Reglamento general del Fondo de Préstamos a Productores
颁布于 2007-03-13 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Caribbean Community (CARICOM)
- 国家
- 哥斯达黎加
- 主题
- Cultivated plants
- 关键词
- plant production, fruits/edible nuts, special fund, legal proceedings/administrative proceedings
- 类别
- agriculture
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Pag40 La Gaceta N° 113 - Miercoles 13 de junio del 2007 CORPORACION BANANERA NACIONAL REGLAMENTO GENERAL DEL FONDO DE PRESTAMOS A PRODUCTORES CAPITULO I De los principios y politicas en materia de credito Articulo IO-Objetivos. Este Reglamento regula el otorgamiento de credito del Fondo de Prestamos a Productores creado por Corbana S. A, con el fin de que este procure dar las mejores y mas rentables condiciones al proceso productivo, aumentar la producci6n y la productividad bananera, en aras de aumentar la exportaci6n de esa fruta, Articulo 2°-Politicas de credito. Corresponde a la Junta Directiva dictar las politicas generales de la Instituci6n en materia de credito, las cuales son de obligado acatamiento para todos los funcionarios de la organizaci6n y se encuentran dirigidas a apoyar y a contribuir al desarrollo del sector bananero. Articulo 3°-Actividad crediticia. El ejercicio responsable de la actividad crediticia de Corbana S. A corresponde al Comite de Credito creado para este fin, en los terminos, condiciones, limites y limitaciones establecidas por los Estatutos de Corbana S. A y el presente Reglamento. Articulo 4°-Criterios eticos. Corbana S. A, ademas de considerar indicadores financieros y econ6micos, al momenta de aprobar los creditos tornara en cuenta tambien factores de eficiencia administrativa y habilidad gerencial, asi como el record crediticio del solicitante ante Corbana S. A, de manera que la aprobaci6n de los mismos sera total y absolutamente discrecional para la Instituci6n, apegada su decisi6n a los mas altos criterios de la etica, profesionalismo y equidad. CAPITULOll Del otorgamiento de creditos en general Articulo 5°-Responsabilidad. Los niveles de aprobaci6n autorizados por este Reglamento para ejercer la actividad crediticia son responsables de sus actuaciones y al resolver sobre asuntos de su competencia, estan obligados a observar en su ejecuci6n las disposiciones de este de previo a recomendar, aprobar 0 autorizar un credito, un desembolso 0 un sobregiro en relaci6n con los creditos aprobados. La Gaceta N° 113 - Miercoles 13 de junio del 2007 Pag41 Articulo 6°-Aprobacion y otargamiento de creditos, Para efectos de la aprobacion y otargamiento de creditos par parte de Carbana S. A., se establecen los siguientes niveles de aprobacion: Primer nivel: Comite de credito Segundo nivel: Gerencia Tercer nivel: Subgerencia General Niveles de aprobacion A. Comite de credito l. Miembros: EI Comite de Credito, sera un organa colegiado, eminentemente tecnico, que sera integrado par el Gerente quien 10presidira, el Subgerente General y tres funcionarios de Carbana S. A. designados par la Junta Directiva, quienes seran titulares, que a su vez tendran suplentes tambien designados par la Junta Directiva de Carbana S. A. Aquellos funcionarios que sustituyan reglamentariamente y temparalmente a los titulares, tendran las atribuciones y facultades que estan dadas a los sustituidos. Tambien el Gerente General nombrara un secretario de aetas, cuya unica funcion sera levantar la minuta de las reuniones con sus respectivas resoluciones. 2. Funcionarios invitados: A las sesiones del Comite de Credito podran asistir los Oficiales de Credito encargados del estudio y documentacion de cada credito que se analice, asi como cualquier otro funcionario de Carbana S. A. que la Gerencia General 0 la Subgerencia General consideren oportuno. Estos funcionarios participaran con voz pero sin voto. 3. Organizaci6n interna: La Subgerencia General sera la responsable de coardinar las reuniones del Comite de Credito; no obstante, quien presidira sera el Gerente General y en ausencia de este la Subgerencia General. 4. Funciones: EI Comite de Credito tcndra como funcion analizar, aprobar 0 denegar con base en los informes tecnicos de los departamentos encargados, las solicitudes relativas a prestamos directos, lineas de credito, readecuaciones, prorrogas o modificaciones, sustitucion de garantias y, en general, todo 10 concerniente a las operaciones de naturaleza crediticia que se presenten a la Corporacion Bananera Nacional S. A., salvo las de competencia de la Gerencia General y de la Subgerencia General. Asimismo, tendra la facultad de aprobar 0 denegar readecuaciones, prorrogas 0 modificaciones, sustitucion de garantias y, en general, todo 10 concerniente a arreglos en las operaciones crediticias activas, de acuerdo a las regulaciones establecidas para la Concesion de Arreglo de Operaciones de Credito estipuladas en el Capitulo VI del presente Reglamento. 5. Aprobaci6n: Los creditos deberan ser aprobados par unanimidad en aquellos casos en que el Comite de Credito este confarmado par tres miembros y par mayoria simple en el resto de los casos. En caso de empate el Presidente del Comite de Credito podra ejercer doble voto. Las decisiones de este Comite se consideraran de caracter tecnico y no podran ser revisadas, modificadas 0 revocadas par ningun otro organo, con excepcion de la Junta Directiva. En caso de desaprobacion de un credito, el interesado, al ser notificado de la decision, podra interponer un recurso de revocataria ante el Comite de Credito en un termino maximo de diez dias habiles siguientes al comunicado. De persistir el criterio adoptado par el Comite de Credito, debera pasar a conocimiento de la Junta Directiva de Carbana S. A. 6. Reuniones: Los miembros del Comite se reuniran cuando se considere necesario para la resolucion de una solicitud de credito o para atender temas de su competencia. 7. Aetas: De cada sesion que se celebre se levantara una acta que contendra la fecha y lugar en que se lIeva a cabo, se consignara el numero de asistentes haciendo constar si los acuerdos han sido tornados par unanimidad 0 par mayoria, consignando literalmente los votos salvados y las razones de los mismos, si asi 10 piden los interesados. Toda acta debera ser firmada par el Presidente del Comite de Credito 0 quien en su momenta realice este funcion, y par el Secretario de Aetas, La Secretaria de la Seccion de Credito e Incentivos de Carbana, S. A., fungira como Secretaria del Comite de Credito. En su ausencia y ante situaciones especiales, el Comite de Credito podra designar otro funcionario en dicho cargo. 8. Reporte: De las operaciones de credito aprobadas e improbadas par el Comite de Credito, la Subgerencia General, elaborara un reporte que elevara a conocimiento de la Junta Directiva, mismo que debe ir acompafiado de un informe de la Auditoria Interna sobre si se cumplio con las disposiciones del presente Reglamento y procedimientos atinentes a credito, de modo que no se incumpla ninguna norma en contra de los intereses de Carbana S. A. par parte del Comite de Credito. 9. Comunicaci6n de acuerdos: Los acuerdos tornados par el Comite de Credito sobre la aprobacion 0 denegacion de creditos se comunicaran a los interesados una vez que los reportes de operaciones de credito junto con el infarme de Auditaria Interna sean conocidos par la Junta Directiva de Carbana S. A. 10. Quorum: Se requerira la participacion minima de tres de los cinco miembros del Comite, dentro de los cuales necesariamente debera estar el Gerente General 0 el Subgerente General. En caso de ausencia del Gerente General, la Subgerencia General asumira la Presidencia. II. Limite de aprobaci6n: A. Comite de credito, Sin limite, excepto par 10establecido al respecto par el articulo 39 de este Reglamento. B. Gerencia general I. Limite de aprobacion: EI Gerente General esta autorizado para otargar creditos bajo los siguientes parametros: a) Proyectos entre I y 200 ha. en produccion: $50,000.00. b) Proyectos de mas de 200 ha. en produccion: $75,000.00. 2. Facultad: EI Gerente General esta facultado para aprobar prestamos hasta par las sumas arriba indicadas 0 su equivalente en colones, como monto maximo par productar, de acuerdo con las disposiciones del presente Reglamento. C. Subgerencia general l. Limite de aprobacion: La Subgerencia General esta autarizada para otargar creditos bajo los siguientes parametros: a) Proyectos entre I y 200 ha. en produccion: $25.000,00. b) Proyectos de mas de 200 ha. en produccion: $37.500,00. 2. Facultad: La Subgerencia General esta facultado para aprobar prestamos hasta par las sumas arriba indicadas 0 su equivalente en colones, como monto maximo par productar, de acuerdo con las disposiciones del presente Reglamento. D. Otras disposiciones. La Gerencia General y la Subgerencia General podran aprobar tantos creditos par productar como los que permitan los limites establecidos en los puntos B y C anteriares. Para estos efectos los creditos de aguinaldo se excluyen de esta limitacion. Creditos par sumas mayares a los limites indicados debcran elevarse ala instancia inmediata superiar que es el Comite de Credito. La Subgerencia General esta facultada para que en casos calificados, pueda conceder plazos y periodos de gracia especiales, con el fin de brindar el apoyo necesario al sector bananero nacional ante la crisis que se ha venido presentando. CAPITULO III De las normas de acceso al credito Articulo 7°-Sujetos de credito. Los productares bananeros podran ser sujetos de credito cuando cumplan con los requisitos del presente Reglamento. En el analisis respectivo se tornaran en cuenta, las condiciones actuales y proyecciones financieras y agronomicas del proyecto, las garantias ofrecidas y la disponibilidad de recursos. Articulo 8°-Presentaci6n de la solicitud. Las solicitudes de credito deberan presentarse par escrito con la documentacion completa que se establece en el articulo 9 de este Reglamento. Corbana, S. A. no aceptara para su tramite solicitudes con requisitos incompletos. Articulo 9°-Requisitos. I. Para el Analisis de Credito: Para iniciar el estudio de una solicitud de credito se requerira que el productar este atendiendo regularmente los compromisos y obligaciones con Carbana S. A. Asimismo, debora presentar la siguiente informacion: l.l. De orden general: a) Certificacion de la existencia de la compafiia indicando configuracion de capital social, personeria juridica y constitucion de Junta Directiva con poderes y limitaciones, asi como el objeto social, con un