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哥斯达黎加的法律

Manual de procedimientos para el pago de servicios ambientales

颁布于 2007-02-14 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Caribbean Community (CARICOM)
国家
哥斯达黎加
主题
Forestry
关键词
forest management/forest conservation, afforestation/reforestation, protection forest, protected area, ecosystem conservation, timber extraction/logging, fees/royalties, payments for ecosystem services/ payment for environmental services (PES), Indigenous Peoples

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  1. Pagl0 La Gaceta N° 51 - Martes 13 de marzo del 2007 REGLAMENTOS AMBIENTE Y ENJER(;iA FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL Segun acuerdo noveno celebrado en la sesi6n ordinaria numero dos del dia catorce del mes de febrero del dos mil siete. Considerando: 1°-Que segun dispone la Constituci6n Politica, en su Articulo 50 y numerosos Convenios y Tratados suscritos y aprobados por Costa Rica, es deber del Estado garantizar un medio ambiente ecol6gicamente equilibrado, creando mecanismos internos para asegurar el uso y disfrute de los recursos naturales vitales, para el ser humano, recursos contenidos en los diversos ecosistemas y procesos de regeneraci6n. 2°-Que la Ley Forestal N° 7575 publicada en La Gaceta N° 72 del 16 de abril de 1996, establece como una funci6n esencial del Estado, velar por la conservaci6n, aprovechamiento, protecci6n, administraci6n y fomento de los recursos forestales del pais, de acuerdo con el principio de uso racional de los recursos naturales renovables. 3°-Que el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal denominado FONAFIFO, creado en la citada Ley N° 7575, tiene como obligaci6n primordial establecer diversos mecanismos de fomento a pequefios y medianos productores forestales, entre ellos el Pago de Servicios Ambientales que generan los bosques y las plantaciones forestales en sus diversas modalidades, segun dispone el articulo tres inciso k de la Ley Forestal, su Reglamento y los Decretos Ejecutivos N° 31633 MINAE, publicado en La Gaceta 29 del II Febrero del 2004, N° 31081-MINAE publicado en La Gaceta 61 del 27 de marzo del 2003. 4°-Que siendo el FONAFIFO, un ente adscrito al MINAE, el mismo debe tener en consideraci6n en sus programas aspectos que coadyuven a mejorar las condiciones socioecon6micas de las areas con indices socioecon6micos mas bajos. En virtud de 10 anterior, se hace necesario contar con un documento tecnico - administrativo que regule y disponga los procedimientos y mecanismos para llevar a cabo estos importantes procesos. Por tanto: La Junta Directiva del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, emite el siguiente: La Gaceta N° 51 - Martes 13 de marzo del 2007 Pagll MANUAL DE PROCEDlMIENTOS PARAEL PAGO DE SERVICIOS AMBIENTALES 1.-0bjetivo. Establecer los procedimientos que se aplicaran en el Pago de los Servicios Ambientales (PSA) generados par los bosques y plantaciones farestales del pais, mediante el fomento de las actividades de refarestaci6n, protecci6n de la cobertura boscosa, recuperaci6n de cobertura mediante regeneraci6n natural y plantaci6n de arboles farestales en sistemas agrofarestales (SAF), pagados con recursos provenientes del Presupuesto Nacional y de cualquier otro donante 0 inversionista que no establezca condiciones diferentes, a las establecidas en este Manual. 2.-Criterios de priorizaci6n de proyectos. Las areas prioritarias para el Pago de Servicios Ambientales (PSA), en las modalidades de protecci6n de bosque, refarestaci6n, recuperaci6n de cobertura mediante regeneraci6n natural y plantaci6n de arboles farestales en SAF, seran las establecidas mediante el Decreto Ejecutivo que emitira el Poder Ejecutivo, los cuales seran aplicados para la selecci6n de los proyectos que se consideraran en el programa de PSA. Solamente, cuando la demanda nacional de las areas priaritarias ha sido satisfecha, se aceptaran proyectos en otras areas que oportunamente el FONAFIFO dara a conocer. Para inmuebles que se encuentren sobre el limite de las areas prioritarias se consideraran para efectos del Programa de PSA aquellas que al menos tengan un 30% dentro de dichas areas. Las presolicitudes de PSA se regiran par los siguientes criterios de priorizaci6n considerado en el siguiente arden de priaridad: 2.1. PROYECTOS DE REFORESTACION 2.1.1. Los sitios que presenten un alto potencial productivo para el desarrollo de plantaciones farestales a excepci6n de las clases de capacidad de uso VII y VIll (de la metodologia oficial establecida en el Decreto Ejecutivo correspondiente). 2.1.2. Para los proyectos de refarestaci6n con especies contenidas en los decretos de vedas y especies amenazadas 0 en peligro de extinci6n (Decreto N° 25663-MlNAE y Decreto N° 25700-MINAE), se establece como prioritario todo el pais. Para proyectos de refarestaci6n establecidas en las areas de protecci6n segun el articulo N° 33 de la Ley Farestal N° 7575, se considerara como priaritario todo el pais. 2.1.3. Proyectos de refarestaci6n mediante regeneraci6n natural en pastos y potreros, que se podran realizar solo en areas definidas como tierras Kyoto, que hayan sido defarestadas antes del 31 de diciembre de 1989. 2.1.4. Proyectos de regeneraci6n natural con potencial productivo en sitios con al menos un afio de abandono y libres de pastareo. 2.2. PROYECTOS DE PROTECCION DE BOSQUES 2.2.1. Los sitios ubicados en corredares biol6gicos reconocidos oficialmente par el SINAC, los cuales se conservan como primera prioridad para ingreso al Programa PSA. 2.2.2. Proyectos protecci6n sobre inmuebles que cumplan con 10 establecido en el punto anteriar, donde se hayan suscrito contratos de pago de servicios ambientales en afios anteriares, siempre que cumplan con los demas requisitos establecidos en este Manual y hayan cumplido su periodo de vigencia antes de presentar una nueva presolicitud de lpgreso. 2.2.3. Areas de bosque que tengan como funci6n principal la protecci6n del recurso hidrico, consideradas de interes para acueductos rurales, proyectos de Acueductos y Alcantarillado y las empresas de servicios publicos, los cuales deben estar respaldados mediante una certificaci6n emitida par el administradar del acueducto respectivo. 2.2.4. Inmuebles de propiedad privada ubicados dentro de las areas silvestres protegidas y que aun no han sido compradas o expropiadas par el Estado. 2.2.5. Los sitios con bosque ubicados en los cantones con IDS menor a 40% segun la determinaci6n realizada par MlDEPLAN. 2.3. PROYECTOS DE ESTABLECIMIENTO DE ARBOLES FORESTALES EN SAF 2.3.1. Se dara priaridad a proyectos tramitados par arganizaciones que tengan convenio vigente con el FONAFIFO. 2.3.2. Tierras con capacidad de uso VI, V, IV, III en su arden de prioridad.' 2.3.3. Areas en convenios especificos con FONAFIFO. 3.-De las areas y cantidades minimas y maximas. Las areas minimas y maximas a considerar anualmente para el PSA a traves de las diferentes modalidades, seran las que se detail an a continuaci6n: 3.1. EI area minima para el Pago par Servicios Ambientales que se vaya a ejecutar en la modalidad de Refarestaci6n, es de una hectare a y maximo de trescientas hectareas par afio, par finca o conjunto de fincas colindantes entre si 0 cercanas en un radio de cinco kil6metros, par persona fisica 0 juridica y par Area de Conservaci6n. 1 Ministerio de Agricultura y Ganaderia. 1995. Metodologia para la Determinacion de la Capacidad de Usa de las Tierras de Costa Rica. San Jose, Costa Rica. 6Op. 3.2. Para proyectos de reforestacion presentados par arganizaciones en un proyecto conjunto, el area maxima par productar par afio, sera de hasta cincuenta hectareas, 3.3. Para proyectos de reforestacion cuyos beneficiarios opten par el pago par adelantado, deben de indicarlo al momenta de presentar la presolicitud. Solamente se autorizara contratos con pagos par adelantado del primer desembolso, cuando estos se tramiten a traves de las organizaciones 0 cuando se trate de proyectos de pequcfios y medianos productares farestales de menos de 50 hectarea par productor(a). Para tales efectos, debera otargarse una garantia a satisfacci6n del FONAFIFO, la cual sera valorada y aprobada par el Comite Interno de FONAFIFO. 3.4. Para el Pago de los Servicios Ambientales en la modalidad de protecci6n de bosque, el area minima es dos hectareas y maxima trescientas hectareas par afio, par finca 0 conjunto de fincas colindantes entre si 0 cercanas en un radio de cinco kil6metros, par persona fisica 0 juridica par Area de Conservaci6n. 3.5. Para proyectos de regeneraci6n natural con potencial productivo el area minima considerada en sitios en vias de recuperaci6n es de 2 hectareas, 3.6. EI area maxima par Reserva Indigena para el PSA es de 600 hectare as par modalidad par afio. 3.7. Para la modalidad de plantaci6n de arboles forestales en SAF, la cantidad minima sera de trescientos cincuenta (350) arboles y maxima de tres mil quinientos arboles (3.500) par beneficiario (a). 3.8. En proyectos de plantaci6n de arboles forestales en SAF presentados en proyectos conjuntos, cooperativas de autogesti6n y en Reservas Indigenas, la cantidad maxima sera de trescientos treinta y seis mil arboles (336.000) par afio, siempre que cada beneficiario no sobrepase el rango establecido en el punto 3.7. 3.9. Dentro de los siguientes arreglos, el rango de arboles par hectare a y/o kil6metro de SAF par establecer es de: 3.9.1. Arboles maderables en cultivos perennes entre 40 y 250 arboles par hectarca. 3.9.2. Arboles de uso multiple en cultivos perennes entre 40 y 277 arboles par hectarca. 3.9.3. Arboles maderables en hilera entre 333 y 500 arboles par km. 3.9.4. Cortinas rompevientos entre 666 y 1000 arboles par km. 3.9.5. Plantaciones en bloque de menos de una hectarea, el equivalente entre (625 y I.IlI arboles/ha), Se considera como maximo tres bloques de menos de una hectarea par beneficiario(a). 3.9.6. Sistemas Taungya y barbechos mejorados, unica y exclusivamente en Territorios Indigenas. 3.10. Especies que se utilizan en SAF, se detail an en elANEXO 13. Dado que el minimo de arboles par contrato de SAF es de 350 arboles (punto 3.7 de este Manual), debcran de establecerse las combinaciones necesarias, entre los arreglos para alcanzar el minimo permitido, de acuerdo al area de cada finca. 4.-De los beneficiarios (as). Se consideraran beneficiarios (as) del Programa PSA, todas aquellas personas fisicas 0 juridicas, propietarios (as), arrendatarios, usufructuarios de inmuebles inscritos en el Registro Nacional que deseen gozar del Pago de los Servicios Ambientales en las diversas modalidades. Para proyectos de protecci6n de bosque tambien se considerara a los poseedares (as) que cumplan con 10 establecido en el Decreto Ejecutivo N° 31633-MINAE. Los (las) solicitantes interesados podran presentar presolicitudes de la siguiente manera: 4.1. En forma individual: Para la protecci6n de bosques, recuperaci6n de cobertura mediante regeneraci6n natural, refarestaci6n y establecimiento de arboles farestales en SAF. 4.2. Proyectos conjuntos elabarados par arganizaciones para la protecci6n de bosques, refarestaci6n, recuperaci6n de cobertura mediante regeneraci6n natural y el establecimiento de arboles forestales en SAF. 4.3. En proyectos conjuntos el beneficiario(a) estara de acuerdo en que los recursos PSA y SAF sean depositados en la cuenta bancaria de la arganizaci6n, 10cual se estipula en el contrato respectivo. 4.4. Todos los beneficiarios (as) individuales de PSA, deberan indicarle al FONAFIFO su numero de cuenta bancaria en el Banco Nacional de Costa Rica, para recibir los pagos del Programa de PSA. 4.5. Las Comunidades Indigenas que suscriban contratos de PSA debcran indicarle al FONAFIFO su numero de cuenta bancaria en el Banco Nacional de Costa Rica, para recibir los pagos del Programa de PSA. 5.