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古巴的法律

Resolución Nº 88/00 - Crea la Oficina Nacional de Hidrografía y Geodesia

颁布于 2000-09-15 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

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关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
European Union
国家
古巴
主题
Land and soil, Water
关键词
institution, survey/mapping, cadastre/land registration, governance, water resources management

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文本

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  1. FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS RESOLUCION N' 88 SOBRE LA CR.EACION DE LA OFIOINA NACIONAL DE ltlDROGlltAFIA Y GEODESIA POR CUAN'I10: IEl Decreto-Ley n~ 179, del Consejo de Estado, de fecha 28 de octubre de 1997, "Del Servicio Hidrografico y Geodesico de la Republica de Cuba," en sus artkulos 1 y 3 establece que dicho servicio estara adscrito all MiI11isterio d~ las Fuerzas Armadas Revolu cionarias y fottmad0 por un 6rgano de direcci6n que ejercera las funciones de representaci6n y. ejecuci6n esta tal y un grup~► empresarial; y en SU disposici6n final SEGUNDA, faculta al Ministerio de \.as Fuerzas Arma das Revolucioruarias para establecer la organizaci6n y funciones de las entidades Que forman el referido ·er vicio. POR CUANTO: El Acuerdo n\> 2817 del Comite Eje cutivo del Consejo de Ministros, de fecha 25 de noviem bre .de 1994, establece en su a.partado SEGUNDO, nume ral 19, entre 1011 deberes, atribuciones y funciones de los organismos de la Administraci6n Central del Estado "de sarrollar el perfeccion.amiento continue de las estructu ras y formas organizativas de direccion del organismo y propiciar la ,~onecta combinaci6n de Ios diversos mc todos y mecani1;;mos econ6micos, en las entidades subor dinadas", y en su apartado TERCERO, numeral 4, facul ta a los jef.es de organisrnos para "dictar en el limite de sus facultadies y competencia, reglamentos, resolucio nes y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema. del organismo; y en su caso, para los demas organismos, organos locales de! Foder Popular, las entidades es,tatales, el sector cooperative, mixto, pri vado y la poblaici6n". POR CUANTO: Los resultado:. de lo~ cstudios reali zados sobre et perfeccionamiento de las Fuerzas Armadas Revoludonarias y en particular, la experiencia acumu lada en e1 desemp-efio de las funciones que cumple la Direcci6n de Hidrografia y Geodesia como el 6rgano de ejecuci6n estatal que compone el Servicio Hidrografico y Geodesico de la Repub1ica de Cuba, asi como la pro yeccion futura de las funciones de ese 6rgano, aconseja el paso a formas superiores de organizaci6n. POR TANTO: En uso de las facultades que me estan conferidas, Resuelvo: PRIMIERO: Crear la Oficina Nacional de Hidrografia y Geodesia, en lo adelante ONHG, adscrita al Ministerio de las Fuerzas Armadas Revotlucionarias, como 6rgano de direcci6n que ejercera las funciones ,de representaci6n y ejecuci6n estatal del Servicio Hidrografico y Geodesico de la Republica de Cuba. SEGUNDO: La ONHG esta designada para pt·oponer, orientar y dirigir la ej'ecucion de la politica estatal sabre la1 activi:dades geodesicas, hidrogra:ficas, tqpograficas, car tograficas, cat-astral.es, de sefializacion mari.tima y de uniformaci6n de nombres geograficos, las que a los efec tos de esta Resolucion y en lo adelante, se denominaran de Hidrografia y Geodesia. T•ERCERO: La ONHG, en su caracter de 6rgano esta ta'l de las activid-ades de Hidrografia y Geodesia, cum plira las funciones principales siguientes: a) regular y control:ar los trabajos hidrograficos y geodesicos que se ejecuten en el territorio nacio nal y su zona economica exclusiva, por las unida des presupuestadas, org.inizaciones economicas esla tales y el sector privado de la