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古巴的法律

Resolución Nº 185/92 - Prohibe pesca no comercial realizada sobre embarcaciones en todos los embalses del país

颁布于 1992-05-04 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
European Union
国家
古巴
主题
Fisheries and aquaculture
关键词
inland fisheries, non-commercial fishing, fishing gear/fishing method, fishery management and conservation

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. MINISTERIOS INDUSTRIA PESQUERA .RESOLUCION No. MJP. 185-92 POR CU.l\....~rTO: ,El Decreto-Ley No. 67 " De Organiza ci6n de la Administracion Centra l d el Estado" d e 19 d e abril de 1983, por su a:rticulo 28 d ispone que el Minis te rio de la Industria Pesquera fonna parte integ,ran te de la L''-..dm inistracion Cent r al cie l Estado ; 1.\sim ismo d icho cuer po legal establece por su articulo 53 incise q ). entre ot ros d eb eres, atribuciones y func~o!1es de! J efe d el Organis mo, d ictar resolucio.nes, instrucciones y otras d isposicio nes de obligatorio cumplimiento pa,ra e l Organismo c;ue dir ige, su s em presas y dem.is d ependencias. El artict.:lo 76 inciso ch), imstituye que el Ministerio de la •Industria Pes quera tiene entre su s atribucioncs y funciones principales dictar las con diciones y pericdos de vcd a de luga res y especies con miras a la d ebida cor:servacion d e la fauna y la flora marina, fluvial y lacus tre y las m cdidas para conservar el sistema ecologico d e dichos recursos. POR CUAl'\ITO: La Revolucion ha co nstruido gran m'.1 m ero de embalses en el pais con el fin de d isponer de agua · potable para a lgunas ciudades, parn regad io, uso industrial , a si como para e l cultivo d e peces. Paralela mente se h an hecho grand es esfuerzos, e n la construccion d e centros d e alevina je, con vistas a Ia produccion de peces para repoblar los embalses, lo que conlleva u n gdm p roceso inversionista , para con ello d ar respucsta a las necesidades crecientes del suministro d e pescado a la po blacion. POR CUA.NTO: Los emba lses son sembrados periodica m ente can el prop6sito de incrementar el potencial pes quero de las mismos. los cuales d eben ser explot ados ra cionalm ente a parti r de un sistema de a d minist raci6n pesquera establecido para cada uno d e ellos que fije el numero d e b a rcos , numero de redes, rnivel de captura y nume ro d e pescadores a faenar y establece un balance adecuado e n tre lo q ue se s iembra y lo q u e se cosecha . POR CUJ'\.NTO: Deb ido a que tanto la construccion de Ios emba!ses coma las estaciones d e alevinaje ha,n sido el resultado de grandes esfuerzos de nuestro pueblo y costosos procesos inversionistas, el producto d e estos tie ne que r evertirse en beneficios d e toda Ia soc ied ad. FOR CUANTO: La s ituaci6n existente de pesquerias acuicolas fuera de todo control y generando hechos ne gativos tales como el comercio il[cito implicit.a d ebe ser errad icado, POR CUA.1'\/TO: El Decreto ID3/82 "R.EGLA.i"viENTO PA RA LA PESC.A NO COl\-1:ERCTAL" , qu e regula las acti 84 GACETA OFICIAL vid ades d e la pesca d ep ortiva, en su &rticulo 15 fa culta 'I al Min isterio de la Industria Pesquera a prohibir Ia p es c& deportiva incluso 1a que se practica desde la orilla en los embalscs y ot ros reservorios naturales o art ifs'.ciales en atenci6n al fomcnto , la repob!acion, la conservaci6n y la aclimatad6n de especies. F OR CUANTO: Dada la situacion actual d e! increm en to d e Ia pcsca furtlva en los embalses d el pais; la Di reccion d e la Empresa Nacional de la Acuicultura y 1a Direccion de Rcgula cion es Pesqueras ha n prop uesto a la D irecci6n d el Organismo, la adopci6n de m edidas regu Jatorias con vistas a preser var el p otencial pesquero d e agua d ulce, a fin de garantizar las compromise s d e en trega d e pescado a la pob laci6n coma p arte d el prograrna alimentario P OR T ANT O: E n u so d e J[!s facult2.des que m e estan conferidas, Rcsuclvo: PP.Ll\1ERO: Qucda termina.ntementc prohioida la Pes ca no Comercial que se real iza sobrc embarcaciones u otros objetos flotantes en todos los embalses del pais- En los mism.os solo pod ran prac'1:ic:1rse la pesca depontiva, con el sano objctivo de la recreaci6n y esparcimien to d e la pobl2ci6n, desde la orilla y con las artcs 'O avios apro piados tales como el cordel, la vara, el ca r rete, e l a lam b re y el a nzuelo, p rohibiendose el uso d e todo tipo de arte de captura masiva o comercial. SEGUNDO: Queda pror.ib:d a cualquie-r actividad pes quera con objetlvo de a utocon sumo en los cmb alses del pais por pane de insti tucion es o ent:dad es, ·sa lvo las d e bidamente autorizadas por el Minlsterio d e la Industria Pesquera. T ERCERO: Las conductas violatorias d e lo q u e se re suelve incurren en las in [:·acciones p revistas en el articulo 22 de! Decreto 103!32 CuARTO: Se e n ca rga a la Direcci6n de Regulaciones Pesc;u e ras de este l\linisterio p ara ejercer el control, su pervision y divulgacion d e lo establecid9 en esta Reso luci6n . · QUINT O: Se d erogan cuantas o tras d isposiciones le gales de igual o infer ior r a n go se opongan al cumpli miento de lo que per la presente se estab lece. SEXTO: Comuniquese esta Resolucj6n a m :em bros de l Consej o d e l\llinistros y a. los Presiden:tes d e los OLPP a los Viceministros d e este Organismo ; notifiquese al In s titute Nacional d e Deportes. Ed uca cion F iska y R ecrea ci6n. a la D irecci6n Genera) d e la Policia Nacional Revolucionaria, a la Direcci6n General de Tropas Guarda fronteras, ambas d el Ministcrio d el Interi or, · a la ·Em presa Nacional d e Acuicultura y a sus u nid ades subor d inad as y a cuantas otras personas natura les y juridicas p roceda. SEPTIMO: Archivese el o riginal d e 41 presente Reso Juci6n en la D irecci6n d e A sesoria Jurid ica d el J.\'w n is terio d e la lndustria P esGu era. P1:1bliquese en la Gaceta Oficial d e ·la Republica para general con ocimiento: DADA en la ciud ad de La Habana, en el l\1inisterio d e la Industria Pesquera a los cu.atro d i.as d e l mes d e mayo de mil novecientos noventa y dos. Jorge Fernandez Cuerv o Vinent M inistro de la Ind ustria P es~era 22 de junio de 1992

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