-De las organizaciones. Las arganizaciones debcran estar debidamente inscritas en el registro respectivo, contar con personalidad juridica, agrupar 0 representar a pequefios 0 medianos productares y colaborar con el beneficiario(a) y con el FONAFIFO en el tramite, ejecuci6n y supervisi6n del proyecto PSA y deben cumplir con los siguientes requisitos: 5.1. Ser arganizaciones regidas par la Ley de Asociaciones N° 218 del 8 de agosto de 1939, Ley N° 7932 del 19 de noviembre de 1999 correspondiente ala Reforma a la Ley N° 4521 de Establecimiento de Centros Agricolas Cantonales adscritos al Ministerio de Pag12 La Gaceta N° 51 - Martes 13 de marzo del 2007 Agricultura y Ganaderia, Ley de Asociaciones Cooperativas N° 6756 del 5 de mayo de 1982, Ley sobre Desarrollo de laComunidad N° 3859 del 7 de abril de 1996 y estar legalmente constituidas, con personeria juridica vigente 0 Fundaciones que tengan en sus programas la actividad forestal 0 de recursos naturales. 5.2. Las organizaciones debidamente calificadas por FONAFIFO y que hayan suscrito un convenio de cooperacion con este segun 10 establecido en el Anexo 14, podran canalizar y colaborar en el programa de PSA en todas las modalidades, siempre y cuando cumplan con 10establecido a continuacion, 5.2.1. Firmar un convenio de cooperacion con el FONAFIFO, a partir de la aprobacion de presolicitudes PSA e incorporarlo a los expedientes respectivos (ANEXO 14) para 10 cual debera cumplir con los siguientes requisitos: a) Encontrarse legalmente constituida, segun 10establecido en el articulo 5 del Manual PSA2005. b) Entregar en FONAFIFO una fotocopia legible y vigente de la cedula juridica y de la cedula de identidad del representante(s) legal (es). c) Entregar una certificacion de personeria juridica con no menos de tres meses de emitida. d) Presentar una solicitud por escrito ante FONAFIFO firmada por el representante legal de la Organizacion, 5.2.2. Mantener una cuenta bancaria en el Banco Nacional de Costa Rica, para administrar de forma exclusiva los recursos que FONAFIFO Ie transfiera por PSA 5.2.3. Precalificar a los asociados (as) que van a ingresar al Programa de PSA, segun los requisitos de este Manual de Procedimientos para verificar la propiedad del inmueble y la existencia 0 no de limitaciones legales sobre las fincas a someter al PSA 0 verificando que los requisitos de fincas en posesion cumplan con 10 establecido en el Decreto N° 31633-MINAE, publicado en la Gaceta N° 29 del once de febrero del dos mil cuatro 5.2.4. Comprometerse a entregar los recursos a los beneficiarios (as) de PSA, como maximo dentro de los 15 dias naturales posteriores, al que se giren los recursos por parte ente fiduciario del FONAFIFO. 5.2.5. Colaborar con el FONAFIFO en las labores de supervision de los proyectos de PSA de sus asociados (as). 5.2.6. Suscribir contratos de regencia para los proyectos de sus asociados (as). 5.2.7. Comunicar por escrito y previa a la firma del contrato a sus asociados, el monto de las tarifas por los servicios que van a brindar en los proyectos de PSA, los cuales no deben superar e118% del monto total del contrato. 5.2.8. Formalizar contratos individuales privados con el beneficiario(a) de PSA, en los que se establezcan el monto por honorarios por los servicios brindados, la periodicidad de la asistencia tecnica, entre otras. 5.2.9. Presentar al FONAFIFO, en los meses de enero y julio de cada afio, copia de los depositos, transferencias 0 cheques emitidos a cada beneficiario(a). 5.3. En estos proyectos la organizacion sera la encargada del tramite, colaborara con FONAFIFO en la supervision de los proyectos de PSA y sus obligaciones particulares son: 5.3.1. Llevar un expediente individualizado de cada beneficiario (a). 5.3.2. Contratar los Regentes forestales responsables de la ejecucion del proyecto. 5.3.3. Supervisar el cumplimiento de las obligaciones del contrato. 5.3.4. Cobrar y retener el monto convenido a los productores. 5.3.5. Notificar en forma inmediata a FONAFIFO, en caso de incumplimiento de alguno de los beneficiarios (as). 5.4. No tener obligaciones pendientes con proyectos forestales, programas de financiamiento, incentivos 0 credito otorgados por MlNAE 0 alguno de sus organos adscritos. Solo podran ejecutar nuevos proyectos aquellas organizaciones que hayan cancelado sus obligaciones 0 hayan realizado un arreglo de pago. 6.-Del regente forestal. 6.1. EI profesional acreditado como Regente Forestal debera cumplir con 10 establecido en la Ley Forestal, su Reglamento y sus modificaciones. En casos especiales para Reservas Indigenas, el Gerente Regional del Area de Conservacion respectiva podra certificar el area que gozara del PSA, de acuerdo a los procedimientos establecidos en este Manual, siempre y cuando se cumpla con la normativa establecida por el Colegio de Ingenieros Agronornos y no se cobren honorarios. 6.2. En el caso de los proyectos de SAF el Regente Forestal como minimo debera realizar dos visitas en el primer afio y en los dos afios posteriores una visita por afio, 6.3. EI Regente debe entregar documentos ordenados para los expedientes respectivos y sus copias para sello de recibido en las respectivas Oficinas Regionales. 6.4. Es obligacion de los Regentes Forestales acompafiar al personal de FONAFIFO 0 a personas que este autorice, a las visitas de campo que se realicen a los proyectos PSA Para tales efectos, FONAFIFO notificara al Regente Forestal con al menos ocho dias habiles anteriores a la visita programada. En las visitas de campo tambien pueden participar los y las propietarios de la finca, sus representantes legales 0 sus administradores. 6.5. Informar por escrito al beneficiario del avance y estado de los Proyectos PSA respectivos. 6.6. SeraresponsabilidaddeRegente Forestal brindarlaasistenciatecnica de los proyectos y verificar el cumplimiento de recomendaciones tecnicas y las obligaciones de parte de sus regentados. 6.7. Presentar al FONAFIFO la documentacion tecnica requerida para el tramite y seguimiento de los proyectos de PSA, de manera oportuna, veraz, cumpliendo con los requerimientos establecidos por este Manual. 7.-Procedimientos para el tramite de presolicitudes para PSA. Cualquier tramite, que se refiera a los proyectos de PSA, sera realizado en las Oficinas Regionales del FONAFIFO, las cuales son las siguientes: Limon (AC. Amistad Caribe). Pococi (AC. Tortuguero). Sarapiqui, (AC. Cordillera Volcanica Central). San Carlos (AC. Huetar Norte). Palmar Norte (AC. Osa). • Nicoya (AC. Tempisque). Canas (AC. Guanacaste y AC. Arenal Tilaran), San Jose Oriental y Occidental (AC. Cordillera Volcanica Central, AC. Pacifico Central y AC. Amistad Pacifico). En cada una de las Oficinas Regionales del FONAFIFO se mantendra un mapa para ubicar si las fincas que apliquen presolicitudes para el programa de PSA estan dentro de las areas prioritarias. EI periodo de recepcion de presolicitudes de ingreso al programa de Pago de ServiciosAmbientales para el afio2007 se iniciaracon la publicacion del presente Manual de Procedimientos y concluye a los cuarenta y cinco dias habiles posteriores. Para los afios siguientes, el periodo de recepcion sera de cuarenta y cinco dias habiles y se iniciara el primer dia habil del mes de febrero de cada afio, La aprobacion definitiva de las solicitudes para cada ano, estara sujeta a la publicacion del Decreto Ejecutivo que establece las areas prioritarias, la cantidad de hectareas por modalidad y el presupuesto asignado a FONAFIFO para la implementacion del programa de PSA. Las Oficinas Regionales podran abrir un periodo extraordinario de recepcion de presolicitudes en la modalidad PSA que se requiera, cuando la cantidad de presolicitudes admitida sea inferior al area asignada. 7.1. Dentro de los requisitos para ingresar al PSA, el solicitante debe presentar por escrito y ante la Oficina Regional del FONAFIFO correspondiente, una presolicitud firmada por el mismo (Anexos I y 2). Adjuntando copia para sello de recibido, en la cual el personal de la Oficina Regional Ie indicara el numero de presolicitud asignado. La presolicitud contiene la siguiente informacion: 7.1.1. Nombre del propietario(a), copropietarios (as) y/o sociedad anonima y sus calidades (estado civil completo, ocupacion, domicilio exacto, numero de cedula de identidad) numero de telefono, fax y fotocopia visible en hoja completa de la cedula de identidad vigente y/o juridica vigente por ambos lados. 7.1.2. Nombre y calidades del representante legal (estado civil completo, ocupacion, domicilio exacto, numero de telefono, fax, numero de cedula de identidad y condicion de representacion) y fotocopia visible en hoja completa de la cedula vigente por ambos lados. 7.1.3. La pretension de la presolicitud que incluya el area a someter y la modalidad que se desea por cada inmueble, indicando si se trata de un inmueble en posesion 0 citas de inscripcion del inmueble ante Registro Publico. Ademas debe de indicar la siguiente informacion socioeconomica: a) fecha de nacimiento, b) escolaridad, c) numero de hijos y d) nacionalidad. En caso de que el tramite incluya personas juridicas debera indicarse el nombre completo de la misma y el numero de cedula juridica. 7.1.4. Fotocopia visible en hoja completa por ambos lados del plano catastrado, con ubicacion en la hoja cartografica 1:50.000. 7.1.5. Indicar lugar para recibir las notificaciones, si se tratara de su domicilio u oficina debera ubicarse dentro del perimetro administrativo de la Oficina Regional respectiva. 7.1.6. Cuando se trate de un proyecto de proteccion de bosque en fincas no inscritas, el solicitante debera adjuntar a la solicitud la documentacion establecida en el Decreto Ejecutivo N° 31633-MlNAE. La documentacion aportada debera contener las especies fiscales correspondientes. 7.1.7. Indicacion expresa de si se trata de un proyecto de reforestacion mediante pago por adelantado. La Gaceta N° 51 - Martes 13 de marzo del 2007 Pag13 En todos los casos, la informacion aportada por el solicitante debe estar ordenada y legible. Una vez recibida la presolicitud, el FONAFIFO asignara un numero consecutivo, y tendra un plazo de 10 dias habiles para notificar la continuaci6n 0 no de ingreso al Programa PSA segun los criterios de priorizaci6n y presupuesto asignado. 7.2. Las presolicitudes no aprobadas por aspectos legales, el solicitante tendra un plazo de hasta 30 dias para corregir y completar los requisitos. Cumplido este plazo sin que se completen los requisitos, se procedera a su archivo y las Oficinas Regionales no aceptaran la presentaci6n de requisitos faltantes, salvo en situaciones justificadas, en donde el solicitante presente por escrito una reconsideraci6n de su situaci6n antes del vencimiento del plazo. 7.3. Si la presolicitud es aprobada por el notario asignado, el solicitante tendra un plazo de hasta 15 dias habiles, para aportar a las Oficinas Regionales del FONAFIFO los siguientes requisitos: 7.3.1. Plano certificado por Catastro Nacional 0 Notario Publico. 7.3.2. Estudio Tecnico que debera emitir el Regente Forestal en el cual se establezca el area efectiva a contratar segun la modalidad que corresponda y los requerimientos tecnicos de las mismas, segun los Anexos 3, 5 y 7. a. Para reforestaci6n debcra presentar el Estudio Tecnico con la ubicaci6n del area a someter, con los puntos GPS, de acuerdo ala guia del Anexo 3. Una vez establecida la plantaci6n debora presentar una certificaci6n complementando la informacion de acuerdo a la guia del Anexo 4. b. Para protecci6n de bosque debera certificarse que el bosque protegido cumpia con la definici6n establecida en la Ley Forestal N° 7575. La guia para la elaboraci6n de los Estudios Tecnicos donde se incluye el area efectiva a compensar y los aspectos tecnicos, se establece en el ANEXO 5 de este Manual. c. Para regeneraci6n natural debera incluir una descripci6n del estado sucesional del recurso, La guia para la elaboraci6n de los Estudios Tecnicos donde se incluye el area efectiva a compensar y los aspectos tecnicos, se establece en el Anexo 5 de este Manual. d. Para SAF debera presentar el Estudio Tecnico con el arreglo a utilizar, el numero de arboles, las especies a plantar y los puntos GPS, de acuerdo a la guia del ANEXO 7. Unavez establecido el SAF, debera presentar la certificaci6n complementando la informacion requerida, de acuerdo ala guia del Anexo 8. 