Decreto Nº 34853-MEIC ─ Reglamento al Fondo Especial para el Desarrollo de las Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (FODEMIPYME)
颁布于 2008-08-06 · 文本截至 2026-10-01
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关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Caribbean Community (CARICOM)
- 国家
- 哥斯达黎加
- 主题
- Agricultural and rural development, General
- 关键词
- small and medium enterprises, agricultural development, special fund, non-governmental entity, institution, financial agricultural measures, legal proceedings/administrative proceedings, credit, capacity building, governance
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Articulo 2"-Definicione~. Para los cfcctos de la l cy N° 8262, I cy de 1-:n cl qcrcicio de las facultadcs 4uc lcs conficrc cl articulos 11, 140. Fortalecim1emo a la Peque1las y Medianas Empresas. en este Rqdamento. i1mso 31 y 18). y el 146 de la Constm1c16n Politica del 7 de noviembre de sc cntcndcni por 1949. cl artkulos 4". 11. 25. n v 28 2b) de la I .cv General de Adm1111strac1(,11 Piibhca Lev N" 6227 de] 2 de mavo de 1918. el articulo 1" de la Lev As1stencia Tfr111ca Acompaiiamiento 1nd1Y1dual o grupal que Organica <.Id Mmistcrio de l-conom1ii. lndustna y Comcrc1u y sus rcformaS. sc le da a las cmprcsas con cl ob_1ctivo de subsanar dcbilidadcs Ley N" 6054 del 14 de .1unio de 1977 y. la Ley de Fortalecim1ento a las predetermmadas mediante un diagn6stico Pcquciias y Mcd1a11as Fmprcsas. l cy N" 8262 dd 2 de mayo dcl 2002 y cl 2 Avaliliarantia: Fiann quc un tcrccrn ofrccc para rcspaldar y articulo 50 de la Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo, Le~ N" 8634. garant1zar el pag:o correspond1ente a un compromiso asum1do por <.Id D de abril <lei 2008 una cmprcsa ante una cntidad crcdit1c1a por un prCstamo. n ante una mstm1c16n estatal o privada. en la ,-enta u oferta de b1enes y serv1c1os Cons1derandos o c-mis ..in de titulo, valorc-s. I -Que el articulo 50 de la Constituci6n Poliuca d1spone que _, AYal d~ canera Seda cuando el operador s~ encarga de lo:, tri11111Les cl Fstadn procurara cl mayor b1cncstar a todos los hab1tantcs dcl pais. de aprnhac10n del avaL para solicitudes de cridito. garantias de orga111zando y estunulando la producci6n y el mas adecuado reparto de la parl1c1pac10n l cL1111plim1e1110 y/o garantias para ~mis10n de Litulos nquC7a val ores (al igual que tramita otro tlpo de garanhas I s1endo responsahle 11.-Que de confonrndad con el articulo 1° de la Ley N" 6054 del de \elar por la:, cond1ciones de elegibilidad. ~eglm el cumplimiento 14 dCJlmio de 1977. l.cy Organica dcl Mmistcrio de 1-.conOmia. lndustna de los reqms1tos legale, estahlec1dos en la Ley N" 8262 sus refonna, y Comerc10 (MEIC). reformado por el articulo 30 de la Ley N° 8262 del y e,te Reglamento. 2 de mayo <lei 2002. Icy <le 1-ortalccimicnto a la Pcquc1'h1s y Mc<.li,mas 4. A,al 111d1\'idual· Ciarantia otorgada a una emp1esa por parte Empresaa, al MEIC le wrreapon<le an el eme rector <le las poliucaa <lei FODEl\llPYME, para :,olic1tud~s de cr~d110. garanlias d~ puhhcas de Estado en materia de fomento a la iniciativa privada. desarrollo part1c1pacioo) cumpli1111ento ).'O ga1ant1as para emi,i6n de titulo, empresanal y lomento de la cuhura empreh<mal. para la micro, pe4ueiia y valor~s. medrnna empresa. 5. A,al ,olidano Ciarantia mediante la cual el acreedor obtiene Ill --Que dentro de los objd1>0s de la Ley N° 8262, Ley de el cumphmi~nlo en lorma dir~cta <lei garante. y se honra en sed~ r ortalecun 1ento a la Pequeiias y l\ led1ana, Empresas. prec itada, se encuentra11 admmistrnm·a la creac1611 de un marco nonnali\o 4ue prumue,·a un histema e:,trat~g1co 6 Capac1lac10n Acti\·1dade, 111d1v1dm1le:, o grupales, dmg1das a las mtegrado de desarrollo de largo plazo para el desarrollo producm·o de em presas con el ohJetivo de transm 1t11 les y compartu les conoc1m 1e1110, la:, PYl\lE. wn la linalidad de promover el de:,arrollo econOm1co y social 4ue las habiliten l las hagan aptas para un asunlo preddermmado} del pais. inducir el esrnhlec11niento de meJores cond1c10nes del entorno mensrnable in:,1itucional para la cr~aciOn y operac10n de PYME y f"ac1htar el acce:,o de 7 D~sarrollo de Potencrnl Human<.> Con_junto de ad1vidad~s qu~ PYM[ a mercados de bienes y ser. 1c10s. m1 olucran la capacitaci6n del recurso humano necesano en IV.-Que el arliculo 2° de la Ln N" 8262, L~v de Fortalec1m1enlo ternologia e:,pecialiLa<la. para gen~rar capacidad~s y condicion~s a la Pequer1as y l\Jedianas [mpresas, ·111d1ca como Ohjem·os espedticos que permitan p1omove1 y potenciar Ins procesos de mnmacioo y los s1gu1ente:,, al Fomentar el desarrollo 111tegral de la, PYME'S. cambw tecnolUg1co al inkr1or de la, ~mpre~as. en considerac10n de sus aptitudes pm a la genernCl(\11 de empleo. la 8. Dl(i[PYME Direcci6n Cienernl de,\poJo a las Peque1las y Mediana, lkmocrnti,:ac10n ~conl,mica. el de~arrollo regional, lob encadenami~nlos Empr~sa,, del l\1E1C. entre sectores economicos. el apro,echam1ento de pequeiios cap1tales J la 9. Empresa· Micro. peque1la y mediana empresa. empresa, de la capacidad cmprcsanal de los costamccnscs. b) F stablcccr la organi7ac10n cconomia social, tan to fls1ca como Jurid1ca La Gaceta V' 221- \'iernes 14 de noviemhre del 2008 Pli.g 5 IO Empreha dt la ewnomia social Son orga111zac1onts dt ba:,e asocial1\'a ~"' PYME o l\llPYME· Micro. pequeiia y med1ana empresa, ~tgim lo con actuac10n en lo econ6m1co y lo social. consmu1das por persona, cstablcc1do en cl articuln 3" de la l cy N" 8262. I .cy de Fortalccim,ento lis1cas o _1uri<l1cas dt ba:,e asociat1va } sm Unimo dt lucro que s1 a la Peque11as y Medianas [mpresas y su reglamento \'igente bien gene1an resultados econ6micos como cond1c16n indispensable 34 Reg1:,lro Nac1onal PYJ\IE Regmro de las emprt,a~ con la cundic16n para lkvar a cabo sus fines mutualistas y solidarios. privilqpan su PYM!-. quc sc cncucntran 111scritas ante la [)1rccc1on General de contnbuc16n a la cohesi6n social. el traba.10 y al comprom1so con Apoyo a la Pequefia y J\.1ed1ana Empresa (DlGEPYMEl en el cl tcrriturio en que sc instnlan SllS ser\1cios sc tina11c1an 111c<l1ante l\lEIC cuotas de sus atiliados o la \'enta de b1enes y servic1os que producen. 