Resolución Nº 136/09 - Reglamento técnico de eficiencia energética para los equipos de uso final de la energía eléctrica
颁布于 2009-06-09 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 古巴
- 主题
- Energy
- 关键词
- energy conservation/energy production, inspection, legal proceedings/administrative proceedings, policy/planning
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ARTICULO 9.-Cuando esté lista la Aceptación Técnica ARTICULO 19.-Si el destino de los equipos es su co- correspondiente, la entidad solicitante será notificada sobre mercialización, la Autoridad Responsable otorgará la Auto- ello por vía electrónica. rización Técnica por dos (2) años, siempre y cuando los
ARTICULO 10.-La Aceptación Técnica se emitirá con un equipos estén registrados por la Autoridad Responsable y número de Registro de Salida, que deberá ser utilizado como esté vigente la Aceptación Técnica, descrito en el Capítulo I referencia para cualquier gestión posterior sobre el equipo. del presente reglamento.
ARTICULO 11.-Cuando no se otorgue la Aceptación Téc- ARTICULO 20.-La solicitud de Autorización Técnica nica, la Autoridad Responsable deberá comunicar por escrito a por retención aduanal, deberá presentarse tan pronto se la entidad solicitante las razones que justificaron tal decisión. reciba la notificación de la Aduana de despacho.
ARTICULO 12.-La Aceptación Técnica tendrá el formato ARTICULO 21.-La Autoridad Responsable tendrá cinco que se muestra en el Anexo 4 y poseerá un período de validez (5) días hábiles como tiempo máximo para analizar el Mo- de dos (2) años siempre y cuando no se detecte algún cambio delo de Solicitud del Anexo 1 y emitir la Autorización Téc- en las especificaciones técnicas o el modelo del equipo. nica correspondiente a esa solicitud.
ARTICULO 13.-La Autoridad Responsable deberá infor- ARTICULO 22.-La Autorización Técnica tendrá el forma- mar, publicar o promocionar el equipo de Uso Final de la to que se describe en el Anexo 5 de la presente resolución. Energía Eléctrica que ya posea la Aceptación Técnica, con el CAPITULO V fin de que otras entidades tanto importadoras como fabricantes INSPECCION Y CONTROL nacionales se interesen en importarlo o fabricarlo en el país y ARTICULO 23.-La Autoridad Responsable organiza las no tendrán que aplicar el proceso de Aceptación Técnica antes actividades de inspección y control de los equipos de Uso descrito. Final de la Energía Eléctrica sin previa notificación durante CAPITULO II la fabricación, postfabricación, comercialización, distribu- SOLICITUD DE PRORROGA DE LA ACEPTACION ción, importación y almacenamiento con el objetivo de TECNICA verificar el cumplimiento de los requisitos que determinan
ARTICULO 14.-En el término anterior a cuarenta y cinco la calidad, seguridad eléctrica y eficiencia energética de los (45) días de caducidad del período de validez de la Aceptación equipos de Uso Final de la Energía Eléctrica. Técnica del equipo de Uso Final de la Energía Eléctrica, las CAPITULO VI entidades interesadas deberán solicitar prórroga por dos (2) DE LAS VIOLACIONES años si el equipo no ha cambiado sus especificaciones técnicas
ARTICULO 24.-Constituyen violaciones generales a los ni el modelo. efectos de este Reglamento, las siguientes:
ARTICULO 15.-La Autoridad Responsable tendrá cinco a) Arribo a puerto o aeropuerto cubano de equipos de Uso (5) días hábiles para analizar la solicitud de prórroga y dicta- Final de la Energía Eléctrica que no cuenten con la Acep- minar si procede la misma, notificándole el dictamen al solici- tación Técnica vigente otorgada por la Autoridad Res- tante. ponsable. CAPITULO III b) Incumplir las obligaciones contraídas y tipificadas en la DE LOS EQUIPOS DE USO FINAL DE LA ENERGIA legislación vigente en la materia. ELECTRICA FABRICADOS O ENSAMBLADOS EN EL PAIS CAPITULO VII
ARTICULO 16.-Las entidades autorizadas a ejecutar la fa- DE LAS PENALIDADES bricación o ensamblaje nacional de los equipos de Uso Final ARTICULO 25.-Cuando se produzca alguna de las vio- de la Energía Eléctrica descritos a partir del Anexo 6 de la laciones anteriores la Autoridad Responsable aplicará en presente resolución, antes de fabricar o ensamblar los mismos, correspondencia con la violación las penalidades siguientes: deberán contar con la Aceptación Técnica emitida por la Auto- a) Notificación de advertencia. ridad Responsable. b) Suspensión de la Autorización Técnica por un término de CAPITULO IV un (1) año. DE LA AUTORIZACION TECNICA c) Retirar la Autorización Técnica. d) Rechazo de entrada o destrucción del equipo.
