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古巴的法律

Resolución Nº 330/2023 - Aprueba el procedimiento para el arrendamiento de equipos agropecuarios, objetos de inscripción, por las personas naturales y jurídicas o entre estas, desde cualquier municipio

颁布于 2023-11-03 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
古巴
主题
Agricultural and rural development
关键词
agricultural development, equipment, agricultural land, authorization/permit

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. 3048 GACETA OFICIAL 15 de noviembre de 2023 MINISTERIO AGRICULTURA GOC-2023-937-O110 RESOLUCIÓN 330/2023 POR CUANTO: El Decreto 98, de 18 de octubre de 2023, modificativo del Decreto 21 “Reglamento del Decreto-Ley de la mecanización, el riego, el drenaje agrícola y el abasto de agua a los animales”, de 3 de septiembre de 2020, autoriza el arrendamiento de equipos agropecuarios por los productores agropecuarios, y en su Disposición Final Segunda re gula que el ministro de la Agricultura dicta la Resolución que establece el procedimiento para el arrendamiento de equipos agropecuarios en un plazo de treinta (30) días posterio res a la firma del citado Decreto. POR CUANTO: El Decreto 35 “De la comercialización de productos agropecuarios”, de 19 de marzo de 2021, en sus artículos 45 y 46, apartados primero y segundo, establece el arrendamiento en interés de la comercialización de productos agropecuarios. POR CUANTO: La Resolución 137 “Reglamento para la comercialización de la producción agropecuaria” del ministro de la Agricultura, de 29 de marzo de 2021, en sus artículos 16, apartado primero, inciso c), y 32, 33 y 34, autoriza el arrendamiento de bienes muebles destinados a la cadena de comercialización. POR CUANTO: La Resolución 598 del ministro de la Agricultura, de 7 de octubre de 2021, reconoce como productor agropecuario a la persona natural que realiza una actividad económica vinculada a la producción agropecuaria, azucarera o forestal sin ser propietario o usufructuario de tierras, y que forma parte de la base productiva. POR CUANTO: Teniendo en cuenta lo anterior, resulta necesario establecer el procedimiento para el arrendamiento de equipos agropecuarios entre los productores agropecuarios, incluidos aquellos que, sin ser propietarios o usufructuarios de tierras, se reconocen como tales por los delegados municipales de la Agricultura. POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones y funciones que me han sido conferidas en el Artículo 145, inciso e) de la Constitución de la República de Cuba, RESUELVO: PRIMERO: Aprobar el procedimiento para el arrendamiento de equipos agropecuarios, objetos de inscripción, por las personas naturales y jurídicas o entre estas, desde cualquier municipio, siempre que sea para desarrollar actividades económicas vinculadas a las producciones agropecuarias, azucareras y forestales, sin que se tenga en cuenta el lugar de residencia del arrendatario y el arrendador. SEGUNDO: Las personas naturales, al solicitar el arrendamiento de equipos agrope cuarios, demuestran las actividades económicas que realizan vinculadas a las producciones agropecuarias, azucareras y forestales con la presentación de los siguientes documentos: a) Certificado de tenedor inscripto de tierra o resolución del delegado municipal de la Agricultura reconociéndolo como productor agropecuario; b) contrato laboral; c) licencia como trabajador por cuenta propia para actividades agropecuarias; y d) otras que correspondan. TERCERO. El arrendamiento se formaliza mediante contrato escrito entre el propietario del equipo agropecuario y el arrendatario, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente. 3049GACETA OFICIAL15 de noviembre de 2023 CUARTO. En los casos en que se arrienda un equipo agropecuario que se encuentre inscripto fuera del municipio donde va a operar, el arrendatario se presenta en la Oficina del Registro de este último municipio, en el plazo de siete días naturales siguientes de suscrito el contrato, para incluirlo por el Registrador en la planificación de la inspección física y técnica, de acuerdo al término de vigencia del contrato. QUINTO. La licencia operativa del equipo agropecuario y el contrato de arrendamiento constituyen los documentos que muestra el arrendatario cuando se le solicite por la autoridad competente. SEXTO: Las empresas estatales suscriben contratos de arrendamiento de equipos agropecuarios sin afectar la capacidad productiva de la entidad y como una acción complementaria a la actividad productiva principal que desarrollan. SÉPTIMO: La presente Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. ARCHÍVESE el original en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica del Ministerio de la Agricultura. DADA en La Habana, a los 3 días del mes de noviembre 2023, “Año 65 de la Revolución”. Ydael Jesús Pérez Brito Ministro