maximo de tres meses de vigencia, la cual debera ser verificada par la Seccion Legal de Carbana S. A. previo a la formalizacion del credito otargado. Si los socios fueran personas juridicas y los socios de estas sucesivamente tambien, se debcran presentar certificaciones de todas las personas juridicas, hasta identificar a las personas fisicas que dan origen a las personas juridicas creadas sucesivamente a partir de elias, hasta lIegar a la solicitante de los beneficios. b) En el caso de fianzas par parte de empresas juridicas, debcra presentarse una certificacion de la existencia de la cornpafiia indicando la configuracion del capital social, personeria juridica, objeto social y estableciendo la facultad legal para otargar garantia en favor de un tercero, con un maximo de tres meses de vigencia, la cual debora ser verificada par la Seccion Legal de Carbana S. A., de previo ala formalizacion del credito otargado. c) Copia de la cedulajuridica de la empresa y del representante legal designado que par su cuenta y nombre formalizara el credito, d) Descripcion de garantias: Deberan describirse con todo detalle las garantias hipotecarias, prendarias 0 fiduciarias. Cuando se ofrezcan garantias reales deben indicarse las citas de inscripcion de los respectivos bienes y en el caso de garantias hipotecarias debera adjuntarse el original del plano catastrado 0 una copia certificada de la propiedad dada en garantia. Pag42 La Gaceta N° 113 - Miercoles 13 de junio del 2007 En aquel caso en el que el rango de endeudamiento total no este en concordancia con el rango de endeudamiento con Corbana S. A., prevalecera para la prescntacion de requisitos 10 solicitado de acuerdo al nivel de endeudamiento total. En casos calificados y de endeudamiento superior de $12.000,00/ ha. sera criterio del Comite de Credito el requerimiento de los estados financieros auditados, dejando sin efecto 10estipulado en el articulo N° 9, apartado 1.2., inciso b). EI analisis de la solicitud de credito se iniciara con los requisitos completos por parte del productor, considerando la Ley 8220, sin perjuicio de que en el transcurso del analisis Corbana S. A. pueda solicitar informacion adicional para la resolucion del credito. Corbana S. A. dispondra de hasta cinco dias habiles a partir de la recepcion de la solicitud y sus requisitos, para verificar la correcta presentacion de los mismos y solicitar al productor la correccion respectiva. Una vez presentados la totalidad de los requisitos formales, Corbana S. A. rcsolvera a la mayor brevedad posible la solicitud, sin perjuicio de que durante el proceso de analisis se requiera de informacion adicional, siendo responsables el analista y el solicitante de revisar y presentar oportunamente toda la informacion necesaria para la correcta finalizacion del analisis a la mayor brevedad posible, de manera que Corbana S. A. pueda resolver la aprobacion 0 no aprobacion del credito en un plazo no mayor de 30 dias habiles, contados a partir de la recepcion completa de toda la informacion. e) Contrato de cornercializacion. f) Carta de la empresa que comercialice 0 compre la fruta de la solicitante, en la cual se exprese que aquella esta de acuerdo en hacer una retcncion por caja y girarla a Corbana S. A. para atender el servicio de la deuda que se contraiga. 1.2. De orden financiero: a) Plan de inversion del destino de los recursos, debidamente estructurado, el cual no podra contemplar el pago de Cuota Obrera. b) Estados financieros de los ultimos dos periodos fiscales. Debiendo estar auditado el correspondiente al ultimo periodo. Si no se tuvieran auditados, se presentaran sin este requisito, bajo la condicion de presentar el ultimo periodo fiscal auditado en un plazo posterior no mayor a los seis meses, sin que ella haga que la documentacion a presentar se considere incompleta. c) Estados financieros actualizados (internos), a 10 sumo con cuatro periodos de antiguedad, firmados por el contador y representante legal de la empresa. En la prescntacion de este requisito sera aplicable la disposicion establecida en el punto b) anterior, cuando por razones de cierre contable de periodo fiscal no se cuenta con el Estado Financiero del periodo completo, sin que ella haga que la documentacion presentada se considere desactualizada 0 incompleta para la elaboracion de un analisis crediticio. d) Flujo de caja, en el cual la estimacion de ventas de la empresa por el plazo del credito este basado en variables como: racimos embolsados, racimos cortados, racimos rechazados, ratio y cajas exportadas por calidades, la estimacion de produccion debe estar fundamentada en el potencial de productividad de la unidad productiva. e) Declaracionjurada de deudas realizada ante notario publico por la persona fisica 0 representante de la respectiva persona juridica, en la cual se debera de expresar todas las deudas que tenga la solicitante con bancos, C.C.S.S. y otras instituciones publicas, proveedores y otros sujetos, incluyendo el nombre 0 razon social del acreedor, el numero de operacion, la fecha de constitucion, plazo, monto original, saldo y estado actual, tipo de interes, forma de pago, los intereses acumulados por pagar si los hubiere y el vencimiento. La informacion financiera que se debe presentar dependera del endeudamiento total y del endeudamiento particular con Corbana S. A. (incluyendo el monto solicitado), segun el siguiente detalle: Menos de $9.000,00iha. Menos de $1.000,001ha. Endeudamiento TotalPfHA. Mis de $9.000,00iha. Hasta $12.000,001ha. Mis de $12.000,001ha. Endeudamiento Corbana S. A.fHA. Mis de $1.000,00 basta $1.500,00iha. Mis de $1.500,001ha. Informacion Necesaria Declaracion Jurada de deudas Flujo de caja Estados financieros corrientes y lID corte reciente Declaracion Jurada de deudas, Flujo de caja Estados financieros de dos periodos certificados y lID corte reciente Declaracion Jurada de deudas Flujo de Caja Estados Financieros auditados y lID corte reciente En el caso de que la informacion adicional solicitada no se presente en los 15 dias naturales siguientes a la solicitud, y si la falta de la misma imposibilita el analisis del credito requerido, a juicio de la Jefatura de Credito, la solicitud sera archivada. EI archivo de una solicitud de credito en ninguna forma niega la opcion al productor de volver a presentar otra(s) solicitud (es), con el mismo objetivo u otro diferente. Las solicitudes de credito deberan presentarse ante Corbana S. A. teniendo presente que al ser los recursos limitados los creditos se otorgaran, siempre y cuando Corbana cuente con disponibilidad de recursos para este fin, y conforme al principio de que quien es primero en tiempo es primero en derecho, siempre y cuando se haya presentado toda la documentacion completa. 2. Para la Cormalizaci6n: Una vez aprobado el credito debera aportarse: a) Fotocopia de la cedula de los fiadores 0 avalistas. b) En el caso de garantias hipotecarias, la certificacion de estar al dia en el pago del impuesto a los bienes inmuebles, servicios municipales e impuesto territorial; en el caso de garantias prendarias la emision de las polizas de seguro que apliquen. En caso de existir embargos 0 anotaciones deberan presentarse los levantamientos correspondientes. c) Cualquier otro requisito que a juicio de la Seccion Legal de Corbana S. A. sea necesario para la debida formalizacion del credito, d) Al momenta de formalizar los creditos los beneficiarios debe ran comprometerse a presentar sus estados financieros en la periodicidad que Corbana S. A. establezca en las condiciones del credito, asi como consentir y aceptar todas y cada una de las disposiciones del presente Reglamento. e) Una vez aprobado el credito Corbana S. A. y el productor dispondran de un maximo de 30 dias habiles para la formalizacion, transcurrido este plazo la solicitud se archivara, salvo que exista causa de fuerza mayor 0 situaciones especiales que justifique prorrogar el plazo, para 10cual debora contarse con la aprobacion del organa que aprobo el credito. Articulo 1O.-AnaIisis de credito, Todo analisis de credito debora reunir la siguiente informacion: datos generales del cliente, antecedentes, fuente de comercializacion, situacion agronomica, analisis financiero, analisis del plan de inversion propuesto y de las garantias (muebles 0 inmuebles y/o fianzas) flujo de caja, historial crediticio con Corbana S. A., concentracion de cartera, conclusiones, recomendaciones y cualquier otra informacion que se considere pertinente de ser conocida por el nivel de aprobacion que corresponda en cada caso, salvo en el caso de aguinaldos, donde privaran las disposiciones especificas para esta linea. Ademas, el informe debera contener informacion precisa de si la empresa se encuentra en quiebra tecnica 0 no, para 10cual se brindara un plazo de seis meses para corregir tal situacion, plazo que sera prorrogable por el organa que aprobo el credito. Las condiciones generales de los creditos, asi como 10 referente a requisitos basicos, plazos maximos, tasa de interes, seran establecidos por la Junta Directiva de Corbana S. A. Las condiciones especificas de los creditos, en cada caso concreto, seran establecidas por el Comite de Credito, de acuerdo con los lineamientos generales que al respecto fije la Junta Directiva, tal y como ella se contempla en el parrafo anterior. EI analisis de credito debera contemplar antecedentes previos del solicitante, estando facultado el Comite de Credito para denegar un credito en aquellos casos en que estos evidencien riesgo para Corbana S. A. Articulo n.-Topes de credito, EI monto de credito que a cada productor se Ie puede otorgar sera determinado con base en sus necesidades de recursos, considerando su nivel de endeudamiento, capacidad de pago, concentracion de cartera y las garantias ofrecidas. Articulo 12.