Resolución Nº 9/05 - Reglamento ambiental para uso, manejo, transporte y disposición de Bifenilos Policlorados (PCB)
颁布于 2005-08-22 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Caribbean Community (CARICOM)
- 国家
- 多米尼加共和国
- 主题
- Waste and hazardous substances
- 关键词
- waste management, waste non-domestic sources, organic waste, hazardous waste, transport/storage, packaging/labelling, hazardous substances, classification/declassification
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文本
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SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES “AÑO DE LA RECUPERACIÓN” RESOLUCIÓN NO. 09/2005 QUE PROMULGA EL REGLAMENTO AMBIENTAL PARA USO, MANEJO, TRANSPORTE Y DISPOSICION DE BIFENILOS POLICLORINADOS (PCB´s). CONSIDERANDO: Que nuestro país ha emprendido un proceso de elaboración de leyes, reglamentos y normas ambientales como instrumentos para desarrollar un proceso de Gestión Ambiental y de esta manera garantizar el desarrollo sustentable; CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en virtud de la Ley No.64-00, del 18 de agosto del 2000, tiene como una de sus funciones procurar el mejoramiento progresivo de la gestión, administración y reglamentación relativas a la contaminación del suelo, aire y agua, para la conservación y mejoramiento de la calidad ambiental; CONSIDERANDO: Que la continua y masiva emisión de contaminantes a la atmósfera, el vertido de sustancias líquidas, la emisión de partículas sólidas tóxicas provenientes de actividades industriales, mineras, agrícolas, turísticas y urbanas, entre otras, degradan el medio ambiente y afectan negativamente la salud y la calidad de vida de la población humana; CONSIDERANDO: Que los Bifenilos Policlorinados o PCB´s (por sus siglas en inglés) son compuestos químicos sintéticos que pertenecen a una familia de compuestos orgánicos conocidos como Hidrocarburos Clorinados, altamente persistentes y con la característica de bioacumularse en la cadena trófica; CONSIDERANDO: Que en la República Dominicana hay carencias de información sobre el peligro que representa el uso y manejo de estos productos, al punto de que una de sus formas (el aceite dieléctrico de los transformadores) es popularmente utilizado como medicina, haciendo urgente la necesidad de establecer un control sobre el manejo de estas sustancias. CONSIDERANDO: Que se ha efectuado la revisión de todos los instrumentos de regulación ambiental emitidos anteriormente y acogidas las modificaciones pertinentes resultantes de la consulta pública; CONSIDERANDO: Que la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales faculta a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales a usar las prerrogativas de su autoridad para dictar las providencias que considere procedentes para la mejor aplicación de las leyes y reglamentos y para establecer mecanismos que garanticen que el sector privado y público ajuste sus actividades a las políticas y metas sectoriales previstas; CONSIDERANDO: Que el Secretario de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, es competente para dictar las medidas que estime procedentes en el campo de la Cartera a su cargo, siempre que las mismas no contradigan la Constitución de la República y armonicen con la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales; VISTA: La Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, No. 64/00, de fecha 18 de agosto del año 2000; POR TANTO, El Secretario de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, actuando en virtud de sus atribuciones legales, emite la siguiente: R E S O L U C I O N: PRIMERO: EMITIR, como por la presente SE EMITE, El Reglamento Ambiental para Uso, Manejo, Transporte y Disposición de Bifenilos Policlorinados (PCB´s) SEGUNDO: DISPONER, como por la presente SE DISPONE, que la presente Resolución sea publicada de manera íntegra en uno o más periódicos de circulación nacional y en la página WEB de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales. DADA POR NOS, en nuestro Despacho de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de agosto del año dos mil cinco(2005). DR. MAX PUIG Secretario de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales