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Reglamento para el establecimiento de los aumentos en los cánones por los servicios que brinda el Centro Nacional de Abastecimiento y Distribución de Alimentos (CENADA)

颁布于 2017-07-17 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
哥斯达黎加
主题
Food and nutrition
关键词
food safety and quality, hygiene/sanitary procedures, internal trade, vending, fees/royalties, processing/handling, authorization/permit

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  1. Programa Integral de Mercadeo Agropecuario REGLAMENTO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LOS AUMENTOS EN LOS CANONES POR LOS SERVICIOS QUE BRINDA EL CENTRO NACIONAL DE ABASTECIMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTOS (CENADA). Consejo Directivo de PIMA Considerando: Primero: El Programa Integral de Mercadeo Agropecuario (PIMA), es una Entidad Pública que pertenece al Sector Agropecuario Costarricense y tiene como objetivo mejorar el mercadeo agropecuario del país. Segundo: El PIMA fue creado como institución el 25 de noviembre de 1977 al amparo de la Ley de la República Nº 6142 la que establece sus funciones y concedió al ejecutivo reglamentación de sus actividades. Tercero: De conformidad con el artículo 5 del Decreto Ejecutivo N° 39785 –MAG publicado mediante Gaceta Número 146, Alcance 133, el día Viernes 29 de Julio del 2016; corresponde a este Consejo Directivo el establecimiento de los reglamentos de funcionamiento operativos, así como el establecimiento de los cánones correspondientes. Cuarto: Que el día 13 de Setiembre del 2016 en el Alcance 181 se publicó el proyecto del presente reglamento sin la existencia de oposición alguna. POR TANTO: Se establece el siguiente: REGLAMENTO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LOS AUMENTOS EN LOS CANONES POR LOS SERVICIOS QUE BRINDA EL CENTRO NACIONAL DE ABASTECIMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTOS (CENADA). ARTÍCULO 1: Del Objetivo: El objetivo del presente protocolo es generar un modelo que establezca las respectivas fórmulas de cálculo para el establecimiento de los diversos cánones en el cobro por parte del PIMA, por la prestación de los servicios públicos que ofrece el CENADA al Sector Agroalimentario Costarricense. ARTÍCULO 2: De los fines: a- Crear un equilibrio económico: El canon debe cubrir los costos económicos en los que incurre el PIMA-CENADA al prestar los servicios para la comercialización. b- Disponer de un Equilibrio Financiero: El CENADA debe generar los flujos de fondos necesarios para asegurar la cobertura de los costos por las operaciones e inversiones que realice, incluyendo los gastos de la gestión administrativa general del PIMA en la medida que le corresponda. c- La búsqueda de la equidad: El canon se basa en un esquema de proporcionalidad respecto al servicio demandado por cada usuario. REGLAMENTOS AGRICULTURA Y GANADERÍA d- Mantenimiento de un modelo: Disponer de un instrumento que regule las relaciones de cánones entre la institución y sus usuarios. e- Nivel de satisfacción: Generar un mayor nivel de satisfacción por parte del usuario en relación con los cánones cobrados. ARTÍCULO 3: Terminología: Modelo de cánones: Es la abstracción y simulación de la realidad económica-financiera en la que se desenvuelve una industria de servicio público, incluyendo formulaciones matemáticas, indicadores y criterios que permitan establecer un precio o canon sostenible por sectores que reciben el servicio. Usuario: Persona física o jurídica que recibe el servicio brindado por un prestador de servicio público Canon: Es el valor cobrado por concepto de utilización de servicios e instalaciones del PIMA- CENADA. CENADA: Centro Nacional de Abastecimiento y Distribución de Alimentos. Bienes y servicios: Los bienes satisfacen alguna necesidad o contribuyen al bienestar de los individuos, poseen un valor y son susceptibles de ser valuados en términos monetarios, pueden ser tangibles o intangibles. Base de canon: Monto invertido por PIMA el cual comprende los costos totales, tanto fijos como variables, de los gastos administrativos y operativos del CENADA y la inversión en bienes duraderos en el periodo programado (sea financiado con recurso propio o financiamiento externo), más la proporción que le corresponda al CENADA para cubrir los gastos de la gestión administrativa general del PIMA; de forma que se garantice la sostenibilidad de los activos y la calidad de los servicios que brinda la Institución. Fijación ordinaria de canones: El Consejo Directivo del PIMA está facultado para la fijación de cánones que contemplan todos los factores de costo e inversión y sostenibilidad o desarrollo de nuevos activos, involucrados en la prestación de los servicios que brinda el