-Giro de Condos y justificaci6n de desembolsos. Una vez aprobado y formalizado el credito se iniciara el giro de los recursos, de acuerdo al plan definido de desembolsos y a la disponibilidad de fondos, Previo a cualquier desembolso sobre un credito aprobado sera responsabilidad del analista de credito verificar: a) Que se hubieren constituido y otorgado por quienes deben y pueden hacerlo las garantias reales 0 fiduciarias exigidas para la concesion del credito, b) Que se esten atendiendo regularmente sus compromisos y obligaciones con Corbana S. A. c) Que se hubiese cancelado 0 autorizado (en forma escrita) por parte del productor las deducciones por gastos legales (timbres y honorarios). Cuando se trate de creditos por desembolsos, el primero de ellos podra ser efectuado mediante adelanto, no excediendo e120% del monto total del credito aprobado en los casos que se tenga 0 se pueda anotar la escritura publica y reste la inscripcion completa por falta de pago de impuestos municipales y/o territoriales, constituycndosc el mismo en un fondo revolutivo. Los desembolsos subsiguientes se cfectuaran contra prescntacion de comprobantes originales justificando el monto previamente desembolsado. En caso de que no se de la justificacion total, se girara solo el monto justificado. Cada prestatario estara en la obligacion de presentar, conforme al giro de recursos, los comprobantes respectivos, como son planillas, planillas de la C.C.S.S., distribucion de nomina, boletas de pago, boletas de liquidacion, copias de cheques comprobantes, facturas, recibos y cualesquiera otros de aceptacion La Gaceta N° 113 - Miercoles 13 de junio del 2007 Pag43 contable legal que justifiquen las erogaciones que deberan estar comprendidas en los presupuestos. Cuando no existan documentos se girara contra avance de obras, de acuerdo al plan de inversi6n y previa verificaci6n de campo. Respecto al plazo maximo para el desembolso total de un credito formalizado, el beneficiario contara con sesenta dias naturales para accesar los recursos a partir de la fecha de la formalizaci6n, 0 a partir de la ultima fecha programada en el cronograma de giros en el plan de inversi6n. La Jefatura de Credito sera la responsable de ordenar y proceder a la inmediata suspensi6n de los desembolsos en tramite sobre cualquier credito, cuya ejecuci6n se considere inconveniente 0 perjudicial para los intereses de Corbana S. A y cuando, en cualquier tiempo se obtengan informes fidedignos de que un productor omiti6 informaci6n o consign6 datos incorrectos en la informacion financiera, comprometi6 sus garantias 0 son falsas, iliquidas 0 son producto de maniobras, ardides 0 artificios con animo defraudatorio y cuando se conozca de acciones 0 posibles acciones por quiebra, insolvencia, desvio de fondos, intervenci6n por administraci6n judicial y/o cobro judicial de otro departamento de Corbana S. A De 10 anterior, la Jefatura de Credito, informara a la Gerencia General y al Comite de Credito para que se tomen las medidas administrativas y legales que correspondan. Articulo 13.-Creditos provisionales u operaciones puente. Las operaciones puente 0 provisionales deben ser de caracter excepcional. Unicamente podran otorgarse cuando existan creditos debidamente aprobados que presenten problemas salvables para su formalizacion y se justifique plenamente el credito provisional. Un credito puente debcra ser autorizado por el 6rgano resolutivo que aprob6 el credito principal y ser considerado en el estudio de la solicitud original cuando sea previsible. Articulo 14.-Fonna y aplicacion de pagos. EI monto de los pagos peri6dicos para el servicio de la deuda se establecera tomando en cuenta las posibilidades reales del prestatario. Corbana S. A cstablccera la forma de pago, la cual podra ser mediante una retenci6n irrevocable estimada sobre las cajas exportadas, sujeta a revisiones semestrales y establecida en el documento que respalde el credito y cuyo mecanismo de pago se hara avalar y aceptar por las respectivas empresas comercializadoras y/o la instituci6n financiera, a la cual se Ie haya realizado la cesi6n de los beneficios econ6micos del contrato de venta de fruta, en ese mismo documento a efecto de que las mismas garanticen el giro directamente a Corbana S. A de los montos correspondientes. Por 10 anterior el productor que solicite un credito debera realizar las gestiones necesarias ante su cornpafiia comercializadora 0 el banco que negocie las divisas 0 administre los ingresos de las compafiias para que realice la retenci6n a favor de Corbana S. A y asi demostrarlo ante esta Instituci6n, de previo a la formalizaci6n y desembolso de los recursos. Cuando la comercializaci6n de la fruta se haya pactada en el exterior por intermedio de otra empresa, el Comite podra requerir que la retenci6n por caja la haga la empresa que finalmente comercializara la fruta, ajena totalmente ala productora 0 sus socios y, para 10cual, se hara comparecer a quien corresponda, a la firma del respectivo documento de credito, para que se garantice a Corbana S. A el giro directo de los montos que correspondan retener por caja exportada. En casos calificados, a criterio de la autoridad que aprueba el credito, podra convenirse otra forma de pago y de formalizaci6n. Existira la posibilidad de que el productor realice abonos extraordinarios con el fin de pagar en menor plazo el credito concedido, caso en el cual no correra el interes en el plazo adelantado. Los recursos que se reciban para el servicio de la deuda seran aplicados en su orden, primero a intereses y, el remanente, si 10 hubiere, para amortizar el principal. En el caso de que el pago sea realizado por un fiador solidario, se podra hacer pago especifico a una operaci6n, aunque para el deudor medien intereses y otras obligaciones pendientes, debiendo indicarse claramente quien efectu6 el pago. Cuando la operaci6n se encuentra en estado de cobro judicial (estando la demanda legal presentada), no se recibira pago alguno del deudor 0 a su nombre, sin la previa autorizaci6n de la Secci6n Legal. Articulo 15.-De los intereses y otros costos a) Calculo de intereses. Para el calculo de intereses se considerara el afio calendario de 365 dias, calculando los intereses sobre saldos a la fecha de la aplicaci6n. b) Tasa de interes corriente. Las tasas de interes se ajustaran en forma automatica trimestralmente a partir de la fecha de formalizaci6n de cada credito, siendo las siguientes: I. En d61ares la tasa sera la labor a seis meses mas dos puntos porcentuales, 0 10que defina la Junta Directiva de Corbana S. A 2. En colones sera igual a la tasa basica pasiva calculada por el Banco Central de Costa Rica. Las politicas sobre tasas de interes seran revisables semestralmente por la Junta Directiva de Corbana S. A La tasa de interes para prestamos del Fondo de Prestamos a Productores con recursos obtenidos por Corbana S.A de terceros, sera igual al costa de los mismos mas un punto porcentual cuando se trate de colones y medio punto porcentual cuando se trate de d6lares. c) Tasa de interes moratorio. La tasa moratoria sera la tasa corriente mas un punto porcentual, salvo en el caso en que los recursos prestados sean de origen externo, caso en el cualla tasa moratoria sera igual a la que tenga en obligaci6n Corbana S. A Procede el cobro de interes moratorio cuando se de el vencimiento del plazo de la operaci6n, 0 bien por motivo particular se de por vencida una operaci6n. En los casos anteriormente sefialados, no correran intereses moratorios si el productor antes del vencimiento present6 solicitud de pr6rroga 0 readecuaci6n, para 10 cual dispondra un maximo de 15 dias habiles para presentar los requisitos necesarios y suficientes para el analisis requerido. Si la solicitud de pr6rroga 0 readecuaci6n se presenta posterior a la fecha de vencimiento de la operaci6n 0 el pago de la cuota, los intereses moratorios correran hasta la fecha de presentaci6n de la solicitud, disponiendo igualmente de 15 dias habiles, sin interes moratorio, para la presentaci6n de requisitos. Si transcurrido este tiempo no se ha completado la informacion requerida correran los intereses moratorios hasta que se presente la documentaci6n necesaria y suficiente a satisfacci6n de Corbana S.A d) Intereses por cheques rechazados. En casos de cheques devueltos el productor debera pagar a Corbana S.Alatarifa que esta tengadefinida para estas situaciones y el interes moratorio correspondiente. CAPITULO IV Tipos de credito Articulo 16.-Credito de inversion. En esta modalidad los productores podran solicitar recursos para obras de infraestructura y equipo necesario para la explotaci6n del Proyecto. EI productor debora adjuntar a la solicitud de credito el plan de inversi6n, en el cual se describa el presupuesto detail ado por partidas, el monto y lajustificaci6n de la compra del equipo 0 la construcci6n de obras. Si el giro de los fondos se solicita en partidas debe incluirse un cronograma de desembolsos. Para esta modalidad de credito se establece un plazo maximo de hasta 10 (diez) afios. Articulo 17.-Credito para capital de trabajo. Los productores cuyos proyectos se encuentran en la fase de producci6n podran solicitar credito para capital de trabajo. EI objetivo de esta modalidad de financiamiento sera proveer recursos al productor para atender necesidades diversas 0 resolver problemas de liquidez temporal. Los creditos para capital de trabajo podran ser otorgados a corto plazo (l afio), mediano plazo (3 afios) y largo plazo (5 afios), siendo el destino de los recursos y los resultados del flujo de caja las variables determinantes para la definici6n del plazo a otorgar. Ademas de los requisitos que se han sefialado en los numerales anteriores, el productor debera adjuntar a la solicitud los documentos probatorios de los compromisos pendientes de pago (facturas, 6rdenes de compra, etc.) y/o un detalle de las necesidades que seran cubiertas con el credito, dependiendo del destino de los recursos solicitados los pagos podran ser realizados por Corbana S. A directamente a los acreedores del solicitante. Articulo 18.-Credito back to back. EI Gerente General podra aprobar operaciones de credito sin limite de suma cuando medien garantias, por una suma igual a su valor de mercado, con titulos valores del Sistema Bancario Estatal. Cuando medien titulos de Bancos Privados de primer orden sera el Comite de Credito el 6rgano autorizado para aprobar los creditos sin limite de suma. Para obtener el valor de mercado citado, Corbana S.A debera recurrir a los mecanismos autorizados por la Boisa Nacional de Valores. Articulo 19.