7.3.3. Contrato de regencia forestal debidamente inscrito en el Colegio de Ingenieros Agr6nomos, en el cual se incluira la totalidad de area PSA 0 arboles SAF. Debora inscribirse un contrato por cada proyecto PSA 0 por cada modalidad. Cuando se trate de proyectos tramitados a traves de una Organizaci6n se debora adjuntar ellistado de beneficiarios debidamente aceptado y sellado por el Colegio de Ingenieros Agr6nomos, el cual debcra contener calidades de cada beneficiario(a), matricula de Folio Real 0 plano catastrado de la 0 las fincas y un desglose del area PSA 0 arboles SAF incluidos en el citado contrato. Para todas las modalidades, debora entregar la ubicaci6n del area de PSA 0 el area de los arreglos de SAF con los tres puntos GPS, de acuerdo con las guias correspondientes. 7.3.4 EI Estudio Tecnico debera ser presentado en original en la Oficina Regional del FONAFIFO correspondiente. En caso de requerir correcciones, se concedera un plazo maximo de hasta 10 dias habiles despues de la notificaci6n. Para proyectos presentados por organizaciones sera un Estudio Tecnico por cada beneficiario(a) en forma individual. 7.3.5 Cuando se trate de fincas sin inscribir, el Estudio Tecnico se solicitara una vez transcurrido el plazo para oir oposiciones, luego de publicado el correspondiente edicto y completados todos los requisitos solicitados previamente. Para la aprobaci6n del proyecto se debera contar con el informe por parte del funcionario (a) de FONAFIFO, segun 10establecido en el Anexo 12 de este Manual. 7.4. Presentados los requisitos a la Oficina Regional de FONAFIFO, el Encargado(a) valorara los mismos, en caso de que se cumplan, elaborara la resoluci6n respectiva (Anexos 9 y 10). Esta resoluci6n debera contener: a. Consecutivo de numero de oficio. b. Nombre del beneficiario(a). c. Ubicaci6n geografica del inmueble. d. Numero de finca en caso de inmuebles inscritos 0 numero de plano catastrado en casos de inmuebles no inscritos. e. Modalidad. f. Area 0 numero de arboles sujetos a pago. La Oficina Regional notificara la resoluci6n y solicitara por escrito al beneficiario(a) 0 beneficiarios (as), el numero de cuenta cliente en el Banco Nacional de Costa Rica para el dep6sito de los pagos respectivos. Posteriormente, procedera a comunicar al beneficiario(a) mediante nota escrita, que el contrato esta listo, otorgandole un plazo de hasta 30 dias habiles, para presentarse a firmarlo. EI expediente se rernitira a las Oficinas Centrales de FONAFIFO para su revisi6n final, firma del Ministro de Ambiente 0 su representante y del presidente del FONAFIFO 0 su representante y para su protocolizaci6n. 8.-Requerimentos legales. Los inmuebles que se sometan al Programa, deberan: 8.1. Estar debidamente inscritas en el Registro Nacional, salvo las excepciones sefialadas para proyectos de protecci6n de bosques de acuerdo al Decreto Ejecutivo N° 31633-MlNAE y que cumplan con los requerimientos establecidos en el Reglamento a la ley Forestal. 8.2. En acatamiento de las directrices emitidas por el Registro Nacional, los pianos de los inmuebles que se sometan al Pago de Servicios Ambientales en cualquiera de sus modalidades, debe cumplir con los siguientes requisitos. 8.2.1 Encontrarse inscrito en la Base de Datos de Catastro Nacional. 8.2.2 Estar relacionado -tanto en la Base de Datos del Catastro Nacional, como en la del Registro de la Propiedad- al inmueble que se desea someter. 8.2.3 La ubicaci6n y area del inmueble indicada tanto en el plano como en la Base de Datos del Catastrado Nacional, debe coincidir con 10que se indica en la Base de Datos del Registro de la Propiedad. 8.3. Cuando se trate de fincas sin inscribir, el plano debera estar a nombre de quien se dice poseedor del inmueble. 8.4. No tener anotaciones, inmovilizaciones, demandas de cualquier tipo, embargos preventivos 0 practicados. 8.5. En caso de tener limitaciones del IDA, BANHVI u otra similar, debera contar con la autorizaci6n escrita de dicha entidad para suscribir el contrato y para establecer limitaciones. Salvo aquellos casos en que se encuentren autorizados por un convenio de cooperaci6n interinstitucional. 8.6. Podran ejecutarse proyectos de protecci6n y reforestaci6n en fincas arrendadas, siempre y cuando el arrendamiento este inscrito en el Registro Nacional por el plazo de ejecuci6n del proyecto. Siempre que no sobrepasen las trescientas hectareas, por finca 0 conjunto de fincas colindantes entre si 0 cercanas en un radio de cinco kil6metros, por persona fisica 0 juridica, por Area de Conservaci6n. En todos los casos, el propietario del inmueble debera suscribir el contrato de pago de servicios ambientales conjuntamente con el arrendante. 8.7. En caso de que existan copropietarios, usufructuarios, nudos propietarios u otros esquemas similares, podran los copropietarios, usufructuarios, nudos propietarios u otros en escritura publica autorizar expresamente a uno de ellos la firma del contrato a nombre propio 0 en representaci6n del poderdante y la autorizaci6n para realizar la afectaci6n del inmueble en el Registro Nacional. Esto debe indicarse en la presolicitud PSA para que sea valorado por el notario externo de FONAFIFO. 8.8. No se adrnitiran inmuebles sobre los que existen cedulas hipotecarias, salvo que estas sean endosadas como garantia de cumplimiento al FONAFIFO, 0 se utilicen otros mecanismos de garantia a satisfacci6n de FONAFIFO. 8.9. No se admitiran inmuebles sobre los que existan constituidas hipotecas, salvo que en escritura publica, el acreedor hipotecario autorice la ejecuci6n del proyecto, la afectacion del inmueble ante el Registro y manifieste que en caso de remate, el inmueble se adjudique con las afectaciones y limitaciones correspondientes. Cuando el acreedor hipotecario sea un Banco del Sistema Bancario Nacional, bastara con un oficio firmado por el funcionario competente de la entidad. No obstante 10 anterior, se aceptaran proyectos PSA en la modalidad de protecci6n de bosque, cuando el banco acreedor haya suscrito convenios con FONAFIFO para respetar las afectaciones y los proyectos, 0 cuando se trate de fincas con hipotecas donde el beneficiario, manifieste su deseo de que el pago se realice por afio vencido, segun los terminos que establece la clausula incluida en el contrato respectivo. 8.1O. Para el establecimiento de plantaciones dentro de las areas silvestres protegidas afectadas por el Plan de Ordenamiento Ambiental, deberan ajustarse a las regulaciones estipuladas en el mismo. Cuando se trate de proyectos de reforestaci6n con especies de rapido crecimiento, la conveniencia tecnica de la propuesta debcra ser expresamente avalada en el informe de evaluaci6n que haga la Oficina Regional del FONAFIFO. 8.11. No tener obligaciones pendientes con proyectos de PSA anteriores, programas de financiamiento, incentivos 0 creditos otorgados por el FONAFIFO. 8.12. Unicamente se aceptara incluir para el Pago de Servicios Ambientales, proyectos de Reforestaci6n y SAF cuya plantaci6n haya sido establecida como maximo doce meses antes de la formalizacion del contrato. 9.-0bligaciones pendientes. La verificaci6n de obligaciones por contratos anteriores de los beneficiarios (as) se realizara de la siguiente forma: Pag14 La Gaceta N° 51 - Martes 13 de marzo del 2007 9.1. El FONAFIFO verificara de acuerdo a los registros con que cuenta, las obligaciones de los beneficiarios (as) u organizaciones con respecto a creditos, certificados de abono forestal, contratos de PSA. Se verificara las obligaciones que se establecen en este manual y tambien procedera a verificar la cabida del inmueble y la vigencia de contratos anteriores. 9.2. Las Oficinas Regionales del FONAFIFOverificanin las obligaciones pendientes en cuanto a los Servicios Ambientales y deberan dejar constancia en el expediente del resultado de esta consulta. 9.3. Si se determina la existencia de obligaciones pendientes, los responsables de las Oficinas Regionales de FONAFIFO en coordinacion con las Oficinas Centrales, iniciaran los procesos administrativos tendientes a la recuperacion de los recursos. 9.4. FONAFIFO mantendra un registro de beneficiarios (as) u organizaciones que han incumplido con el contrato u obligaciones con el PSA, para verificar si procede 0 no el tramite de contratos nuevos 0 solicitudes de pago. 1O.-Emisi6n y entrega del pago por servicio ambiental 10.1. Tratandose de proteccion de bosque, una vez firmado el contrato por todas las partes, inscrita la afectacion ante el Registro de la Propiedad 0 protocolizado el contrato en caso de fincas en posesion, el FONAFIFO tramitara la Orden Pago y la remitira al BNCR. El pago de los contratos por afio vencido y de los contratos suscritos sobre fincas en posesion, se tramitaran doce meses despues de su vigencia. (ver punto 8.9). 10.2. Para pagos posteriores, el Regente Forestal entregara a la Oficina Regional respectiva de FONAFIFO una certificacion anual a los 12, 24, 36 y 48 meses de la fecha de vigencia de contrato, 0 24, 36, 48 y 60 meses cuando se trate de contratos suscritos sobre fincas en posesion segun la guia del Anexo 6, el funcionario (a) responsable de la Oficina Regional de FONAFIFO, valorara la certificacion y procedera a asignar un numero de consecutivo, para continuar con el tramite, El FONAFIFO tramitara la Orden Pago y la remitira al BNCR. 10.3. Para los proyectos de reforcstacion una vez firmado el contrato por todas las partes, inscrita la afectacion y presentada la certificacion del Regente Forestal segun la guia del Anexo 4, el FONAFIFO tramitara la Orden Pago y la remitira al BNCR. 10.4. Para pagos posteriores en la modalidad de reforestacion el Regente Forestal entregara a la oficina regional respectiva de FONAFIFO una certificacion anual a los 12, 24, 36, 48, 60, 72, 84, 96, 108 y 120 meses posteriores a la fecha promedio de plantacion, segun la guia del Anexo 4, el funcionario (a) responsable de la Oficina Regional de FONAFIFO, valorara la certificacion y procedera a asignar un numero de consecutivo, para continuar con el tramite, El FONAFIFO tramitara la Orden Pago y la remitira al BNCR. 10.5. En contratos de reforestacion con pago por adelantado, tambien se realizaran los pagos posteriores segun la fecha de plantacion, siempre y cuando se haga entrega de la certificacion anual respectiva. 10.6. Para los contratos de regeneracion natural el primer pago se realizara una vez firmado el contrato por todas las partes e inscrita la afectacion, el FONAFIFO tramitara la Orden Pago y la remitira alBNCR. 10.7. Para pagos posteriores el Regente Forestal entregara a la oficina regional respectiva de FONAFIFO una certificacion anual a los 12, 24, 36 y 48 meses de la fecha de vigencia de contrato, segun la guia del Anexo 6, el funcionario (a) responsable de la Oficina Regional de FONAFIFO, valorara la certificacion y procedera a asignar un numero de consecutivo, para continuar con el tramite, El FONAFIFO tramitara la Orden Pago y la remitira al BNCR. 10.8. Para los proyectos de establecimiento de arboles forestales en SAF el primer pago se realizara una vez firmado el contrato por todas las partes y presentada la certificacion del Regente Forestal segun la guia del ANEXO 8 , el FONAFIFO tramitara la Orden Pago y la remitira al BNCR. 10.9. Para pagos posteriores el Regente Forestal entregara una certificacion anual a los 12 y 24 meses de la fecha promedio de establecimiento del SAF, segun la guia del 8, el monto a pagar dependera de la cantidad de arboles sobrevivientes reportados. El funcionario (a) responsable de la OficinaRegional de FONAFIFO, valorara la certificacion y procedera a asignar un numero de consecutivo, para continuar con el tramite. El FONAFIFO tramitara la Orden Pago y la remitira al BNCR. 10.10. Recibida la certificacion del Regente, FONAFIFO tendra un plazo de 30 dias naturales para la emision de la orden pago, 10cual se hara siempre y cuando esta cumpla con los requisitos establecidos enlaLey Forestal, sus Reglamentos, el Manual de Procedimientos, la afectacion del inmueble se encuentre debidamente inscrita en el Registro Publico y el beneficiario(a) se encuentra al dia en sus obligaciones con la Caja Costarricense del Seguro. 10.11. No se aceptaran poderes otorgados a terceros por apoderados para firmar contratos y/o tramitar 0 retirar PSA. II.-Disposiciones de seguimiento y monitoreo 11.1. Para el seguimiento y evaluacion de los proyectos del Programa de Servicios Ambientales, el FONAFIFO podra contar con los servicios de un ente externo que permita auditar y evaluar el estado y cumplimiento de las obligaciones, por parte de los entes involucrados en el PSA, a saber beneficiarios (as), Oficinas Regionales y Centrales del FONAFIFO, organizaciones, SlNAC, Regentes, etc. Esta evaluacion debcra realizarse al menos cada dos afios, El FONAFIFO definira los lineamientos tecnicos de la misma. Los involucrados deberan contribuir en este proceso, asi como implementar las recomendaciones que se deriven de la auditoria. 