Resolución No. RES-MARD-2018-66 - Se oficializa el Comité de Gestión de Riesgos Agropecuarios, compuesto por los directores y/o administradores generales de las instituciones del sector, encabezado por el Ministro de Agricultura
颁布于 2018-08-31 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 国家
- 多米尼加共和国
- 主题
- Agricultural and rural development, Food and nutrition
- 关键词
- hazards, institution, governance, food security
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REPUBLICA DOMINICANA 9/&lliJteJ<io de ~J<iettlavr-a "Ano del Fomento de las Exportaciones" RESOLUCION No. RES-MA-2018-66 EL MINISTRO DE AGRICULTURA CONSIDERANDO: Que la Ley No.14 7-02 sobre Gesti6n de Ries gos, en su Art. 9 establece que las instituciones que conforman el Consejo Nacional de Prevenci6n, Mitigaci6n y Respuesta ante Desastres, es la instancia rectora y encargada de orientar, dirigir, planificar y coordinar el Sistema Nacional. CONSIDERANDO: Que la exposici6n a los desastres se ha convertido en una inminente prioridad para el Gobiemo de la Republica Dominicana, especialmente los inducidos por los cambios climaticos que estamos viviendo debido al calentamiento global, los cuales generan modificaciones en los patrones de los fen6menos naturales, haciendose estos mas intensos y frecuentes. CONSIDERANDO: Que ante esta problematica, el Ministerio de Agricultura, a traves de la Resoluci6n No. 34-2011 sobre la creaci6n del Departamento de Gesti6n de Riesgos y Cambio Climatico, ha asumido el compromiso de tomar medidas preventivas, y establecer las acciones prioritarias para orientar las organizaciones y otros actores a todo nivel, en el disefio de sus enfoques para su gesti6n. CONSIDERANDO: La necesidad que tienen las instituciones del Sector Agropecuario, a fin de unificar esfuerzos en la aplicaci6n de politicas, programas, proyectos, medidas y acciones, para mantener la seguridad alimentaria de la Republica Dominicana. CONSIDERANDO: Que el Sector Agropecuario involucra diversas instituciones que realizan actividades de gesti6n de riesgos y que las hacen vulnerables ante las adversidades del clima y el medio ambiente. VISTO: El Acapite (f), del Articulo 3, de la Ley No.8, del 8 de septiembre del 1965, que faculta al Ministro de Agricultura a establecer la organizaci6n y las modificaciones pertinentes en la estructura intema del Ministerio a cargo. En uso de las atribuciones que le confiere el mencionado texto legal, dicta la siguiente: REPUBLICA DOMINICANA 9/dJztJterio de !J!if ru:tdttura "Aiio del Fomento de las Exportaciones" RESOLUCION No. RES-MA-2018-66 RESOLUCION ARTICULO 1: Se oficializa el Comite de Gesti6n de Riesgos Agropecuarios, compuesto por los directores y/o administradores generales de las instituciones del sector, encabezado por el Ministro de Agricultura. ARTICULO 2: Queda instituido un equipo tecnico compuesto por cada una de las instituciones del sector agropecuario que junto a los directores adopten acciones para la prevenci6n, mitigaci6n y respuesta en las distintas areas. ARTICULO 3: Se oficializan los Comites de Gesti6n de Riesgos Agropecuarios en el nivel Regional, Zonal y Subzonal, los cuales tendran responsabilidades de prevenci6n, mitigaci6n y respuestas. ARTICULO 4: Los Comites podran establecer la articulaci6n entre las instituciones que conforman el sector para generar investigaci6n, informaci6n, desarrollar y/o fortalecer capacidades, apoyar la formulaci6n y ejecuci6n de las politicas, programas, proyectos y acciones del pais, en gesti6n de riesgos agroclimaticos (incluyendo la ganaderia y la silvicultura). ARTICULO 5: S socializan las informaciones y el conocimiento con los tomadores de decisiones y los ac ores a nivel nacional, regional, zonal, subzonal y areas, a fin de que sean involucrados en 1 aplicaci6n de las acciones a ejecutarse y promoverse en dichos Comites. de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Domin· treinta y un (31) dias del mes de agosto del afio dos mil dieciocho (2018).