Resolución Nº 5/99 - Productos susceptibles de pago del subsidio por la diferencia entre el precio mayorista y el precio minorista
颁布于 1999-02-08 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 古巴
- 主题
- Food and nutrition
- 关键词
- internal trade, subsidy/incentive, meat, cereals/grains/rice, oils/oilseeds/fats, sugar, coffee/cocoa/tea, beverages, agricultural commodities
- 类别
- agriculture, softs
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MINlSTERIOS FINANZAS Y PRECTO~ RESOLUCION N9 5/99 POR CUANTO: Mediante el Acuerdo 2819, de fecha 25 de noviembre de 1994, de! Comite Ejecutivo del Consejo de Ministros, fueron aprobados con caracter provisional hasta tanto sea adoptada Ia nueva legislaci6n sobre la organizaci6n de la Administraci6n Central del Estado, el objetivo, las funciones y atribuciones especificas de! Mi.: nisterio de Finanzas y Precios entre las que se encu.en tran dirigir, ejecutar y controlar la po!itica de precios de los organismos del Estado. POR CUANTO: El Ministerio de Finanzas y Precios, al amparo de lo dispuesto en el articulo 39 de la Ley N'? 29, Ley organica de! sistema presupuestario del Es• tado, de fecha 3 de julio de 1980, autoriz6 al Banco Central de Cuba las asignaciones correspondientes, al efecto de que se realicen con cargo a ellas, los pagos que p.rocedan de las diferencias que se producen entre el precio minorista y el precio mayorista, cuya trami taci6n por la presente se regularan. POR CUANTO: Del analisis de los gastos que por concepto de subsidios por diferencias de precios, asume el presupuesto del Estado, se hace necesario eliminar aquellos que se otorgan a un grupo de productos cuyo consumo por la poblaci6n no es significativo, circunscri biendolos en aquellos que son imprescindibles en la satis facci6n de las necesidades de la poblaci6n en general. POR TANTO: En uso de las facultades que me estan conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Establecer los productos o fami!ias de pro.: ductos susceptibles a ser objeto de pago de! subsidio por la diferencia entre el precio mayorista y el precio mino rista, los que aparecen descritos en el anexo N'? 1 de esta 130 resoluei6n, el que se adjunta fonnando parte inteJrante de ella. La adici6n de nuevGs proouctos b famili~s de productos se aprobara por este ministerio. SEGUNDO: Se subsidiaran con cargo a las asignacio nes correspondientes las diferencias de p-recios que se g~ren en las empresas productoras autor!zadas a ven der directamente a la poblacion , en las empresas pro ductoras que venden a entidades del comercio mtncrista y en las empresas comerciales mayoristas, que al c1m1er ciar mercancfas cuyo precio -de ¥-en-ta a Ia t,OQ'.aeioo, deducidos los descuentos comerciales correspundientes, resulte inferior que el precio mayorista de! producto.r o del importador, y que por ta! motivo vean o.[ectada su ren<tabilidad. TERCERO: El subsidio di spuesto en el apartado pre oedenie se ot-orgar·a por la difet"eneia oe.ntre el ,p,r:ecio de venta a la poblaci<.in, deduci.d<:>s los desctientos· eom~cia ~ .correspondien.tes, y el precio mayorista de! prw-uctor o del importador, y se solicitara por el iml)Orte que corr,e.1,pond. a lo,; pr-Oductas vendi.dos, lo qae se realizata mediante .el i~s.u.men present.ado a la Direccion de ·Fi' nanzas y Precios de! Consej o de la Administr.:lci.61). ide la Asamblea Municipal de! Foder Popular que carre;;.po11da, en lo adelante DMFP, pata posteriormente efectuar el cobro. CUARTO: La DMFP queda autori-zada para, o!-io el parecer de las errtidades interesada5, establecer · el p]azo que .abarca el periodQ de liquJclacion. QU!NTO: E1 ·subsidi0 a -q ue se oont-rae et aparta.de 'lr!:l'ttERO podra ser so!icita<fu por las entid~des . mel1 ciona<1as, en 1-os casos .que ,prooeda, indepen.1i-entemente de que sea una empresa (le s1'!bordinaci6n · nacHmal o ¼ocal, debiendo facturar los productos al ]ilred•J .de veni:a a la pcfulacion deducidos los descuentos {:Omercia1~s que les p'ertenecen a las ,otras empresas que intenrienen en la circulaci6n. SEXTO: La solici tud sc form alizara por t,Jdas ]as cm presas bcncficiarias de este subsidio, de :a siguiente forma: a) llenaran cl modelo "Solicitud de subsidio por d i'!e rencia de prccios" que se describe en el anexo Ne:> 2, cje acucrdo a sus instrucciones, las que se adjuntan a la preseute formando parte integrante de esta, ~) el rnodelo anteriorme.nte sefialado, de acuerdo al ' periodo de liquiclaci6n, sc presentara a b D:MFP, con el objelivo de su revision y aprabaci6n, t;) como constancia de la venta de las mercancias. 