Resolución Nº 102/15 - Autoriza de manera excepcional pesca de esponja
颁布于 2015-06-03 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 国家
- 古巴
- 主题
- Fisheries and aquaculture
- 关键词
- marine fisheries, fishing area, artisanal fisheries, aquatic animals, fishery management and conservation
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10 de julio de 2015 GACETA OFICIAL 951 RESOLUCIÓN No. 102/15 POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 164 de fecha 28 de mayo de 1996, “REGLA MENTO DE PESCA”, artículo 4, esta blece que la Comisión Consultiva de Pesca GACETA OFICIAL 10 de julio de 2015 952 es el máximo órgano consultivo del extin to Ministerio de la Industria Pesquera en materia de ordenamiento y administración de los recursos acuáticos de las aguas ma rítimas y terrestres, siendo asumidas estas atribuciones por el Ministerio de la Indus tria Alimentaria. POR CUANTO: En virtud de la Reso lución No. 160 de 2011 del Ministerio de Ciencias, Tecnología y Medio Ambiente, el Centro de Inspección y Control Am biental ha emitido, la Licencia Ambiental No. 10/2015, la cual autoriza el aprove chamiento y comercialización de las es pecies Hippospongia lachne, Spongia barbara y S. obscura, a la Empresa Pes quera Industrial de Caibarién (EPICAI), y teniendo en cuenta que Resolución No. 111 de 2007 del Ministro de la Industria Ali mentaria, establece la prohibición de la pesca comercial en las aguas marinas próximas a Cayo Romano, es necesario autorizar de manera excepcional a la Em presa Pesquera Industrial de Caibarién, a realizar la pesca de esponja en estas aguas. POR CUANTO: La que resuelve ha si do designada ministra del Ministerio de la Industria Alimentaria en virtud del Acuer do del Consejo de Estado de fecha 2 de marzo de 2009. POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas; R e s u e l v o : PRIMERO: Autorizar de manera excep cional a la Empresa Pesquera Industrial de Caibarién (EPICAI), a realizar la pesca durante el año 2015 de 15 t en peso seco de las tres especies de esponjas, en las aguas marinas referidas en el Segundo por cuanto, distribuidas de la siguiente manera: Zona toneladas Antón -Montañés 12 Palomo 3 SEGUNDO: Autorizar la captura du rante el año 2015 de 4 t de esponja en peso seco en las zonas siguientes: Zona toneladas Sur de Cayo Santa María 1,0 El Mortero 2 El Queche 1,5 TERCERO: Las embarcaciones que a continuación se relacionan podrán realizar las faenas de pesca, manteniendo un nú mero máximo de 4 barcos en la zona de pesca: Barco Folio Plástico 14 VC 3134X Plástico 153 VC 3738X Titán VC 3148X Plástico 29 VC 3138X Plástico 317 VC 3143X María VC 3150X CUARTO: Las esponjas se deberán cortar con un cuchillo de manera que quede parte del animal en el sustrato para la recuperación más rápida de los orga nismos. QUINTO: Responsabilizar a la Direc ción de Regulaciones Pesqueras y Cien cias y a la Oficina Nacional de Inspección Pesquera, con el control del cumplimiento de lo que la presente dispone. DESE CUENTA al Secretario del Co mité Ejecutivo del Consejo de Ministros; al Jefe de la Dirección General de Tropas Guardafronteras del Ministerio del Inte rior; a los ministros de Turismo y de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente; a los presidentes de la Federación Cubana de Pesca Deportiva y el Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recrea ción, respectivamente. COMUNÍQUESE a los viceministros, al Director General de Política Industrial, a la Directora de Regulaciones Pesqueras y Ciencias; a la Presidenta del Grupo Em presarial de la Industria Alimentaria, al Director de la Empresa Pesquera Indus trial de Caibarién, en forma abreviada EPICAI, a los directores de las empresas pesqueras dedicadas a la actividad extrac tiva de la especie; al Director de la Ofici na Nacional de Inspección Pesquera y al Director del Centro de Investigaciones Pesqueras. PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. ARCHÍVESE la presente en la Direc ción Jurídica de este Ministerio. Dada en Playa, La Habana, a los 3 días del mes de junio de 2015. María del Carmen Concepción González Ministra de la Industria Alimentaria