ARTICULO 17.-Las entidades autorizadas a ejecutar la
ARTICULO 26.-La Autoridad Responsable dispondrá de importación de los equipos de Uso Final de la Energía Eléctri- 30 días hábiles a partir del momento en el que tuvo conoci- ca, descritos a partir del Anexo 6 de la presente resolución, miento de las violaciones, para aplicar las penalidades men- solicitarán a la Autoridad Responsable la Autorización Técni- cionadas. ca mediante el Modelo de Solicitud del Anexo 1, para su pos- terior presentación en la Aduana de despacho, con el fin de CAPITULO VIII tramitar y liberar la mercancía relacionada con los equipos que CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION la presente resolución regula. ARTICULO 27.-Todas las partes que intervengan en la
ARTICULO 18.-Si el destino de los equipos es ser utiliza- manipulación de información en el proceso de aplicación de dos en Ferias Expositivas o en pruebas de campo, la Autoridad este Reglamento están obligadas a observar la debida confi- Responsable otorgará la Autorización Técnica por tres (3) dencialidad con respecto a la información manipulada para meses. realizar sus funciones. 122 GACETA OFICIAL 22 de junio de 2009
ARTICULO 28.-Lo expuesto no afecta la obligación de CUARTO: Las empresas importadoras que tengan con- las entidades en lo relativo a brindar las informaciones nece- tratos firmados antes de la fecha de entrada en vigor de la sarias para que sea posible cumplir las disposiciones del presente Resolución, quedan exoneradas de cumplir lo dis- Reglamento, incluyendo las facilidades necesarias para la puesto en la misma, siempre y cuando su ejecución se de- realización de inspecciones. sarrolle en un período, no mayor de un (1) año, posterior a CAPITULO IX la entrada en vigor de la presente. ETIQUETADO DE EFICIENCIA ENERGETICA QUINTO: La Dirección de Uso Racional de la Energía
ARTICULO 29.-En los equipos de Uso Final de la Ener- de la Unión Eléctrica solicitará a la Aduana General de la gía Eléctrica, descritos a partir del Anexo 6 de la presente República los datos referidos a las importaciones reales resolución, a los que se les exija la incorporación de la eti- ejecutadas en el país de los equipos de Uso Final de la queta de eficiencia energética descrita en el Anexo 3, será Energía Eléctrica descritos a partir del Anexo 6 de la pre- requisito obligatorio su incorporación, para que puedan ser sente resolución. comercializados en el país. SEXTO: El Viceministro del Ministerio de la Industria SEGUNDO: Las entidades autorizadas a ejecutar la im- Básica que atiende la Dirección de Uso Racional de la portación de los equipos de Uso Final de la Energía Eléctri- Energía de la Unión Eléctrica, queda facultado para, según ca descritos a partir del Anexo 6 de la presente resolución, las circunstancias así lo aconsejen, proponer a la que suscri- se abstendrán de suscribir contratos de compraventa interna- be, la adición, revisión y/o actualización periódica de los cional, sin que previamente los equipos posean la Autoriza- Anexos que deban incluirse en la presente resolución. ción Técnica que se dispone en el Reglamento Técnico de COMUNIQUESE la presente Resolución a la Secretaría Eficiencia Energética para los Equipos de Uso Final de la del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, a los jefes Energía Eléctrica de esta Resolución, el que deberá ser de los organismos de la Administración Central del Estado, acreditado ante la autoridad aduanal a los fines de la impor- a la Aduana General de la República, a los viceministros y tación. directores del Ministerio. TERCERO: Las entidades autorizadas a ejecutar la fa- bricación o ensamblaje nacional de los equipos de Uso Final PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República. de la Energía Eléctrica descritos a partir del Anexo 6 de la ARCHIVESE el original de esta Resolución en los archi- presente resolución, se abstendrán de fabricar o ensamblar vos de la Dirección Jurídica de este Ministerio. los mismos, sin que previamente los equipos posean la DADA en la ciudad de La Habana, a los 9 días del mes Aceptación Técnica que se dispone en el Reglamento Téc- de junio de 2009. nico de Eficiencia Energética para los Equipos de Uso Final Yadira García Vera de la Energía Eléctrica de esta Resolución. Ministra de la Industria Básica 22 de junio de 2009 GACETA OFICIAL 123 ANEXO No. 1 MODELO DE SOLICITUD a) Autorización Técnica Comercialización b) Autorización Técnica Muestra Expositiva OBJETIVO DE LA c) Autorización Técnica Pruebas de Campo SOLICITUD d) Proceso de Aceptación Técnica [Marcar con una X] e) Otros DOCUMENTO(S) DE REFERENCIA Contrato No. Anexo Suplemento I I I Factura No. G.A. B/L RAD I I RELACION DE LOS EQUIPOS DE USO FINAL DE LA ENERGIA ELECTRICA PARTIDA No. DESCRIPCION MARCA MODELO UM CANT. ARANCELARIA País de Procedencia y Aduana de Acceso origen DATOS DEL SOLICITANTE Nombre Entidad Código Entidad Dirección Entidad Nombre y Apellidos Cargo No. CI. Organismo e-mail Teléfono Fax FECHA REG. FECHA SOLICITUD ENTRADA ENTRADA 124 GACETA OFICIAL 22 de junio de 2009 INSTRUCCIONES Para completar el Modelo de Solicitud Título Especificaciones OBJETIVO DE LA Debe definirse cuál de los objetivos relacionados se persigue con el Modelo de Solicitud. SOLICITUD DOCUMENTOS DE Consignar los datos que permitan identificar claramente el envío y su composición, sean los REFERENCIA referentes al Contrato o la Factura, la Guía Aérea (GA), el Conocimiento de Embarque (B/L), o Acta de Retención (RAD) emitida por la Aduana, según proceda en cada caso. RELACION DE LOS En la columna “Descripción” expresar el nombre del artículo, en “Partida Arancelaria” se EQUIPOS DE USO FINAL reflejará el Código del arancel correspondiente, en “Marca” y “Modelo” la información DE LA ENERGIA correspondiente, en “UM” se reflejará la unidad de medida y en “Cantidad” la cifra de