estado ecuatoriano, que le sean sometidos a su consideración por el Ministro, permitiendo una adecuada articulación entre el sector público y privado para la generación de estrategias y políticas que fortalezcan la política exterior, la política de movilidad humana y la cooperación internacional. 18 REPÚBLICA DEL ECUADOR Registro Oficial Nº 372 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y MOVILIDADLunes HUMANA18 de enero de 2021 El Consejo Consultivo de Política Exterior tendrá el carácter de asesor no vinculante en las decisiones que le competa adoptar al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

  2. Artículo 2.- El Consejo Consultivo de Política Exterior para el cumplimiento de sus fines estará integrado por quince (15) miembros representativos de la Academia, de los sectores público y privado, así como de la sociedad civil. Los miembros del Consejo Consultivo de Política Exterior cumplirán sus funciones ad honorem, sin obtener retribución económica de naturaleza alguna por su participación en dicho cuerpo colegiado.

  3. Artículo 3.- La designación de los miembros del Consejo Consultivo de Política Exterior la efectuará el Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana mediante acuerdo ministerial, tomando en cuenta, para tal efecto, el equilibrio regional y la equidad de género. DISPOSICIÓN FINAL: ÚNICA. - De la ejecución del presente acuerdo ministerial, que entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese al Viceministro de Relaciones Exteriores. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. - Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 21 de diciembre de 2020. Firmado electrónicamente por: LUIS BENIGNO ALFREDO GALLEGOS CHIRIBOGA Luis Gallegos Chiriboga MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y MOVILIDAD HUMANA 19

Acuerdo Nº 123 - Crea el Consejo Consultivo de Política Exterior · Nelum