35. Sectorcs cconomicos· Sc rcconoccn como sectorcs ccon(\micos, lo, cuales se sumin1stran con un crneno social El tamai\o de esta<; para efectos de este Reglarnento: 1ndustna_ comerc10_ serv1c1os y tmpre:,as se dtltrminar(1 tn fonc16n de la IOrmula dtl arlkulo 3° dtl agropecuar10 reglamento general v1gente a la Ley N•' 8262_ Ley de rortalecirmento 36. Servicios de Desarrnllo [mpresarial. Toda, aquella, act1Yidade, a la Pequenas y Mcdianas 1-"mpresas tendiemes a fortalecer el desempefio y la compet1t1v1dad de las 11 E11t1dad operadoraioperador lnstm1c16n financiera que puede tmpresa,. tale, como capacitaciOn, asi,len~ia l~cmca. 111110\•aciOn. haecr uso dcl fondo de avalcs \' garantias de FOOl-"MlPYMI-" ne mvesugaci6n, trnnsferenc1a tecno16gica. pa,ant1as J otras acc1ones acuerdo a lo establec1do en lo L-e\~N" 8262. Lev de Fortalecm11ento sim1lares. a la Peque11as y l\lediana, [mpr"e,as. y sus reformas son todas lac; 37 Sistema de lnformac,On 1-"mpresanal Costarricense (SIFC). tnl1dadts de mlem1ediac16n limmciera :,uptr\ 1:,ada:, pur la SUGEF Entielldase el Portal PYM[ del l\l[JC 12. [1111dades puhhcas 01gan1smo, e'itahlec1dos poi una legislaCl(\n 38. Subasta Meca111smo med1ante el cual se as1gna periOdicamente el tsptci/ka. la cual deltrmina los ob_1eti\·os de los mismus y su ;"1mbito uso de lus recursus dcl Fnndo de A\·alcs y Garantias. cmplcando una de acciOn serie de \'anables para distnbuu estos 1ecursos entre las en11dades 13 FOOl-"MIPYMI-" !"undo 1-"special para cl Oesarrollo de las micro. operadora:,, peque1las y medianas empresas_ creado mediante el articulo 8" de 39 Subrugac16n de dcreehns cred1t1c1us Potestad quc un acrcedor le la l.ey N" 1:1262, l.cy de c"ortnlccim,cnto a la l'equeil,1s y Medi.mas da a 1111 te1cero mediante el endoso <lei documento garante que lo Emprehas ulilice para e_jerctr su deredio al cobro de la obligac16n mcumplida 1-1. Garantia a las emis1011es de titulos valores .\val o fianza que tm por parte dcl dcudor. Lerctro ofrece para respal<lar y garanl1,:ar el pago currespun<lienk a 40. SUGEF. Supenntendencia General de Ent1dades Frnanc1eras un comprom1so a,umido pnr una empresa ante la em1s10n de titulos -l I SUGEVAL Supermlendencia Gentral dt Valores valores. 42. TBP· Tasa ha,ica pasi\a, calculada por cl Banco Central de Costa 15 Garanlia de nt'd1lo. Fianza qut un lercero ofrtce para re~paldar Rica y garantlzar el pago correspond1ente a un comproimso creduicio 43 Transfcrcncia tccnol(,g1ca Transm1si6n de un cnnoc11nicnto generado a,mrndo pur una empre~a ante una enlidad operadura. por tm iuea ii.mcional de i11Yest1gac1611 y desarrollo. mterna o externa_ 16. Gararnia de cumpluniento A\'OI que respalda la fiel ejecuc16n de nac1onal o mlernac1onal, al (irea limciunal de producciOn para la contra!Os de venta de b1encs y scr.·1c1os por partc de las emprcsas fabncne16n de llll bicn o serv1c10 adJ11d1catarias de 1111 contrato. 4-1. Tra11sferenc1as: Recursos as1gnados por el FODEMIPYME a 17. Garant1a de participaci(\11: Aval quc rcspalda la rcsponsabilidad, tnl1<latlts pllbl1ca~, orga111Laciunts couperaLi\·as. urganiLaciunes sentdad y :,ole111111dad de una emprt:,a para que manlenga ~u ulerla pri1ad,1s y organincioncs 110 gubcrnamcnrnlcs, como aportc no hasta la firmeza <lei acto de adJud1cac10n o de la suscripc10n del reembolsable o mediante la contratac1611 de serv1cios_ para apuyar currespondiente cuntralo ti desarrollo de programa:, tendientes a lorlalecer:, de:,arrollar las 18. Jlonramiento: Acto med1ante el cual un aval1sta hace efect1vo su tmcro. peque11as y medianas empresas, y la, empresas de economia compromiso social. 19. lnnovaciOn y cambio tecnolOgico Todo camb10 s1g111ficati,-o en lllHl tecnologia, producto o proccso (nucvo o mcjorado) quc ticne 45. Unidad T~rn1ca del FODEMll'Yl\lE. Unidad. creada en el artirnlu 12 de Le: N'' 8262, responsahle directa de la adm1111strac10n <lei demanda y logra i11cid1r en el mercado Fondo 20. ln,ufic1enc1a de garantia ~e considera que un suJeto de a~d1to tiene 111sulic1tncia dt garanlia cuando carect parcialmenle de recursu:, Articulo 3"-0hjetivos del FOnEI\IIPY\fE. 1-"l nbJeti\'ll dd pa1a garant1zar una solic1tud de finonciamiento ante alguna de la, l'OD[MIPYM[ es fomentar y foitalecer el desanollo de la micro. pequet1a entidades Opcradoras: o que te111endo bicnes muebles o 111mueblcs a y med1ana empresa (l'Yl\lE). :, de la:, empresa:, dt la econumia :,ucial su nombre. su uso como garantia estil lim1tado por afectaciones tales ccon,im1camcntc 1·iahlcs y gcncradoras de puestos de trahaJu comu hipotccas o prcndas quc agntcn su pudcr de garantia. u ntras Articulo4 "-1 nstrumentosdel FODE \IIPYJ\ IE. El FOO EMIPYME lim1tac1ones o resmcc1ones. excluidos aquellos b1enes a nomhre cunlarai con do:, /undo:, <lei beneficiano que el operador por polmca propia no acepte como al 1/n rondo de Avales y Garnntias garanlia bi Un Fondo de Frnanciamiento. el cual se d1v1de en dos fondos 21 lmestigaci6n. Reahzac10n de acmidades intelecmales y t>;ptnmentale:,. de manera ~isltmaitica con ti prop6s1tu de aumentar 1) Un Fondo de CrCd,tos los conocim1e111os sobre una mmena determmada 11) Un rondo para el rmanciarniento de Serv1c10s de Desarrollo 22 Junta Oirect1va Nacional: I.a Junta Oircct1va Nacinnal dd Ranco Empre:,arial Popular y de Desarrollo Comunal. Articulo 5"-Renefidarios: r__-,_ M A.G: Ministerio de AgricLiltura y G,madcrh 1-1 Mediana Empresa. Es la defi111da de acutrdo con la il>rmula del al Las Micro_ Peque1las y Med1anas Empresas defin1das en lo Ley N" art1culo 3'' del reglamento general v1gente a la Ley N'' 8262, Ley de 8262. Lty de Forlalecurnenlo a la l'eql1e1Ja:, y Me<lianas Emprtsas, Furtalecim1e11lo a la Pequefias y Mediana:, Empresas el Reglamento a la Ley y sus reformas 25. MEIC: Ministe110 de [conomia, lndustria y Comerc10. bi Las empresas de la economia social defimdas en el articulo 2" <lei 26. Mkroempresa [s la defin1da de acuerdo con la formula <lei prcscntc reglamcnto. arlkulo 3° del reglamenlo gtneral \'igenle a la Ley N° 8262_ Ley de c) Las Micro. Pequefias y Medianas Empresas agropecuanas seglm foitalec1m1ento a la Pequerla, y Medianas [mpresas. <lelinic16n del l\lrn1:,leriu de Agncullura y Gana<leria (l\lAG) 27 Organ17ac1ones Coopcrat1vas asoc1ae1ones \'Oluntanas de person as y A los ett'ctos del amculo 20de la Ley N°8262 "le) de rorrnlecim1ento no de capitales. con plena personeria_1urid1ca. de duraciOn indefin1da a las l'eque1las y Medianas Empresas"_ de\ 2 de mayo de! 2002. las empresas y de rcsponsabilidad limitada. en las quc los indiv1duos sc organi1a11 benefie1arias debenin cstar 111ser1tas en cl Registro Nacional de PYM!" democrait1camente a fin de sat1sfacer sus neces1dades y promover su meJnram1ento economico y social CAPITULO II 28 Organ1zaciunts 110 gubernamtnlale:, asociaciunts de ciudadanu:, sin fondo de ,\,·ale~ y Garantias tines de lucro, reunidas voluntanamente. Amculo 6°-Finalidad del Fondo de A,,ales ,. f;arantias Conceder 29 Organ1Laciunts Pnvada:, aqutlla:, ql1e :,e constiluyen ~onfonne al avales:, garantias sohdanas a las micro, pequefias:, med1anas empresas. y Derecho Pnvado a las emprcsas de la econom1a social. quc por insufic1encia de garuntia. 