ELECTRICA equipos de Uso Final de la Energía Eléctrica. País de Procedencia y origen De dónde procede el embarque y dónde se fabrica el equipo. Aduana de Acceso Especificar la identificación del puerto o aeropuerto. DATOS DEL Se explican por sí solos. SOLICITANTE ANEXO No. 2 Modelo de carta dirigida a los Laboratorios de Ensayos Nacionales Ciudad de La Habana, -- de --------- de 2--- “Año de ------------------------” A: Compañero: La presente es para informarle que hemos aprobado la solicitud del proceso de Aceptación Técnica solicitada por ------------- ------------- a nombre de --------------------------------- de esa entidad. La mencionada solicitud es para los siguientes equipos de Uso Final de la Energía Eléctrica: DESCRIPCION MARCA MODELO Todo lo cual le comunico para su conocimiento y efectos procedentes. Saludos, _________________ Director DURE UNE MINBAS Ref: CC: Interesado. 22 de junio de 2009 GACETA OFICIAL 125 ANEXO No. 3 Etiqueta de Eficiencia Energética para los Equipos de Uso Final de la Energía Eléctrica. Forma, dimensiones e identi- ficación de los campos a ser completados en la etiqueta. h, 100-115 65,2-75 26.1-3D ·rl .... ,n Energia fiJ TIPO DEL EQUIPO - 1 "' '? «> "' Fablicant& (upcional) l\farca Sistema de des congelaci6n Modelo / tension [VJ / frecuencia [Hz) Q"".~ xxxxxx X'r'Z(Los10Lipo] Y.YXY.XYX/.XXY. YXYX/OGQ/OQ - -----+ 2 3 4 5 Mas eficiente ~ ____:;,. 6 12 &i: ....~ I ....ij Menos eficiente Ir> ~ CONSUMO MENSUAL {kWh/mes) Cla s e de Clim a ( C o nforme a la Norma ) XY.Z T ro pical (T) ---;;. 7 Volum en ulil del compartimi ento refrigerado (litros) 000 8 ....= ,i, Volumen ulil del compartimiento del congelador (litros) 000 9 Temperatura del congelador (°CJ 1:n:::,,::z:1 -18 10 Norma NC-691 IMPORTANTE: EL CONSUMO REAL VARIA DEPENDIENDO DE LAS CONDICIONES DE USO DEL AR:TEFACTO Y SU LOCALIZACION IMPORTANTE; ESTA ETIQUETA NO DE6E RETIRARSE HASTAQUE EL PlilODUCTO HAYA SIDO ADQUIRIDO POR EL CONSUMIDOR Uridad: mm 126 GACETA OFICIAL 22 de junio de 2009 INSTRUCCIONES Para completar el contenido de los campos de la etiqueta Campo Contenido 1 Tipo del equipo. 2 Nombre del fabricante (opcional). 3 Marca comercial (o logo marca). 4 Tipo de Sistema de descongelación. 5 Modelo / tensión (V) / frecuencia (Hz). 6 Clase de Eficiencia Energética. 7 Consumo mensual de energía, en kWh/mes. 8 Volumen útil del compartimento refrigerado. (litros) 9 Volumen útil del compartimento del congelador. (litros) 10 Temperatura del congelador. (ºC) ANEXO No. 4 Modelo de Aceptación Técnica REPUBLICA DE CUBA Ministerio de la Industria Básica UNION ELECTRICA DIRECCION DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ACEPTACION TECNICA Tipo de Equipo: z Nombre del Equipo y características técnicas principales del Equipo. Solicitante: Nombre de la entidad. Destino o uso del Equipo. Hacer referencia al cumplimiento del equipo a las especificaciones técnicas exigidas por la DURE. Si el Equipo cumple con las normas exigidas y mencionar las normas técnicas. No.: (Número de Aceptación Técnica) Fecha del Registro: (dd/mm/aaaa) Vigencia: (2 Años de vigencia de la Aceptación Técnica). Firma del Director _________________________________ Nombre y apellidos del Director DURE 22 de junio de 2009 GACETA OFICIAL 127 ANEXO No. 5 Modelo de Autorización Técnica (1) MINISTERIO DE LA INDUSTRIA BASICA (2) DIRECCION DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA (3) AUTORIZACION TECNICA (4) Tipo de Operación: I/E (5) No. del Documento: [ATM/número consecutivo/año] (6) Fecha de Solicitud: [dd/mm/yyyy] (7) Fecha de Autorización: [dd/mm/yyyy] (8)Vigente Desde: [dd/mm/yyyy] (9) Hasta: [dd/mm/yyyy] Datos de la Autoridad Responsable: (10) Nombre y apellidos del funcionario: (11) No. CI: (12) Cargo: Datos de la Mercancía: No. Descrip. Part. Aranc. Cant. UM No. Contr. No. Fact. Doc. de Emb. (13) (14) (15) (16) (17) (18) Com. (19) (20) (21) Documentos específicos de la autoridad a presentar en despacho: (22) Tipo de embarque: [TOTAL/PARCIAL] (23) Tipo de carga: ___ General ___ Contenerizada ___ Granel ___ Líquida (24) Sujeto a inspección: Sí ___ No ___ (25) Lugar de inspección: (26) Observaciones: Datos del Solicitante: (27) Código: (28) Nombre: (29) Organismo al que pertenece: (30) Nombre y apellidos del solicitante: (31) No. CI: (32) Cargo: (33) Dirección: (34) Email: (35) Teléfono: (36) Fax: 128 GACETA OFICIAL 22 de junio de 2009 Metodología del llenado del Modelo de Autorización Técnica. Encabezamiento del documento 1. Nombre del organismo o ministerio Ministerio u Organismo al que se subordina la Autoridad Responsable. 2. Dirección, Oficina, Departamento Nombre de la Dirección, Oficina o Departamento que otorga el permiso. que otorga el permiso 3. Modelo Se reflejará el nombre del modelo.(Autorización técnica, Permiso, Liberación) 4. Operación Si es Importación se reflejará (I), para la exportación se reflejará (E). Información del Documento de autorización técnica. 5. Número del documento Se conformará de la forma siguiente XXX/00000/AAAA, donde XXX código del documento otorgado por la Aduana, 00000 consecutivo de la entidad que autoriza, AAAA año. 6. Fecha de solicitud DD/MM/AAAA 7. Fecha de autorización DD/MM/AAAA 8. Vigente desde DD/MM/AAAA 9. Vigente hasta DD/MM/AAAA Información de la persona que autoriza. 10. Nombre y apellidos Se reflejará el nombre y apellidos de la persona autorizada para emitir el permiso. 11. No. de CI Se reflejará el número del CI (XXXXXXXXXXX) de la persona autorizada para emitir el permiso. 12. Cargo Cargo de la persona autorizada para emitir el permiso. Datos de las mercancías 13. No. Orden No. Orden de las mercancías autorizadas contenidas en el permiso. 14. Descripción Descripción de las mercancías. 15. Partida Arancelaria Código del arancel correspondiente a las mercancías. 16. Cantidad Se reflejará la cantidad de artículos. 