PIMA-CENADA, cada vez que lo considere necesario. Modelo: Simplificación de la realidad, utilizando descripciones breves y fórmulas matemáticas. Ingreso Total: La suma de los ingresos obtenidos por la venta de todos los servicios que brinda el PIMA-CENADA. Presupuesto de Gastos: Constituye las estimaciones económicas que se realizan para un año calendario, para cubrir las necesidades Institucionales mediante la ejecución de las actividades planificadas para ese año, de acuerdo a la planificación institucional de corto, mediano y largo plazo. Bienes Duraderos: Se definen como aquellos activos que una vez adquiridos pueden ser utilizados un gran número de veces a lo largo del tiempo, en más de un periodo económico (denominados activos fijos), y que, aunque pueden deteriorarse o consumirse con el tiempo, no se consumen tan rápidamente como los bienes no duraderos. Inversión en Bienes Duraderos: Es el monto económico que se va invertir en bienes duraderos en el periodo económico a aplicar, ya sea mediante financiamiento interno o externo. Sostenibilidad en el Tiempo: Consiste en la forma de compensación del costo operativo y de inversión realizada para brindar el servicio correspondiente. Periodo Económico del PIMA: Año natural (del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año). ARTÍCULO 4: Fórmulas: Para efectos del presente protocolo se aplicarán las siguientes fórmulas: FORMULA DEL GASTO: GTce= GAMOce+ MOAce + IBDce Donde; GTce= Gasto Total CENADA. GAMOce= Gasto Administrativo y Operativo del CENADA más la proporcionalidad que debe cubrir CENADA por los gastos de la gestión administrativa en general del PIMA. MOAce=Mantenimiento Operativo de Activos del CENADA, en el periodo económico correspondiente, según la programación establecida. IBDce=Inversión en Bienes Duraderos (activos fijos) del CENADA en el periodo económico correspondiente, según la programación establecida. FORMULA DEL INGRESO: ITce= ICce+ OIce+ SUPce Donde; ITce= Ingresos Totales del CENADA. ICce= Ingresos por canones de CENADA. OIce= Otros Ingresos de CENADA. Estos comprenden aquellos ingresos por actividades accesorias o secundarias a los servicios principales y cuya estimación se determina por los contratos o normativa propios de cada una de ellas (por ejemplo: remates, sodas, sanitarios, etc.) SUPce= Superávit generado por el CENADA. Consiste en la diferencia positiva que existe entre los ingresos y los gastos al término de un periodo económico. Únicamente se puede utilizar para aplicar a gasto presupuestario de inversión en Bienes Duraderos. FORMULA DEL PESO INDIVIDUAL POR SERVICIO, PARA DETERMINAR EL ICce: ITSce= ICce * % TSce Donde; ITSce=Ingreso por tipo de Servicio. %TSce= Porcentaje del peso individual con que debe contribuir cada tipo de servicio al ingreso total por canones (ICce), establecido dicho peso con base en un análisis del comportamiento histórico (de al menos tres años) de cada componente: Locales, Pisos y Acceso Vehicular del CENADA. El %TSce se fragmenta a su vez para determinar el peso por tipo de componente, a saber:  LOCALES: Esquineros, Medianeros y Sector Pescado. Paso dos de la Fórmula: % Esquineros dentro del %TSce= Total de M² Esquineros /Total M² Locales. % Medianeros dentro del %TSce = Total de M² Medianeros/ Total M² Locales. % Sector Pescado dentro del %TSce = Total M² Sector Pescado /Total M² Locales. Donde; % Esquineros dentro del %TSce = Porcentaje asignado a locales esquineros por el %TSce. % Medianeros dentro del %TSce = Porcentaje asignado a locales medianeros por el %TSce. % Sector Pescado dentro del %TSce = Porcentaje asignado a locales sector pescado por el %TSce. Determinado los porcentaje por cada servicio (esquineros, medianeros y Sector Pescado). Se calcula los ingresos necesarios para cubrir los gastos de los servicios brindados. Paso tres de la Fórmula: ITLE = % Esquineros dentro del %TSce * ITSce -locales. ITLM= % Medianeros dentro del %TSce * ITSce -locales ITLP= % Sector Pescado dentro del %TSce * ITSce-locales Donde; ITLE= Ingreso total por canon de locales Esquineros. ITLM= Ingreso total por canon de locales Medianeros. ITLP= Ingreso total por canon de locales Sector Pescado. Obtenido los ingresos que deber aportar cada componente del servicio “locales”, se calcula el nuevo canon por tipo de local. Paso cuadro de la Fórmula: CLE= (ITLE/ Total M² Locales Esquineros)/ 12 meses CLM= (ITLE/ Total M² Locales Medianeros)/ 12 meses CLP= (ITLP/ Total M² Locales Sector Pescado)/ 12 meses Donde; CLE= Canon por Local Esquinero CLM= Canon por Local Medianeros CLP= Canon por Local Sector Pescado  PISOS: Mensuales, Fijos (Sector Sandía y Papaya) y Diarios. Se deber determinar el ingreso por tipo de servicio por las siguientes fórmulas matemáticas del modelo: Paso cinco de la