30 Pequena 1-"mprcsa 1-"s la dcfin1da de acuerdo con la formula dd no puedan ser ,uJetas de financiarniento, en condicrnne, y propoicione, articulo 3" del reglamento general vigente a la Ley N" 8262. Ley de especialrnente fa\'orables al adecuado desarrollo de sus activ1dades. por ~ortalccimiento a la Pequefias y Median.is 1-"mprcsas. partc de las ent1dades tinane1eras reguladas por la Supermtendencia General 31 Pro\'eedurt:, de :,er\'ic10s dt de:,arrollo nu (immc1eros: Sun la:, de [ntldades rmancieras l~\J(i[f'l_ e111idades que directamente brindan los ser.·1c10s no financ1eros, a Aniculo 7°-Principios tic\ Fondo tic Arnlcs y Garantias los henelicianos /inales <le la Ley. cunlempla<los en lus pro:,ectus y p1og1amas aprobados en el rondo para el l'inanciamiento de al Acecso htc pr1nc1p10 sc rclac1011a con las emprcsas o clientes quc Servicios de Desarrollu hnprcsarial seran atend1dos. que deberiln ser s61o aquellos que cuenten con Proyectos viables y fac11bles Aquellos proyectos o emprend11nientos proyedos viables y que rtqu1tran esLa fac1li<lad por rn:,uliciencia <le quc ha}an s1do dctin1dos eons1dcrando aspcctos comu okrta garanuas. y demanda del producto y servic10. conocimiento del negocio: bl Ad1cionalidad: Es la cant1dad de financ1am1e1110 ad1c1011al que capacidad ad1rnnistrat1va y gerenc1al: mercadn meta. canales de :,e genera y la po:,1b1lidad de lllrn mayor cuhertura a las emprt,as, dislribuc10n. rie~gu~ dtl :,eclur: c1do dt producciOn. capac1tlad de deb1do a la ex1stenc1a de un si,tema de garanuas ex1toso, cuanto ma, producc10n: 111vers1nnes requendas:, retorno de m1ersion. todo en alto la adic1onalidad 111.is 1ustiticadas se encuentran su contmu1dad \- concordanc1a con d ordena111icnt0Jurid1co del pais. la adopcion de polit1cas q'ue prcser\'en su e>;istene1a · La Gaceta V' 221- \'iernes 14 de noviemhre del 2008 c) Bendicio \k los usuario~ El fondo \k garnnlia debe her\ 1r para a) La, rnbilida<l lfrrnca y econ6m1ca <lei proyecl<J a avalar o garanlizar, bnndar, como valor agregado. meJoras en Ins cond1ciones de las la cual ~e dekrminaril <l~ acuerdo a lu descnLo en el arliculu 8 <le esk operac1ones. tales como plazos mils largos. menores reqrnsitos de Reglamenlo. colateral y tasas de rnteres mils ba.1as. entre otros b) 1-"I h1storial crcditic10 dcl solic1tantc dJ [quidad· [I fondo dd-,eril implementar mecan1smos que procuren la c I I .a i11sutic1cncia de garantia para rcspalJar cl proyccto pm11cipaci6n de! mayrn nlunero de ent1dade, ope1adoras, para ev1tm la concentra(16n entre estas y entre sectores econ6m1eos Amculo 14-0peradores. Se aceptarim como operadores del fondo e I Sostcnibilidad· 1-.s cl principio quc pcrmitc qllC d ~ondo sc m,mtcnga de avales) garantias de fOD[l\JJl'YM[ a todos los eotes super\·1sado, pnr en cl t,cmpo. dd1iendo rdkjar, de man era preeisa. d cos to dcl s1stcma SUGEF con un ni\'el de operac1611 normal. es dec1r que nose encuentre para su ctCd1va pcrmancnc1a en situac16n de 111estab1lidad o 1rregularidad financiera de acuerdo a la f) Super\'IS!l\n y control ncbc contcmplar una scrk Jc elcmcntos quc nomial1\'a SUGEF v1geme pem11lan manh:ner la so;lenibili<la<l del fon<lo, asi como acalar to<los Para ~er ;elecc1ona<lo cumo opera<lor del IUn<lo de <JVales. la enl1dad los li11eam1e11lus eslablecidos para el buen manejo <le los IUn<lo~ linanc1era tlebe demu,lrar que tiene una adecua<la pulil1ca de cobro y de piibliws arrcglos de pago con sus cl1entcs, a cfrcto de procurar cl mcnnr numcro de Arliculo 8°----So~tenibilidad financiera dcl Fondo de Garantia honram1cntos y por cndc fa, orcccr la sostcnibil1dad dcl fondo de a\'alcs. En todas las operac1ones de] fondo debeni asegurarse su soste111hilidad Articulo 15.-Compromi~os de lo~ uperadon:s. Ci<la opcrador sc fi11anc1era med1ante los 111stmmentos adecuados. milizando como vias compromete a fundamentales al Mantener mformada y acmalizada a la U111dad Ttcrnca del a1 La aplicaci6n de tm modelo de calificac16n que pondere al menos FODEMIPYME sobre las condic1ones y politicas credit1c1as, 1gentes aspectos cnmo la calidad del pagadrn en el pasadn. la cahdad del en su orga111zac1611. que 111cluyan los b1enes que por politica mterna proyectn. la capac1dad empresarial; la capac1dad de pago a fumro no se cuns1<leren como garamia [I modelo de ealificacion aplicado por cada operador podra ser b) En\'lar m~n;ualmenle a la Unidad T~cmca del FODEI\IIPYME, ev,iluado por la UmdaJ T6cn1ca de H)n~MTPYM!-., qu1cn bnndara Jcntro de los pnmcros cmco dias hiib,lcs. un informc de los avalcs nueno tCenko acerca de la ennvcmcnc,a dcl usn. I os opcra<lorcs v1gcntcs con las variables cstablccidas por la UmJad TCCn1ca dd quc asi lo Jcsccn pucdcn hacer uso Jcl instrumcnto aplicado por la H)D~.Mll'Yl\1F.. de mancra quc sc pueJan gcnerar csrndist1cas de la Unidml Tfrnirn <le FODEMIPYME en el ;milli,1s <le Sll> credit%. mcidencia del fondo de avales. La U111<lml Te~n1ca <l~ FODEMlPYME lentlr(1 a d1~po~i~1Un e;ta cl Pogar rnensualmente a fODEMlPYM[ el monto correspond1ente a h~m11rne11la en el \Veb la com1si6n por oto1gmmento de la garantia. independ1entemente de b) El enra~is en la rnparnlad de pago del deudor (a\ ala<lo) conlorme a la form a <le cobru que e~lablezca con el usuario y <lei eslaLus de pago los elemenlos del pro}eclu y pur la delermmac16n de que el sol1cilanle <le ca<la operaciOn. El monto de la com1;16n ~e cnlculari1 con base en es idUneu para el <lesarrollo del m1smo cl saldo de lu cartcra avalada c) La adecuada diversi(icarnin de la carlera para reducir el r1esgo de di Aplicar un rnoJclo de caliticac1(,n scgli11 lo dcscnto en cl ar11culo 8° concentrac1611. para lo cual la U111dad Tecnica del FODEJ\IIPYME <le cste rcglamcnto. p,ira cl otorgamicnto Jc avalcs crcditicios. procuraril una d1str1buci611 de la as1gnaci6n del Fondo de iwales y el Para otorgar un aval. dehera velar por el cumpl11niento de la, Garantias entre di ferentes activ1 dudes econ6m 1cas. de form a tal que no se p1oduzca una concentraci6n que ponga en riesgo la sostenih11idad cond1ciooes estahlec1das en la LeJ N'' 8262 y su reglamentac16n. del l'ondo. [n el caso de los avales de cartera. dehen\ esrnhlecer en seglin el s1grnente detalle el contrato con Ins operadores. la cond1cu\n de d1versificac16n de Ins 1) Documentar que se cumple con la cond1ci6n PYME. segiin el av,ilcs cntrc scctorcs. en foneiOn de la cstructura produc11v,1 Jc la Reglamenlu a la Ley N° 8262. cconomia ,. cv1tar la co11cc11traci6n 1i) Documenlar que al mumenlu d~ olorgam1enlu del a\al. el d) I .ns prcc1o·s ,Jcl aval y los costos de transaccuin bencficiario cumplc con cl rcqu1sito de 111sufic1cnc1a Jc garantia e) Los rend1111ienlo~ <le merrn<lo sobre la; 1mersione~ trnn~ilorias. cstablcc1Jo en la I ey N° 8262 y en la dcfimc10n dd prcscntc I) El an(1lisis de la anl1gtledad de ~aldos de la~ cartmtb avala<la~ y la reglamcnto. Aportur como documcnto prohatono cl cstud10 siluac1Un <le la eslabili<lad l regularida<l (immc1era <le las ernida<le~ de reg1stro hecho al momento de otorgar el credno [n caso de operadoras. aparecer h1enes que oo se tomaroo eo cuenta por tene1 restnccione,