1a empresa solicitante presentara a la DMFl'> como ,Jo cumentaci-611 probatoria una certificaci6n por pro ductos en la que se relacionen las facturas , d) en e1 caso de las ventas directas a la pab1aci6n, se presentara a la DMFP una certificaci6n relacio nando las hojas de dep<.isito bancario que corres r,ondan a las ventas del periodo de liquidaci6n de! subsidio, para su revision y aprobaci<.in previa a · la tramitaci6n del cobro, Jo que se cjectjtara r,or el periodo acordado entre la entidad y 1<1- OMFP ·co rrespondient€ , torna ndo ton consideracion las carac teristicas de cobra de cada e;npresa. SEPTIMO: La DMFP comprobara que los productos para los cuales se solieita el stibsidio ·se corresponden con los relacionados en el anexo Ne:> 1, y efectuar.a la revision de los calculos contenidos en la solicitud de subsidio por diferencia de precios que presenta la snti dad, asi como los documentos que la acompafian, de forma ta! que su aprobaoi6n constituya una autorizaci6n de pago, con cargo a 1a asignaci6n para pagos central i zados del presupuesto central. OCTAVO: Cuando la DMFP rechace la solicitud de compensaci6n, la entidad, beneficiaria de este subsidio podra recurrir al director de finanzas y precios de! Co n sej0 de la Administraci6n de Ia Asamb!ea Provincial del Pode r Popular que corres,ponda,. quien podra decidir lo contratio si procediera. NOVENO: Se ci-elega en el Viccministf',o que .ati ende a la Direcci6n de Presupuesto del Estado, la facultad de d ictar las instrucciones que sean necesarias para el mejor cumplimiento de lo que por la presente se dispone. D.ECi.Mo: Se deroga la Resalucion Ne:> 1113, d~ f~a 8 d.e ·dic.i.embre de 1-9.81, ta1 con,o qued6 modificada por Ja Resoluci<.in N9 18, de fecha 3 de abril de 1985 y la Re solu.ci61J -N9 41, ~ • 26 ·EJ.e diciembre de 1-990, todas <lei extirJ.i.uido Comit.e Estatal 4e F~nzas. UlllPl::CLMO: Pub-liq.uef3e .,e.n la Gaceta Oficia,I .cl€ Ji.I Repi.'!b.U.ca paf'.a general cono0cimiento y archiv.ese. e l .ori ginal en . la Dir,eccion Juridic.a ,cle es.re ministerio. DADA en Ciudad de La Habana , a 8 de febre1-.o dz 1999. i,a.4111el Huaandez Herrera. .Ministra p .s.L de Finanzas y Precios ANEXO N'? 1 PitootJcTOS SUSCEPTIBLES A SER SUBS1DIADOS POR DiFERENCIA DE PRECIOS 1. Productos alimenticios: ca1·ne fresca de res picadi Jlo extendido carne fresca de ave -pcscados Jechc fresca de vaca leche en po1vo '1-cchc ·con delisada lcche evaporada azucar caf~ mezclaqo granos accite vegetal refinado mant-eca de cerdo compotas pan arrez pastas alimenticias galletas de sal ~aHetas -de soda l!. Productos industriales: a r tic-u los <le caf!astill a (bebit o, sabanas, fundas, m os~ q-uiteros, et<:.) calzltd,<'I o,rtopetl4co (proq t:1ccjones MINIL) jab6n unifor me$ escolares CA.Cami OFICIAO 13f 3. Combustibles doinesticos: gas licuado gas manufacturado keroseno alcohot carbon vegctal 4. :ivredicamentos. 5. Articulos medicos: pr6tesis ortesis zapatos ortopedicos de espe.c'iaUdades aparatos auditivos articulos de .optica ANEXO Nf 2 Modelo: Solicitud de subsidio por difcrencia de precios. Empresas productoras autorizadas a vender directam:ente a la pob!aci6n. Empresas procluctoras que venden al comerc'to minorista. Empresas, comerciales mayoristas. Objetivo: Solicitar el subsidio por diferencia entrc el precio de venta a la poblaci6n y el precio mayorista de las mercancias vendidas, considerando en su caso Jos descuentos comerciales correspondientes. Asimismo autorizar, cuando proceda, por parte de la Direcci6n de Finanzas y P.recios de! Consejo de Ia Admi nistraci6n de la Asamblea Municipal de1 Poder i ,opu'lar, el pago de este subsidio con cargo a las asignaciones para pagos centralizados de! ·presupuesto central. Ejemplarcs: Se c~nfeccionara en dos ejempLa.res <:~n la siguiente