11.2. Anualmente, el FONAFIFO remitira al SINAC el listado de los proyectos aprobados, para que los tome en consideracion al momenta de realizar otros tramites 0 en la implementacion de la estrategia de monitoreo que Ilevara a cabo esta institucion, a mas tardar un mes despues de finalizado el periodo de tramitacion de proyectos. 11.3. Para el monitoreo de los proyectos, el FONAFIFO podra contratar los servicios externos para este fin, asi como para mantener actualizado el Inventario Nacional de Servicios Ambientales y otros productos del bosque. Los involucrados deberan contribuir en este proceso asi como implementar las recomendaciones derivadas del mismo. II.4. El personal Tecnico de FONAFIFO y el funcionario (a) de la fiscalia del Colegio de Ingenieros Agronomos, que regulen a los profesionales involucrados en estos procesos y los funcionarios (as) del SlNAC, podran visitar en cualquier momenta el area compensada para corroborar el estado de la mismay la informacion consignada en las certificaciones. . II.5. Las Oficinas del FONAFIFO debe ran mantener los expedientes debidamente foliados, ordenados cronologicamente y con indice actualizado del contenido. 11.6. FONAFIFO Ilevara una base de datos de los proyectos de PSA en el Sistema de Informacion Geografica (SIG) y en el Sistema Integrado de Administracion de Proyectos (SlAP). II.7. El FONAFIFO utilizara en sus visitas de control los formularios de Indicadores discfiados para las modalidades de proteccion, rcforestacion y SAF. Los mismos seran anexados a los expedientes respectivos y tendran el seguimiento correspondiente. 12.-De las obligaciones de los beneficiarios (as). Son obligaciones de los beneficiarios (as) de PSA en las diversas modalidades las siguientes: 12.1. Cumplir con las estipulaciones del contrato, recomendaciones del Regente Forestal 0 el personal de FONAFIFO en cualquiera de sus modalidades. 12.2. Prevenir y controlar los incendios forestales. 12.3. Mantener facilmente identificados en el campo los vertices que delimitan el area sujeta a PSA. 12.4. Prevenir y controlar la caceria ilegal y la extraccion ilegal de otros productos del bosque. 12.5. No desarrollar actividades agricolas y/o ganaderas, excepto en los SAF segun 10 consignado en el Estudio Tecnico Certificado respectivo. 12.6. No efectuar acciones de corta y extraccion de productos maderables, en los proyectos de proteccion, 12.7. No realizar actividades que alteren el comportamiento natural del area bajo proteccion de bosque. 12.8. Comunicar al FONAFIFO cualquier alteracion 0 contingencia que ocasione cambios en el area compensada. 12.9. Permitir el libre acceso del personal del SlNAC encargado del control, FONAFIFO, y otros que estos designen, allugar del area compensada, facilitando su labor. 12.10. Permitir al SlNAC realizar labores de investigacion y educacion ambiental en el area compensada. 12.11. Cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley Forestal, sus reglamentos y otras disposiciones aplicables. 12.12. Acatar cualquier recomendacion, tecnicamente justificada emitida por el SINAC y las emanadas por FONAFIFO, igualmente debora colaborar en las visitas que FONAFIFO 0 sus representantes eventualmente realicen a los proyectos PSA. 12.13. En caso de venta del area sujeta a PSA, en forma parcial 0 total el beneficiario(a) debora comunicar en un plazo maximo de treinta dias a la Oficina Regional de FONAFIFO, la transaccion a realizar. 12.14. Ceder al FONAFIFO los derechos por los Servicios Ambientales por un periodo igual ala vigencia del contrato suscrito. 12.15. Contar con un Regente durante el periodo de desembolsos. 12.16. Identificar adecuadamente el area sujeta a Pago por Servicios Ambientales, con un rotulo por cada 50 hectareas como minimo. Para proyectos presentados en forma conjunta con areas inferiores a 50 hectare as por beneficiario(a) se requiere al menos un rotulo por inmueble y en casos de SAF uno por inmueble. Los r6tulos deben contener informacion sobre el nombre del beneficiario, modalidad, numero de contrato y area PSA sometida 0 arboles SAF. 12.17. En la modalidad de arboles forestales en SAF se debe proteger los arboles del ramoneo de los animales. 13.-Devoluciones. Las devoluciones que al efecto realicen los administrados (as) por conceptos como: incumplimiento de contrato, retiros voluntarios cuando procedan, u otros, seran realizados mediante deposito a la cuenta bancaria de FONAFIFO, numero 100-01-000-216750-0 a nombre del Fideicomiso 544-1 Pago de Servicios Ambientales BNCR. El beneficiario(a) debera remitir copia del deposito a FONAFIFO, adjuntado La Gaeeta N° 51 - Martes 13 de marzo del 2007 Pag15 Telefono, fax y/o correo electr6nico: III. Datos de la organizacion Nombre completo: Numero de cedula: Direcci6n exacta: una nota que indique: nombre del beneficiario, numero de contrato, area PSA que corresponde al monto del dep6sito y concepto por devoluci6n. Este monto debe incluir los intereses correspondientes, cuando corresponda, los cuales se calcularan con base en la tasa basica pasiva fijada por el Banco Central ala fecha del pronunciamiento del Area Legal de FONAFIFO, por 10 cual, el beneficiariota) debcra previa al dep6sito, realizar la consulta del monto a depositar al Area Administrativa de FONAFIFO. 14.-Disposiciones finales 14.1. Los proyectos comprendidos entre los afios 1997 y 2006, se regiran por los Decretos Ejecutivos y Manuales respectivos. EI seguimiento de los contratos suscritos entre los afios 1997 y 2002, correspondera al Sistema Nacional de Areas de Conservaci6n (SlNAC). 14.2. EI FONAFIFO y el SlNAC conjunta 0 individualmente, podran suspender la aplicaci6n del Pago por Servicios Ambientales, de los proyectos e iniciar las gestiones administrativas y legales correspondientes, para la recuperaci6n de los recursos ya aplicados, cuando se compruebe que hubo incumplimiento del contrato sucrito, de la Ley Forestal, y las demas disposiciones reglamentarias vigentes. Asimismo, iniciara el procedimiento administrativo pertinente a fin de determinar si se cancela 0 no el contrato forestal, estableciendo las responsabilidades del caso. 14.3. En caso de venta del area sujeta a PSA, en forma parcial 0 total, el beneficiario(a) debera comunicar en un plazo maximo de treinta dias a la Oficina Regional de FONAFIFO, la transacci6n a realizar. Posteriormente, el nuevo beneficiario(a) debcra solicitar la modificaci6n del contrato aportando la documentaci6n legal correspondiente, que 10acreditacomo ducfiofa), en un plazo maximo de treinta dias posteriores a la transacci6n. EI incumplimiento de esta disposici6n obliga al FONAFIFO a suspender el pago y abrir el procedimiento administrativo para dar por finalizado el contrato y recobrar los recursos girados cuando corresponda. 14.4. Las areas de protecci6n establecidas en el articulo 33 de la Ley Forestal N° 7575, que se encuentren dentro del area sujeta al PSA, estaran comprendidas dentro del area total que recibira la compensaci6n. Para las areas de reforestaci6n en areas de protecci6n, el propietario(a) podra recuperar las mismas mediante el establecimiento de especies nativas, las cuales recibiran el PSA correspondiente en el entendido que no podran ser cortadas en el futuro. 0 en su defecto, se puede considerar la restauraci6n natural y se considera como area efectiva de pago. 14.5. EI tratamiento de los terrenos en las Reservas Indigenas debora ser igual al que se Ie da al resto de los beneficiarios, no obstante se deben considerar aquellos aspectos particulares, que como Reserva Indigena se presentan. Sin excepci6n, en todos los casos, los tramites para la aplicaci6n del PSA deberan ser suscritos por el presidente de laAsociaci6n de Desarrollo Indigena, previo acuerdo de Asamblea General de Asociados Encaso que la Reserva Indigena no cuente con el respectivo plano catastrado se podra dar tramite al proyecto utilizando el derrotero que se detail a en el decreto de creaci6n de la Reserva, en cuyo caso el Regente debora ubicar el area a someter bajo contrato de PSA. 14.6. Las certificaciones emitidas por el Regente Forestal que se requieran para los diferentes tramites debe ran haber sido emitidas en fecha reciente no superior a un mes al momenta de la presentaci6n a la Oficina Regional del FONAFIFO. 14.7. Las presolicitudes que por limitaciones presupuestarias no fueron tramitadas en el afio anterior, seran depositadas en un archivo temporal. Las mismas seran consideradas en el afio siguiente, solamente si el interesado asi 10 manifiesta por escrito ala Oficina Regional respectiva. S610 se tramitaran presolicitudes entregadas dentro del periodo establecido en el presente Manual. 14.8. EIFondoNacional de Financiamiento Forestal, mediante resoluci6n, podra establecer la suspensi6n temporal 0 definitiva del pago por servicios ambientales, cuando existan conflictos de intereses entre poseedores 0 propietarios, 0 cuando por raz6n de procesos de fiscalizaci6n 0 supervisi6n de proyectos, se encuentren elementos que duden a cerca del area del proyecto, del propietario 0 poseedor del inmueble u otros elementos de importancia. Igualmente, podra proceder con la cancelaci6n de los contratos cuando considere que la existencia de esos conflictos 0 procesos, ponen en riesgo el buen uso de los recursos econ6micos destinados para tales fines. 14.9. En raz6n de que el Programa de Pago de ServiciosAmbientales es de naturaleza voluntaria, se posibilita el retiro anticipado del mismo a los beneficiarios. Para tales efectos, debera suscribirse el finiquito correspondiente, y el beneficiario debera hacer la devoluci6n de los recursos recibidos, mas los intereses correspondientes calculados ala tasa basica pasiva. Se exceptuan de esta devoluci6n, aquellos casos de proyectos de protecci6n de bosque donde conste una certificaci6n del Regente de que efectivamente se dio la protecci6n del bosque en los afios inmediatos anteriores. 14.10. Los beneficiarios de contratos de Pago de Servicios Ambientales, podran acogerse a los beneficios establecidos en los Articulos 29 y 36 de la Ley Forestal N° 7575, para 10cual deberan cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento a la Ley Forestal. 14.11. Si el beneficiario (a) no se presenta a firmar el contrato 0 se retira del tramite de PSA durante el proceso de afectaci6n de la finca, debera cancelar mediante Dep6sito Bancario el monto total del costa de la "Afectacion Ley Forestal" si es que esta ya se hubiese realizado, FONAFIFO por su parte tornara acciones administrativas, legales y econ6micas cuando corresponda, contra quienes se retiren, ello dado los costos en que se incurri6 durante el proceso de incorporaci6n al Programa de PSA. 14.12. En las modalidades de protecci6n de bosque, reforestaci6n y regeneraci6n natural, no se podra hacer efectivo el primer pago, hasta que la afectaci6n no se encuentre debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad 0 se cuente con el Testimonio de escritura cuando se trate de fincas sin inscribir. EI contrato respectivo cstablccera un porcentaje del 1% del valor total del contrato, como gastos por concepto de estudios de expedientes y de Registro Publico, emisi6n de certificaciones, elaboraci6n y protocolizaci6n del contrato respectivo e inscripci6n ante el Registro Publico. Para fincas sin inscribir el notario debcra elaborar un testimonio del contrato para incorporarlo en el Registro que FONAFIFO Ilevara para tal fin. 15.