17. Unidad de Medida Se reflejará la unidad de medida. 18. No. Contrato Comercial Se reflejará el número del contrato comercial. 19. No. Factura Comercial Se reflejará el número de la factura comercial. 20. Documentos de embarque Se reflejara el número del conocimiento de embarque (BL) o Guía Aérea (AWB) según corresponda. 21. Documentos específicos de la Se reflejaran los documentos que además del permiso o autorización debe presentar el autoridad a presentar en el despacho importador para disponer de la carga. aduanero 22. Tipo de embarque Se marcará con una X o seleccionará el tipo de embarque según corresponda. (Total o Parcial) 23. Tipo de carga Se marcará con una X o seleccionará el tipo de carga según corresponda. (General, contenerizada, granel, etc.) 24. Sujeto a inspección Se seleccionará SI o NO, según determine la autoridad responsable. 25. Lugar de inspección En caso de seleccionarse la carga para inspección se reflejará el lugar (dirección) donde se procederá a realizar la misma. 26. Observaciones Se reflejarán las observaciones necesarias relacionadas con el permiso, el despacho, etc. Datos del solicitante 27. Código de la entidad Se reflejará el código de la entidad importadora o exportadora según tabla de control de las entidades de la AGR. 28. Nombre Entidad Nombre de la entidad importadora autorizada a realizar la operación de importación o exportación. 29. Organismo Se reflejará el organismo a que pertenece la empresa Imp/Exp. 30. Nombre y apellidos Se reflejará el nombre y apellidos de la persona que hace la solicitud del permiso. 22 de junio de 2009 GACETA OFICIAL 129 31. No. C. Identidad Se reflejará el número de CI (XXXXXXXXXXX) de la persona que hace la solicitud del permiso. 32. Cargo Se reflejará el cargo de la persona que hace la solicitud del permiso. 33. Dirección Se reflejará la dirección de la entidad que solicita el permiso. 34. Dirección de correo electrónico Se reflejará dirección de correo electrónico del solicitante. 35. Teléfono Se reflejará número telefónico de la entidad solicitante. 36. Fax Se reflejará número telefónico fax de la entidad solicitante. ANEXO No. 6 REQUISITOS TECNICOS MINIMOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS APARATOS DE REFRIGERACION PARA USO DOMESTICO QUE CLASIFICAN POR LAS SUBPARTIDAS 8418.10, 8418.21, 8418.22, 8418.29, 8418.30 y 8418.40. Campo de aplicación. Este Reglamento se aplica al Refrigerador convencional, Enfriador doméstico, Refrigerador/congelador, Refrigerador sin escarcha congelador superior, Refrigerador sin escarcha congelador inferior, Refrigerador lateral, Refrigerador sin escarcha con dispensador, Refrigerador lateral con dispensador, Congelador vertical, Congelador vertical sin escarcha, Congelador horizontal y dispensadores de agua. 1. Requisitos: Todos los aparatos incluidos en este Anexo deben cumplir con las siguientes características: z El refrigerador doméstico solamente se podrá comercializar en el país cuando esté provisto con una etiqueta de eficiencia energética conforme a la establecida en el Anexo 3. z Para el refrigerador doméstico la clase energética de menor eficiencia admitida será la C. (Indice de Eficiencia Energética (IEE) en el rango: 75 % IEE < 90 %). z Para los congeladores horizontales la clase energética de menor eficiencia admitida será hasta la E (Indice de Eficiencia Energé- tica (IEE) en el rango: 100 % I < 110 %). z Para los dispensadores de agua el consumo eléctrico admitido será el reflejado en la tabla que a continuación se expone: Tipo de equipo Consumo (kWh/24h) Bebedero de botellón (hasta 4 litros/h) 1.8 Bebedero de fuente (hasta 12 litros/h) 1.8 2.2 Caja de agua ( entre 40 - 80 litros/h) 1.8 2.9 Caja de agua ( entre 20 - 40 litros/h) 1.0 1.8 z La fuente de alimentación del sistema será de corriente eléctrica alterna con tensión de utilización de 115/230 V, con un rango permisible de + 10 y – 10 %, 60 Hz. z El compresor hermético utilizado en los distintos aparatos debe admitir la operación sin fallas a temperatura ambiental de hasta 38 ºC. z Todos los aparatos deben emplear agente refrigerante ecológico. z Los tipos de aparatos contemplados por este Reglamento deben cumplir con la norma IEC 60335-2-24:95. “Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 2: Requisitos particulares para los frigoríficos, congeladores y fabricado- res de hielo”, la norma NC 691:2009 “Aparatos de refrigeración domésticos – Características y métodos de ensayo” en lo referido a la evaluación integral de funcionamiento de los diferentes aparatos contemplados en este anexo. La norma de ensayo para la comprobación de la capacidad de enfriamiento de los dispensadores ARI ESTANDAR 1010 FOR SELF – CONTAINED, MECHANICALLY – REFRIGERATED DRINKING – WATER COOLERS de 1994. 2. Tropicalización. Los aparatos de refrigeración doméstica contemplados por este Reglamento deben ser productos tropicalizados, cumplien- do con la norma IEC 60068-1:1992 “Ensayos Ambientales. Generalidades y Guías.” y las normas particulares que se derivan de ella según la Tabla 1. Estos equipos utilizan espesores de recubrimientos de la chapa de acero no menor de 60 micras. 130 GACETA OFICIAL 22 de junio de 2009 Tabla No. 1 Tipos de Ensayos Climáticos y requisitos para verificar la tropicalización de los equipos. Ensayos Climáticos Normas Temperatura: 5 ºC Ensayo de Frío IEC 60068-2-1:1994 Duración: 96 horas Temperatura: 55 ºC Ensayo de Calor Seco IEC 60068-2-2:1994 Duración: 96 horas Temperatura Máxima: 55 ºC Ensayo de Cambio Súbito de Temperatura Mínima: 55 ºC (Ventilador) IEC 60068-2-14:1994 Temperatura Duración: Tres Ciclos de una hora en cada temperatura Temperatura: 40 ºC Ensayo de Calor Húmedo Humedad Relativa: 95 % IEC 60068-2-3:1994 Constante Duración: 21 días Temperatura: 35 ºC Ensayo de Niebla Salina Concentración: 5 % de NaCl IEC 60068-2-11:1994 Neutra PH: 6,8-7,2 Duración: 96 horas ANEXO No. 7 TABLA 2. Valores de potencia eléctrica según diámetro de veleta. REQUISITOS TECNICOS MINIMOS QUE DEBEN Diámetro de la Veleta Potencia Eléctrica Máxima CUMPLIR LOS VENTILADORES ELECTRODO- (cm) (W) MESTICOS QUE CLASIFICAN POR LAS SUBPAR- 20 30 TIDAS 8414.51 y 8414.59. Campo de aplicación. 