Decreto Nº 339-13 - Crea el Comité Nacional RAMSAR
颁布于 2013-12-10 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 国家
- 多米尼加共和国
- 主题
- Wild species and ecosystems
- 关键词
- international agreement-implementation, institution, endangered species, protected area, protection of habitats, ecosystem conservation, management/conservation, environmental impact assessment (EIA), access right, zoning, inspection, wetlands, protection of species, biodiversity, governance
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文本
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^f^eeAidente de ¿a 0Í€^dí¿¿ca ^om¿n¿ccma NÚMERO: 339-13 CONSIDERANDO: Que la Ley No. 64-00, dispone en su Artículo 14, que la política nacional sobre medio ambiente y recursos naturales se deberá fundamentar y respetar los principios establecidos en la misma y los compromisos internacionales contraídos por el Estado Dominicano; CONSIDERANDO: Que la Convención RAMSAR, relativa a los Humedales de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat de Especies Acuáticas, se firmó el 2 de febrero del 1971 y fiie aprobada por el Congreso Nacional, mediante la Resolución No. 177-01, del 9 de noviembre de 2001; CONSIDERANDO: Que el objetivo de la Convención RAMSAR es promover la conservación y uso racional de los humedales, su flora y fauna, con la finalidad de preservar todos los ecosistemas que puedan coexistir en estos ambientes, especialmente como hábitat de aves acuáticas; CONSIDERANDO: Que la importancia de los humedales se fiindamenta en los procesos hidrológicos y ecológicos que se desarrollan en ellos; así como también por su abundancia en especies de flora y fauna, y por esta razón, uno de los objetivos fundamentales de la Convención RAMSAR es evitar la desaparición de los humedales y asegurar su conservación; CONSIDERANDO: Que la República Dominicana incluyó en la lista de Humedales de Importancia Internacional, reconocidos por la Convención RAMSAR, al Lago Enriquillo, la Laguna Cabral y Los Manglares del Bajo Yuna; CONSIDERANDO: Que el proceso de deterioro de los ecosistemas naturales y de las especies de las zonas húmedas del país constituye un problema de carácter social, económico y ambiental que debe ser enfrentado por el gobierno y por toda la sociedad para detener dicho deterioro y preservar nuestros recursos; CONSIDERANDO: Que la Recomendación No. 5.7, de la V Conferencia de las Partes de la Convención RAMSAR insta a las Partes a establecer "Comités Nacionales RAMSAR" para la aplicación de la Convención, en los cuales se integren los diferentes sectores públicos y privados, las instituciones científicas y técnicas, las autoridades locales, las organizaciones comunitarias de base y el sector productivo nacional; l En T rá m ite d e Pu bl ica ció n en G ac et a En T rá m ite d e Pu bl ica ció n en G ac et a En T rá m ite d e Pu bl ica ció n en G ac et a En T rá m ite d e Pu bl ica ció n en G ac et a