-De las afeetaciones y desafeetaciones. Los costos por afectacion, seran del I% del valor total del contrato para protecci6n regeneraci6n natural y reforestacion, monto que sera deducido al beneficiario por unica vez en el primer pago y sera depositado directamente al notario respectivo. Las afectaciones vencidas, 0 producto de retiros voluntarios, podran ser realizados por cualquier notario que el beneficiario(a) decida. Para ello, debcra el notario correspondiente presentar un borrador de,la escritura para su aprobaci6n y coordinar la firma de la misma ante el Area de Asesoria Legal de FONAFIFO. En caso que asi 10 decida el beneficiario(a), podra utilizar cualquiera de los notarios del FONAFIFO, para ello se pondra a disposici6n una lista. En todos los casos, el beneficiario(a) cubre los costos por estos tramitcs, Tambien, se cobrara este costa a los beneficiarios (as) que decidan finiquitar el contrato, durante el plazo en que se este inscribiendo la afectaci6n respectiva ante el Registro Publico. Rige a partir de su publicaci6n en el Diario Oficial La Gaceta. Publiquese. Presidente Fondo Nacional de Financiamiento Forestal. Guillermo Rojas Valverde.-I vez.-(Solicitud N° 35468).---C 832499.-(18200). ANEXO I FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORES'lAL PRESOLlCITUD DE INGRESO AL PROGRAMA PSA Consecutivo Fecha Senores: Oficina Regional Por este medio h-a-g-o-e-n-Ct-re-g-a----,d-e'l-a-p-r-e-so~l07ic~ic;-tu-d para ingresar al Programa de Pago de Servicios Ambientales - PSA, para 10cual indico los siguientes aspectos: I. Datos del solicitante Nombre completo: Numero de cedula: ~ Estado civil completo: Profesi6n u oficio: Direcci6n exacta: Telefono: ----e---, Numero de fax y/o correo electr6nico: II. Datos del representante legal Nombre completo: Numero de cedula: Estado civil completo: Telefono, fax y/o correo electr6nico: Profesi6n u oficio: Condiciones en que-eJ~'e-c-ut;-a-s-u-r-e-p-re-sentaci6n: Direcci6n exacta: IV. Datos de la finea Matricula de Folio(s) Real(es) 0 citas de inscripci6n (Torno, Folio Asiento Numero) 0 posesi6n Area total (ha): --,----,--~ Numero de plano catastrado: Limitaciones IDA SI ( ) ~Ni70"(--'--) Ubicaci6n administrativa: Modalidad PSA: Area a someter en PSA: En caso de Reforestaciori~1'n-d'u-sC-tn~'a'I-C(,---cc)--c-o-n-e-species en extinci6n ( Recursos por adelantado ( ) V. Lugar para oir notifieaciones La entrega de esta presolicitud no obliga a esta Oficina Regional a aprobar en el acto la presolicitud, dado que la misma requiere una verificaci6n de aspectos legales, cumplir con criterios de priorizaci6n y disponibilidad de recursos para este Programa y de acuerdo a 10 dispuesto en la legislaci6n vigente. La Oficina Regional dispone de un plazo de 10 dias habiles para su notificaci6n y proceder a continuar 0 no con el tramite respectivo. Pag16 La Gaceta N° 51 - Martes 13 de marzo del 2007 Nota: Agregar informacion sobre los datos socioeconomicos: fecha de nacimiento, nacionalidad, lugar de residencia, escolaridad y numero de hijos. Nota: Agregar informacion sobre los datos socioeconornicos: fecha de nacimiento, nacionalidad, lugar de residencia, escolaridad y numero de hijos. ANEX02 FONDO NACIONAL DE FlNANCIAMIENTO FORESTAL PRESOLlCITUD DE lNGRESO AL PROGRAMA PSA-SAF Adjunto copra del plano catastrado completo por ambas lados (con ubicacion geografica de la finca), copia de la cedula de identidad vigente en hoja completa y/o cedula juridica vigente (si aplica). Presolicitud: Completa ( ) Incompleta ( ) Observaciones: 4. Se debe incluir el nombre comun y cientifico de las especies a plantar e indicar claramente la especie por area y por cada folio real. 5. EI Regente Forestal debe certificar que realizo una evaluacion de los factores Iisico-ambientales, ecologicos y silviculturales para recomendar la (s) especie (s), sitios a plantar y el manejo de la (s) misma (s) y que estas fueron comunicadas por escrito al beneficiario (a). 6. EI Regente Forestal debe certificar el origen del material vegetativo mejorado cuando exista 0 en su defecto el origen del material seleccionado para la plantacion, 7. Se debora localizar y cuantificar las superficies ocupadas por otros usos de la tierra (infraestructura existente, zonas de proteccion, etc.), siempre y cuando estos se encuentren dentro de los bloques 0 areas a plantar. 8. En proyectos de reforestacion con otros metodos debe incluirse ademas de area efectiva, fecha de plantacion y porcentaje de sobrevivencia, condiciones fenotipicas de los mejores individuos, en el caso de la especie Gmelina arborea, se certifique material genetico adecuado en la plantacion original, cosec has certificadas superiores al promedio nacional (mas de 100 m3 en la cosecha), certificacion que al menos 200 arboles de la primera cosecha fue de clase I. 9. Para proyectos de regeneracion natural con potencial productivo se debe certificar que al menos se encuentren 1240 brinzales de especies comerciales por hectare a o/y 720 latizales comerciales por hectareas, dependiendo de la edad de iniciado el proceso de regeneracion natural, segun 10indicado en el Anexo 20. No se cuantificaran en estos tipos de vegetacion, los arboles y palmas remanentes de bosque primario ni tocones con rebrotes multiples La densidad de arboles remanentes no debe sobrepasar los 5 individuos por hectarea, Ademas de hacer una descripcion de las labores de manejo. 10. EI plano de la propiedad debe estar georeferenciado con al menos tres puntos ubicados mediante GPS con el datum WGS 84 y en formato grados-decimales (GG.dddd). Dos de estos puntos como minimo deben ser vertices del plano. Todos los puntos GPS, deben de estar a una distancia no menor a 50 metros entre ellos. (deben indicarse en el croquis, las ubicaciones de los puntos). La informacion, de los puntos GPS debe estar incluida. II. Asimismo, cada Estudio Tecnico debe contener el croquis del area a someter a PSA con respecto al area total de la propiedad, indicando el derrotero y la numeracion correspondiente de vertices, ademas debe amarrarse el punto de inicio (punto I) del area a someter de un punto con coordenadas conocidas, sistema empleado y exactitud del mismo. EI croquis del area efectiva PSA, asi como el croquis de la totalidad del plano debe entregarse impreso y en digital en formato de Shape files de Arc View, en sistemas de coordenadas Lambert Norte o Sur, proyeccion Ocotepeque 0 bien en sistemas de coordenadas geograficas, datum WGS 84 y en formato grados decimales (GG. dddd). 12. Las escalas a utilizar para areas superiores a treinta hectare as deben de ser l: 5.000 a l: 10.000. Para el caso de areas menores pueden utilizarse a conveniencia profesional. 13. Ademas, el Estudio debera elaborarse con base al area legal del terre no, es decir la ' superficie agraria', definicndosc esta como el area de una porcion de terre no determinada por la proyeccion horizontal de su perimetro. 14. Manifestacion expresa de la existencia de otros contratos de PSA vigentes sobre la misma finca, indicando el area, ubicacion y cabida de los contratos. 15. En inmuebles sobre los que existan contratos de arrendamientos, debe certificarse que las areas PSA estan excluidas de las areas en arriendo, esto en caso de que sea el propietario del inmueble que solicita el ingreso al PSA. Caso contrario, certificar que los arriendos corresponden efectivamente a areas PSA solicitados por los arrendatarios. 16. Solo se admitiran Estudios Tecnicos que se refieran a pianos cuyos desplazamientos en la ubicacion cartografica no superen los 500 metros, con respecto a 10indicado en el plano y la ubicacion real de la finca. En los casos que supere los 500 metros se debera adjuntar una certificacion emitida por un topografo colegiado que indique la ubicacion correcta del plano. 17. Los Estudios Tecnicos deben ser elaborados en papel de seguridad, contener el nombre, numero de colegiado y firma del profesional responsable, la fecha de elaboracion y con los timbres respectivos. Nota: Instalacion de letreros preventivos, EI rotulo debe de contener la siguiente informacion: nombre del beneficiario(a), modalidad, area PSA sometida y numero de contrato forestal. ANEX04 lNSTRUCTlVO PARA ELABORAR LAS CERTlFICACIONES DE SEGUlMIENTO PARA LOS PROYECTOS PSA DE REFORESTACION EI Regente Forestal debe certificar el estado de la plantacion utilizando el siguiente instrumento, al momenta de establecer la plantacion y para tramitar los pagos correspondientes a los 12, 36, 60, 84 y 120 meses de la fecha promedio de plantacion: EI suscrito , N° colegiado , En mi calidad de Regente Forestal, con poliza de fidelidad N° , amparado a la Ley Forestal, su reglamentacion, sus modificaciones y la normativa vigente. Certifico el estado de la plantacion forestal de acuerdo a los siguientes criterios. SELLO SELLO Telefono, fax y/o correo electronico: Firma del solicitante 0 representante legal Firma del solicitante 0 representante legal Estado civil completo: Direccion exacta: Telefono, fax y/o -c-o-rr-e-o-e'l-ec--ctc-ro"n-i~c-o-:=--=-- Consecutivo Fecha Senores: Oficina Regional c--.-.-----c~ c Por este medio hago entrega de la presolicitud para ingresar al Programa de Pago de Servicios Ambientales - SAF, para 10cual indico los siguientes aspectos: l. Datos del solicitante Nombre completo: Numero de cedula: Estado civil completo: Profesion u oficio: Direccion exacta: Telefono, numero de fax y/o correo clectronico: Il. Datos del representante legal Ill. Datos de la organizacion Nombre completo: Nombre completo: Numero de cedula: Numero de cedula juridica: ANEX03 INSTRUCTlVO PARA ELABORAR LOS ESTUDlOS TECNICOS PARA LOS PROYECTOS PSA DE REFORESTACION EI suscrito , N° colegiado , En mi calidad de Regente Forestal, con poliza de fidelidad N° , amparado a la Ley Forestal, su reglamentacion, sus modificaciones y la normativa vigente. Certifico el contenido del siguiente Estudio Tecnico: l. Nombre de beneficiarios (as), numeros de cedula, folio (s) real (es), numerors) de plano, area (s) total (es) de folio (s), uso actual, ubicacion administrativa y la direccion exacta de la (s) finca (s), colindantes encontrados en el campo. 2. Indicar la modalidad y el numero de Presolicitud asignado de previo por la Oficina Regional respectiva. 3. Indicar si el area se encuentra en un area silvestre protegida, sefialando el nombre de la misma. Profesion u oficio: .- Condiciones en que ejecuta su representacion: Direccion exacta: IV Datos de la finca Matricula (s) de Folio Real 0 citas de Inscripcion (torno, folio asiento :Numero) Area total,-;('ha')-: - - - ~ Numero de plano catastrado: Limitaciones l.DA. SI( ) NO( ) Ubicacion administrativa: Numero de arboles: Arreglo SAF: V Lugar para oir notificaciones La entrega de esta presolicitud no obliga a esta Oficina Regional a aprobar en el acto la solicitud, dado que la misma requiere una verificacion de aspectos legales, cumplir con criterios de priorizacion y disponibilidad de recursos para este Programa y de acuerdo a 10 dispuesto en la legislacion vigente. La Oficina Regional dispone de un plazo de 10 dias habiles para su notificacion y proceder a continuar 0 no con el tramite respectivo. Adjunto copia del plano catastrado completo por ambas lados (con ubicacion geografica de la finca), copia de la cedula de identidad vigente en hoja completa y/o cedula juridica vigente (si aplica). Presolicitud: Completa ( ) Incompleta ( ) Observaciones: La Gaceta N° 51 - Martes 13 de marzo del 2007 Pag17 200 a 300 a 400 a 600 a 750 a 1000 a iii. Criterios de calificacion de la calidad de una plantacion con base en los coeficientes de variacion: 1. Para la estimacion del area de las parcelas de muestreo se utilizara la siguiente referencia: Tamafto de parcela circular seg(m densidad de plantacion II. Estimacion de la intensidad de muestreo y numero de parcelas por hectarea: Intensidad de muestreo y niunero de parcelas por hectarea 9. En todos los casos, las Certificaciones deben ser elaborados en papel de seguridad, contener el nombre, numero de colegiado y firma del profesional responsable, la fecha de elaboracion y con los timbres respectivos. ANEX05 INSTRUCTlVO PARA ELABORAR LOS ESTUDlOS TECNICOS PARA PROYECTOS DE PROTECCION DE BOSQUE Y DE REGENERACION NATURAL EI suscrito , N° colegiado , En mi calidad de Regente Forestal, con poliza de fidelidad N° , amparado a la Ley Forestal, su rcglamentacion, sus modificaciones y la normativa vigente. Certifico el contenido del siguiente Estudio Tecnico: l. Nombre de beneficiarios (as), numeros de cedula, folio (s) real (es), numerors) de plano, area (s) total (es) de folio (s), uso actual, ubicacion administrativa, la direccion exacta de la (s) finca (s) y los colindantes encontrados en el campo. 2. Indicar si el area se encuentra en un area silvestre protegida, scfialando el nombre de la misma. 