25 40 Este Reglamento se aplica a Ventiladores con flujo axial 30 50 por veletas, del tipo de mesa, pared, mesa-pedestal, pedestal y oscilante de techo, movidos por motor de inducción. 35 52 Requisitos: 40 55 1. Flujo de Aire. Los ventiladores electrodomésticos deben cumplir con 50 85 los valores de flujo de aire establecidos en la tabla 1. TABLA 1. Valores de flujo de aire mínimo según diáme- Nota: Si el fabricante declara un valor de potencia máxi- tro de veleta. ma, se aceptará una desviación de ± 10 % en el valor calcu- lado. Diámetro de la Veleta Flujo de Aire mínimo 3. Otros aspectos técnicos a tener en cuenta. (cm) (m³/min.) z La fuente de alimentación del sistema será de corrien- te eléctrica alterna con tensión de utilización de 115 20 12.5 V, con un rango permisible de + 10 y – 10 %, 60 Hz. 25 18 z Todos los tipos de Ventiladores deben poseer como mínimo tres alternativas para el control de la velocidad. 30 32 z Factor de potencia mayor o igual a 0.9. 35 42 z Los tipos de ventiladores contemplados en este Re- glamento, deben satisfacer la norma IEC 60335-2:80, 40 58 Seguridad de aparatos electrodomésticos y análogos. 50 88 Parte 2: Requisitos particulares para los ventiladores. 4. Tropicalización. Nota: Si el fabricante declara un valor de flujo de aire, se Los ventiladores electrodomésticos contemplados por es- aceptará una desviación de ± 10 % en el valor calculado. te Reglamento deben ser productos tropicalizados, cum- 2. Potencia Eléctrica. pliendo con la norma IEC 60068-1:1992 “Ensayos Ambien- La potencia eléctrica se evaluará en los Ventiladores elec- tales. Generalidades y Guías.” y las normas particulares que trodomésticos, según los valores establecidos en la tabla 2. se derivan de ella según la Tabla 3. 22 de junio de 2009 GACETA OFICIAL 131 Tabla No. 3 Tipos de Ensayos Climáticos y requisitos para verificar la tropicalización de los equipos. Ensayos Climáticos Normas Temperatura: 5 ºC Ensayo de Frío IEC 60068-2-1:1994 Duración: 96 horas Temperatura: 55 ºC Ensayo de Calor Seco IEC 60068-2-2:1994 Duración: 96 horas Temperatura Máxima: 55 ºC Ensayo de Cambio Súbito Temperatura Mínima: 55 ºC (Ventilador) IEC 60068-2-14:1994 de Temperatura Duración: Tres Ciclos de una hora en cada temperatura Temperatura: 40 ºC Ensayo de Calor Húmedo Humedad Relativa: 95 % IEC 60068-2-3:1994 Constante Duración: 21 días Temperatura: 35 ºC Ensayo de Niebla Salina Concentración: 5 % de NaCl IEC 60068-2-11:1994 Neutra PH: 6,8-7,2 Duración: 96 horas ANEXO No. 8 REQUISITOS TECNICOS MINIMOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS LAMPARAS FLUORESCENTES COMPACTAS (LFC), QUE CLASIFICAN POR LA SUBPARTIDA 8539.3110. Campo de aplicación. Este Reglamento se aplica a todas las Lámparas Fluorescentes Compactas (LFC) con autobalastro, con base Edison E-12, E-14, E-26, E-27, E-39 o E-40, base tipo bayoneta B-22, que se importen o comercialicen en el territorio nacional. Requisitos. 1. Eficacia Luminosa. Las Lámparas Fluorescentes Compactas deben cumplir con los valores de eficacia mínima establecidos en la tabla 1. TABLA 1. Límites de eficacia para las Lámparas Fluorescentes Compactas. Eficacia mínima Intervalos de Potencia (W) (lm/W) Menor o igual que 5 45 Mayor que 5 y menor o igual que 8 50 Mayor que 8 y menor o igual que 14 54 Mayor que 14 y menor o igual que 18 57 Mayor que 18 y menor o igual que 22 60 Mayor que 22 62 2. Flujo Luminoso. Las Lámparas Fluorescentes Compactas deben cumplir con los valores de flujo luminoso establecidos en la tabla 2, a las 100 horas de vida. TABLA 2. Límites de flujo para las Lámparas Fluorescentes Compactas. Intervalos de Potencia (W) Flujo Luminoso (lm) Menor o igual que 5 Mayor o igual a 235 Mayor que 5 y menor o igual que 8 Mayor de 235 y hasta 400 Mayor que 8 y menor o igual que 14 Mayor de 400 y hasta 756 Mayor que 14 y menor o igual que 18 Mayor de 756 y hasta 1026 3. Otros aspectos técnicos a tener en cuenta. z La potencia demandada debe estar entre 85 - 105 % de la potencia nominal. z La tensión de utilización será de 115/230 V. z Las tensiones de operación estarán entre 90 – 140 V y 195 – 260 V. 132 GACETA OFICIAL 22 de junio de 2009 z Frecuencia de operación: 60 Hz. z Factor de potencia mayor o igual a 0.5. z Índice de refabricación cromática o rendimiento de color superior al 78 %. z Mantenimiento de flujo luminoso: 88 % a las 1 000 horas de vida, no menos del 83 % a las 2 000 horas y no menos del 75 % a las 4 000 horas. z Vida útil promedio superior a las 5 000 horas. z Distorsión de armónicos de corriente menor o igual a 135 %. z El plástico utilizado debe ser no inflamable y el metal del casquillo debe ser de calidad, inoxidable; preferiblemente de cobre niquelado. ANEXO No. 9 7. La temperatura de la parte superior del cuerpo no debe exceder los 50 °C. REQUISITOS TECNICOS MINIMOS QUE DEBEN 8. El material de la suela debe ser de aluminio o acero. CUMPLIR LAS PLANCHAS ELECTRICAS QUE 9. La suela debe tener un espesor máximo de 3 mm. CLASIFICAN POR LA SUBPARTIDA 8516.40. 10. La resistencia debe ser encapsulada. Campo de aplicación. 11. Peso de la plancha: Este Reglamento se aplica a todas las planchas eléctricas z En seco: 565-688 gramos. de uso doméstico, que se importen o comercialicen en el z Con vapor: 680-910 gramos. territorio nacional. 12. Las planchas de vapor deben tener un sistema de inyec- ción de agua constante en el tiempo, independiente de 1. Requisitos: la altura de agua en el depósito, con el objetivo de lo- Los requisitos técnicos que deben cumplir las planchas grar la producción de vapor. eléctricas son: 2. Otros aspectos técnicos a tener en cuenta. 