Articulo 9°-Apalancamiento. La U111dad Tecnica de o por polit1ca restncti\'a del operador. aportar la ev1dencia de esta FODEMlPYME, en busca del cumpluniento de los pri11cip10s que le r1gen. situac16n. podril otorgar 1111 11101110 total de a, ales. superior al valor total del fondo, I) lnlurmar a la U111<lad Tfrnica <lei FODEMIPYT\IE cualquier camhio en una proporc16n fipda de acuerdo con cntenos 1ec111cos. estil.ndares 111ternac10nales y el comportmmento de las opernc1ones a,aladas en lo~ conlralu~ <le cred1lu utorga<lo~ con un a,·al rn<liv1<lual
Articulo 10 -Fuentes de recnrsos Respeeto de las donac10nes Articulo 16 -OistribuciOn de lo~ recursos. I a asignacuin de los de personas. ent1dades pl1hlicas o privadas. nacionale, e internacionales rccursos dcl Fnndn Jc A,·alcs y Garantias entrc los opcradorcs. sc rcah1ara quc pucdc rcc1bir cl ~onJo, scg(m cl inc,so d) Jcl articulo 9° Jc la l.cy mc<liantc suhasta. N° i:C62. l.cy de Fortalccim1cntn a la Pcqucnas y McJianas F.mprcsas. La, ent1dades financ1eras interesada, en hacer uso de! fondo. deberan I a Un1dad Tccn1ca Jcl H)DF.MIPYJ\ff dcbcril v1gilar los mcca111smos presentar 111fonnaci611 sohre al me nos las s1guientes va1 iahles. de control e;lablecidus en la Le} de 8204 (Ley sobre Eslupelac1enle~. Su~tancia~ Ps1colrUp1cas, Droga; de Usu no Aoloriado, Leg1l1maci6n de al Monto de colocac16n de cred1to estunado para el periodo de la Capilales y Acl1vida<le~ Cun~\as) ) se <lebe (irmar un co1ne111u enlre el subasta donante y FODEMIPYME donde se establezcan los origenes. usos y demils b) l\lonlo de colocac1Un e~limado en el ulorgam1enlu de garanlia; de cond1c1011es de tales recmsos parl1c1pac1Un. cumplim1enlu l em1~i6n de tilulos valur~s. para el
Articulo 11 -Beneficiarios de\ F'ondo de A.vales y Garnntias. Ser.in pcrioJo de la subasta. beneficial 10s del l'ondo de ,\vales y Gm an teas. las empresas defi111das en el c) Porccntajc cst1mado Jc avalcs a otorgar, snhre cl total de cnlocac10n articulo 5" de este reglamento. que tienen trna necesidad de tinanc1am1ento e estimado en cred1tos. garantias de partic1pac10n. de cumphm1ento y insufic1e11cia de garantias. ante algtrno de los operadores autor1zados em1si6n de titulos valores.
Articulo 12.-Avales y garantia~. Lo, beneficia11os podrnn hace1 dJ T1po de avales a otorgar. ya sea 111d1v1dual ode cartera tJ<;o de los siguientes 11pos de garnntia. La peno<l1c1<lad de las suba~la~ ~e detemrniani en limc1Un de la a1 Garantias de cridno <leman<la y la d1~ponibilida<l <le recursos h) Garantias de part1c1pacion. mcluyendo aquellas requeridas en el I a UniJad TCcnica Jcl FODF.MIPYMI-" cnviara al MF.TC y pubhcara Programa de Compras del Esrndo. creado en el articulo 20 de la en al menos un meJio cscnto Jc c1rculac10n nac,onal, la convocatona de l.cy N'' 8262, I cy Jc Fortalccim1cntn a la Pcquciias ) Mcd,anas la suhasta. indic,mdo cl monto a subasrnr. cl pcriodo de vigencia de la F.mprcsas colocac16n de los arnles, Ins reqrns1tos: las cond1ciones. la fecha lim1te. el c) Ciarant1as de cumpl1m1cnto. 111cluycndo aqucllas rcqucndas en cl lugar) hora pma presentar la oferta y ape1mra de sohre, Programa de Compra~ <lei fatado. crea<lo en el arliculu 20 <le la Articulo 17.-Conlrafo de otorgamiento de a,,ales Una vez Ley N° 8262, Ley de Furlalec1m1enlo a la Pequeiias y Me<liana~ selecc1onados los ad,1udicatanos de cada subasta. seglm las cond1ciones Empr~haS dJ Avales o garamias a las em1s1ones de titulos valores de las empresas. de los carteles. cada entidad operadora tirmara un contrato con la llnidad que se em11a11 confom1e a los criter1os y las d1sposic1ones de la T ~cmca dd FODEMIPYME, en el que ;e esl1pulen la~ cund1ciones <le Supenntendencia General de Va lores 1SUGEVAL J olorgam1enlu <le lo~ a,·ales, incluyendo ;1 se l1t1lizarit la mudalida<l d~ aval individual o a\'al Jc cartcra, as1 como la/s) pcrsona(s) autonnJa(s) Estos avales y garantias se podr.in otorgar med1ame dos tipos de para firmar los contratns de avalcs con los clicntcs, en cl casn de a,·aks de mecm11smos: cartcn1. a1 Aval individual [ste contra to serielahorndo por la I Jn1dad T icn 1ca de l'OD[MIPYML hJ Aval de cartern. la cual tamh1en elahrnara tm manual de procedim1entos. de uso ohligatono
Articulo 13 -Criterios de se\ecciOn de Ins henelkiaiios Para la pa1a los operado1es. el cual formara parte del contrato finnado. aprohac16n de las solicitudes de avales) garantias. ademis de los cnterins Articulo 18----Confidencialidad La U111dad Tfrmca de indicados en la I ey N" 8262, I ey de h1rtalccimiento a la Pequdhis y FODEMlPYME garantizaril la confidenc1alidad con respecto a la Mcd,anas ~.mprcsas, y Ins lincam1cntos formulaJos por cl MF.IC. la Unidad 1111\.,rmacH:,n <le loh dienLes sulicnanles <le a>aleh y garanliah y de las T6cn1ca cm,tiril las d1rcdriccs sobre las cualcs sc ntorganin las garantias. enl1<lades operadoras. sm per1l1ic10 de lo eslahlecidu en la nomial1\'a hac1endo Cnfasis en costamcense La Gaceta V' 221- \'iernes 14 de noviemhre del 2008 Pli.g 7 Articulo l 9.-Furmaliuciiin de lo~ :n·,dcs. La lormalizac1Un de lo, Esta cond1c1011 he han·1 wnsLaren el conLrato firm ado enlre el optrador avak, he realizarii medianle un contrnLo con el bendiciano del aval por la y la 1 Tn1dad Tecnica de 1'0D[MIPYM[ proporciOn del cr~d1Lo que ~e esti1 avalando con re~ursosdel FODEI\IIPYME Articulo 26-Recun.os de rewcatoria }" apelaci(m. Contra In Seglln se Irate de a\·ales mdi\1duales ode cartera: se deben·1 segu1r wn el resuelto por la Unidad Tfrmca de! FODEMIPYME caben los recursos proced11111ento md1cado a co11tinuac1Un de revocatorm y apelacion. Es potestativo usar. JUnto con el recurso dt a) Avaks md1viduaks I a cnt1dad npcradora quc aprob6 la npcraci6n, rcvocatoria_ subsid1anamcn1c cl de apdacitin. rcm1tc a la Un1dod Tfrn1ca de 1-'0nl-'MIPYME la solicitud para cl D1chos recursos se mterpondril.n ante la Unidad Ttc111ca del otnrgamicnto dcl oval, JUnto con Ins rcqL11sitos corrcspnndicntcs. FODEMlPYM[ dentrn del tirmmn de los tree; dias hibiles (Ontados a pamr dctimdos en cl incisu cl dcl art1culo 15 de cstc rcglamcnto In del dia sigL1iente a la notilicac1Un de la resoluc10n respect1va Unidad 'l 6cnica apn1cba cl a val cnrrcspondicntc, mcdiantc l,1 cmisilill El rtcurso de revocmona lo resolveri la U111dad Tec111ca del de un nficio mdicandn la, condicmnes de