-Lineas de credito revolutivo. a) Linea de Credito aprobada por el Comite de Credito: Se podran conceder lineas de credito revolutivo para capital de trabajo a un afio plazo con renovaciones anuales hasta completar un maximo de cinco afios, Debcran ser respaldadas con garantia real y con el fianza solidaria del 100% de los socios de la empresa 0 de un tercero con solvencia suficiente por el monto total de la linea de credito, Cuando haya un conflicto de interes entre el acreedor y el deudor 0 entre el deudor y sus fiadores, podra acudirse a la fianza de otras empresas relacionadas por participaciones reciprocas, por participaci6n de una en otra, 0 por ser propiedad mayoritaria de una misma tercera empresa, 0 una tercera firma que no tenga ligamen directo con la empresa deudora, siempre y cuando sus calidades, en cuanto a capacidad de pago, sean aceptables. Las lineas seran sujetas a renovaci6n automaticamente en forma anual siempre y cuando ninguna de las partes se oponga, para 10 cual se cuenta con 60 dias naturales para tal efecto, La renovaci6n sera efectiva previo analisis de los estados financieros y del comportamiento crediticio con Corbana S. A; asimismo, se debora estar atendiendo regularmente el pago de todas las obligaciones con la instituci6n para hacer efectiva la renovaci6n. EI plazo maximo para cada desembolso sera de un afio y no se podra hacer ningun desembolso con cargo a esta linea, si los desembolsos previos no se encuentran atendidos en forma regular en el pago del principal e intereses. Cada desembolso sera formalizado mediante pagare, independientemente de que sobre la linea total se hayan otorgado garantias reales. Para mantener los desembolsos sobre la linea, sera requisito indispensable que el deudor aporte los estados financieros administrativos semestralmente y estados financieros auditados anualmente y que se cuente con disponibilidad de recursos. Pag44 La Gaceta N° 113 - Miercoles 13 de junio del 2007 b) Linea de credito aprobada por la Gerencia General. La Gerencia General podra conceder lineas de credito revolutivas hasta por el limite de monto definido a su autoridad, bajo las siguientes condiciones: Garantia fiduciaria del 100% de los socios, si el solicitante presenta un endeudamiento menor 0 igual a los $12.000,00/ha.; endeudamientos mayores requieren garantia real. Cuando haya un contlicto de interes entre el acreedor y el deudor 0 entre el deudor y sus fiadores, podra acudirse ala fianza de otras empresas relacionadas por participaciones reciprocas, por participaci6n de una en otra, 0 por ser propiedad mayoritaria de una misma tercera empresa, 0 una tercera firma que no tenga ligamen directo con la empresa deudora, siempre y cuando sus calidades, en cuanto a capacidad de pago, sean aceptables. Excelente record crediticio del solicitante. Con renovaci6n automatica en forma anual, si ninguna de las partes se opone, previo analisis de los estados financieros, por un maximo de dos afios, EI plazo maximo de los desembolsos es de 6 meses. En 10 referente a condiciones y requisitos adicionales se aplicara 10dispuesto en el apartado a) inmediato anterior. Articulo 20.---Credito de aguinaldo. Los creditos de aguinaldo pertenecen a una linea unica e independiente de los creditos restantes establecidos en Corbana S. A. Las normas generales para el otorgamiento de creditos para el pago de aguinaldos son: a) Del total que conforma la linea de credito se debera otorgar una distribuci6n equitativa entre los productores, a traves de un monto por hectare a, con un limite maximo determinado por la planilla de cada empresa. b) EI Gerente General tendra atribuciones para la aprobaci6n de los creditos de esta naturaleza, sin limite de cuantia. c) En ausencia del Gerente General, la Subgerencia General tendra autoridad para la aprobaci6n de los creditos de esta naturaleza. d) Requisitos: De orden general I. EI productor solicitante debera estar al dia en el pago de las operaciones concedidas por concepto de aguinaldo del afio anterior. 2. Carta de anuencia de la comercializadora 0 del ente recaudador de proceder con la retenci6n que se establezca como medio de pago. De Informacion I. Estados financieros actualizados, con un maximo de cuatro periodos de atraso. 2. Presentaci6n de las planillas y boletas de pago del ultimo periodo. 3. Constituci6n de capital con vista en el libro de accionistas y personeriajuridica actualizada no mayor a tres meses. 4. Confirmaci6n de areas en producci6n. e) Formalizaci6n, garantia y forma de pago: l. Fonnalizaci6n y garantia: Los creditos de aguinaldo se formalizaran mediante pagare, el cual debera contar con fianza solidaria de todos los socios y/u otra garantia que a juicio de la Gerencia General y la Subgerencia General se haga necesaria por monto asignado 0 situaci6n general del proyecto. 2. Forma de pago: Cesi6n de incentivos fiscales, retenci6n de cuota por caja, mediante la comercializadora 0 el banco negociador con compromiso irrevocable a favor de Corbana S. A. y cualquier otra forma de pago que a criterio de Corbana S. A. sea viable aceptar. f) La fecha limite de recepci6n de solicitudes sera definido por la Jefatura de Credito y comunicado a los productores a traves de una circular general. g) La Gerencia General en conjunto con la Jefatura de Credito tendran la discrecionalidad de solicitar cualquier otro requisito que a su juicio se haga necesario para el otorgamiento de estos creditos, Articulo 2l.-Aval por parte de Corbana S. A. EI otorgamiento de un aval llevara un proceso similar al otorgamiento de un credito, siendo revisado por el Comite de Credito y sometido a resoluci6n por parte de la Junta Directiva de Corbana S. A. EI monto maximo a garantizar en cada caso, estara delimitado por criterios de razonabilidad, necesidad y capacidad de endeudamiento del solicitante. EI costa del aval se fija en un 1.00% anual sobre el monto del mismo, cancelandose la primera anualidad en el momenta de la formalizaci6n. Los avales con plazos inferiores a un afio tendran un costa minimo de 0,50%. Articulo 22.-Credito para atenci6n de desastres naturales. a) EI credito para atenci6n de Desastres Naturales, tcndra como tasa de interes la libor. b) Que para hacerse beneficiario, el productor debera cumplir con las siguientes condiciones 0 requisitos: I. Que la unidad productiva haya sido victima de caida de plantas (unicamente por vientos 0 terremoto), y/o de inundaciones. 2. Que el supervisor del proyecto presente un informe que fehacientemente indique que los resultados de la desmejora del proyecto son consecuencia de la ocurrencia de una de las catastrofes naturales indicadas anteriormente (unicamente vientos, terremoto y/o inundaciones). 3. Que el hecho acontecido sea el unico causal de la situaci6n del proyecto, y no una mala condici6n de la unidad productiva durante periodos anteriores a la catastrofe natural, para 10cual se revisaran informes anteriores a la ocurrencia del suceso. 4. Que en el caso de inundaciones, la plantaci6n haya permanecido mas de 36 horas bajo agua, previo a un analisis de la cosecha de la fruta. 5. Que el area afectada sea igual 0 mayor a125% del area total. 6. Que los recursos que se otorguen garanticen, dentro de las regulaciones existentes, la rehabilitaci6n del proyecto. 7. Que el plan de inversi6n sea definido en conjunto con la unidad tecnica de Corbana S. A., siendo debidamente aprobado por esta, 8. Acogerse a todas las disposiciones reglamentarias establecidas para el Fondo Prestamo a Productores. Articulo 23.-Creditos de emergencia para capital de operaci6n. Ademas de 10dispuesto en los articulos anteriores, se podra conceder creditos de auxilio transitorio y urgente a fin de coadyuvar con los productores a superar problemas de tlujo de operaci6n, ocasionados por situaciones climaticas 0 factores desfavorables de comercializaci6n, y concretamente para el pago de planillas. Dichos creditos se conccderan sin la realizaci6n del analisis financiero que exige este reglamento, siempre y cuando los prestatarios garanticen el pago efectivo de los mismos con retenciones en la fuente de ingresos. Para dichos creditos los productores debcran cumplir los siguientes requisitos: a) Presentar una solicitud formal a Corbana S. A. b) Ceder irrevocablemente de los ingresos semanales por concepto de venta de fruta, el monto correspondiente a las cuotas que semanalmente se debcran pagar a Corbana S. A. c) Presentar una carta-compromiso confirmatoria, a satisfacci6n de Corbana S. A. de la(s) empresa(s) comercializadora(s), incluyendo la ultima comercializadora a la(s) cual(es) se venda el banano, de que se da por notificada de dicha cesi6n y de que en virtud de la misma, de la cancelaci6n de las liquidaciones semanales de fruta, procedera a efectuar las retenciones en forma irrevocable a favor de Corbana S. A. y las girara a esta, correspondientes a los pagos semanales; y/o una carta del banco 0 instituci6n financiera que pudiera manejar el tlujo de caja de la solicitante, de que de los dineros de la deudora que manejare pagara irrevocable y semanalmente las cuotas de dicho credito. Es entendido que en caso de que la fruta se venda bajo la modalidad de consignaci6n, la retenci6n debera hacerla la comercializadora sobre los adelantos. d) Suscribir una prenda de primero 0 segundo grado sobre la cosecha o sobre una cantidad de cajas que garanticen en forma adecuada la obligaci6n, en aquellos casos en que el proyecto bananero haya otorgado los grados anteriores a un unico acreedor, se podra aceptar, como respaldo del presente credito, la constituci6n de la prenda en el grado inmediatamente posterior. Adicionalmente debera rendir garantia fiduciaria del 100% del capital social a favor de Corbana S. A. Cuando haya un contlicto entre el acreedor y el deudor 0 entre el deudor y sus fiadores, podra acudirse a la fianza de otras empresas relacionadas por participaciones reciprocas, por participaciones de una en otra, 0 por ser propiedad mayoritaria de una misma tercera empresa, 0 una terecera firma que no tenga ligamen directo con la empresa deudora, siempre y cuando sus calidades, en cuanto a capacidad de pago, sean aceptables. e) Que acriterio de laadministraci6n se esten atendiendo adecuadamente las obligaciones con Corbana S.A. y haber realizado el cumplimiento de cualquier otra obligaci6n crediticia de esta misma linea que en el pasado se haya disfrutado en el plazo establecido. f) Presentar un tlujo de caja en el cual se evidencie el problema de efectivo. g) Presentar las liquidaciones de fruta de las ultimas doce semanas. h) Que se realice por parte de un ingeniero del area de Asistencia Tecnica de Corbana S. A., una revisi6n de los embolses y, por ende, del estimado de cajas a producir, a traves de la cual se fije y prevea la cuota semanal y su efectivo pago. Articulo 24.-Credito para cancelacion de servicio de auditoria externa. Los creditos para cancelaci6n de Servicios de Auditoria Extema pertenecen a una linea unica e independiente de los creditos restantes establecidos en Corbana S. A. Las normas generales para el otorgamiento de creditos para el pago de Auditorias Extemas son: Organo de aprobaci6n Gerencia General Requisitos I. Solicitud de credito por escrito. 