1. Potencia eléctrica nominal: z En seco (sin rociado): Entre 1 000 y 1 200 W. z La fuente de alimentación será de corriente eléctrica z En vapor: Entre 1 000 y 1 200 W. alterna, con tensión de utilización de 115 V, con un 2. Consumo de electricidad en 1 hora (máximo): rango permisible de + 10 y – 10 %, 60 Hz. z En seco (sin rociado): 290 Wh z Las planchas eléctricas contempladas por este Regla- z Con rociado: 634 Wh mento deben satisfacer la norma IEC 60335-2:3, Segu- z Con vapor: 703 Wh ridad de aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 2: 3. Indice de consumo en seco: 25 Wh/m². Requisitos particulares para planchas eléctricas. 4. Indice de consumo en vapor: 50 Wh/m². 3. Tropicalización. 5. Termostato de alta calidad con contacto de plata o alea- Las planchas eléctricas contempladas por este Reglamen- ción de este material. to deben ser productos tropicalizados, cumpliendo con la 6. Los ajustes del termostato deben ser tales que la tempe- norma IEC 60068-1:1992 “Ensayos Ambientales. Generali- ratura de la suela durante el planchado sean de 220 °C dades y Guías.” y las normas particulares que se derivan de como máximo y 170 °C como mínimo. ella según la Tabla 1. Tabla No. 1 Tipos de Ensayos Climáticos y requisitos para verificar la tropicalización de los equipos. Ensayos Climáticos Normas Temperatura: 5 ºC Ensayo de Frío IEC 60068-2-1:1994 Duración: 96 horas Temperatura: 55 ºC Ensayo de Calor Seco IEC 60068-2-2:1994 Duración: 96 horas Temperatura Máxima: 55 ºC Ensayo de Cambio Súbito de Temperatura Mínima: 55 ºC (Ventilador) IEC 60068-2-14:1994 Temperatura Duración: Tres Ciclos de una hora en cada temperatura Temperatura: 40 ºC Ensayo de Calor Húmedo Humedad Relativa: 95 % IEC 60068-2-3:1994 Constante Duración: 21 días Temperatura: 35 ºC Ensayo de Niebla Salina Concentración: 5 % de NaCl IEC 60068-2-11:1994 Neutra PH: 6,8-7,2 Duración: 96 horas 22 de junio de 2009 GACETA OFICIAL 133 ANEXO No. 10 z Para los de pared o ventana: REQUISITOS TECNICOS MINIMOS QUE DEBEN Nivel de Ruido (dBA) Capacidad Frigorífica CUMPLIR LAS MAQUINAS Y APARATOS PARA Interior/Exterior ACONDICIONAMIENTO DE AIRE QUE CLASIFI- 2625 W (9000 BTU/h) 54/58 CAN POR LAS SUBPARTIDAS ARANCELARIAS 3500 W (12000 BTU/h) 54/58 8415.10 (PARED O VENTANA); 8415.82 y 8415.83 5250 W (18000 BTU/h) 57/64 (TIPO SPLIT). 7000 W (24000 BTU/h) 57/64 Requisitos: z Para los del Tipo Split: 1. Eficiencia Energética. Las máquinas y aparatos deben garantizar, según sus ca- Nivel de Ruido (dBA) Capacidad Frigorífica pacidades frigoríficas, los siguientes parámetros de eficien- Interior/Exterior cia energética: 2625 W (9000 BTU/h) 40/53 z Para los de pared o ventana: 3500 W (12000 BTU/h) 40/53 REE* REE* Capacidad Frigorífica 5250 W (18000 BTU/h) 50/54 ((BTU/h)/W) (W/W) 2625 W (9000 BTU/h) 9.00 2.63 7000 W (24000 BTU/h) 50/54 3500 W (12000 BTU/h) 9.00 2.63 10500 W (36000 BTU/h) 50/56 5250 W (18000 BTU/h) 8.50 2.48 17500 W (60000 BTU/h) 50/56 7000 W (24000 BTU/h) 8.00 2.34 La fuente de alimentación del sistema será de corriente z Para los del Tipo Split: eléctrica alterna con la tensión de utilización de 115/230 V, REE* REE* con un rango permisible de + 10 y – 10 %, 60 Hz. Capacidad Frigorífica Fases: Monofásico y trifásico. ((BTU/h)/W) (W/W) 2625 W (9000 BTU/h) 9.00 2.63 3. Ecología. 3500 W (12000 BTU/h) 9.00 2.63 Los equipos, según su clasificación, deben usar los si- 5250 W (18000 BTU/h) 8.50) 2.48 guientes gases refrigerantes: 7000 W (24000 BTU/h) 8.50 2.48 Clasificación Compuestos Refrigerante 10500 W (36000 BTU/h) 8.50 2.48 HFC Hidrógeno, Flúor y Carbono Sin Excepción 17500 W (60000 BTU/h) 10.4 3.05 HC Hidrógeno y Carbono Sin Excepción * Relación de Eficiencia Energética o Coeficiente de Rendimiento Energético (REE), para temperatura de bulbo 4. Tropicalización. seco y húmedo interior de 27/19.5°C, respectivamente, con Las máquinas y aparatos acondicionadores de aire con- temperatura ambiente exterior de 35/24 °C. templados por este Reglamento deben ser productos tropica- Nota: Máquinas y aparatos sólo para Climatizar. lizados, cumpliendo con la norma IEC 60068-1:1992 “En- 2. Nivel de Ruido. sayos Ambientales. Generalidades y Guías.” y las normas Según la capacidad frigorífica de las máquinas y apara- particulares que se derivan de ella según la Tabla 1. Estos tos, los niveles de ruido permisibles tendrán los siguientes equipos utilizan espesores de recubrimientos de la chapa de valores: acero no menor de 120 micras. Tabla No. 1 Tipos de Ensayos Climáticos y requisitos para verificar la tropicalización de los equipos. Ensayos Climáticos Normas Temperatura: 5 ºC Ensayo de Frío IEC 60068-2-1:1994 Duración: 96 horas Temperatura: 55 ºC Ensayo de Calor Seco IEC 60068-2-2:1994 Duración: 96 horas Temperatura Máxima: 55 ºC Ensayo de Cambio Súbito Temperatura Mínima: 55 ºC (Ventilador) IEC 60068-2-14:1994 de Temperatura Duración: Tres Ciclos de una hora en cada temperatura Temperatura: 40 ºC Ensayo de Calor Húmedo Humedad Relativa: 95 % IEC 60068-2-3:1994 Constante Duración: 21 días Temperatura: 35 ºC Ensayo de Niebla Salina Concentración: 5 % de NaCl IEC 60068-2-11:1994 Neutra PH: 6,8-7,2 Duración: 96 horas 134 GACETA OFICIAL 22 de junio de 2009 ANEXO No. 11 2. Otros aspectos técnicos a tener en cuenta. z La fuente de alimentación será de corriente eléctrica REQUISITOS TECNICOS MINIMOS QUE DEBEN alterna, con tensión de utilización de 115 V, con un rango CUMPLIR LOS HORNOS DE MICROONDAS permisible de + 10 y – 10 %, 60 Hz. (MICROWAVE) QUE CLASIFICAN POR LA z Los hornos de microondas contemplados por este Re- SUBPARTIDA 8516.50. glamento deben satisfacer la norma IEC 60335-2:25, Se- Campo de aplicación. guridad de aparatos electrodomésticos y análogos. Parte Este Reglamento se aplica a todos los hornos de mi- 2: Requisitos particulares para hornos de microondas. croondas (microwave) de uso doméstico, que se importen o z Los hornos de microondas contemplados por este Re- comercialicen en el territorio nacional. glamento serán del tipo ESTANDAR, o sea sin la opción 1. Requisitos: GRILL, ni con el aditamento de calor por convección. z La potencia del emisor de microondas (magnetrón o El horno de microondas de uso doméstico es un equipo OUTPUT POWER), no puede superar los 1000 W. destinado a producir y utilizar en un espacio cerrado energía z La potencia que demanda el equipo de la red (POWER radioeléctrica para producir el efecto físico del calentamien- SOURCE) no puede ser superior a 1350 W. to y con ello posibilitar la cocción de alimentos. z El extremo del cable de alimentación debe tener las dos Se establecen y definen las principales características de espigas principales de alimentación, planas y en paralelo, comportamiento de hornos de microondas de uso doméstico adecuadas para su conexión en tomacorrientes estándares. y describe los métodos de ensayo para la medición de estas 3. Tropicalización. características con la Norma Internacional IEC 60705: 1999, Los hornos de microondas contemplados por este Re- Métodos de medida de la aptitud para la función de hornos glamento deben ser productos tropicalizados, cumpliendo microondas de uso doméstico y análogos. con la norma IEC 60068-1:1992 “Ensayos Ambientales. No se aplica a los hornos de microondas que no puedan Generalidades y Guías.” y las normas particulares que se aceptar una carga que tenga un diámetro 200 mm. derivan de ella según la Tabla 1. Tabla No. 1 Tipos de Ensayos Climáticos y requisitos para verificar la tropicalización de los equipos. Ensayos Climáticos Normas Temperatura: 5 ºC Ensayo de Frío IEC 60068-2-1:1994 Duración: 96 horas Temperatura: 55 ºC Ensayo de Calor Seco IEC 60068-2-2:1994 Duración: 96 horas Temperatura Máxima: 55 ºC Ensayo de Cambio Sú- Temperatura Mínima: 55 ºC (Ventilador) IEC 60068-2-14:1994 bito de Temperatura Duración: Tres Ciclos de una hora en cada temperatura Temperatura: 40 ºC Ensayo de Calor Húmedo Constante Humedad Relativa: 95 % IEC 60068-2-3:1994 Duración: 21 días Temperatura: 35 ºC Ensayo de Niebla Salina Concentración: 5 % de NaCl IEC 60068-2-11:1994 Neutra PH: 6,8-7,2 Duración: 96 horas 22 de junio de 2009 GACETA OFICIAL 135 ANEXO No. 12 REQUISITOS TECNICOS MINIMOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS OLLAS ARROCERAS ELECTRICAS QUE CLASIFICAN POR LA SUBPARTIDA 8516.79. Campo de aplicación. Se aplica a todas las ollas arroceras eléctricas para uso doméstico, que se importen o comercialicen en el territorio nacio- nal. Este es un equipo automático destinado para la cocción de arroz blanco o precocido, o variantes de platos donde el ali- mento fundamental es arroz, a partir de la energía calórica desprendida por una resistencia eléctrica en contacto directo con el área del fondo de la vasija donde se cocina este alimento. 1. Requisitos. z La fuente de alimentación será de corriente eléctrica alterna, con tensión de utilización de 115 V, con un rango permisible de de + 10 y – 10 %, 60 Hz. z La potencia que demanda el equipo de la red (POWER SOURCE) no puede ser superior a 500 W. z El extremo del cable de alimentación debe tener las dos espigas principales de alimentación, planas y en paralelo, ade- cuadas para su conexión en tomacorrientes estándares. z Las ollas arroceras eléctricas contempladas por este Reglamento deben satisfacer la norma IEC 60335-2:15, Seguridad de aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 2: Requisitos particulares para aparatos para calentar líquidos. 2. Tropicalización. Las ollas arroceras contempladas por este Reglamento deben ser productos tropicalizados, cumpliendo con la norma IEC 60068-1:1992 “Ensayos Ambientales. Generalidades y Guías.” y las normas particulares que se derivan de ella según la Tabla 1. Tabla No. 1 Tipos de Ensayos Climáticos y requisitos para verificar la tropicalización de los equipos. Ensayos Climáticos Normas Temperatura: 5 ºC Ensayo de Frío IEC 60068-2-1:1994 Duración: 96 horas Temperatura: 55 ºC Ensayo de Calor Seco IEC 60068-2-2:1994 Duración: 96 horas Temperatura Máxima: 55 ºC Ensayo de Cambio Sú- Temperatura Mínima: 55 ºC (Ventilador) bito de Temperatura IEC 60068-2-14:1994 Duración: Tres Ciclos de una hora en cada temperatura Temperatura: 40 ºC Ensayo de Calor Húme- Humedad Relativa: 95 % IEC 60068-2-3:1994 do Constante Duración: 21 días Temperatura: 35 ºC Ensayo de Niebla Salina Concentración: 5 % de NaCl IEC 60068-2-11:1994 Neutra PH: 6,8-7,2 Duración: 96 horas ANEXO No. 13 REQUISITOS TECNICOS MINIMOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS OLLAS DE PRESION ELECTRICA QUE CLASIFICAN POR LA SUBPARTIDA 8516.79. Campo de aplicación. Se aplica a todas las ollas de presión eléctrica para uso doméstico, que se importen o comercialicen en el territorio nacional. Este es un equipo automático destinado para la cocción de alimentos a partir de la energía calórica desprendida por una re- sistencia eléctrica en contacto directo con el área del fondo de la vasija donde se cocinan los alimentos y con un sistema au- tomático combinado que regula la temperatura y presión dentro de este implemento. Normalmente estas ollas tienen un selector automático de menús para diferentes platos que se pueden cocinar en esta olla, regulado por tiempo. 1. Requisitos. z La fuente de alimentación será de corriente eléctrica alterna, con tensión de utilización de 115 V, con un rango permisible de + 10 y – 10 %, 60 Hz. z La potencia que demanda el equipo de la red (POWER SOURCE) no puede ser superior a 800 W. 136 GACETA OFICIAL 22 de junio de 2009 z El selector de tiempo no podrá superar los 90 minutos. z El extremo del cable de alimentación debe tener las dos espigas principales de alimentación, planas y en paralelo, adecuadas para su conexión en tomacorrientes estándares. z Las ollas de presión eléctrica contempladas por este Reglamento deben satisfacer la norma IEC 60335-2:15, Seguridad de aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 2: Requisitos particulares para aparatos para calentar líquidos. 