Fórmula: % Pisos Mensuales dentro del %TSce= Total de M² Mensuales /Total M² Pisos. %Pisos Fijos dentro del %TSce = Total de M² Fijos / Total M² Pisos. % Pisos Diarios dentro del %TSce = Total M² Diarios /Total M² Pisos. Donde; % Pisos Mensuales dentro del %TSce = Porcentaje asignado a Pisos Mensuales por el %TSce. % Pisos Fijos dentro del %TSce = Porcentaje asignado a Pisos Fijos por el %TSce. % Pisos Diarios dentro del %TSce = Porcentaje asignado a Pisos Diarios por el %TSce. Determinado el porcentaje por cada servicio de Piso (Mensuales, Fijos y Diarios), se calcula los ingresos necesarios para cubrir los gastos de los servicios brindados. Paso seis de la Fórmula: ITPM = %Pisos Mensuales dentro del %ITSce * ITSce -Pisos ITPF= %Pisos Fijos dentro del %TSce * ITSce –Pisos ITPD= % Pisos Diarios del %TSce * ITSce-Pisos Donde; ITPM= Ingreso total por canon de Pisos Mensuales ITPF= Ingreso total por canon de Pisos Fijos ITPD= Ingreso total por canon de Pisos Diarios Obtenido los ingresos que deber aportar cada componente del servicio “Pisos”, se calcula el nuevo canon por tipo de Piso. Paso siete de la Fórmula. CPM= (ITPM/ Total de Pisos Mensuales)/ 12 meses. CPF= (ITPF/ Total M² de Pisos Fijos)/ 12 meses. CPD= (ITPD/ Total Pisos Diarios)/ 12 meses/12 Plazas por mes. Donde: CPM= Canon por Pisos Mensuales CPF= Canon por Pisos Fijos (Sector Sandia y Papaya) CPD= Canon por Pisos Diarios  ACCESO VEHICULAR El canon por hora de comercialización vehicular (sea por hora, mensual o cualquier otro modalidad de cobro que establezca la institución) será establecido de acuerdo con el promedio de la cantidad de vehículos que ingresaron en los últimos 3 años, en relación con su promedio de tiempo necesario para la comercialización y el %TSce. FORMULA DEL EQUILIBRIO PRESUPUESTARIO: GTce =ITce ARTÍCULO 5: Consideraciones para la aplicación del Modelo: Al aplicar este modelo se tomará en cuenta lo siguiente: a- En el caso del acceso vehicular, el vehículo pesado pagará un canon mayor al vehículo liviano por cuanto su capacidad de carga para la comercialización es significativamente mayor que el liviano. b- Al calcular el monto individual de los canones, si el resultado económico fuera igual o inferior al monto último establecido se mantendrán los últimos canones establecidos. Lo anterior para no poner en riesgo la estabilidad patrimonial de la institución. c- El incremento a los cánones por los servicios que brinda CENADA debe ser el necesario para que compense el incremento en los precios de los insumos, el mantenimiento, mejoramiento y reposición de la infraestructura y la adquisición de bienes duraderos, de manera que la actividad de CENADA sea auto sostenible y se mantenga la calidad de los servicios que se brindan. d- Desde la perspectiva del usuario, el canon debe ser entendido como una inversión para garantizar la sostenibilidad futura de los servicios brindados por el PIMA CENADA. Desde la perspectiva del Consejo Directivo del PIMA debe ser visto como un instrumento que potencie el crecimiento y el mejoramiento de la calidad de los servicios y la propia auto sostenibilidad de la institución. e- Ampliación de la capacidad productiva o de servicios: con el propósito de hacerle frente a los incrementos en la demanda futura por el servicio y tomando en cuenta las características de esos servicios públicos, en los cuales las inversiones difícilmente pueden ser fraccionadas, el ampliar la capacidad para la prestación de tales servicios conlleva aumentos, dado el aumento en la inversión realizada, como en los gastos de depreciación correspondientes. El financiamiento de tales aumentos hace necesario un incremento en los respectivos cánones. f- El CENADA deberá cubrir los costos de la gestión administrativa general en que debe incurrir el PIMA, restando del monto de dicha cobertura la parte que le corresponde cubrir a REFRINA. g- Cada vez que se realice un ajuste en los canones de cada componente se efectuará un estudio técnico sobre los porcentajes del peso individual con que debe contribuir cada tipo de servicio al ingreso total por los canones de CENADA, para lo cual se analizará el comportamiento histórico de al menos los últimos tres años. ARTÍCULO 6: Facultad discrecional: Si una vez calculados los cánones para los servicios del PIMA con base en las fórmulas expuestas en los artículos anteriores, el Consejo Directivo mediante acto discrecional y debidamente motivado, bajo criterios de oportunidad y razonabilidad y por fines públicos, podrá eventualmente establecer un aumento menor al que expresa la fórmula, de acuerdo a la necesidad propia del momento. Rige a partir de su publicación. Roy Francisco Chaves Araya Proveeduría PIMA 1 vez.—( IN2017149030 ).

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