aprnhacmn. El operador ~Onl-l\-llPYM~. que cm1t16 d acto. y cl de apchicirin. la Junta Oircct1va formaliza con el cl1e11te y reirnte a l'ODEMIPYI\I[ el contrato de Nacional del Banrn Popular. qu1~n aguLarii la •ia adm1111~Lrat1va S1 se otorgamiento de aval. finnado por el cliente para la correspond1ente plantearen ambos 1ecursos. el de rnocmoria debern resolverse en un plazo tinna del 1epresentante legal de l'ODEI\IIPYME de ocho dias naturalcs a partir dcl s1guicn1c dia hiihil al de la 1111crpos1c1Un hJ Avales de carte1a· [l contrato de otorgamiento de los avales dados del recurso a las empresas se filma entre el heneficiario de la ope1acion avalada .',1 tal decis16n lo foere en el senl!do de mantener lo resuelto total o y la(s) personals) autonzada(sJ por la ent1dad operadora. seglm el parc1almente. ,Jcbcr;i clc\·ar la apclac16n a la Junta Dircct1\'a Nuc,onal con contrato firmado con la Unidad Ttcn1ca del FODEMIPYME y los 1111 mfom1e detallado del caso. expo111endo las razones en que fondamentO Operadores para autor1zar el otorgamiento de avales de cartera a su re,oluc16n. y adjuntari el tsptd1ente de la solic1tud. en e<;te caso se le estos l1lt1mos concedera al interesado lres dias habiles para plantear sus arglunento~ ante
Articulo 20-Cumisiuncs. La U111dad Hcnica <lei FODEMlPYl\lE lo resuelto. establecer;i un Slhtema de com1s10nes sobre los avales otorgadoh. S1 snlamente se presentare el recurso de apelacmn. la I Jmdad Tfrnica independ1entes de aquellas que cobren los operndores por concepto del FODEl\11PYME debera elnarlo ante la fonta Direcl1va Nacional. en del otorgam1ento de lo~ cr~dnos, de confonrndad con las comhc10ne, 1rn plazo que no podril e,ceder los cmco dias namrales s1grntntes. con 1rn econOmicas de pais y ba10 el prmcip10 de so~tenib1lidad y rac10nalidad 111fonnc dctallodn dcl caso. c-:pnmcn,Jo his ra7oncs en que fundamcnto su Estas com1s1011es serim determinadas en cada ~ubasta. re,ulu~iOn y adJunlarit el e>,ped1ente de la solic1tud
Art1culo 21.-Porcentajes )' monto mliximo de :wale~}' garantia~. /\mculo 27.-Subrogaci(m de dererhos rrediticios. \Jna vez nc co11for1111dad con la l.cy N" 1:\262, l cy ,Jc l'urtalcc1micn10 a la Pcquciias pagado d avol. cl l'ODEl\11PYM~ subrogar;i Ins dcrcchos crcd1t1c1us al cntc y Median as Empresas. en ningll.n caso. el porcentaje de aval podril ,er mayor quc oturgti cl crcdllo, en la proporc1Un en quc d1cha upcracl(:,n tuc avalada. que el 75% de cada operaci6n y el monto garnnt1zado a cnda proyecto no 5111 embarg:o. corresponderi al ente que otorgO el cred1to realizar toda las podril ser supenm a setenta millones de colones (~70 000.000J)OJ, c1fra ges11ones de cohrn Judicial. con la deh1da diligencia. hasta la resoluc16n que ,e actualizarn anualmente ,egun la evolucit\n de! mdice de precios al linal de este consumidor. calculado por el lnst11uto Nac1onal de Estadist1ca y Censos Articulo 28-Recuperaciones de monlos honrndos De tx1stir (!NEC) rcmancntcs en la rccupcn1ci6n de las garantias quc cl clientc otnrg6 D1cha actualizac1611 la hara la U111dad Ttc111ca del FODEI\IIPYME como re~paldo de la operac1011, la entidad operadorn deben·1 trasladar ews en enero de cada a1lo y seni publicada en su pig:ma \Veb El valor ajustado remanentes al FODEMIPYME. resultante se aplicari ii111camente a operac1ones de avales y garamias CAPiTUl O Ill nuevas. Los porcen La] es m .iximos de a val es que se aprobariin en cad a opera min Fondo de Financiamientu se determmarim en hmc1Un de los resulLados del modelo de cali(icarnin Articulo 29.-fondo de Financiamiento Es un fondo destinado a aplicada por cada operadur La determmarnin de ehlo~ porcenLaJn se apoyar el desarrnlln de las empresas heneficianas. mediante el otorgam1ento reali£ari1 en coordinaciOn con la Urn dad T~cnica del FODEM!PYME de rernrsos reembolsables a lra\io de LIil [Ondo de credito, y por medio
Articulo 22-l\luniturco y control Cun base en los inlOrmes de recursos 110 retmbolsables para e11t1dades pll.blicas. organizaciones mensuales que los operndores deben entregar a la Unidad T~rnica del cooperat1vas, organizaciones privadas y organ izaciones no guhernamentales. FOnFMlPYME, csta ,Jcbcr;i claborar los mccamsmos de 111011itorco quc a Lrav~s del Fundo para el F111ancrnm1enlo de Serv1cio~ de De~arrollo permitan prcvcr s1n1cs1rus. suspender cl otorgamic1110 de nuevos avalcs, Empresanal. llcvar un control cs1adist1co y ascgurar cl cumplimicnto de lus obJctivos Articulo JO -Recursos del Fondo de Hnanciamiento ~ 11-'ondu ,Jc de la l.cy N° 1:\262. I cy de Fortalccim1cntn a la Pcqucilas y Mcd,anas Fmanrn11111e11to se conlormari1 con un porcenlaJe de las ut1hdade~ nelas del ~.mprcsas, y cstc Rcglamcnto Banco Popular, s1empre que el rend1mie1110 sohre el capital supere el nivel I.a Unidad Tccn1ca podra rcali7ar aud1torias a los opcradorcs en de 111flacion <lei pcriodo. fiJado anualmcnte por la Junta Oircct1\·a Nacmnal cualquier momerno que lo con,idere pertinente
Articulo 23 -SuspensiOn de\ otorgamiento de nuevos avales la para el cr<!d1to. la promoc1611 o la transferencia de recursos. segiin el articulo I ln1dad Tfrn1ca <lei FOD[MJPYME suspendera el otorgamiento de nuevos 8 de la Ley N° 8262. Ley de Fonalec11111ento a la Peque11as y Medianas avales a las entidades operndoras autonzadas· 1-'mprcsas. cl cual no podr;i scr 111fcnor a un cmco por c,cnto (5%) dcl total de ut1lidades netas desputs de 1mpuestos y reservas. El porcenlaJe ad1c1onal al Cuando la morn legal de la cartera de crtd1tos avalados con recursos de las ut1hdades netas que se le transfieran anualmente al l'ODEMIPYME. del FODEMIPYME supere el I 0%; o. seni detem1mado por el \·oto de al menus rnico m1embro~ de la Junta b) Cuando en las auditorias realizadas a las ent1dades operadoras D1rec11va Nac1onal. Ires de ellos. como mi111mo. deberin ser rtprestntantes se ident1fiquen 1rregularidades en el otorgamiento de los cr<!dnos <le los trabaiadorcs avalados. D1ch.os londus deberiin ser trasladados dentro de lo~ ~esenta dias Una vez que la Enlidad Operadora normal ice su s1tum:1011, la l!111dad hib1les postmores a que la audnona exttrna del Ganco haya certificado las Tic111ca del FODEMlPYl\lE, podn'1 aULonzar el otorgam1e11to de a\ale, mili,Jadcs dd pcriodo. nuevns. CAPfTUI O JV
