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古巴的法律

Resolución Nº 673/13 - Amplía el objeto social de las cooperativas de producción agropecuaria que comprende las actividades de producción, prestación de servicios y comercialización

颁布于 2013-11-04 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
古巴
主题
Agricultural and rural development
关键词
cooperative/producer organization, agricultural commodities, internal trade, fiscal and market measures

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. CUARTA: El jefe de la Comisión Permanente para social que comprende las actividades de producción, la Implementación y Desarrollo, a partir de la expe- prestación de servicios y comercialización siguientes: riencia obtenida durante la aplicación del presente a) Producir y comercializar las producciones agrícolas, Reglamento, presentará al Consejo de Ministros las ganaderas, forestales, cañeras y otras producciones; propuestas que sean necesarias para extender su apli- b) comercializar producciones agrícolas, ganaderas, cación a otras provincias o regiones, así como los ajus- forestales y cañeras de otras formas productivas y tes que se requieran para su mejor funcionamiento. agricultores pequeños, a los diferentes destinos se- PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la Repú- gún sean contratadas con las personas naturales o blica de Cuba. jurídicas; DADO en La Habana, en el Palacio de la Revolu- c) comercializar a personas naturales miembros de estas ción, a los 20 días del mes de octubre de 2013. y a los usufructuarios de tierra vinculados, según sea el caso, insumos productivos para las producciones Presidente del Consejo de Ministros agrícolas, ganaderas, forestales y cañeras; y d) prestar servicios agropecuarios y otros necesarios a sus miembros y usufructuarios de tierra vinculados MINISTERIO a esta según sea el caso, en razón de la producción. ______ SEGUNDO: Cada cooperativa agropecuaria asume y responde por su actividad principal en corresponden- RESOLUCIÓN No. 673/2013 cia con la línea fundamental de producción o servicios POR CUANTO: Conforme a lo dispuesto en la Ley a ella aprobada en su constitución. No. 95 “Ley de Cooperativas de Producción Agrope- TERCERO: A propuesta de la Junta Directiva de cuaria y de Créditos y Servicios”, de 2 de noviembre cada cooperativa agropecuaria, mediante acuerdo previo de 2002, y la Resolución No. 574 de fecha 13 de agos- de la Asamblea General de miembros, se aprueban to de 2012: Reglamento General de las unidades bási- aquellas actividades secundarias o eventuales de pro- cas de Producción Cooperativa, emitida por el Minis- ducción, comercialización y servicios, así como activida- tro de la Agricultura, se les definió y aprobó el objeto des de apoyo a la producción, que con fines económicos social propio a cada una de estas cooperativas acorde a y sociales deban realizarse en beneficio de la cooperativa las características de los procesos productivos y de agropecuaria, la comunidad y sus miembros. servicios que han venido desarrollando, los que me- CUARTO: La realización de las actividades secunda- diante las resoluciones Nos. 971 de fecha 25 de noviem- rias, eventuales y de apoyo antes referidas, no pueden ir bre de 2008, 1210 de fecha 28 de diciembre de 2011 y la en detrimento del cumplimiento de la línea fundamental 1122 de fecha 14 de noviembre de 2011 emitidas por el para la que fue creada la cooperativa agropecuaria y en Ministro de la Agricultura, fueron ampliados. ningún caso se ejercerán de modo contrario a la legisla- POR CUANTO: La Resolución No. 134 de fecha ción vigente. 30 de abril de 2013, emitida por el Ministro de Eco- QUINTO: Derogar las resoluciones Nos. 971 de fe- nomía y Planificación, resuelve poner en vigor las cha 25 de noviembre de 2008, 1210 de 28 de diciem- Indicaciones para la definición y modificación de los bre de 2011, la 1122 de fecha 14 de noviembre de objetos sociales y establece en su artículo 4 que el 2011, todas emitidas por el Ministro de la Agricultura objeto social se aprueba por el organismo u órgano que y cuantas más disposiciones de igual o inferior jerar- autoriza la creación de la persona jurídica. quía se opongan a lo dispuesto en esta norma. POR CUANTO: La política aprobada para el perfec- SEXTO: Se faculta a la Dirección de Desarrollo cionamiento de la base productiva requiere la actualiza- Cooperativo del Ministerio de la Agricultura para la ción de los objetos sociales de las unidades básicas de implantación y control de la presente resolución, la Producción Cooperativa, cooperativas de Producción que informará semestralmente al Consejo de Dirección Agropecuaria y cooperativas de Créditos y Servicios, del Ministerio de la Agricultura de los resultados de su con el propósito de que los mismos estén en correspon- aplicación. dencia con las transformaciones en este sector. SÉPTIMO: La presente resolución entra en vigor a POR TANTO: En ejercicio de las facultades, atri- partir de los quince (15) días posteriores a su publica- buciones y funciones que me están conferidas en vir- ción en la Gaceta Oficial. tud del Acuerdo No. 2817 del Comité Ejecutivo del ARCHÍVESE el original en el protocolo de resolu- Consejo de Ministros, de 25 de noviembre de 1994, en ciones a cargo de la Dirección Jurídica del Organismo. su Apartado Tercero, numeral 4, PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República R e s u e l v o: de Cuba. PRIMERO: Aprobar para las unidades básicas de DADA, en La Habana, a los 4 días del mes de no- Producción Cooperativa, cooperativas de Producción viembre de 2013. Agropecuaria y cooperativas de Créditos y Servicios, en lo adelante cooperativas agropecuarias, el objeto Ministro de la Agricultura

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