3. Indicar la modalidad y el numero de Presolicitud asignado de previa por la Oficina Regional respectiva. 4. Para proyectos de proteccion de bosque, no se debcran detallar las areas de proteccion, debido a que estas forman parte del area sujeta al PSA. Unicamente, sera necesario cuantificar y deducir del area efectiva las areas ocupadas por caminos primarios y patios de acopio e indicar la ubicacion de areas sujetas a contratos PSA anteriores vigentes. En el caso de espejos de agua (embalses 0 lagunas sin vegetacion) que sobrepasen una hectarea, los mismos debe ran considerarse y excluirse del area a compensar. 5. En sitios en vias de regeneracion natural, debe certificarse el estado de la vegetacion existente en el sitio y edad estimada de abandono. 6. EI plano de la propiedad debe estar georeferenciado con al menos tres puntos ubicados mediante GPS con el datum WGS 84 y en formato grados-decimales (GG.dddd). Dos de estos puntos como minimo deben ser vertices del plano. Todos los puntos GPS, deben de estar a una distancia no menor a 50 metros entre ellos. (deben indicarse en el croquis, las ubicaciones de los puntos). La informacion, de los puntos GPS debe estar incluida. 7. Asimismo, cada Estudio Tecnico debe contener el croquis del area a someter a PSA con respecto al area total de la propiedad, indicando el derrotero y la numeracion correspondiente de vertices, ademas debe amarrarse el punto de inicio (punto I) del area a someter de un punto con coordenadas conocidas, sistema empleado y exactitud del mismo. EI croquis del area efectiva PSA, asi como el croquis de la totalidad del plano debe entregarse impreso y en digital en formato de Shape files de Arc View, en sistemas de coordenadas Lambert Norte o Sur, proyeccion Ocotepeque 0 bien en sistemas de coordenadas geograficas, datum WGS 84 y en formato grados decimales (GG. dddd). 8. Las escalas a utilizar para areas superiores a treinta hectare as deben de ser l: 5.000 a l: 10.000. Para el caso de areas menores pueden utilizarse a conveniencia profesional, 9. Ademas, el Estudio debera elaborarse con base al area legal del terre no, es decir la ' superficie agraria', definicndosc esta como el area de una porcion de terre no determinada por la proyeccion horizontal de su perimetro. 10. Manifestacion expresa de la existencia de otros contratos de PSA vigentes indicando el area, ubicacion y certificando la cabida de los contratos. II. En caso de fincas en posesion 0 contratos por afio vencido, el Regente debe certificar que el bosque fue protegido en los ultimos doce meses. 12. En inmuebles con arrendamientos debe certificarse que las areas PSA estan excluidas de las areas en arriendo, esto en caso de que sea el propietario del inmueble que solicita el ingreso al PSA. Caso contrario, certificar que los arriendos corresponden efectivamente a areas PSA solicitados por los arrendatarios. 13. Solo se admitiran Estudios Tecnicos Certificados que se refieran a pianos cuyos desplazamientos en la ubicacion cartografica no superen los 500 metros, con respecto a 10 indicado en el plano y la ubicacion real de la finca. En los casos que supere los 500 metros se debcra adjuntar una certificacion emitida por un topografo colegiado que indique la ubicacion correcta del plano. 14. En todos los casos, los Estudios Tecnicos Certificados deben ser elaborados en papel de seguridad, contener el nombre, numero de colegiado y firma del profesional responsable, la fecha de elaboracion y con los timbres respectivos. Nota: Instalacion de letreros preventivos, el rotulo debe de contener la siguiente informacion: nombre del beneficiario(a), modalidad, area PSA sometida y numero de contrato forestal. ANEX06 INSTRUCTlVO PARA ELABORAR LAS CERTlFICACIONES DE SEGUlMIENTO PARA LOS PROYECTOS PSA DE PROTECCION DE BOSQUE Y PROYECTOS DE REGENERACION NATURAL Para el tramite de los pagos a los 12, 24, 36 y 48 meses de firma del contrato, el Regente Forestal debe presentar la certificacion considerando los siguientes aspectos: CV de la altura %S Numero de parcela porha 0.62 ~ I 0.5 ~ I cada2 ha 0.37 ~ I cada 3 ha 0.25 ~ I cada 4 ha 0.19 ~ I cada 5.5 ha 0.12 ~ I cada 8 ha Altura promedio" Excelente Aceptable No aceptable Calificacion de la Plantacion 2.5 2 1.5 I 0.75 0.5 % de mortalidad' Intensidad de muestreo (% del area total) HectareasRodal MenorallO % Entre 10 y 20% Mayora20% Coeficiente de Variacion Especie (Cientifico c Comun) Especie Fecha Promedio de (Cientifico RodaP Plantacion Hectareas Densidad arblha c Comun) Area Total Fuente: Murillo 0, Badilla Y.2004 7 Arboles/ha 300 400 600 800 1000 1400 Radio optimo p,arcela (m) 15.95 13.23 II.28 8.92 7.98 6.91 Area parcela (rn ) 800 550 400 250 200 150 Fuente: Murillo 0, Badilla Y.2004 6 l. Nombre de beneficiario(a), numeros de cedula, foliors) real (es), 2. Indicar el numero de contrato PSA y el numero de cuota respectiva. 3. Indicar area plantada por especie (nombre comun y cientifico) y por cada folio incluido en el contrato PSA. 4. Que existe un area total plantada de ha m', que de acuerdo a la siguiente informacion cumple para optar por el PSA reforcstacion: 4. Que la plantacion cumpie con las srguientes condiciones: Rondas corta fuegos Si D No D Cercas delimitando el perimetro del area PSA Si D No D Rotulos informativos Si D No D 5. De acuerdo a la informacion de campo la plantacion forestal bajo contrato de PSA cum pie con los siguientes parametros en el ano , para la gestion de pago de la cuota N° .: Tamafio efectivo del estrato 0 plantacion (ha) Fuente: Murillo 0, Badilla Y.2004 8 6. Incluir la lista de las coordenadas de los puntos GPS en formato grados decimales (GG.dddd) del centro de las parcelas establecidas. 7. A excepcion del afio de establecimiento de la plantacion, en las certificaciones posteriores se deben de presentar los datos de diametro a la altura de pecho (dap) de los arboles de las parcelas y su respectivo coeficiente de variacion, 8. Para el tramite de los pagos a los 24, 48, 72, 96 y 108 meses de la fecha promedio de establecimiento de la plantacion, el Regente Forestal solamente debora certificar las labores silviculturales realizadas, el estado fitosanitario de la plantacion, las labores de control de incendios, rotulacion, fecha promedio de plantacion y cualquier anomalia detectada. En estas certificaciones agregar los aspectos indicados en los puntos I y 2 de este anexo. 2 Rodal = bloque 0 estrato de arboles en una plantacion que difiere de arras par alguna 0 varias de las siguientes variables: especie, edad, numero de arboles par hectarea, calidad de sitio, manejo silvicultural recibido, 0 ubicacion en la plentacion. 3 Solo afio 1 4 Promedio = Lni=D x/n 5 Coeficiente de Variaci6n de la altura total = desviacion estandar / promedio de la altura total. 6 Evaluaci6n de la calidad y estimaci6n del valor en pie de la plantacion forestal. 2004 7 Evaluacion de la calidad y estimacion del valor en pie de la plantacion forestal. 2004 8 Evaluacion de la calidad y estimacion del valor en pie de la plantacion forestal. 2004 la3 3.1 a 6 6.1 a 10 10.1 a 20 20.1 a 50 > 51 Pag18 La Gaceta N° 51 - Martes 13 de marzo del 2007 EI suscrito , N° colegiado , En mi calidad de Regente Forestal, con p6liza de fidelidad N° , amparado a la Ley Forestal, su reglamentaci6n, sus modificaciones y la normativa vigente. Certifico el estado del bosque 0 de la regeneraci6n natural de acuerdo a los siguientes criterios. I. Indicar el nombre del propietario, folio real y area efectiva de PSA. 2. Agregar el numero de contrato PSA y el numero de cuota respectiva. 3. Indicar las acciones realizadas para evitar la caceria, tala e incendios forestales, rotulaci6n e informar de cualquier anomalia detectada. 4. Para los pagos posteriores, el Regente Forestal debe certificar el estado del bosque 0 del estado de la regeneraci6n natural existente. 5. En caso de fincas en posesi6n 0 contratos por afio vencido, el Regente debe certificar que el bosque fue protegido en los ultimos doce meses. 6. En todos los casos, las Certificaciones deben ser elaborados en papel de seguridad, contener el nombre, numero de colegiado y firma del profesional responsable, la fecha de elaboraci6n y con los timbres respectivos. ANEX07 INSTRUCTlVO PARA ELABORAR LOS ESTUDlOS TECNICOS PARA LOS PROYECTOS PSAEN SISTEMAS AGROFORESTALES (SAF) EI suscrito , N° colegiado , En mi calidad de Regente Forestal, con p6liza de fidelidad N° , amparado a la Ley Forestal, su reglamentaci6n, sus modificaciones y la normativa vigente. Certifico el contenido del siguiente Estudio Tecnico: l. Nombre de beneficiarios (as), numeros de cedula, folio (s) real (es), numerors) de plano, area (s) total (es) de folio (s), uso actual, ubicaci6n administrativa, la direcci6n exacta de la (s) finca (s) y los colindantes encontrados en el campo. 2. Indicar si el area se encuentra en un area silvestre protegida, sefialando el nombre de la misma. 3. Indicar la modalidad y el numero de Presolicitud asignado de previa por la Oficina Regional respectiva. 4. Se debe incluir el nombre comun y cientifico de las especies a plantar e indicar claramente la cantidad de arboles por especie y por cada folio real del contrato. 5. EI Regente Forestal debe certificar que realiz6 una evaluaci6n de los factores fisico-ambientales, ecol6gicos y silviculturales para recomendar la (s) especie (s), sitios a plantar y el manejo de la (s) misma (s) y que las mismas fueron comunicadas por escrito al beneficiario (a). 6. EI Regente Forestal debe certificar el origen del material vegetativo a plantar en el proyecto. 7. EI plano de la propiedad debe estar georeferenciado con al menos tres puntos ubicados mediante GPS con el datum WGS 84 y en formato grados-decimales (GG.dddd). Dos de estos puntos como minimo deben ser vertices del plano. Todos los puntos GPS, deben de estar a una distancia no menor a 50 metros entre ellos. (deben indicarse en el croquis, las ubicaciones de los puntos). La informaci6n, de los puntos GPS debe estar incluida. 8. Asimismo, cada Estudio Tecnico debe contener el croquis del area de los arreglos a someter a PSAcon respecto al area total de la propiedad, indicando el derrotero y la numeraci6n correspondiente de vertices, ademas debe amarrarse el punto de inicio (punto I) del area del arreglo a someter de un punto con coordenadas conocidas, sistema empleado y exactitud del mismo. EI croquis del area efectiva PSA de I arreglo, asi como el croquis de la totalidad del plano debe entregarse impreso y en digital en formato de Shape files de ArcView, en sistemas de coordenadas Lambert Norte 6 Sur, proyecci6n Ocotepeque 6 bien en sistemas de coordenadas geograficas, datum WGS 84 y en formato grados decimales (GG.dddd). 9. Las escalas a utilizar para areas superiores a treinta hectare as deben de ser l: 5.000 a l: 10.000. Para el caso de areas menores pueden utilizarse a conveniencia profesional. 10. Ademas, el Estudio debera elaborarse con base al area legal del terreno, es decir la 'superficie agraria', definiendose esta como el area de una porci6n de terre no determinada por la proyecci6n horizontal de su perimetro. II. Manifestaci6n expresa de la existencia de otros contratos de PSA vigentes indicando el area, ubicaci6n y certificando la cabida de los contratos. 12. En inmuebles con arrendamientos debe certificarse que las areas PSA estan excluidas de las areas en arriendo, esto en caso de que sea el propietario del inmueble que solicita el ingreso al PSA. Caso contrario, certificar que los arriendos corresponden efectivamente a areas PSA solicitados por los arrendatarios. 13. Solo se admitiran Estudios Tecnicos que se refieran a pianos cuyos desplazamientos en la ubicaci6n cartografica no superen los 500 metros, con respecto a 10indicado en el plano y la ubicaci6n real de la finca. En los casos que supere los 500 metros se debera adjuntar una certificaci6n emitida por un topografo colegiado que indique la ubicaci6n correcta del plano. 