Art1culo N-Honramientos de aYales. Fundo de Credito al Para el ca<;o de los anles crednic1os. la \Jrndad Tecn1ca de FODEMlPYM[ tram1tari el pago de los avales en fonna irre\ncahle Articulo 31 -Propiisito del Fondo de Credito Conceder crtditos a e mcond1c10nal. luego de transcurridos setenta dias naturales. las micro. pcqacilas y mcdianas cmprcsas y emprcsas ,Jc la cconnmi,1 social. conforme se estahlece en el numeral 09 de la ln 8262 ··Lev de con el prop0,1Lo de /inanciar proyeclos o progrnma~ que, a sulic1Lml de est a~. Fmtalec1m1ento a las Pequer1as J Med1anas [mpfesas" cont3dos requieran pa1a capacitaciOn o as1stencia 1tcn1ca. desarrollo tecnolOgico. a partir del 111cumplim1ento del deudor con el ente financ1ero que transfcrc11c1a tcc11oltig1co, connc11111cnto, 111\'CStigacion, ,Jcsarrollo de otorg:6 un credito avalado potencrnl humano, IOrmac1Un ticn1ca proksional. y procews de mnovac1Un Para tales eti:ctos. la ent1dad operadora presentara la solicitud en y camhio tecnol6g1co cualqrner momento. luego de transcurndo el plazo ames d1cl10. Articulo J2-Reneficiatios del J,"ondo de Credito. Son aquellas junto con toda la documentac1011 que demuestre que ha cumplido empresas defi111das en el articulo 5" de este reglamento. que presenten con la deb1da diligencia de las gest1ones de cobro admrn1strntivo. prnyectos viahles parn capacitaci6n o as1<;1enc1a 1ecn1ca. desarrnllo el operndor debera enviar a la U111dad Tfr111ca de FODEI\IIPYME tccnolOg,co, transfcrcncia tccnoltig1ca, conoc1111icnto. 1nvcst1gac1tin, coprn del expedienle desarrollo de potenc1al lrnmano. formac16n 1ec111ca profes1onal. y procesos b) En el casu de garamias de partic1pac1011 y cumpl11nienlo la l!111dad de innovac16n y camhin tetnolOgico la \'lahtlidad de estos prnyectos de hen\ Tfr111ca de FODEM!PYME tram1Larii el pagu de los <JVales. a parlir dornmentarse en un e~tudio ticrnw que sat1sl"aga a la Urndad T~rnica del del 111c1unplim1enlo de lo, carlek~ de lic1lac1Un y del conLratu de FODEMIPYME. m~L1d1<:a<:1Un. respe<:11vame11te Articulo JJ -Puliticas de crMito. I os crCd1tos sc concc,Jcr;in Para hacer ekclivo el aval. el opermlor deber(1 enviar a la Unidad en condic1one~ adecuadas a lo~ re(luernrnentus de cada proyecto para TCcmca de FOnl'MIPYMI' cop1a dcl cxpcdicntc. consol1daise. FOn~MIPYM~. pagaro cl aval a m;is tardar qumcc dias naturalcs I a Unidad Tcc111ca de r-:on~.MIPYl\11'. cstablcccra los rc(lllisitus ,JcspuCs de prcscntada la snlicnad dcl opcrador minimo:, para la evaluaciOn de lo:, ~red1tos, asi como las politicas para el
Art1culo 25-l\-lontu mliximo de los honramientos ~l monto seguim1ento y cohro de esas opernc1ones Asirmsmo determmara los 11101110, miL,1mn del aval n garantia a liqmdar para cada operacion de cridito. se ma,1111os de las lincas de crCdito. calcularil como el por(entaje cmnprnmeudn. sohre el saldo del prmcipal Aniculo 34-Seguimiento )' cobro La l1111dad Tfrnica del al mmnentn de caer en mora El avalista no asume responsahilidad por los FODEMlPYM[ deher:\ e<;tablecer los mecam,mos necesanos parn 1111crcscs. costos, Ill otros rubros quc sc gcncrcn en cl proccso Judicial. controlar la moros1da,J de las opcracioncs de crCdito. y tomar las accioncs l'>'ig8 La Gaceta V' 221- \'iernes 14 de noviemhre del 2008 que correhpondan. induyentlo la 1tlent1fkaciiin y eventual otorgarn1ento de Anicolo -12.-Rcqui~ito~ tic las Entidadcs Proponcntcs Con el fin alglm t1po de servic10 no financ1ero, requendo por el diente para meJorar d~ asegurar el c11mphmi~nto de los ob_1~t1,os y e~tral~grn, de la poli11ca su condic1611 pUbhca de apoyn a PYJ\ff. cl MFIC como cntc rector. tinnar;i un convcn1n
Art1culo 3~.-Ewnciones las opcn1c10ncs quc sc rcaliccn COil con las cntidadcs proponcntcs. en cl quc sc cstablC?can los programas o reeursos tld l'ODH\11PYMI-". estaran excntas tld tnhuto quc pesa sobrc la proyectos a dispos1ci6n de las PYM[ inbcnpciiin tle tlocurnentob o garantias end Registro Pllblico. tal y corno Aniculo -13.-Responsahilidades de las Entidades Propm1enfes lo establece el articulo 12 de la Ley N° 8262 "Ley de Fortalec1rn1ento a las de los pro~·ectos Pequetla, y Medianas [mpresas·· a) Admi111strar elicientemenl~ lo~ recurbos tk transkrencia~ y \·elar por CAPiTlJLOV S\l bucn USO Fondo para el Hnanciamiento de Scn·icios hi Cumplir coll los obJCtl\'OS <lei proyccto aprohado de Dcsarrollo Emprcsa1ial cl [lahorar. rev1sar y evaluar mformes de eJecuc1611 del proyecto.
Articulo 36.-PropOsito dcl Fomlo para cl Financiamicntu de de acuerdo con los lineamientos de la \Jnidad Tecnica del SerYicios de Desarrollo Empresarial Transferir recursos a emidades FODEMIPYME. publ1cas. organizac1ones cooperati\as. orga111zaciones p11vadas y d) Pre~entar a la l1111dad T~cnica del FODEMIPYME los inlUnnts de orga111zac1ones no guhernamentales. como aporte no reemholsahlt a\ anc~:, los mformes finales tl~ cada proy~<:Lo. segiin d eslimtlar qu~ o mcd1antc la contratac16n Jc scrvicins. para apoyar d dcsarrollo Jc csta ha dcfimdo. qu,en dchcra rcm,tir csta informacuin al MFIC prograrnas lentlienles a lortalecn y de;arrnllar las micro. pequeilas y cl Prcscntar ,11 Ml-"IC cl informc anual de gcsll6n ,Jc apoyn a PYM!". ,Jc medianas empresas. y las empresas de economia social, en areas tales como acuerdo con el formulann que la DIGEPYM[ dispone para tal fin capac11ac16n. as1stencia t<!cnica. rnnovac16n. i11ves11gaci6n y transferencrn fl Dai segmmiento y euluar el desa1rnllo de los ser\'1c1os de desarrollo tecnol6g1ca. asi como realizar mvestigac1ones en dtfereme, acuv1dades empresanal contratados product,vas y sodalcs tcntlicntcs a d1sciiar un scdor cmprcsanal dic1cntc g) Geslionar el pago tle los :,ervic10s de de~arrollo empre:,arrnl. cuando :, competit1vo corr~spontla As1mismo. se podr.i promover y facilitar la formaciOn de micro. Articulo 44.-Administraci(m y uso de los rccursos I.a peque1las y 111ed1a11as empresas y empresas de economia social Al tratar de trnnsferencia, admirnstraci6n y usn de los recursos del rondo para el apo~ o a emprend11nientos. no se sol1c1taran los reqms1tos de formal1dad ni r111anciam1ento de Ser\'lc10, de De,arrnllo [mpresanal. por tratarse de de pcrmancnc1a end mcrcado
Articulo 37-Bcncliciarios lina\cs dcl Fondo. Empr~sas ~n mmcha recursos pl1blicos. se reg1riin de acuerdo con lo estipulado en la Ley N" quc rcqu1cran cl apoyo de scrv1dos de tlcsarrollo emprcsarial para tomentar 8131. I ey ,J~ la A,,J111111iMrac1lrn f111a11ciera Lie la Repiiblica y Pre;upueMos ;u efic1e11cia y compel1tl\·1tlad: :, perbona~ con 1tlea~ de negoc1os que Piibhcos. en la l cy N° 7428. Ley Orgiinica de la Contraloria General de reqmeren apoyo para llevar a cabo sus emprend11111entos. La Unidad Ttc111ca la Repuhlica. yen la Ley N'' 8292. Ley (ieneral de Control lnterno. y su, del f'OD[MJPY~I[ podra detinu el porcentaJe de fondo no reemholsahle respecm·os Reglmnemo,. as1 como las Regulaciones sohre la fiscalizac1611 y d aportc Lid cmprcsario prcvia cv.1luaci6n de los p,1rticipantcs y cl y el control de los beneficios patrnnon1ales gratuitos o sin contraprestac1611 pnrcentajc de cnntrapart1da de los cjccutorcs. ali;rn1rn. otorgados a suJelos pri\'ados por parte de entidades pl1blicas.