2. Certificaci6n de configuraci6n de capital social hasta la ultima persona Iisica, con vista en Libro de Registro de Accionistas. Si los socios fueran personas juridicas y los socios de estas tambien, se debcran presentar certificaciones de todas las personas juridicas, hasta identificar a las personas fisicas que dan origen a las personas juridicas. Certificaci6n de personeria juridica de la sociedad (maximo tres meses de vigencia). La Gaceta N° 113 - Miercoles 13 de junio del 2007 Pag45 3. En el caso de fianzas por parte de las personasjuridicas, debera presentarse una certificaci6n de la existencia de la compafiia indicando: Personeria juridica (de la fiadora), objeto social y facultad legal para otorgar garantia a favor de un tercero. En caso de requerirse por Estatutos deberan presentarse las autorizaciones y/o poderes otorgados por las respectivas Asambleas, debidamente protocolizados, ademas debora presentarse Certificaci6n de configuraci6n del capital social, hasta la ultima persona fisica, con vista en el Libro de Registro de Accionistas. Si los socios fueran personas juridicas y los socios de estas tambien, se debe ran presentar certificaciones de todas las personasjuridicas, hasta identificar a las personas fisicas que dan origen a las personas juridicas. Certificaci6n de personeriajuridica (maximo tres meses de vigencia). 4. Presentar la carta de anuencia del ente recaudador de proceder con la retenci6n que se establezca como medio de pago, en forma irrevocable a favor de Corbana S. A. 5. Estados financieros actualizados (internos), con sus respectivos detalles y notas, a 10sumo con cuatro periodos de antiguedad, firmados por el contador y representante legal de la empresa. 6. Cualquier otro requisito que a juicio de la Asesoria Legal 6 de la Secci6n de Credito de Corbana S. A, sea necesario para la debida conclusi6n del analisis correspondiente 6 para la formalizaci6n del credito, 7. Carta por parte del productor mediante la cual se compromete a presentar los Estados Financieros que se auditen mediante el financiamiento de este credito, en un plazo de seis meses. 8. Para aquellos casos en que el productor haya accesado con anterioridad el financiamiento otorgado por esta Linea de Credito, presentar los Estados Financieros Auditados del ultimo periodo fiscal, con sus respectivos detalles y notas. Otras condiciones l. Monto maximo a financiar $8.000,00. 2. EI productor solicitante debe encontrarse al dia en el pago de las operaciones concedidas por concepto de cancelaci6n de Servicio de Auditoria Externa del afio anterior. 3. Plazo un afio, 4. Tasa de interes la que se aplica en el Fondo de Prestamos a Productores. 5. EI tipo de garantia requerido para la aprobaci6n del credito dependera del nivel de endeudamiento total y de la capacidad de pago que muestre el solicitante, siendo los parametros generales los siguientes: Otras Condiciones: I) Dentro del plan de inversi6n, estos recursos no se podran utilizar para inversiones nuevas en desarrollo bananero, ni en ampliaci6n de areas productivas. 2) LaAdministraci6n de la finca otorgara a Corbana S. A. facultades tan amplias y suficientes como en Derecho corresponda, para que a partir de la fecha de formalizaci6n ejerza el control del flujo de caja y/o el manejo total de los ingresos de la finca, asi como la administraci6n total de la empresa, cuyo costa correra por cuenta de la misma. Esto ultimo si a criterio de la Corporaci6n fuera necesario. La escogencia del administrador sera de mutuo acuerdo entre ambas partes. 3) Ceder irrevocablemente a favor de Corbana S. A. todos los ingresos que por concepto de liquidaciones de fruta y otros ingresos perciba la finca. Presentaci6n del contrato de compra-venta de fruta con la ultima empresa comercializadora de la fruta, 4) Cualquier remanente que pudiera quedar despues de sufragar las obligaciones de la empresa, podra quedar en manos de Corbana S. A. como un fondo de reserva para imprevistos, y cuando se acumulen, esta Corporaci6n podra destinar parte del fondo como pagos extraordinarios al credito, 10cual determinara Corbana S. A. bajo su mejor criterio. 5) Facultar a Corbana S. A., para que, en caso de que se tuvieran que realizar negociaciones para la venta de la fruta y suscribir nuevos contratos, participe conjuntamente con la Administraci6n de la finca, de modo que pueda vigilar que aquellas empresas no incurran en suscribir contratos que pongan en riesgo su posibilidad de rehabilitarse y su capacidad de pago. 6) EI actual contrato de compraventa de fruta 0 los nuevos, deben cederse irrevocablemente a Corbana S. A. y esta aceptara la cesi6n bajo reserva de ejercer como cesionaria solamente en el momenta en que ella asi 10disponga, de modo que mientras ello no suceda la contraparte y responsable de esa relaci6n ante la empresa compradora o comercializadora en todo sentido sea la cedente. Esta cesi6n se podra hacer como parte del Fideicomiso de Garantia y en este caso, la cesi6n se hara a favor del sujeto 0 persona que actue como Fiduciario. Articulo 26.-Creditos especiales para emergencia. Se podra conceder creditos de auxilio transitorio y urgente a fin de coadyuvar con los productores a superar problemas de flujo de operaci6n, cuando estos se encuentren en una situaci6n de crisis financiera y agron6mica, pero tengan posibilidad de que se readecuen sus deudas y de obtener recursos para rehabilitar su plantaci6n 6 para normalizar su problema de flujo de operaci6n. Dichos creditos se concederan sin la realizaci6n del analisis financiero que exige este reglamento y siempre y cuando los prestatarios garanticen el pago efectivo de los mismos con una garantia auto liquidable, constituida por titulos valores de absoluta seguridad y liquidez, 0 cuando se garanticen con el fideicomiso de garantia sobre bienes inmuebles libres de gravamenes, Para dichos creditos los productores deberan cumplir solamente los siguientes requisitos: Presentar una solicitud formal a Corbana S. A., indicando situaci6n de crisis financiera, comercial y agron6mica. Describir la garantia que se ofrezca, indicando las citas de inscripci6n y aportando el plano correspondiente, cuando ello corresponda. Plazo: Maximo I afio, Monto: Maximo $500.000 Periodo de gracia: Maximo tres meses. Garantia: a) Titulos valores del Sistema Bancario Estatal, de absoluta liquidez, los cuales se tomaran al 80% de su valor facial. b) Fideicomiso de garantia sobre bienes inmuebles que se tomaran al 65% de su valor de avaluo, Organo que aprueba: Gerencia General, salvo que el solicitante ya tenga credito de esta misma linea aprobado por esta autoridad, caso en el cuallo aprobara el Comite de Credito, Otras condiciones: Este tipo de credito se dara, independientemente de las veces que se accese, hasta completar el 65% del valor de la garantia ofrecida, EI productor debera aportar los documentos legales que sean necesarios para la correcta formalizaci6n, los cuales no podran tener mas de tres meses de emitidos. EI productor se compromete a que en caso de incumplimiento entregara sin objeci6n alguna la garantia otorgada. Forma de pago: La que determine Corbana S. A. 0 al vencimiento. CAPITULO V De las garantias Articulo 27.-De orden general. Los niveles de aprobaci6n autorizados son los responsables de determinar y exigir el otorgamiento de las garantias reales y fiduciarias necesarias y convenientes para asegurar la recuperaci6n del credito otorgado por parte de Corbana S. A. EI respaldo que brinden las garantias a las obligaciones crediticias no debe verse como sustituto de repago, por cuanto los prestamos deben ser cancelados por la empresa con los fondos generados durante su ciclo de operaci6n (flujo de caja). Corresponde ala Administraci6n de Corbana S. A., especialmente ala Jefatura de Credito y a los oficiales de credito designados a cada caso particular, la verificaci6n de las bondades de los fiadores solidarios, asi como Garantia Menor a igual a $12. OOO/lia Mayor a $12.000iha Endeudamiento total (Incluyendo credfto solicitado) Fiduciaria (Fianza solidaria del 100% de los socios) Real y Fiduciaria 0 Fideicomiso de garantia y Fiduciaria (Fianza solidaria dell 00% de los socios de la empresa). 6. Corbana S. A., puede establecer la cancelaci6n anticipada de la presente linea, a traves de otros creditos que se otorguen bajo el Fondo de Prestamos a Productores 0 bajo cualquier otro Fondo bajo administraci6n de Corbana S. A. Articulo 25.-Credito para capital de operacion, Este tipo de credito se podra conceder con el fin de brindar una soluci6n integral a aquellos Productores que presenten severas crisis financieras y agron6micas que atenten contra la continuidad del negocio, y que por razones diferentes a la viabilidad, no pudieron accesar el Programa de Salvamento de la Actividad Bananera. Plazo: Hasta un maximo de 15 afios, Interes corriente: la definida para el Fondo Prestamos a Productores. Interes moratorio: la definida para el Fondo Prestamos a Productores. Formade pago: mediante cuotas irrevocables, vencidasy consecutivas, bajo la periodicidad que Corbana, S. A. determine (0 su equivalencia por caja), para la atenci6n de principal e intereses, retenidas y giradas directamente por la Comercializadora que finalmente exporte la fruta de la solicitante. En los casos de que los recursos se giren mediante desembolsos parciales, la cuota podra ser modificada de acuerdo con el comportamiento de estos, aplicando por parte de la Secci6n de Credito, los procedimientos necesarios para mostrar los resultados reales de la operaci6n. Tipo de credito: Credito de operaci6n. Organo que aprueba: Comite de credito, Origen de los recursos: Fondo Prestamos a Productores. Plan de inversi6n: Cancelaci6n de deudas, rehabilitaci6n y capital de trabaj 0 en general. Garantia: Principal: Fideicomiso de garantia e hipoteca sobre toda la unidad productiva 0 cualquier otro inmueble que represente cauci6n suficiente y a satisfacci6n de Corbana S. A. Complementaria: Prenda suficiente sobre bienes propiedad de la empresa 0 de los socios y Fiduciaria de los socios de la empresa, considerandose para este ultimo, 10regulado especificamente en el presente Reglamento 0 mediante Acuerdos de Junta Directiva. Corbana S. A., a traves de criterios tecnicos, estara facultada para valorar las garantias ofrecidas y aceptar las que sean de su satisfacci6n. En aquellos casos en que se requiera de la realizaci6n de avaluos 0 peritajes sobre los bienes ofrecidos, se aplicaran las politicas establecidas en Corbana S. A., para este tipo de practicas, Pag46 La Gaceta N° 113 - Miercoles 13 de junio del 2007 Bienes Inrnuebles 80% (*) Maquinaria y Equipo de uso General 75% 65% Maquinaria y Equipo de uso especifico 65% 55% (*) No aplica, se tornara el 80% del valor que determine el avaluo. Cuando el bien que se ofrezca como garantia 0 sobre el cual se ofrezca suscribir el contrato de garantia no pertenezca al solicitante del credito y eventual deudor de la operaci6n, el propietario del mismo firmara un documento que se debera acompariar con la solicitud del credito donde consigne su consentimiento para que el bien se otorgue como garantia 0 sea objeto de un contrato de fideicomiso de garantia, ella del estado, valor, solvencia, existencia material y juridica y suficiencia de los bienes muebles e inmuebles que reciba Corbana S. A. en garantia del cumplimiento y pago de las operaciones de credito, conforme al presente reglamento, asi como su oportuna formalizaci6n, pronta inscripci6n registral y su debida custodia. Articulo 28.