14. En todos los casos, los Estudios Tecnicos deben ser elaborados en papel de seguridad, contener el nombre, numero de colegiado y firma del profesional responsable, la fecha de elaboraci6n y con los timbres respectivos. Nota: Instalaci6n de letreros preventivos, EI r6tulo debe de contener la siguiente informaci6n: nombre del beneficiario(a), modalidad, area PSA sometida y numero de contrato forestal. ANEX08 lNSTRUCTlVO PARA ELABORAR LAS CERTlFICACIONES DE SEGUlMIENTO PARA LOS PROYECTOS PSA EN SISTEMAS AGROFORESTALES Para el tramite del primer pago una vez establecido el SAF y para los pagos a los 24 y 36 meses de la fecha promedio de establecimiento el Regente Forestal debe presentar la certificaci6n indicando: EI suscrito , N° colegiado , En mi calidad de Regente Forestal, con p6liza de fidelidad N° , amparado a la Ley Forestal, su reglamentaci6n, sus modificaciones y la normativa vigente. Certifico el estado de los arboles SAF de acuerdo a los siguientes criterios. I. Indicar el nombre del propietario y folio real. 2. Agregar el numero de contrato PSA y el numero de cuota respectiva. 3. Indicar el total de arboles sobrevivientes, por especie, tipo de arreglo, estado fitosanitario, rotulaci6n, mes y fecha promedio del establecimiento del SAF. 4. Las Certificaciones deben ser elaborados en papel de seguridad, contener el nombre, numero de colegiado y firma del profesional responsable, la fecha de elaboraci6n y con los timbres respectivos. ANEX09 RESOLUCION DE APROBACION PSA Resoluci6n N° Ministerio delAmbiente y Energia, Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, Oficina Regional de FONAFIFO .a las horas (minutos) del dia del mes del dosmil Resultando: PRIMERO: Vista la presolicitud presentada por nombre y calidades del solicitante ( estado civil, profesion u oficio, cedula de identidad) vecino de (en caso de persona juridica, indicar representante de la sociedad, cedula juridica, cita de inscripci6n, nombre y calidades de la representaci6n legal), para la implementaci6n de una proyecto de Pago de serviciosAmbientales y con fundamento en 10establecido en la Ley Forestal N° 7575 del 16 de abril de 1996 y su Reglamento Decreto Ejecutivo N° 2572I-MlNAE del 23 de enero de 1997 y sus reformas, y el Manual de procedimientos para el PSA Considerando: PRIMERO: Que la documentaci6n tecnica y legal aportada al expediente, cumpie con los requisitos establecidos por la Administraci6n Forestal del Estado, Manual de Procedimientos para el PSA, Ley Forestal N° 7575 y su Reglamento y demas resoluciones atinentes, Portanto el (la) Encargado (a) de la Oficina Regional de FONAFIFO Resuelve: PRIMERO: Aprobar la implementaci6n del proyecto por hectareas, bajo el Programa de Pago por Servicios Ambientales para el desarrollo de actividades de (Protecci6n, Reforestacion Regeneraci6n) .Dichas hectareas se localizan dentro del inmueble ubicado en el caserio , distrito , cant6n , provincia e inscrita en el Registro Publico de la Propiedad, bajo el Folio Real Matricula (0 Torno , Folio , Numero , Asiento ), plano catastrado numero ,- -,--; ' con una superficie de hectareas, (En caso de que el area a compensar se ubique en mas de dos inmuebles indicar los datos de inscripci6n, area total y area sujeta de PSA, considerando el siguiente formato), Area Area a Propietario Provincia Folio T F N A total del o poseedor real inmueble compensar (ha) (ha) Finca 1 Finca 2 (FIRMA) RESPONSABLE Notificado por: Fecha: Lugar: Firma: Nota: Para resoluciones que involucren archivo de presolicitudes, modificaciones u otras, la Oficina Regional debe llevar un consecutivo diferente a los numeros de resoluci6n de aprobaci6n. La Gaceta N° 51 - Martes 13 de marzo del 2007 Pag19 ANEXOIO RESOLUCION DE APROBACION DE PSA PARA SAF Resolucion N° Ministerio delAmbientey Energia, FondoNacional de Financiamiento Forestal, Oficina Regional de FONAFIFO a las horas (minutos) del dia del mes del dos mil Resultando: PRIMERO: Vista la presolicitud presentada por (nombre completo y calidades del solicitante: estado civil, profesion u oficio, cedula de identidad) vecino de (en caso de persona juridica, indicar representante de la sociedad, cedula juridica, citas de inscripcion, nombre y calidades de la representacion legal), para la implementacion de una proyecto de Pago de servicios Ambientales en la modalidad de SAF y con fundamento en 10 establecido en la Ley Forestal N° 7575 del 16 de abril de 1996 y su Reglamento Decreto Ejecutivo N° 2572I-MlNAE del 23 de enero de 1997 y sus reformas, se acuerda: Considerando: PRIMERO: Que la documentacion tecnica y legal aportada al expediente cumpie con los requisitos establecidos por la Administracion Forestal del Estado, Manual de Procedimientos para el Pago de Servicios, Ley Forestal N° 7575 y su Reglamento y demas resoluciones atinentes, por tanto el (la) Encargado(a) de la Oficina Regional de FONAFIFO Resuelve: PRIMERO: Aprobar la presolicitud por arboles, bajo el Programa de Pago por Servicios Ambientales para el desarrollo de actividades de (establecimiento de arboles forestales en SAF, con el arreglo SAF). Dichos arboles se localizan dentro del inmueble ubicado en el caserio , distrito , canton , provincia e inscrita en el Registro Publico de la Propiedad, bajo el Folio Real Matricula (0 Torno , Folio , Numero , Asiento ), numero de plano , con una superficie de hectareas, En caso de que el area a compensar se ubique en mas de dos inmuebles indicar los datos de inscripcion, area total y cantidad de arboles sujeta de PSA, considerando el siguiente formato). Area Area a Propietario Provincia Folio T F N A total del o poseedor real inmueble compensar (ha) (ha) Finea 1 Finca 2 (FIRMA) RESPONSABLE Notificado por: Fecha: Lugar: Firma: Nota: Para resoluciones que involucren archivo de presolicitudes, modificaciones u otras, la Oficina Regional debe llevar un consecutivo diferente a los numeros de resolucion de aprobacion, ANEXO II CONTRATO GENERICO DE PAGO DE SERVICIOS AMBIENTALES MODALlDAD CONTRATO NUMERO: Oficina Regional Subregion Modalidad Numero de contrato Afio cornpleto Nosotros DR ROBERTO DOBLES MORA, mayor, casado una vez, doctor en Administracion de Empresas, portador de la cedula de identidad numero nueve-cero veintinueve-ciento cuarenta y siete, vecino de San Rafael de Escazu, en su condicion de Ministro del Ambiente y Energia segun Acuerdo Ejecutivo numero cero cero uno-P del veintiseis de mayo del afio dos mil seis, publicado en el Diario Oficial La Gaceta numero ciento uno, en adelante denominado "EL MINAE" quien mediante Resolucion numero R-ciento ochenta y siete-dos mil seis-MlNAE de las siete horas cuarenta minutos del veintiuno de junio del dos mil seis, public ada en La Gaceta N° ciento treinta y cinco del dia jueves trece de julio del dos mil seis, ha delegado la firma de los contratos tramitados por el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal para el Pago de Servicios Ambientales en cualquiera de sus modalidades en el senor Jorge Mario Rodriguez Zuniga, mayor, casado una vez, ingeniero agronomo, cedula uno - quinientos cuarenta y cinco - setecientos siete, vecino de Sabanillas de Montes de Oca, en su condicion de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, con facultades de apoderado general debidamente facultado para este acto segun consta en el Registro de Personas Juridicas del Registro Publico, bajo las citas de inscripcion: quinientos treinta y cuatro mil ochocientos setenta y nueve - uno - dos, en adelante denominado FONAFIFO, cedula juridica tres- cero cero siete - dos cero cuatro siete dos cuatro, y (nombre 0 nombres de los propietarios, numero de cedula, estado civil completo, oficio, vecino de), (en su condicion de apoderado de persona fisica 0 juridica, cedula juridica numero: segun consta en el Registro Nacional seccion , al torno, folio, asiento, 0 segun poder especial otorgado ante el notario publico, escritura numero: de las horas, del de , el cual consta en el expediente administrativo), en adelante denominado cc EI Beneficiario" con fundamento en la Ley Forestal numero siete cinco siete cinco, convenimos en celebrar el presente contrato, que se regira en especial por las siguientes clausulas: PRIMERA: Que de conformidad con 10dispuesto, cc EI Beneficiario" en su condicion de (propietario, arrendatario, usufructuario) del inmueble del Partido de , inscrito en el Registro de la Propiedad, bajo el Folio Real matricula numero: , es terreno de naturaleza ,sito en el distrito , canton de la Provincia de , que limita al norte: sur: este: oeste: , mide: m- , plano catastrado , donde acepta ejecutar un proyecto de en un area de hectareas, las cuales estan debidamente delimitadas en segun el Estudio Tecnico Certificado emitido por el Regente Forestal, que consta en el expediente administrativo, el cual forma parte de este contrato. Este proyecto fue aprobado por la Oficina Regional de , del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, segun Resolucion: . SEGUNDA: "EL BENEFICIARIO ", reconoce recibir el PSA de comun acuerdo al articulo tres, inciso k de la Ley Forestal siete cinco siete cinco y acepta ceder a FONAFIFO, por un periodo igual ala vigencia de este contrato los servicios ambientales generados porel area sujeta aeste contrato, los derechos por reducir, evitar 0 fijar las emisiones de gases -con efecto invernadero-, la proteccion del agua para uso urbano, rural 0 hidroelectrico, proteccion de la biodiversidad y belleza escenica natural, que genera las actividades de (proteccion, reforestacion, regeneracion) . Como contraprestacion por la , y la cesion sefialada, el FONAFIFO pagara la suma de dolares por hectarea por afio, distribuidas segun Decreto Ejecutivo N° 32750- MlNAE que establece anualmente los montos por modalidad de pago de servicio ambiental. EI primer desembolso se girara una vez que el Regente Forestal presente ala Oficina Regional del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal el contrato de regencia debidamente inscrito, en los afios subsiguientes el Regente debera certificar que se mantiene la cobertura vegetal inalterable y que se han cumplido a cabalidad las obligaciones establecidas en este contrato para ese periodo. Los desembolsos se realizaran siempre y cuando el beneficiario se encuentre al dia en sus obligaciones con la Caja Costarricense del Seguro Social. TERCERA: Como afectacion voluntaria a la propiedad "EI Beneficiario" acepta mantener durante cinco afios a partir de su vigencia, afectada dicha propiedad con las limitaciones y obligaciones establecidas en este contrato, para 10 cual autoriza al FONAFIFO la protocolizacion de 10 conducente de este contrato, a fin de que se inscriba en el Registro Publico como una limitacion de la propiedad, asi como deducir el I% del monto total del contrato, para tales efectos. CUARTA: "EL BENEFICIARIO" se compromete a: a) Proteger el bosque, la cobertura vegetal 0 los procesos de rcgcneracion, del area comprendida en este contrato, y por ende no cortar arboles, 0 cualquier tipo de vcgetacion. b) Contar con un Regente Forestal, debidamente colegiado, responsable de la ejecucion tecnica durante la vigencia del contrato, c) Prevenir y controlar los incendios forestales. d) Prevenir y evitar la caceria ilegal y la extraccion ilegal de otros productos del bosque, e) No desarrollar actividades agricolas y/o ganaderas, f) No efectuar acciones de corta y extraccion de productos maderables, g) No realizar ninguna actividad que altere el comportamiento natural del area a proteger, h) Comunicar al MlNAE, cualquier alteracion 0 contingencia que ocasione cambios en el area protegida, i) Permitir ellibre acceso del personal de MINAE, FONAFIFO, encargado de control, allugar del area sujeta al PSA facilitando su labor, j) Ceder al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal los servicios ambientales, generados por su bosque. k-) Acatar cualquier recomcndacion tecnica emitida por el MINAE 0 el Regente, en forma escrita. QUINTA: Cualquier venta total, parcial, cesion 0 enajenacion del inmueble objeto de este contrato, debcra ser comunicado de previa al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal. La venta obliga en iguales terminos al nuevo duefio 0 adquirente, salvo que este desee devolver el monto proporcional pagado por FONAFIFO. En cuyo caso procedera el finiquito correspondiente. SEXTA: FONAFIFO queda expresamente facultado a comercializar de cualquier forma y a cualquier persona Iisica, juridica, nacional 0 internacionallos derechos cedidos. SETlMA: EI incumplimiento por parte de "EL BENEFICIARIO" de cualquiera de sus obligaciones establecidas en este contrato, en la Ley Forestal, en su Reglamento, dara por finalizado el presente contrato en forma automatica y autoriza al FONAFIFO a suspender total 0 parcialmente los pagos pendientes y a solicitar el reintegro de los pagos otorgados, sus intereses y en general los dafios y perjuicios ocasionados, renunciando expresamente en este supuesto a su domicilio. Las partes podran dar por finalizado el presente contrato de mutuo acuerdo, para ello el FONAFIFO reconocera como servicios prestados los afios de proteccion pagados al beneficiario. OCTAVA: Este contrato tcndra una vigencia de afios, a partir del primero de enero del 200 . Leido 10anterior, 10aprobamos y firmamos en San Jose, a los dias del mes de del dos mil " Ing. Jorge Mario Rodriguez Zuniga. Fondo Nacional de Financiamiento Forestal Sr. Beneficiario Nota: Las clausulas del contrato seran ajustadas de acuerdo a la modalidad. Pag20 La Gaceta N° 51 - Martes 13 de marzo del 2007 ANEXOl2 ACTA DE lNSPECCION DE FUNCIONARIOS (AS) DEL FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL PARA FINCAS SIN INSCRlBIR l. PRESOUClTUD: Il. SOUCITANTE: SI NO I. La ubicacion sefialada en los documentos legales, coincide con la visitada? 