Articulo 38.-Lincamicntos 1iara cl usu tic\ Fomlo para cl ~m1lida; por la Con1raloria Gennal tk la R~pllblica. Financiamiento de Sen·icios de Desarrollo Empresarial. El M111isterio Articulo 45.-Metodologia para la formulaciOn y evaluaci(m de de [conomia. lndustiia \ Comerc10. a t1aves de la DIG[PYML cada ailo proycctos I .a Um dad l"ccnica de FODI--.MIPYMI--. d,scilarir t1na mctodolngia fijara linea1111entos claroS en cuanto al direcc1011amientn de estos fondos y para la formulacion J e\'aluac16n de proJ ectos. que contendn\ al me nos lo hara <lei conocun1cnto de la UmdaJ T~cmca dcl H)DEMIPYMI-" a milS al una 1usuficaci611. tmdar el 31 d~ enno tk cada ai'io. h) 1111 Perfil de la poblac1611 beneficiaria; Con ha seen estos lrneamientos la U111dadTecnica del FODE~IIPYME c) la situac10n aclual que se de;ea correg1r. rne_jorar o desarrollar. deheril elahorar una metodologia pa1a la p1esentac1611) valorac1611 de los d) la ddinicilln y ponderacilln d~ I% criterios tk seleccil,n d~ la progranrns n proyectos y elahoran\ una recmnendac1611 1frn1ca a la Junta pohlacion bcncflciana. Direct1\'a Nacinnal dcl Ranco Popular. la cual cs la rcsponsablc de aprobar la as1gnac10n de los r~cur,os. el el costo e,tnnado. Para la elaboraciOn de los lineam1entos se tomariln en considerac1011 fl los aportes de contrapamda. cuando cmre,ponda. al menos los s1gmentes elementos gl un cronograma de act1v1dades; h) la definic10n de Ins 111d1cadores de exito pma cada objet1vo especifico a1 Los ohJell,os de la Ley N'' 8262. Le) de fortalecirmento a la planleado; Pcql1cilas) Medi.mas 1--mprcsas. Sll RcglamclltO y mod,ticacioncs 1I los productos cspcrados. b) I os obJctivos ,Jc la Lcy N° 8634. Ley Jcl Sistema de Ranca para cl JJ la forma y ticmpo para mcdir 111c1dcnc1a. De~arrollo. su Reglamento y mod1ficaciones. cl Los obJetivos del Plan Nacional de Desarrollo en mater1a de apoyo a La 1/nidad Ttcn1ca seriL la respnnsahle de evaluar y recomendar la micro. peque1la:, medrnna empresa. los proyectos tomando en cuenta los l111eam1entos emnidos por el MEIC d) I .os linc,m1icntos cmanados en cl Conscjo Ascsor l'Y~ll-'. cstablccidn y tramitarlos para la respect1va aprobac10n por parte de la Junta D1rect1va en la l cy N" 8262. Icy de Fortalcc1m1ento a la Pcqucilas y Mcd,anas Nacional. Empre~as Los proy~ctos deben presentar;~ en los formularios ql1~ para tal el Las neces1dades que la Red de Apoyo a la PYME, Y1sualice y clccto la Umdad l"ccnica dcl FODl-"MIPYMI-" claborarir. y quc cstarirn a recomiende como necesarios d1,po,ici611 de los imeresados en la I Jmdad T tcnica del fODEMIPYME. en
Articulo 39.-l"so de los recursos las transfrrencias del la Web del Banco Populai y de Desarrollo Cornunal yen el Pmtal PYl\l[ del FODI--.MIPYMI--. sc utilinrirn para programas. proycctos o scrv1c1os de MEIC. jun to con la lista de documentos y requ1s11os que deb en presentarse d~sarrollo 110 /inanc1ero. tale~ como. capac1tac10n. a;1stencia t~crnca. con los proyectos. asi como las g:uias de llenado y la nom1at1\'a de] fondo innovacilm y tranblSCrcnc1a tccnolllg1ca. 111,c;t1gac1lln y tlcba1Tollo de ,J~ tra:,lerencia.,, polencrnl humano. proyectos que promuevan y lacilnen la IUrmac1ll11 de Amculo 46 -Anll.lisis, selecciOn y aprohaciOn de los 11royectos micro. pequei'ias y medianas ernpresas y empresas de economia social. En el analis1s. selecc1611 y aprohac10n de los prnyectos presentados ante el as1 como 1ealizar 111ves11gac1011es en d1fe1entes actividades productivas y FODEMIPYME. se deberiln observar los s1grnentes requisnos: socialcs tclldicntcs a discilar \111 sector cmprcsarhil cticicntc \ compctiti,o a) La Un1datl Tfrnica tlt FODEMWYl\lE deben·1 contar con los
Art1culo40.-Propuesta.s deprogramasyproyectos I as propucstas recurso~ n~ce~anos para evaluar los pro}ecto~ en el ord~n en que de proyeclos para 1mplementar prograrna~ o ser\'1c1os tle desarrollo no scan prescntados. garant,nndo mccumsmns de ag1l1dad. efic,cncia. fi11anc1eros, descritos en el aniculo antenor del presente reglamento, transpnrcnc1a c idonc1d,1d para llcgar en cl mcnor t1cmpo pos1blc a dehen tener un enfoque de demanda y ,eguir los linearmentos del M[IC. las pnhlaciones heneficiarms. as11nis1110 emnir un criterio ,ohre la para hrindar una solucion rntegral a los requernnientns y las necesidades dctectadas de las cmprcsas y cmprcsanos bcnctic1arias de la l cy razonabilidad del costo de cada proyecto. En caso de requerirse.