-Tipos de garantia. El tipo de garantia requerido para la aprobaci6n de un credito dependera del nivel de endeudamiento total y del particular con Corbana S. A., del monto solicitado y de la capacidad de pago que muestre el solicitante. Los parametros generales, que no deben considerarse como norma absoluta, para el otorgamiento de la garantia para un credito solicitado son: a efecto de realizar los estudios y avaluos sobre el mismo. Si por alguna raz6n el propietario del bien revocare su decisi6n de aportar el bien como garantia 0 para que sobre el mismo se constituya el fideicomiso referido, el solicitante debcra cancelar a Corbana S. A. los gastos que ya hubiere realizado con sus estudios y avaluos sobre dicho objeto. En caso de que el propietario sea una persona juridica, sus estatutos deben contemplar la facultad de rendir garantias a favor de terceros, socios 0 no de la emprcsa; de 10contrario, debcra adicionarse a dichos estatutos esa facultad e inscribirse de previo en el Registro Mercanti!. Articulo 31.-Garantia prendaria. a) Cuando el objeto de la garantia real 10 constituya un vehiculo automotor 0 cualquier otro mueble susceptible de aseguramiento, el mismo debera ser asegurado como minimo con las coberturas: (robo, vuelco, colisi6n, hurto, incendio), debiendo establecerse en la p6liza respectiva la condici6n de acreedor prendario de Corbana S. A. b) Todos los bienes objeto de financiamiento, debcran ser tornados en garantia. Podra prescindirse de la prenda, siempre y cuando, se ofrezca una mejor garantia a criterio de Corbana S. A. c) Maquinaria pesada que antes 0 durante la vigencia del prestamo cumplan 10 0 mas afios de antiguedad, podran ser tornados en garantia dependiendo de los resultados de un peritaje que indique su valor y el porcentaje de vida util, d) No se recibiran en garantia: I. Vehiculos cuyo motor no cuente con el respectivo numero de identificaci6n, excepto los vehiculos que de fabrica no consignen el numero de motor y que asi 10indique la tarjeta de circulaci6n. 2. Derechos de frecuencia de radio, dado que no pueden ser embargados ni rematados. 3. Los vehiculos de uso particular que antes 0 durante la vigencia del prestamo cumplan 10 0 mas afios de antiguedad, 4. Bienes no susceptibles de embargo 0 persecuci6n judicial, de conformidad con el articulo N° 532 del C6digo de Comercio. 5. Inventarios, salvo los de cart6n, fertilizantcs, agroquimicos, complementados con una p6liza de seguro a favor de Corbana S. A. e) Cuando se trate de garantia prendaria sobre la cosecha, el privilegio prendario durara s6lo un afio, f) Cuando se reciban en garantia aeronaves, estas deberan contar con licencia de vuelo vigente, matricula registrada ante el Registro de Aeronaves de Costa Rica e inscrita en el Registro Aeronautico. g) Se podra recibir en garantia, certificados de dep6sito a plazo, certificados de inversi6n 0 bonos fiscales. Cuando se reciban titulos valores en garantia que contengan cupones de intereses, estos podran ser tornados como parte de la garantia. Este tipo de garantia debera permanecer en custodia de Corbana S. A. y ser renovados si fuera necesario, responsabilidad que compete a Corbana S. A. 0 a un banco designado, hasta la cancelaci6n total del credito, debidamente endosados a su favor. Ademas del endoso y entrega del titulo valor recibido en garantia, el interesado debera otorgar un documento fiel en el cual acepta e identifica los titulos como garantia de cualquier obligaci6n con Corbana S. A. y acepta que esta cfectuc las renovaciones parciales 0 totales; mismas que s6lo podran ser elaboradas al portador y segun las instrucciones emitidas por la Secci6n de Credito. Los titulos valores de instituciones de primer orden se aceptaran al valor de mercado, siguiendo la formula del valor presente. Los demas, seran objeto de valoraci6n y aceptaci6n discrecional por parte de la Secci6n de Credito, salvo que se trate de titulos de la mas absoluta y garantizada solidez y aceptaci6n en el mercado financiero en cuyo caso podra aplicarse la misma disposici6n. En el caso de recibir acciones de capital como garantia, el respectivo endoso debora ser ejecutado a traves de la Secci6n Legal, quedando las anotaciones respectivas en ellibro de registro de accionistas. Articulo 32.-Garantia hipotecaria a) Toda solicitud de credito en que se ofrezcan como garantia bienes inmuebles, requerira la presentaci6n de un plano catastrado de estos (original 0 copia certificada). b) Cuando se trata de propiedades inscritas a nombre de uno 0 varios menores de edad, no se podran tomar en garantia, si no existe un permiso extendido por autoridad judicial competente. c) No se tomaran en garantia fincas afectadas por la Ley de Reserva Foresta!. Cuando se presenten dudas sobre si una finca ofrecida en garantia a Corbana S. A., podria estar afectada por dicha Ley, el perito debora solicitar una certificaci6n emitida por el Departamento de Reservas Forestales y Zonas Protectoras de la Direcci6n General Forestal, que indique si la finca esta incluida 0 no dentro de dicho regimen. d) En los casos en que se acepte un inmueble forestal (no afectado por la Ley de Reserva Forestal) como garantia debora entregarse no s6lo garantia hipotecaria sobre el terre no, sino una garantia prendaria adicional sobre la cosecha y/o madera con el fin de salvaguardar en mejor forma los intereses de Corbana S. A. e) No se tomaran bienes inmuebles en garantia hipotecaria cuando existan grados mayores a favor de los mismos propietarios, a no ser que estos se subordinen a favor de Corbana S. A., quedando explicitamente definido en la escritura de constituci6n de hipoteca. Mas de 1 afio Garantia Fiduciaria (Fianza solidaria del 100% de los socios de la empresa). DeOalafio Endeudamiento total (incluyendo el credfto solicitado) Menor 0 igual a $12.000,001ba. Mayor a $12.000,001ba. Real y Fiduciaria 0 Fideicomiso de garantia y Fiduciaria (Fianza solidaria dell 00% de los socios de la empresa) En aquel caso en el que el monto solicitado no este en concordancia con el nivel de endeudamiento, prevalecera el monto solicitado. Articulo 29.-Aceptaci6n de garantias. La aceptaci6n de garantias tendra el siguiente orden de prioridad: a) Garantia hipotecaria: hipoteca comun 0 cedulas hipotecarias. b) Garantia prendaria: bienes muebles que puedan ser sujetos a pignoraci6n (cosechas, maquinaria, equipo, vehiculos de transporte, certificados de dep6sito a plazo, certificados de inversi6n, acciones, bonos y otros titulos). c) Garantia fiduciaria: del 100% de los socios de la empresa. Cuando haya un contlicto de interes entre el acreedor y el deudor 0 entre el deudor y sus fiadores, podra acudirse a la fianza de otras empresas relacionadas por participaciones reciprocas, por participaci6n de una en otra, 0 por ser propiedad mayoritaria de una misma tercera empresa, 0 una tercera firma que no tenga ligamen directo con la empresa deudora, siempre y cuando sus calidades, en cuanto a capacidad de pago, sean aceptables. En ellugar de la garantia prendaria 0 hipotecaria podra ofrecerse la suscripci6n de un fideicomiso de garantia, el cual se regira en todos los casos por 10dispuesto en el presente reglamento. Las garantias que se ofrezcan, debcran ser descritas con detalle en la solicitud. Todo credito debora contar independiente de otro tipo de garantia, con la fianza solidaria del 100% de los socios de la empresa. Cuando haya un contlicto de interes entre el acreedor y el deudor 0 entre el deudor y sus fiadores, podra acudirse a la fianza de otras empresas relacionadas por participaciones reciprocas, por participaci6n de una en otra, 0 por ser propiedad mayoritaria de una misma tercera empresa, 0 una tercera firma que no tenga ligamen directo con la empresa deudora, siempre y cuando sus calidades, en cuanto a capacidad de pago, sean aceptables. Articulo 30.-Garantias reales y fideicomiso de garantia. Cuando se trate de garantia sobre bienes inmuebles 0 muebles registrables 0 de bienes que se traspasen a un fideicomiso de garantia, debe presentarse un detalle de las citas de inscripci6n y/o matriculas, para que la Secci6n Legal de Corbana realice los estudios necesarios que permitan establecer la titularidad de la propiedad y suficientes que permitan determinar el estado del bien en cuanto a la existencia 0 no de gravamenes 0 anotaciones de cualquier naturaleza, condiciones y limitaciones que puedan pesar sobre estos; informacion que sera consignada por el informe que debe brindar el funcionario que realice el analisis de credito solicitado. En todos estos casos al bien sobre el cual recaera la garantia 0 sobre el cual se ofrezca suscribir el contrato de fideicomiso de garantia, debora rcalizarscle un avaluo cuyo costa 10asumira Corbana, S. A. hasta la suma de $1.200,00 (mil doscientos d6lares exactos), y la suma en exceso a esta debera pagarla el productor, el cual debera depositarla en Corbana, S. A. de previo ala realizaci6n del avaluo. El porcentaje maximo de aceptaci6n del valor del avaluo sera: Monto solicitado Mayor a $75,000.00 o su equivalente en colones Menor 0 igual a $75,000.00 o su equivalente en colones La Gaceta N° 113 - Miercoles 13 de junio del 2007 Pag47 f) Para el caso de garantiaa traves de cedula hipotecaria deben cumplirse los siguientes lineamientos: I. Toda cedula hipotecaria tomada en garantia deber estar constituida o endosada, en forma pura y simple, a favor de Corbana S. A. 2. Podra tomarse cualquier grado en el tanto Corbana S. A. tenga en garantia los grados anteriores. 