2. Tropicalización. Las ollas de presión eléctrica contempladas por este Reglamento deben ser productos tropicalizados, cumpliendo con la norma IEC 60068-1:1992 “Ensayos Ambientales. Generalidades y Guías.” y las normas particulares que se derivan de ella según la Tabla 1. Tabla No. 1 Tipos de Ensayos Climáticos y requisitos para verificar la tropicalización de los equipos. Ensayos Climáticos Normas Temperatura: 5 ºC Ensayo de Frío IEC 60068-2-1:1994 Duración: 96 horas Temperatura: 55 ºC Ensayo de Calor Seco IEC 60068-2-2:1994 Duración: 96 horas Temperatura Máxima: 55 ºC Ensayo de Cambio Temperatura Mínima: 55 ºC (Ventilador) IEC 60068-2-14:1994 Súbito de Temperatura Duración: Tres Ciclos de una hora en cada temperatura Temperatura: 40 ºC Ensayo de Calor Húme- Humedad Relativa: 95 % IEC 60068-2-3:1994 do Constante Duración: 21 días Temperatura: 35 ºC Ensayo de Niebla Salina Concentración: 5 % de NaCl IEC 60068-2-11:1994 Neutra PH: 6,8-7,2 Duración: 96 horas ANEXO No. 14 REQUISITOS TECNICOS MINIMOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS CAFETERAS ELECTRICAS QUE CLASIFICAN POR LA SUBPARTIDA 8516.71. Campo de aplicación. Se aplica a las cafeteras accionadas con electricidad de uso doméstico, que se importen o comercialicen en el territorio na- cional. 1. Requisitos: Se establecen y definen las principales características de comportamiento de las cafeteras eléctricas y se describen los mé- todos de ensayos para la medición de estas características con la norma IEC 60661:2006 Methods for measuring the perfor- mance of electric household coffee makers. 2. Otros aspectos técnicos a tener en cuenta. z La fuente de alimentación será de corriente eléctrica alterna, con tensión de utilización de 115 V, con un rango permisible de + 10 y – 10 %, 60 Hz. z La potencia máxima permisible no puede ser superior a 500 W, y su operación debe contemplar apagado automático al término de la colada. Se prohíbe cualquier aditamento adicional para mantener caliente el café colado que funcione con electricidad. z Las cafeteras eléctricas contempladas por esta Resolución deben satisfacer la norma IEC 60335-2:15, Seguridad de aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 2: Requisitos particulares para aparatos para calentar líquidos. 3. Tropicalización. Las cafeteras eléctricas contempladas por este Reglamento deben ser productos tropicalizados, cumpliendo con la norma IEC 60068-1:1992 “Ensayos Ambientales. Generalidades y Guías.” y las normas particulares que se derivan de ella según la Tabla 1. 22 de junio de 2009 GACETA OFICIAL 137 Tabla No. 1 Tipos de Ensayos Climáticos y requisitos para verificar la tropicalización de los equipos. Ensayos Climáticos Normas Temperatura: 5 ºC Ensayo de Frío IEC 60068-2-1:1994 Duración: 96 horas Temperatura: 55 ºC Ensayo de Calor Seco IEC 60068-2-2:1994 Duración: 96 horas Temperatura Máxima: 55 ºC Ensayo de Cambio Sú- Temperatura Mínima: 55 ºC (Ventilador) IEC 60068-2-14:1994 bito de Temperatura Duración: Tres Ciclos de una hora en cada temperatura Temperatura: 40 ºC Ensayo de Calor Húme- Humedad Relativa: 95 % IEC 60068-2-3:1994 do Constante Duración: 21 días Temperatura: 35 ºC Ensayo de Niebla Salina Concentración: 5 % de NaCl IEC 60068-2-11:1994 Neutra PH: 6,8-7,2 Duración: 96 horas ANEXO No. 15 REQUISITOS TECNICOS MINIMOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS LAVADORAS DE ROPA ELECTRO- DOMESTICAS QUE CLASIFICAN POR LAS SUBPARTIDAS 8450.11; 8450.12; 8450.19 y 8450.90. Campo de aplicación. Se aplica a todas las lavadoras de ropa electrodomésticas que se importen, produzcan o comercialicen en el territorio na- cional. Quedan excluidas aquellas lavadoras que no hacen uso de la energía eléctrica, así como las lavadoras de uso industrial y comercial. 1. Requisitos. z La fuente de alimentación será de corriente eléctrica alterna, con tensión de utilización de 115 V, con un rango permisible de + 10 y – 10 %, 60 Hz. z Se establecen y definen las principales características de comportamiento de las lavadoras de ropa electrodomésticas y se describen los métodos de ensayos con la norma IEC 60456: 2003, “Clothes washing machines for household use – Met- hods for measuring the performance”. z Las lavadoras de ropa electrodomésticas contempladas por este Reglamento deben satisfacer la norma IEC 60335-2:7, Seguridad de aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 2: Requisitos particulares para lavadoras. z El extremo del cable de alimentación debe tener las dos espigas principales de alimentación, planas y en paralelo, adecuadas para su conexión en tomacorrientes estándares. 2. Tropicalización. Las lavadoras de ropa electrodomésticas contempladas por este Reglamento deben ser productos tropicalizados, cumplien- do con la norma IEC 60068-1:1992 “Ensayos Ambientales. Generalidades y Guías.” y las normas particulares que se derivan de ella según la Tabla 1. 138 GACETA OFICIAL 22 de junio de 2009 Tabla No. 1 Tipos de Ensayos Climáticos y requisitos para verificar la tropicalización de los equipos. Ensayos Climáticos Normas Temperatura: 5 ºC Ensayo de Frío IEC 60068-2-1:1994 Duración: 96 horas Temperatura: 55 ºC Ensayo de Calor Seco IEC 60068-2-2:1994 Duración: 96 horas Temperatura Máxima: 55 ºC Ensayo de Cambio Sú- Temperatura Mínima: 55 ºC (Ventilador) IEC 60068-2-14:1994 bito de Temperatura Duración: Tres Ciclos de una hora en cada temperatura Temperatura: 40 ºC Ensayo de Calor Húme- Humedad Relativa: 95 % IEC 60068-2-3:1994 do Constante Duración: 21 días Temperatura: 35 ºC Ensayo de Niebla Salina Concentración: 5 % de NaCl IEC 60068-2-11:1994 Neutra PH: 6,8-7,2 Duración: 96 horas