economia, incluyendo las em.presas extranjeras, 'las socie.dades y asocia ciones mixtas, asi como cuatlquier otra forma de organizacion economic-a; b) aprobar. la publicaci6n, distribuci6n y comerciaii zacion <ie las trabajos hidrograficos y geodesicos de caracter estata1 rel.itivos al territorio nac:ona.1 y su zona econ6mica exc'lusiv·a, asi ccmo certificar los productos oficiales del Servicio Hidrografico y Geodesico de 1a Republica de Cuba; c) proponer la politica y dirigir la actividad de inves tigaci6n y desarrollo, asi coma elaborar y coordi nar la implementaci6n de los planes y programas de preparacion del ,personal en 'los campos de ac cicin de su competencia, en correspondencia con 1as directrices de los organismos de la Administracion Central del Estado que rectorean las m:smas; d) proponer la [egislaci6n en las actividades de I:Ldro grafia y Geodesia, asi coma elaborar los progrnmas para la confecci6n y el perfeccionamiento de ;a documentaci6n tecnica rectora; e} dirigir los trabajos relatives a la uniformac:6n de los nombres geograficos. asi como ejecutar uquellos que 'le corresponden; f) ejecutar. segun los planes aprobados por mi, J.a ins peccion estatal de Hidrografia y Geodesia, con el fin de comprobar el cu.mplimiento de la legislaci6n vigente; g) dirigir el proceso de monitoreo de la red geodesica estatal y del Sistema Nacional de Sefializaci6u Ma ritima con la participacion de los diferentes orga nismos, empresas y entidades radicadas en et pais; h} proponer la politica y dirigir su aplicacion para la creacion y actualizaci6n de los mapas topograficos, cartas nauticas y publicaciones marinas, asf coma los estucl!ios · necesarios para estos fines; i) planifiear y controlar la ·ejecuci6n de los levanta mientos aereos con fines cartografico!I u otros que se realicen en el territorio nacional con sensores aereos metricos; j) dirigir los trabajos para el desarrollo, proteccion, man tenimiento y resca te de la red geodesica y ma reografica naciona'l, asi coma el empleo de la infor macion que de ello se derive; k) dirigit' las trabaios '!}ara la creaci6n y actuaUz.acion .del Catastro Naciona1 y su utilizaci6n a }Os fines econ6micos, fiscales jui'idicos, agrario; estadisticos, censal, administrativo y ·ottos: 1) realizar la planificacion del •presttpuesto en moneda nacional y divisas, para asegur-ar el desarrollo de los trabajos hidrograficos y geodesicos de interes estatal; establecer las relaciones contractuales que corres,pondan; m) controlar la sistematizacion, conservaclon, archivo y custodia de la informacion, datos y documentos resuitantes de· los trabajos hidrograficos y geode sicos de interes estatal; n) exigir el cum'Plimiento de las medid:is necesa:t"ias para la c:onservacion del media ambienie y el uso racionall, de los recursos naturales durante la eje. cuci6n de los trabajos hidrograficos y seodesicos; o) proponer la estrategia para el desarrollo de pro yectos hidrograficos y geodesicos de catacter esta ta l, que requieran de colaboracion con instituciones internacicmales especializadas; p) dirigir e'l Sistema Na:ciona'l de Sefializaci6n Mariti ma de aeuerdo a las normas naciona1es e interna cionales que se ad6.pten; q} proponer las regulaciones en el- territorio nacional para la .importacion y empleo de los sistema<s de Posicionamiento O Navegaci6n G!obales (GPS} u otros que en un future se desarrollen, utiliz.ados en trabajos geo.desicos, hidrograficos o afines; r) fijar y modificar los precios y tarifas de las pro ducciones y servicios de Hidrografia y Geodesia de caracter cstatal, de acuerdo a lo quc se regula al cfecto; s) partici.pa1· y ascsorar al Gob:crno en el cstablcci miento d•? .la pd:itica y proccdimientos para cl ajus te de la division politico0 administrativa y las fron teras maritimas internacionales; t) coordinar la