3. En el caso de emitirse cedulas en serie, Corbana S. A. debe tomar la serie en forma completa. 4. Si la cedula hipotecaria devenga intereses, se pueden agregar al titulo tantos cupones como periodos de intereses contenga el plazo. La cedula misma debe expresar el numero de cupones con el que Iue emitida y su respectivo vencimiento. 5. Deberan tomarse con fecha de pago vencida, 0 cuyo vencimiento se produzca en el periodo en que se tramite la formalizaci6n del credito, 6. Las cedulas hipotecarias, sea que garanticen una 0 varias operaciones, estaran limitadas en cuanto a su responsabilidad por el 80% del valor facial, considerando ademas 10 correspondiente a intereses. 7. Para aquellos casos en que el valor venal de la finca sea superior al valor facial de las cedulas garantes (aplicado los porcentajes de reserva), y el monto solicitado por el productor sea mayor que el valor facial de las cedulas; debera formalizarse una hipoteca cornun, una emisi6n de cedulas adicionales, respetandose el punto 2, 0 entregarse garantias adicionales que cubran el monto solicitado. Articulo 33.-Garantia fiduciaria a) En toda operaci6n crediticia en donde se otorgue fianza, esta siempre sera solidaria. b) Toda operaci6n contara con la fianza solidaria del 100% de los socios de la empresa solicitante. En caso de no contar por algun motivo particular y debidamente justificado por laAdministraci6n de Corbana S. A., con la totalidad de los socios, se contara hasta con un 25% de dispensa para formalizar los creditos, Cuando haya un conflicto de interes entre el acreedor y el deudor o entre el deudor y sus fiadores, podra acudirse a la fianza de otras empresas relacionadas por participaciones reciprocas, por participaci6n de una en otra, 0 por ser propiedad mayoritaria de una misma tercera empresa. En el caso de Cooperativas, la fianza solidaria podra ser otorgada unicamente por todos los miembros del Consejo de Administraci6n, indistintamente del porcentaje de participaci6n del capital social cooperativo que represente. c) E125% del capital social es ellimite maximo que podra ser sustituido con fianzas de terceros, excepto cuando haya un conflicto de interes entre el acreedor y el deudor 0 entre el deudor y sus fiadores, en cuyo caso podra acudirse a la fianza de otras empresas relacionadas por participaciones reciprocas, por participaciones de una en otra 0 por ser propiedad mayoritaria de una misma tercera empresa, 0 una tercera firma que no tenga ligamen directo con la empresa deudora, siempre y cuando sus calidades, en cuanto a capacidad de pago sean aceptables. d) No podran ser fiadores personas fisicas 0 juridicas que tengan obligaciones en cobro judicial 0 pasadas por perdida en Corbana, S. A. Se excepciona de este ultimo supuesto, los casos en que lIegue a existir un arreglo extrajudicial formalizado y que se este atendiendo adecuadamente con la Instituci6n 0 cuando un 6rgano jurisdiccional haya dado la raz6n a quien se esta presentando como fiador en una nueva operaci6n crediticia con Corbana, S. A. e) Cuando se trate de fianzas otorgadas por terceros se aplican las siguientes disposiciones: l. Corbana S. A. debera realizar un estudio registral de los bienes patrimoniales de los fiadores solidarios, que demuestre la solvencia econ6mica y capacidad de pago del fiador. 2. Un mismo fiador podra respaldar varias operaciones siempre y cuando sus bienes 0 participaciones accionarias cubran en valor el monto de las fianzas otorgadas. f) EI respaldo de un credito otorgado con garantia fiduciaria se hara mediante la emisi6n de un pagare, el cual debera contar con el visto bueno de la Secci6n Legal de Corbana S. A. g) EI otorgamiento de fianzas por parte de personas juridicas se regira ademas por las siguientesreglas: Si lacorrespondiente actaconstitutiva contempla dentro de su objeto la posibilidad de otorgar fianzas a favor de terceros, bastara con que el respectivo representante acredite la personeria con que actua, con facultades suficientes. En los restantes casos, sera necesario el otorgamiento de poder especial por parte el 6rgano competente, en cuyo caso la personeria podra acreditarse mediante certificaci6n notarial 0, en el caso de formalizaci6n del credito mediante escritura publica, podra acreditarse con la presentaci6n del Libro de Aetas respectivo, debidamente legalizado, en el que se asiente el acta debidamente firmada y con el cumplimiento de los requisitos formales y sustanciales. Sin embargo, para este supuesto de otorgamiento en escritura publica, 0 bien cuando se trate de fianza otorgada junto con la constituci6n de garantia prendaria, cuando sea posible la comparecencia de los socios 0 asociados de la entidad que otorga la fianza al acto de formalizaci6n del credito, bastara con el consentimiento que ellos otorguen en ese mismo acto. Articulo 34.-Fideicomiso de garantia. En aquellos casos en que este Reglamento establezca que corresponda otorgar garantias reales, el interesado podra solicitar que estas ultimas puedan ser sustituidas por la suscripci6n de un contrato de fideicomiso de garantias al cual se traspasen propiedades 0 bienes, de conformidad con los parrafos ultimo y penultimo del articulo 648 del C6digo de Comercio. Este contrato como garantia de una obligaci6n crediticia con Corbana S. A. solamente se admitira bajo las siguientes condiciones: a) S610 se podra suscribir teniendo como objeto bienes inmuebles absolutamente libres de gravamenes y cualquier tipo de anotaciones. b) EI bien inmueble objeto del fideicomiso sera recibido por el 80% del valor definido en avaluo efectuado para este fin. c) Los eventuales prestatarios debe ran tener una excelente trayectoria crediticia con Corbana S. A. y de acuerdo con sus estados financieros y la situaci6n agron6mica de sus unidades productivas debe ran presentar un minimo riesgo. d) EI fideicomitente, por la naturaleza del contrato, debera otorgar garantia de evicci6n y saneamiento en forma expresa y extensiva al sujeto que pueda adquirir el bien por venta de la fiduciaria, obligarse, durante el plazo del fideicomiso, a la conservaci6n y defensa del bien contra perturbaciones y a pagar los impuestos nacionales y municipales que puedan pesar sobre el mismo en cualquier tiempo, asi como los impuestos que sean consecuencia de la actividad econ6mica 0 productiva que se realice sobre el bien. e) Cuando se proponga la suscripci6n de un contrato de fideicomiso como garantia de la obligaci6n a adquirir se requerira la presentaci6n de un plano catastrado del bien inmueble. f) Al contrato de fideicomiso se aplicaran en 10 que proceda las disposiciones referentes a la garantia hipotecaria, establecidas en el articulo 31 de este Reglamento. g) La empresa 0 instituci6n que asuma las funciones de fiduciaria sera definida por Corbana S. A. de conformidad con los requerimientos que esta establezca para cada caso, siendo un requisito indispensable contar con suficiente experiencia en la materia. Articulo 35.-Devolucion y liberacion de garantias. Cuando sea cancelado en forma efectiva un credito que hubiera sido formalizado mediante pagare, el documento respectivo sera devuelto al ex-deudor 0 su representante legal, con la respectiva constancia de cancelaci6n. Cualquiera que sea el caso, la devoluci6n se hara previa comprobaci6n de la identidad de quien se presenta a retirar el pagare cancelado y, si es pertinente, tambien de la personeria 0 autorizaci6n con que actua, En el caso de que una obligaci6n sea cancelada por un fiador solidario o un tercero, el documento de respaldo sera entregado, a requerimiento, a aquel que efectuo la cancelaci6n de la obligaci6n 0 su designado, mediante autorizaci6n escrita. Para el caso de garantias hipotecarias y prendarias sera responsabilidad del productor el proceso de liberaci6n de las mismas, para tales efectos la Secci6n de Credito remitira la informaci6n necesaria que sea requerida por la Secci6n Legal de Corbana S. A. 0 por el productor. CAPITULO VI De la concesion de modificaciones en las operaciones de credito Articulo 36.-De orden general. Las modificaciones a las operaciones vigentes estaran reguladas por las disposiciones establecidas en el presente capitulo. Las modificaciones a las operaciones de credito activas debe ran enmarcarse dentro de las politicas intemas de credito y la reglamentaci6n crediticia vigente, con el objetivo principal de lograr la recuperaci6n de los creditos otorgados, 0 como segundo prop6sito, de mejorar garantia. Las disposiciones aqui establecidas son de acatamiento obligatorio por parte de los funcionarios de la Instituci6n que participen en cualquier gesti6n de modificaci6n. Articulo 37.-Definiciones. Las modificaciones a operaciones formalizadas se definen: a) Forma de pago: Periodos de gracia, variaciones en la cuota de pago, variaci6n en la periodicidad del pago, cambio en el ente recolector y cualquier otra variable que afecte la forma de pago. b) Ampliacion de plazos (prorrogas): Contempla variaciones 0 pr6rrogas en el vencimiento definitivo de las operaciones, hasta un maximo de un afio. c) Adecuaciones: Arreglos que contemplan tanto modificaci6n en la forma de pago como en la ampliaci6n del plazo de una operaci6n. d) Refinanciamiento (readecuaciones): Se refiere a arreglos que requieren de la constituci6n de una nueva operaci6n, tales como refundici6n de operaciones, consolidaci6n de capital e intereses vencidos y novaciones de deudor. e) Arreglos de garantia: Cualquier modificaci6n en las garantias. Se contempla liberaciones de garantia, sustituciones y cualquier gesti6n que afecte el respaldo de Corbana en una determinada operaci6n. f) Modificaciones al plan de inversion: Cambios en el destino de los recursos asignados. Articulo 38.-Normas y disposiciones. a) Para dar curso a una modificaci6n en la forma de pago, el solicitante debe cumplir las siguientes condiciones: Pag48 La Gaceta N° 113 - Miercoles 13 de junio del 2007 I. Presentar solicitud formal, indicando los motivos de la gesti6n, condiciones de la negociaci6n, informaci6n financiera (estados financieros actualizados, declaraci6n jurada de deudas y tlujo de caja) y toda la informaci6n adicional necesaria para iniciar el estudio. 