2. Pudo observar cercas 0 carriles limpios que faciliten la delimitacion de la finca? Vive el solicitante en la finca? 3. Existe en la finca a parte del bosque otras actividades comerciales, agricolas, habitacionales. 4. Existe en la finca obras de infraestructura, como caminos, casas, galerones etc. 5. Domina el propietario de la finca 0 su representante, los limites, extension, acceso a la misma? 6. Pudo identificar, directa 0 indirectamente, algunos de los vecinos sefialados por el duefio de la finca? * QUlENES? NORTE: SUR: ESTE: OESTE: 7. Encontro en la inspeccion algun elemento importante que determinara que la propiedad no Ie pertenece al solicitante 0 que existe un conflicto por linderos 0 area 0 que pertenece a otra persona. 8. La posesion es conocida en la zona EI suscrito, , Encargado de la oficina Regional de , del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, considero segun los terminos de la inspeccion realizada, que no existen elementos que desvirtuen 10sefialado por el solicitante en los documentos tecnicos y legales presentados. Lugar, fecha, y firma * Nota: Es necesario identificar al menos dos de los colindantes. ANEXOl3 ARREGLOS Y USTA DE ESPECIES FORESTALES ACEPTADAS PARA EL ESTABLECIMIENTO DE ARBOLES FORESTALES ENSAF EI numero maximo de arboles por hectarea y/o kilometro para SAF por establecer, sera como se describe: Arboles maderables en cultivos perennes entre 40 y 250 arboles/ha, de las especies: laurel (Cordia alliodora), cedro (Cedrelaspp), caoba (Swietenia macrophylla), eucalipto (Eucalyptus spp.), jaul (Alnus acuminata), amarillon (Terminalia amazonia), Ronron (Astronium graveolens), Pilon (Hyeronima alchomoidesi, Melina (Gmelina arborea), Gallinazo (Schizolobium parahyba), Espavel (Anacardium excelsum), Guayacan (Tabebuia guajava), Indio desnudo (Bursera simarouba), Pochote (Bombacopsis quinata), cebo (Vochysia guatemalensis 0 hondurensis) y botarrama (Vochysia ferrugineai Arboles de uso multiple en cultivos perennes entre 40 y 277 arboles por hectarea, de las especies: poro (Erythrina spp.), guaba (Inga spp.), madero negro iGliricidia septums, Leucaena (Leucaena leucocephalaj. Arboles maderables en hilera entre 333 y 500 arboles por Ian. De las especies: las mismas que se recomiendan para plantaciones en bloque, Arboles de Uso Multiple en hilera entre 333 y 500 arboles por Ian. Solo para Sistemas Silvopastoriles. Cortinas rompevientos entre 666 y 1.000 arboles por Ian. Especies: Estrato alto: eucalipto (Eucalyptus spp.), casuarina (Casuarina spp.), cipres (Cupressus lusitanicai, papa (Panopsis suaveolens), Pino (Pinnus spp). Estrato medio: manzanade agua(Eugeniamalaccensis), cirri (Tapiria brenesiii, cirri colorado (Mosquitoxylon jamaicense), guachipe!in (Diphysa robinioides), limoncillo (Randia armata), cucaracho (Billia colombianai, nispero (Prunus annularis), murta (Ardisia compresa), manzana rosa (Eugeniajambos), colpachi (Croton niveus). Estrato bajo: manzana rosa (E.jambos), colpachi (c. niveus), uruca (Trichilia glabra), tubu (Montanoa dumicola), trueno (Ligustrum lucidum). Plantaciones en bloque de menos de una hectarea, el equivalente entre (625 y I.IlI arboles por hectarea), Como maximo tres bloques por beneficiario(a) por afio, con especies maderables. Los arreglos SAF no deben superar los doce meses anteriores a la firma del contrato, esto para garantizar una resiembra en el caso de que el porcentaje de mortalidad sea superior al 10%. Los arreglos en cultivos perennes corresponden a cafe, cacao, platano, citricos, palmito, palma aceitera y pastos. EI Regente debe certificar que el area a someter en PSA-SAF es suficiente para el numero de arboles y arreglo recomendado. En todos los casos, las especies utilizadas deberan adaptarse a las condiciones especificas del sitio y del SAF, asi como recibir un manejo silvicultural adecuado y proteccion del ganado cuando asi 10requieran. Se pueden utilizar otras especies forestales, siempre y cuando se adapten al sitio segun sus condiciones biologicas y ecologicas, ANEXOl4 CONVENIO DE COOPERACION FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL Y LAS ORGANIZACIONES Nosotros, el senor Jorge Mario Rodriguez Zuniga, mayor, casado una vez, ingeniero agronomo, cedula uno - quinientos cuarenta y cinco setecientos siete, vecino de Sabanillas de Montes de Oca, en su condicion de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, con facultades de apoderado general debidamente facultado para este acto segun consta en el Registro de Personas Juridicas del Registro Publico, bajo las citas de inscripcion: quinientos treinta y cuatro - mil ochocientos setenta y nueve - uno - dos, cedula Juridica tres- cero cero siete - dos cero cuatro siete dos cuatro, en adelante denominado FONAFIFO y (Nombre del representante legal, calidades, cedula, nombre de la Organizacion, cedula juridica), segun consta, por el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y de conforrnidad con el Acuerdo No del Consejo de Administracion de fecha del en adelante denominada LA ORGANIZACION, con fundamento en la ley forestal, su reglamento y el Manual de procedimientos administrativos, asi como el buen desernpefio en la organizacion en labores similares en el pasado, acordamos celebrar el presente convenio de cooperacion el cual se regira por las siguientes clausulas: PRIMERA: La organizacion se compromete a brindar asesoria tecnica y seguimiento a los productores beneficiarios (as) de proyectos de PSA, en la modalidad de Proteccion de Bosque y Reforestacion, Sistemas Agroforestales y Rcgcneracion Natural. SEGUNDA: Son obligaciones de la Organizacion: a- Brindar los servicios de regencia y de asesoria tecnica en la ejecucion de los proyectos PSA. b- Suscribir contratos individuales con los beneficiarios (as) del Programa de PSA, en donde se regulen las relaciones particulares con los beneficiarios (as). En estos contratos se estableceran los montos por los honorarios por los servicios brindados, la periodicidad de la asistencia tecnica, entre otras. c- Gestionar el cobro y su posterior entrega a cada beneficiario(a), de los recursos que Ie corresponden, para ello debcra canalizar dichos recursos en una cuenta corriente exclusiva para administrar los recursos que FONAFIFO Ie transfiera por PSA. d- Comprometerse a girar los recursos a los beneficiarios (as) de PSA, como maximo 15 dias naturales despues de que se giren por parte de FONAFIFO, esto si no ha existido ninguna situacion irregular. e- Colaborar con el FONAFIFO en las labores de supervision de los proyectos de PSA a su cargo y supervision tecnica, durante la vigencia de este convenio. La Organizacion debera comunicar en forma inmediata cualquier situacion irregular derivada de los Contratos PSA. TERCERA: La organizacion por su participacion, cobrara al beneficiario un monto que no podra ser superior al 18% de cada desembolso. CUARTA: EI FONAFIFO se compromete a pagar a los beneficiarios (as) a traves de la inmediacion de la organizacion, por haberlo asi estipulado estos en los contratos de PSA. No obstante, cuando por mutuo acuerdo se establezca 0 la organizacion desaparezca 0 se compruebe falta grave en sus obligaciones, mediante un procedimiento administrativo, el FONAFIFO podra suspender parcial 0 total mente los pagos a la organizacion y girar en forma directa al beneficiario(a). La organizacion, renuncia de antemano a cualquier reclamo derivada por la aplicacion de esta clausula, QUINTA: Este Convenio tiene un plazo de duracion de cinco afios, a partir del su firma. SEXTA: Cualquier conflicto presentado en la ejecucion 0 aplicacion de este convenio sera resuelta bajo los principios de buena fe y cooperacion mutua, pero teniendo en cuenta siempre la viabilidad y ejecucion de los proyectos de PSA, suscrito con los beneficiarios (as). , SETlMA: La organizacion no sera responsable de la ejecucion o incumplimiento de los proyectos, salvo que conociendo de irregularidades no las manifestare oportunamente. OCTAVA: Para efectos fiscales este convenio es de caracter inestimable. La Gaceta N° 51 - Martes 13 de marzo del 2007 Pag21 As! como regcncracron natural de palmas silvestres, y espec!es incluidas en los Decretos de vedas y especies amenazas en vias de extincion N° 25663-MINAE y N° 25700-MINAE u otras especies forestales que el Regente Forestal recomiende tecnicamente. La definici6n de los tipos de vegetaci6n l?araevaluar sitios en vias de recuperaci6n de bosque, se indica a continuacion: Brinzal comercial, plantula de especie forestal con altura mayor a 30 cm, pero con altura menor a 1.5 metro hasta el brote. Latizal comercial, plantula de especie forestal con altura mayor a 1.5 m, pero con dap menor a 10 em a 1.3 metros de altura. Nombre cientifico Nombre cientifico Nombre cientifico Cedrelofissilis Laplacea sp Swartzia cubensis Cedrela odorata Lecythis ampla Swietenia marcrophylla Cedrela tonduxii Lonchocarpus oliganthus Tabebuia chrysantha Ceiba pentandra Luehea seemanii Tabebuia guayacan Cespedesia macrophylla Magnoliasp Tabebuia ochracea Clethra mexicana Manilkara chicle Tabebuia rosea Cleyera theaeoides Miconiasp Tapirira guianensis Clusia sp Minquartia guianensis Terminalia amazonia Coccoloba tuerckleimii Parkia pendula Vatanea barbourii Colubrina ovalifolia Nectandra sp Vernonia trifusculosa Cordia alliodora Ocoteasp Virola koschnyii Cordia bicolor Oreopanax sp Virola sebifera Cordia dwyeri Peltogyne purpurea Viburnumsp Cordia sp Pentaclethra macroloba Vismiasp Cornus sp Platymiscium parvifolorym Vitex cooperi Couratari scottmorii Platymiscium pinnatum Vochysiaferruginea Croton killipianus Podocarpus costaricensis Vochysia guatemalensis Cupaniasp Poulsemia armata Weinmannia sp C y n 0 m e t r 0 Prioria copaifera Xylopio sericophyllo himitomophyllo Dalberia retusa Pouroma aspera Zantoxylum sp Dendropanax arboreus Pouroma minor ., Representante de la Organizaci6n ANEXO 15 USIA DE ESPECIES FORESIALES ACEPIADAS EN SlTlOS EN VIAS DE RECUPERACION Ing. Jorge Mario Rodriguez Zuniga Fondo Nacional de Financiamiento Forestal Leido 10 anterior, 10aprobamos y firmamos en San Jose, a los dias del mes de del dos mil Nombre cientifico Nombre cientifico Nombre cientifico Acacia collinsii Dialyanthera sp Pouteriasp Alchornea latifolia Drymis granadensis Protiumsp Ampelocera hottlei Dussto macrophylla Prunussp Anaxagorea crassipetala Enterolobium cyclocarpum Pterocarpus hayesii Ardisia sp Erythoxylum sp Qualea paraensis Astrocaryum Erythrina sp Rollinia microsepala standleyansym Astronium graveolens Goethalsia meiantha Rhamnussp Brosimum guianensis Grammadenia sp Quercus copeyensis Brunellia costaricensis Hampea appendiculata Quercus costaricensis Bursera simaruba Hernandia didymantha Simarouba amara Byrsonima sp Hieronyma alchornoides Spathodea campanulata Colophyllum brasiliense Humiriastrum diguense Spondias mombin Carapa guianensis Hymenaea courbaril Sideroxylon capin Case aria arborea !lex sp Stemmadenia obovata Caryodaphnopsis Jacaranda copaia 0 caucana Sterculia recordiana burgeri Caryocar costaricense Lacmellea panamensis Stryphnodendron excelsum Cassia fructicosa Laetia procera Styrax argenteus

Manual de procedimientos para el pago de servicios ambientales · Nelum