politica a seguir para la formacion de los eipecia\istas de Hi.drogral:ia y Geodesi.a de nivel meo!io y superior; u) orientar ·:as actividades especfficas sabre la norma lizaci6n y met,d'.ogia en las act:vidades de Hidro grafia y Geodes:a; v) exigir y ,:ontrolar que se ejecute el aviso oportuno a los navegan~es sabre los cambios en la situacion hid1·ograiica y de navegaci6n mal"ituna en las aguas territorial-es e interiores de la Republica de Cuba y sus zonas contigua y econ6mica exclusiva; w) autorizar la importaci6n y comercializaci6n de los servicios y obras de Hidrografia y Geodesia, asi coma la extracci6n del pais de los mapas a escalas 1:10 000 y mayores; 1:25 000; 1:50 000 y 1:lO0 ooo, tanto en formate anal6gico como digital, con inde pendencia de l.a clasifi'c~ci-1:-, q;:e posean; x) proponer la representaci6n de! Estado cubano · ar.te las organizaciones no gubernamentaJ!es y los orga nismos internacionales y regionales especializados y/o representarlo por decision mia. CUARTO: LJi ONHG, propane a la aprobaci6n de mi Viceministro Primera, para la posterior presentaci6n por el Ministerio de ,las Fuerzas Armadas Revolucionarias a 10s minaterios de Finanzas y Precios y Planificaci6n y Economia, segun corresponda: a) el presupuesto en moneda nacionl!ll, en el que se incluye 1a demanda total de recursos financieros que de respuesta al desarrollo de las actividades hidrograficas y geodesicas de caracter estatai, asi coma a los gastos · propios de la Oficina; b) el presupuesto en divisas para garantizar las acti vidades hidrograficas y geodesicas de interes esta ta:l. incluyendo las correspondientes a la defensa; QUINTO: Para el cumplimiento de sus. funciones rec toras en lo concerniente a Ias actividades de Hidrogra fia y Geodesia de caracter estatal, la ONHG mantendra estrechas relaciones de trabajo con las or,ganismos de la Administraci6n Central del Estado, 6rganos locales del Poder Popular y otras entidades. .SEXTO: El Jefe de la ONHG respondera por el cum plimiento de las funciones asignadas a es.e 6rga.no. En correspondencia con 10 anterior tendra facultades que garanticen: a) ejercer la re,presentaci6n 'legal a todos los efectos de! Servicio Hidrogr:ifico y Geodesi~o de la Repu blica de Cuba; b) a.probar los precios y tarifas para las praducciones y serv1c1os de Hidrografia y Geodesta, en corres pondencia con lo establecido par el Ministerio de Finanzas y Precios; c) presidir la Comisi6n Nacionar de Nombres Geogra ficos, y aprf)bar los que correspondan al Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, de acuer do a la legislaci6n vigente; d) aprobar, se~n· las regulaciones vigentes, las nor mas tecnica11 ramales de Hidrografia y Geodesia:· e) aprobar las licencias para el desarrollo de trabajos de Hidrografia y Geodesia en el territorio nacio>1al, segun las regulaciones vigentes; f) a:probar eil formate y contenido de las documentos oficiales del Servicio Hidrografico y Geodesico; g) aprobar la edici6n y cam:elaci6n de las cartas y publicadones nauticas; h) aprobar los cambios que sean conveniente11 acome ter en el Sistema Naciona11 de Sefializaci6n Mari tima; i) establecer la,s regulaciones pertinentes para el con trol del proceso de extracci6n e introducci6n de mapas topograficos y fotografias aereas del terri torio nacional. SEPTIMO: El Jefe de Ia Oficina Nacional de Hidro graffa y Geodesia presentara a mi aprobaci6n para el 31 de octubre del 2800, el Reg,Iamento Organico de la Ofi• cina Naciona'l de Hidrografia y Geadesia. OCTAVO: La presente Resoluci6n entrara en vigor a partir de su publicaci6n en la Gaceta Oficial de Ia Republica. Dada en el Ministerio de las Fuerzas Armadas Revo luciona rias, a 15 de septiembre del 2000. General de Ejercito Raul Castro Ruz Min{stro de las F A'IJ

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