Articulo 41 -Participantcs dcl proccso de prcscntaciOn y podr.i solicuar cnteno de otras ent1dades o espec1alistas ejecuciOn de proyectos o programas. b) La Urndad T~cnica del FODEl\llPYME debt revisar kcnicarnente la solicltud, otorgando turn cali/icaciiin a la 1111~ma. tle acu~rdo al E11t1dades proponentes Son las en11dades que pueden presentar a la mctndologia Jc prcscntac1on y valorac1on quc para tal elccto prnyectos ante la ll111dad Tecnka del fODEMIPYM[ para clahonirir ,Ji cha llnid,1d. su \alnracion v rccomcndacion tCCllica ante la Jllnta nircct1va c I La I Jnidad Ttc111ca del fOD[l\lIPYM[ dar:i. una recomendac10n a la Nacional dd Bimco l'opl1lm y d~ D~sarrollo Comunal. y una "~L Juma D1rectiYa Nacrnnal del Banco Popular. de a~uerdo wn la nota aprobado el proyeclo n la ent1dad que e_jecula Pued~n ser ernidadeb de caliticac10n dada por la metodologia de a11.ihs1s. Los proyectos se proponentes pnorizarim, en prnner lugar. seglln tlicha calificac10n. yen segundo La, [ntidades puhlicas. lugar ~~glm las kchas d~ presentaciiin. 11. Las Organizacinnes Cooperatt\"as. d) I a Unidad TCCn1ca <lei FODl-"MIPYMI-" dcbcrir llcvar un rcg1stro de 111. I as Organi1acioncs Pnvatlus Ins proyectos recihidos. recomendados. no recomendados, aprohado, I\' Lab Orga111n1c1one~ no Gubemame111ale~ y rechazados por la .Junta D1recll\ a. con los montos de cada t1110 e b) Pro\'eedores de servic1os de desarrollo no linancieros Son las mformar cada tres meses al MEIC en11dades contratadas para que d1rectamente bnnden los ser\'1cios e) La l1111dad Ttc111ca de! FODEMIPYME dehera 111formar a los de desarrnllo no financ1eros. a los bendicmno, tinales de la Ley. proponentes de los proyeclOs la tlec1~illn tle la Junta Direct1,a. en un contcmplados en los proycctos y programas aprohaJos. pla7o mii'\11110 de 15 d1as h;ib1ks La Gaceta V' 221- \'iernes 14 de noviemhre del 2008 Pli.g 9 I) La enl1da<l proponenle <lebe env1ar los inlOrmes <le avance y final1ncu)n dcl proyccto, scgUn cl cronograma de ,nformcs propuestos en el proyecto. para ser evaluados por la I Jnidad Tecnica del l'OD[MIPYM[ g) La l1111dad Ttc111ca de FODEMIPYME puede dar seguim1ento y hacer e\ aluaciones de avance en cualquier momenlo (.\Lie lo con,1dere pcrtmcnte, para garantl7or cl logro de los obJct,vos y cl bucn LISO de IM reClllSO',
Articulo 47.-l\lonto m:i~imo de los pro~·el·tos a financiar Para procurar una mayor eqL1idad en la d1;triburni11 de los recursos, el monlo m,\,amo ,1 tinanc1ar a un proyccto en p,1rt1colar cs del 21)% dcl (dtimn montn transferido anualmente al l'nndn para el fmanciamiento de Servicios de Desarrollo Empresanal Arliculo 48.-Pa~os a los oferentes de scnicios de dcsarrollo empre~arial. Adcmiis de las d1spos1c1011cs de la Unidad Tccnica dcl fODEMlPYM[, en nmglln casn ,e desembnlsar:\ pnr adelontadn el total dd pago por concepto de los serv1c10s de desarrollo empresanal prestados para la e1ecurni11 del proyeclo o programa. Para los pagos parc,alcs o finulcs de los scr-Yic,os. los provccdores de savicios de desarrollo empresarml deber:\n presentar los correspond1entes informes. a sat1sfacci6n de la entidad proponente Arliculo 49-Jncumplimiento En caso de que la l1111<lad Ttcn1ca dcl FOnFr-.flPYr-.ff. determine 4uc alguna cntldad incumpliO con los fines o proplisitos p,ira los cualcs sc otorgaron los rccursos. la misma cstara obligada a 1einteg1ar. dentro de un plazo de un mes. turn vez comprohada la falta. el monto transfer1do hasta ese momento, mils los respectivos 1111ereses legales y gaslos admrnislralnos Si la ent1dad no reali,:a el reinlegro en el pla10 cstlpLilado, sc gcst,onara cl cobro ante las autoridadcs admimstrativas o,1ud1c1ales qlle correspondan CAPfTllLO VI Administraci6n del FODEl\llPYl\lE
Articulo 50.-l-nidad Ticnica La adrn1nistrac1611 del fODEl\flPYME e;lari, a cargo <le una U111dad Ttc111ca del Banco Popular. cncaboada por cl director c,1ccut1\'0 dcl Fondo. qu1cn scra nombrado por la Junta D1rec11va Nac1onal del Banco Popular El nomhram1ento del personal requer1do para la operac16n del Fondo se efecmar.i de conform1dad con lo~ perfiles. lo~ re4uis1Los y las compelencias ddin,<lo~ en el manual de pucstos dcl Ranco y med,antc proccd1m,cntos quc garant1ccn la ,doncidad prot'csion,11 La \Jmdad Tecnica tomaril en cuenta lo, lineam1entos. recomendac1ones y directrices em111dos por el r-.lEIC corno ente rector de las polil1cas ptibhca, y los programas de apoyo a la~ micro. pequei'ias y mcd,anas emprcsas.
Articulo 51 -Supervisi6n )' control seglln se trale de a\·ale.~ indi,·idua\es o de cartera El FODEMIPYME seni superv1sado eslridamenle por el Banco Popular. metlianle lo~ conlroles que eslable,:ca la Junta Dircct,va Nacional y por mc,Jio de la aud,toria intcrna. El rondo no estara su1eto a las regulaciones emanadas de la SIJ(i[f o del 6rgano que la llegue a sustituir. toda vez que sus recursos no prov1ene11 del proceso de mlerme<liaciOn (inanc1era lndcpendicntcmente de lo anterior, por tratarse de fondos pllbl1cos que sedan en admirnstraci6n, el fODEMIPYM[ estariL sujeto a los controles emanados por la Contraloria General de la Repllblica.
Articulo 52-Registro contable. El FODEMIPYME se registrarit contablemenle como lllrn cuenla de orden en el balance linanc1ero del Banco Popul,ir: en consccucnc1a. la cal1ticaci6n dcl ncsgo de cart era dcl ~ondo scra 111dependiente de la calificacion de canera del Banco que se eticctlle seglm los mter1os de la SUGEf Las ut1lidades que genere el fODEr-lIPYME ;erim re1m·ert1das en ti y no eslariin SUJelas al 11npueslo sobre la renLa Art,culo 53.-Eslratcgi:t de inform:tci,in, promociOn y mercadeo. De acuerdo con el inciso l I del articulo 10 de la Ley N° R262. Ley de fortalecimiento a la Peque1las y Medianas Ernpresas. La l1111dad T fr111ca dcl FOOFM!PYMF dcbc cslabkccr anualmcnlc una cslratcgia mdependiente de mformaci6n. promocion y mercadeo. onentada a promover al fODEMlPYME corno instrurnento de polit1ca pl1blica. para apoyar el acceso de las PYME al fi11anc1am1enlo La m,~rna debe 1ndu1r lo~ nombre~ de las cntidadcs opcradoras con contratos v,gcntes para otorgar a\·alcs Esta estrategia debe contar cm1 el aval de la Junta D1red1va Nacmnal del Banco Popular
Articulo 54.-Derogaciones Der6guese el Decreto E_1ecut1vo N" 31697- MEIC del 8 de marzo del 2004. publicado en el dim10 o/icial la G11a/11 N" 57 ,Jcl 22 de m,1r1n de 2004, y Dccrcto l-Jccut1\0 N" 33112- r,.f[JC del 20 de marzo del 2006. puhlicado en diario oficml la Ciace/a N° 98 de! 23 de mayo de 2006 Transitorio Unico-Para asegurar el mayor nl11nero de enlida<les opcradoras part,c,pantcs. la Unidad TCCmca dd FOOl-MlPYMl- rcalinra rnia convocatona a todas las e1111dades intennedmna, superv1sadas pm SUGEf para part1c1par en una pr1rnera subasta. en un plazo 110 mayor a dos meses a parl1r de la publicaciOn del pre;enle reglamenlo. Ebia dapa mduini un proccso de drvulgac!lin. capac1tac1(,n dcl func,onam,cnto del Fondo de Avales y Garantms: mo11vaci,\n para ut1hzarlo por parte de los operadores potenc1ales El plazo <le colocac1l>n de los avale:, ) garanli<lh <ldimdo en e:,la primcra subasta scra de sc,s meses.
Articulo 55-Rige a portir de ,u publicac16n Dado en la Pres1dencrn de la Repl1blica -San Jost. a los 06 dias del mes ago:,lo del 2008 (JSCAR ARIAS SANCHF/. -F.I Min1stro de F.conomia. lndustna v Comercm. Marco A Vargas Diaz -1 vez -(Sohc1tud N" 18538 M[lCJ __:_ C-528020. -(1)34853-1 06883 ).