2. En el caso de modificaci6n a las garantias, el solicitante debera estar al dia en sus obligaciones. b) Las adecuaciones y refinanciamientos deberan requerir un analisis financiero, cuyo enfoque sera determinar la capacidad de pago, para medir la recuperabilidad del credito existente, y una inspecci6n tecnica, salvo en aquel caso en que se indique 10contrario. c) En toda adecuaci6n y refinanciaci6n el criterio que debe prevalecer es el de no desmejorar la posici6n de Corbana S. A., tanto a nivel de posibilidades de recuperaci6n y/o a nivel de garantias. d) Toda gesti6n de arreglo deber ser resuelta en un plazo no mayor de 30 dias habiles, a partir de la fecha en que se present6 la documentaci6n completa de la solicitud. e) Toda modificaci6n implicara una revisi6n de la tasa de interes (en la moneda que corresponda) y su ajuste, si procediere. f) La solicitud de un arreglo formal y escrito irnplicara automaticamente la suspensi6n del cobro judicial 0 de la presentaci6n de la demanda. En casos en que se haya presentado la demanda, la Secci6n Legal de Corbana S. A. elevara a la Gerencia General toda propuesta de arreglo presentada por el deudor, que debe incluir el pago de honorarios y gastos en los que se haya incurrido al momenta de presentar la propuesta, con el objetivo de definir si se acepta, si se analiza por la Secci6n de Credito 0 si se rechaza. Articulo 39.-Competencia en la aprobacion de modificaciones a las operaciones crediticias activas. Las modificaciones a operaciones de credito activas debcran ser aprobadas por el Comite de Credito, independientemente del 6rgano que las haya concedido, con las siguientes excepciones: a) Tendra la Subgerencia General competencia en los siguientes casos: I. Modificaciones en la forma de pago durante un periodo de uno a cmco meses. 2. Pr6rrogas al plazo originalmente pactado en un periodo de uno a cmco meses. 3. Periodos de gracia iguales 0 inferiores a cinco meses. Con un numero maximo de aprobaci6n de modificaciones de una vez en una misma operaci6n. b) Tendra la Gerencia General competencia en los siguientes casos: I. Modificaciones en la forma de pago durante un periodo de uno a doce meses. 2. Pr6rrogas al plazo originalmente pactado en un periodo de uno a doce meses. 3. Periodos de gracia de un periodo de uno a doce meses. Con un numero maximo de aprobaci6n de modificaciones de dos veces en una misma operaci6n. c) EI Comite de Credito estara facultado a conceder, las modificaciones que estime pertinentes con el mismo tipo de garantias que haya aportado el productor en su credito original 0 con garantias complementarias, siempre y cuando, el proyecto bananero sea viable de conformidad con el tlujo de caja proyectado del mismo y siempre que el numero de aprobaciones de modificaciones no exceda el monto de dos por operaci6n, es claro que estas modificaciones son independientes de las que hayan concedido la Gerencia General y la Subgerencia General. Articulo 40.- De la forma de pago Los arreglos que s610 impliquen modificaciones en la forma de pago sin pr6rroga al vencimiento, seran orientados a aquellos productores cuyas operaciones con Corbana S. A. presenten caracteristicas tales que no ameriten un refinanciamiento. Articulo 41.-Del refinanciamiento. a) EI refinanciamiento de operaciones se otorgara por un maximo de tres veces, salvo excepciones calificadas y aprobadas por la Junta Directiva de Corbana S. A. b) EI plazo, forma de pago y periodos de gracia de los prestamos de refinanciamiento sera determinado en cada caso de acuerdo con la capacidad de pago del deudor y a las garantias ofrecidas, hasta un maximo de 15 afios. c) En el caso de las operaciones refundidas 0 consolidaci6n de intereses y saldo del principal que esten garantizadas con bienes que pertenezcan a terceros, podra realizarse la refundici6n si los propietarios de estos bienes estan dispuestos a ofrecerlos nuevamente, para 10 cual debe mediar la autoridad legal del caso que garantice el nuevo otorgamiento. d) No se podran liberar garantias de las operaciones a refundir, salvo que se sustituyan por otras que igualen 0 mejoren la posici6n de Corbana S. A., en caso de que las garantias vigentes no cubran el monto a refinanciar debera solicitarse garantia adicional. Articulo 42.-Modificaciones a las garantias a) Podran autorizarse liberalizaciones parciales, totales 0 modificaciones, siempre y cuando, se cumpla 10 siguiente: I. La operaci6n este cancelada. 2. Que la garantia otorgada cubra el 120% del valor del saldo adeudado y que este no sea superior al 50% del credito inicial. 3. Que el estudio demuestre que el cliente tiene buena capacidad de pago. b) Se podran autorizar sustituciones de garantia, siempre que no se desmejore la garantia en relaci6n con la situaci6n actual. c) En el caso de liberaciones parciales, debcra hacerse un avaluo e inspecci6n tecnica para determinar que los bienes que se mantienen en garantia cubren el saldo de la obligaci6n, de acuerdo al inciso a). d) Se podra posponer el grado de las garantias hipotecarias 0 prendarias solamente en aquellos casos en que ella sea necesario para que los productores puedan obtener creditos dentro de programas de fomento y rehabilitaci6n bananera financiados con fondos especiales de Corbana, S. A. 0 de terceras instituciones publicas 0 privadas, que mejoren la situaci6n financiera y agron6mica de aquellos y, consecuentemente, su capacidad de pago, donde Corbana, S. A. ala vez, actue como unidad ejecutoria y como acreedora. Articulo 43.-De las prorrogas a) Toda modificaci6n a un contrato de prestamo debora contemplar la interrupci6n de la prescripci6n para no afectar la validez legal de las garantias y/o del contrato en si mismo. b) Cuando se trate de garantias con bienes pignorados 0 hipotecados que pertenezcan a un tercero que consinti6 en el gravamen, la pr6rroga tambien debera ser consentida por el. Articulo 44.-Modificaciones al plan de inversion a) Las partidas en el plan de inversi6n podran ser variadas entre si hasta un 20% maximo, teniendo potestad el analista 0 ejecutivo de cuenta de llevar a cabo estos cambios. Entre un 20% y un 50% sera discreci6n de la Subgerencia General y/o el Gerente Generalla aprobaci6n de las variaciones solicitadas. b) Sera potestad del Comite de Credito la aprobaci6n de modificaciones entre partidas superiores a 50%, requiriendo estas variaciones la emisi6n de un anexo al contrato de credito, CAPITULO VII Otras disposiciones Articulo 45.-Sobre el expediente de credito, En todo credito aprobado se abrira un expediente, que se iniciara con la presentaci6n de la solicitud y contendra toda la documentaci6n que se genere, hasta la cancelaci6n del credito, debiendo estar custodiado por la Secci6n de Credito durante toda la vigencia del mismo. Constituye responsabilidad de la Jefatura de Credito y de cada uno de los analistas asignados en 10 particular, la formaci6n y custodia de los expedientes de credito, que estos contengan la totalidad de los requisitos exigidos para su aprobaci6n y que se encuentre en ella documentaci6n que respalda cada movimiento aplicado en el credito, particularmente copias de los desembolsos autorizados; asi como de mantenerlo actualizado con toda comunicaci6n emitida por las partes. Ningun expediente podra sertrasladado fuera de Corbana S. A. sin la autorizaci6n de la Jefatura de Credito. Articulo 46.-Sobre la concentracion de la cartera. Ningun prestatario podra recibir creditos por mas del 10% del total de fondos que componen la cartera del Fondo de Prestamos a Productores (considerando principal mas intereses). Cuando se trate de sociedades de un mismo grupo de interes la suma de todos los creditos no podra exceder el 20% de los fondos totales de la cartera antes sefialada. Para efectos de calculo se debera considerar unica y exclusivamente la cartera del Fondo de Prestamo a Productores, sin tomar en cuenta los compromisos con otros Programas 0 Fondos. Se entendera por grupo de interes, para efectos de este Reglamento, aquellos proyectos en que uno 0 varios socios comunes 0 identicos posean mas del 50% del capital social, 0 bien, que mantengan una administraci6n comun 0 indicios de vinculaci6n entre compafiias. Articulo 47.-Sobre el cobro administrativo y judicial a) EI procedimiento de cobro de las operaciones crediticias estara determinado por los siguientes plazos contados a partir del ultimo pago realizado: I. Avisos y recordatorios del vencimiento de la cuota. 2. Hasta 35 dias de atraso: Primera nota recordatoria. 3. Hasta 50 dias de atraso: Segunda nota recordatoria. 4. Hasta 70 dias de atraso: Notificaci6n administrativa de envio a cobro judicial. b) La notificaci6n administrativa de envio a cobro judicial concedera un plazo improrrogable de ocho dias naturales para ponerse al dia o presentar un arreglo de pago. Pasado este plazo la Secci6n de Credito, informara a la Junta Directiva de Corbana S. A. para que autorice el traspaso de la documentaci6n completa, incluyendo los estados de cuenta actualizados, a la Secci6n Legal, para que este en forma inmediata proceda con el cobro judicial de la operaci6n. c) Cualquier arreglo de pago que formule el deudor debera serconsultado con la Secci6n Legal de la Instituci6n, a efectos de incluir en el mismo, gastos y honorarios de abogado causados. Aquellos juicios que no hayan sido debidamente presentados al Juzgado respectivo no generaran honorario alguno, salvo el reconocimiento de gastos en los que se haya incurrido (certificaciones, declaraciones, etc.) La Gaceta N° 113 - Miercoles 13 de junio del 2007 La suspensi6n del cobro judicial procedera cuando se fonnalice un arreglo extrajudicial y se hayan cancelado las costas personales y procesales y cualesquiera gasto y honorario incurrido, con la debida aprobaci6n de las autoridades fijadas en el presente Reglamento. Sin embargo, se suspendera temporal mente el tramite del juicio ejecutivo a criterio de la Instituci6n, en la autoridad que corresponda, cuando se encuentre en estudio una propuesta de arreglo de pago, por un plazo maximo de 30 dias habiles, transcurrido el periodo de suspensi6n, se continuara con las gestiones de cobro judicial. Articulo 48.-Informaci6n a Junta Directiva. La Jefatura de Credito sera responsable de presentar a la Junta Directiva un reporte cuatrimestral de la situaci6n de la cartera crediticia 0 cuando esta 10 solicite a su discreci6n. Articulo 49.-Derogatoria. Se deroga y deja sin efecto cualquier norma reglamentaria 0 acuerdo de Junta Directiva que se oponga a las disposiciones del presente Reglamento. Articulo 50.-Vigencia del reglamento. El presente Reglamento rige a partir del dia 13 de marzo del 2007. Ing. Jorge A. SaumaAguilar, Gerente General.-I vez.---(46933). Pag49