Resolución Nº 135/08 - Norma técnica NRIAL 45 sobre cultivos bacterianos para productos lácticos fermentados
颁布于 2008-05-07 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 古巴
- 主题
- Food and nutrition
- 关键词
- food safety and quality, milk/dairy products, processing/handling
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614 GACET A OFICIAL 27 de mavo de 2008 RESOLUCION No. 135/08 POR CUANTO: El Acuerdo <lei Comite E jecutivo <lei Consejo de Ministros de fecha 25 de noviembre de 1994, COil lll1mero para control administrntivo 2817 de collformi dad COil lo establecido por el Decreto-Ley No. 147 de feclrn 21 de abril de 1994. y mediante el inciso 4) de su Apaitado Tercero. faculta a losjefes de los organismos de la Adminis trnci0n Central del Estado a dictar. en el limite de sus fanil tades y competencia. reglamentos. resoluciones y otrns disposiciones de obligatorio cumplimiento para el Sistema del Organismo. 27 de mavo de 2008 GACET A OFICIAL POR ClJANTO: El Decreto-Ley No. 182 de Normali zacil'rn y Calidad de fed1a 23 de fehrero de 1998 e~tahlece que corresponde a los organismo~ de la Admini~tracil'rn Central del btado desarrollar la~ tarea~ de Normalizacil'rn Ramal. POR ClJANTO: A los fine~ de garantizar en este Minis terio de la lndurnia Alimenticia el desarrollo de la actividad de Normalizaci6n, Metrologia y Control de la Calidad. re sulta necesario establecer con carilcter obligatorio la Norma Tfrnica Ramal que se relaciona en la parte di~po~itiva de la presente. POR CUANTO: El que resuelve ha ~ido designado Mi ni~tro de la lndu~tria Alimenticia en virtud de Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 14 dejunio de 1980. PORT ANTO: En el ejercicio de las facultades que me estan conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Establecer con carilcter obligatorio la Nor ma Tecnica Ramal que se relaciona a continuaci{)n, para el Ministerio de la lndustria Alimenticia. su~ empresas y de ma~ dependencia~, asi como para aquella~ entidades no subordinadas a este Organismo cuyas actividades estan relacionadas con el cumplimiento de dicha norma. Cbdigo Titulo NRIAL 045:08 Cuhivo~ hacterianos iniciadore~ de productos l;ictico~ fermentado~. Especi ficaciones de Calidad. SEGUNDO: La revisi6n, modificaci6n, ~ustituci6n ode rogaci6n de la norma a la que se contrae la presente, se solicitaran conforme a la metodologia establecida por el Centro Nacional de lnspecci6n de la Calidad. perteneciente a este Ministerio, el que luego del estudio y ani:llisis de la solicitud y con su dictamen, los someteri:l a la consideraciOn de[ Ministro o del funcionario en quien este delegue expre samente. TERCERO: El Viceministro Tecnico de este Organismo queda responsabilizado con la publicaci6n y distribuci6n de la Norma Tecnica Ramal que se establece por media de la presente. CUARTO: Esta ResoluciOn entrari:l en vigor tres dlas des pues de su publicaciOn en la Gaceta Oficial de la Reptiblica. Notifiquese al Viceministro Tecnico de este Ministerio, al que se refiere el Apa11ado Tercero de la presente. a la Directora del Centro Nacional de lnspecci6n de la Calidad y a lo~ directores de las entidades del Sistema del Organismo y de las entidades no suhordinadas al mismo cuyas activida des estan relacionada~ con su cumplimiento. Comunique~e a lo~ demas viceministros del Organismo y a cuantas personas naturales y juridicas deban conocer de la misma. De~e cuenta a la Oficina Nacional de Normalizaci6n. Publiquese en la Gaceta Oficial de la Repl1blica a lo~ efectos procedentes. DADA en Playa, a los 7 dias del me~ de mayo de 2008. Alejandro Roca Iglesias Ministro de la lndustria Alimenticia 615