distribuci6n: Original: Direcci6n de Finanzas y Precios de! Consejo de la Administraci6n de la Asamblea Municipal de! Foder Popular, la cual una vez. revisado lo entregara a la em presa que solicita el subsidio para que lo presente .; .J cobro en la sucursal de Credito de! Banco Central de Cuba que le corres,ponda. Copia: Empresa ,que lo emite. Anotaciones en el modelo. a)· Encabezamiento. ,Empresa: Nombr-e de -la empresa y c6digo. Or,gano 11 ergamsme; -Organo -u 0-rgatiisme dci Esta do -Giel .quc G!ependa la ,emptesa y ,c6dHto. Solfoiwt1 N-9: .Se oonsi,gna.r.a el ;1,umere q1ite le oorres pondc a la solicHud -segun e1 consecutivo de la cmprcs;J solicitan,tc. Provincia: Pr:ovincia donde ,esta ubicada la ,e,mpres.J y c6digo. b) Cuerpo dcl modelo. Columaa ;N9 1 M.ercUJcias. Se dctal!aran las mercancias a .nivel de .surtido a Jas que se Jes ha autorizado el .subsidio por dife.rencia de precios, •s ~mo SU c6digo. Column.a N9 2 Unidad de medida. Uru<;iaGl "1e .nMldida de la ·merea-ncia. Columna N'? 3 Cantidad vendida a preeles ,.1'1aci6n. Se anotara la cantidad, segun 1~ unidad .de m<'dida, de mercancias vendidas en el periodo que se iiquida. Colum.na N-41 4 Precio mayorista. Se a:notara el precio mayorista, de! productor o del importador, que le corresponde a cada mercancia. Coluimna Ne:> 5 Precio ae venta a la poblacion meno• descuentos· c«1merciales. En esta columna se anotara por cada produclo el precio de venta a la pob!aci6n despues de deducidos los descuentos comercial~s. Colu~na N9 6 Dif erencia de precios. Diferencia que se produce entre el precio mayorista menos el precio de venta a la poblaci6n. Columna N9 7 Subsidio que s.e .15oUcita. Resultado de multiplicar por cada producto q.ue :Se relaciona en la columna 1, la columna 3 · por I.a oo Jumna 6 .. c) J.>ic dCl modelo. EJ pie de! modclo esla dividido en dos scc.:::;ones y · cada u.na .en dos partes. Secci6n 1. I~ parte: Periodo que cubre la solicitud. Nu meros de las facturas que amparan !os • pro ductos que se relacionan en la columna 1, y hojas de dep6sitos segun el caso, adjuntas al docum.ento. 2'.' parte: ,. ·: Corresponde a Ja empresa. Fecha de la :,olic:itud, nombre; firma y cargo de la persona que lo confec ciona y nombre, firma y cargo de la persona q\.le lo aprueba. El cargo de! nivel ,de aprobacion · debe corresponderle al <iwectQr <k la empresa, vicedi i·cctor cco116m-ico o contact-or principal. Fe~ha · de solicitud. Secci6n 2. 1~ parte: Para uso de Ia Direccion cle Finanzas y Precios 4el Consejo de la .l\dministracion de la Asamblea Mu nicipal de! Podei· Popular, se ,consiguara Ja firmi;l de ]<j. p,er:sona autorizaqa, la fee.ha y CUUG de Ja ih t.idad. 2~ parte; Para "4,SO de 1a iucwsal cje credito 4el Banco Central de Cuba, se consig.nar.a la fiuna -de · la persond .,mto rizada, la ,f-echa .y cuifo -de la ent-idad. 132 Mihisterio de Finanzas y Precios GACET~ OFICIAC Empresa: C6digo: 0rgano u organismo: C6digo: 18 de febrero de 1999 Anexo N9 2 Resoluci6n N9 5/99 Solicitud N9 SOLICITUD DE SUBSIDIO POR DIFERENCIA !------------ ------- - ·----- -·--------Original y copia DE PRECIOS Provincia: C6digo: en pesos y centavos Mercancias (Descripci6n a nivel de surtidos) TTnidad de medida Cantidad vendida a precios poblaci6n *Precio mayorista *PVP menos descuento comercial Diferencia de precios Subsidio que se solicita ~6digo (ll (2)-- ---(3)-- --(4) --(5)-- --(6)-- --(7) Periodo que se liquida: .............................................................................. . Facturas N9: ........................................................................................................ . Hojas de dep6sitos NC?: ............................................................................... . Certificamos que los datos anteriores coinciden con los registros y listas oficiales de precios. HECHO P0R: Nombre y firma ········· ............ Cargo D M A APR0BAD0: Nombre y firma Cargo *PVP-Precio de venta a la poblaci6n. (4-5)-- --(3X6> Para uso de DFP municipal Revisado y autorizado e1 pago: Cufio y firma Para uso del BNC Verificado por: Cufio y firma D M A D M A *Precio mayorista-Precio correspondiente al importador o productor segun sea el casa.