Resolución Nº 171/07 - Norma técnica NRIAL 210 sobre mejorador de pan
颁布于 2007-08-28 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 古巴
- 主题
- Food and nutrition
- 关键词
- food safety and quality, cereals/grains/rice, food additives, processing/handling, agricultural commodities
- 类别
- agriculture
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文本
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1000 GACETA OFICIAL 13 de septiembre de 2007 RESOLUCION No. 171/07 POR CUANTO: El Acucrdo del Comito Eiccutivo del Conscio de Ministros de fccha 25 de novicmbrc de 1994, con rmmero para control administrative 2817 de conformi dad con 10 establecido por el Decreto-Ley No. 147 de fecha 21 de abril de 1994, y mediante el inciso 4 de su Apanado Tercero, faculta a los jefes de los organlsmos de la Adminis tracion Central del Estado a dictar. en ellimite de sus facul tades y competencia. reglamentos. resoluciones y otras 13 de septiembre de 2007 GACETA OFICIAL 1001 disposiciones de obligatorio cumplimiento para el Sistema delOrganismo. POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 182 de Nonnaliza cion y Calidad de fecha 23 de febrero de 1998 establece que corrcspondc a los organismos de la Administracion Central del Estado dcsarrollar las tarcas de Nonnalizacion Ramal. POR CUANTO: A los fines de garantizar en cstc Minis terio de la Industria Alimenticia el desarrollo de la actividad de Normalizacion. Metrologia y Control de la Calidad, re sulta necesario establecer con caracter obligatorio la Norma Tecnica Ramal que se relacicna en la parte dispositiva de la presente. POR CUANTO: El que resuelve ha sido designado Mi nistro de la Industria Alimenticia en virtud de Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 14 de junio de 1980. POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me estan conferidas, Resuel\'o: PRIMERO: Establecer can caracter obligalorio la Norma Tecnica Ramal que se relaciona a continuacion, para el Ministerio de la Industria Alimenticia, sus empresas y demas dependencies, asi como para aquellas entidades no subordinadas a este Organismo cuyas actividades esran relacionadas con el cumplimiento de dicha norma. Cedtgo Titulo NRIAL 210:07 Mejorador de pan. Determinacion del contenido de acido ascorbico. SEGUNDO: La revision, modificacion. sustitucion 0 derogacion de la norma a la que se contrae la presente, se solicitaran conforme a la mctodologta cstablccida por cl Centro Nacional de lnspcccion de la Calidad, pcrtcnccicntc a cstc Ministcrio. cl que lucgo del cstudio y anal isis de la solicitud y con su dictamen, los somctcra a la considcracion del Ministro 0 del funcionario en quicn cstc dclcguc expre samenre. TERCERO: EI Viceministro Tecnico de este Organlsmo queda responsabilizado con la publicacion y distribucion de la Norma Tecnica Ramal que se establece por media de la presente. CUARTO: Esta Resolucion entrera en vigor tres dias despues de su publicacion en la Gaceta Oficial. Notifiquese al Viceministro Tecnicc de este Ministerio, al que se refiere el Apartado Tercero de la presente. a la Dircctora del Centro Nacional de lnspcccion de la Calidad y a los dircctorcs de las cntidadcs del Sistema del Organismo y de las cntidadcs no subordinadas al mismo cuyas activida des estan relacionadas con su cumplimiento. Comuniquese a los demas vicemmlstros del Organismo y a cuantas personas naturales y juridicas deban conocer de la nusma. Dese cuenta a Ia Oficina Nacional de Normafizacion. Publiquese en la Gaceta Oficial de la Republica a los efectos procedentes. DADA en Playa, a los 28 dlas del mes de agosto del 2007. Alejandro Roca Iglesias Ministro de la Industria Alimenticia