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古巴的法律

Resolución Nº 166/07 - Deja sin efecto diversas normas técnicas alimentarias

颁布于 2007-08-28 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
European Union
国家
古巴
主题
Food and nutrition
关键词
food safety and quality, processing/handling

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. 998 GACETA OFICIAL 13 de septiembre de 2007 INDUSTRIA ALiMENTICIA RESOLlJCIO~No. 166/07 POR CUANTO: El Acuerdo del Comite Ejecutivo del Consejo de Ministros de fecha 25 de noviembre de 1994, con numcro para control administrative 2817 de conformi dad con 10 cstabtccido por cl Dccrcto-Lcy No. 147 de fccha 21 de abril de 1994, y mediante cl inciso 4 de su Apartado Tercero, faculta a los jcfcs de los orgenismos de la Admiuis tracion Central del Bstado a dieter. en cl limite de sus facul tadcs y compctcncia. rcglamcntos, rcsolucioncs y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el Sistema delOrganismo. POR CUANTO: EI Decreto-Ley No. 182 de Normaliza cion y Calidad de fecha 23 de febrero de 1998 esrablece que corresponde a los organismos de la Administracion Central del Estado desarrollar las tareas de Normalizacion Ramal. POR CUANTO: Mediante Resoluciones Nos. 16./05, 29,/05,37/05 Y 39/05 de fecha II de febrero de 2005 dicta das por el Ministro de este Organismo. se establecieron con caractcr obligarorio las Nonnas Tccnicas Ramalcs para cl Ministcrio de la Industria Alimcnticia, sus cmprcsas y de mas dependencias, asi como para aquellas entidades no subordinadas a este Organismo, siendo necesano derogar dichas resoluciones disponiendo 10 que se expresa en la parte resolutiva de la presente. POR CUANTO: EI que resuelve ha sido designado Mi nistro de la Industria Alimenticia en virtud de Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 14 de junio de 1980. POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me estan conferidas, g e s u e t v o : PRIMERO: Dejar sin efecto las Resoluciones Nos. 16/05.29,/05,37/05 Y 39/05 de fecha II de febrero de 2005 que corresponden a las Normas Tecnicas Ramales siguientes: NRIAL 296 Chocolate con Icchc. Espccificacioncs de Calidad. NRIAL 270 Bornhoncs y Figures Banadas. Espccifioa cioncs de Calidad. NRIAL 454 Cobcrtura y Astillas. Espccificacioncs de Calidad. NRIAL 513 Chocolate en Tabletas. Especificaciones de Calidad. SEGUNDO: EI viceministro Tecnico de este Orga nismo queda responsabilizado con las derogaciones de las Nonnas Tecnica Ramales que se establecen por medio de la presente. TERCERO: Esta Resolucion entrara en vigor tres dias dcspucs de su publicacion en la Oaccta Oficial. Notiffqucsc al Viccministro Tccnico de cstc Ministcrio, al que sc rcficrc cl Apartado Tercero de la prcscntc, a la Directora del Centro Nacional de lnspeccion de la Calidad y a los directores de las entidades del Sistema del Organlsmo y de las entidades no subordinadas al mismo cuyas activida des estan relacionadas con su cumptimiento. Comuniquese a los demas vicemmlstros del Organismo y a cuantas personas naturales y juridicas deban conocer de la nusma. Dese cuenta a la Oficina Nacional de Normalizacion. Publiquese en la Gaceta Oficial de la Republica a los efectos procedentes. DADA en Playa, a los 28 dtas del rncs de agosto de 2007. Alejandro Roca Iglesias Ministro de la Industria Alimenticia

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