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哥斯达黎加的法律

Decreto Nº 34790-MAG-MEIC ─ Reglamento del Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD)

颁布于 2008-08-22 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Caribbean Community (CARICOM)
国家
哥斯达黎加
主题
Agricultural and rural development
关键词
agricultural development, institution, cooperative/producer organization, legal proceedings/administrative proceedings, financial agricultural measures, credit, special fund, governance

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  1. Articulo 1°-De la finalidad del Reglamento El presente Reglamento tiene como ohjet1Yn regular la 111tegrac10n de\ Conse.10 Rector dd S1sl~ma de Ban<:a parn el D~sarrollo de conlormidad con la Lei 8634 "Sistema de Banca para d Desarrollo ·· publicada en La Gacew N" 87 dd 07 de mayo dcl 2008: SllS tune,ones. rcprcsentacion legal y obligac,ones, asi como regular el funcwnamienlo de la Secrelaria Tt'c111ca de d1cho ConseJo. CA.Pi"! Lil O II Del C'onsejo Rector

  2. Articulo 2"-De la Naturaleza Juridica y la lntegracicin del Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo. El Conse.10 R~ctor, es un enk con pnsonalidad Jurid1ca y palr1monio prop10. D1cho conseJo sera 1ntegrado por los sig:uientes m1embros a Dos per,onas que desemperkn el cargo de mmistro o 111m1stra. clcg1das por cl ConscJ0 de Gob1crno La Gare ta N" 200- Ju eves 16 de octuhre del 2008 Pli.g3 b Do~ repre~enlante:, nombra<los ~ <les1gna<lo~ de la Un1611 h Velar porque la~ dec1~1011es Lomadas por d1cho Conse.10 :,e Costanicense de Cimrnras y Asociac1ones de la [mpresa Pn\ada e1ecuten (UCCAl-'P). Uno de los rcprcscntantcs scril <lei sector mdustno 1. 1-''i_iar directrices c imp,1rtir instruccioncs en cuanto o los ospcctos y serv1cio~, y. el oLro <lei ~edor agrirnla. Corresponderii a la de form a de las lahores del Conse.10 UCCAEP estabkcer los mecamsmos prop10s para des1g11ar sus Cualqu1er otra necesaria para coordmar todas las acciones rcprcscntantcs. inherentes al foncinnarmento de! ConseJn Rectrn c Un repre~enlanle de los banrns eslatales. qmen deber(1 ser Articulo 7"-De las ~esiones del Consejo Recfur. A las scsioncs dcl fi.mcionano de nivel gerenc1aL escogido por co11se11so de las Con:,e_10 Rector. podr(m asisl1r por rnvilaciOn. lodas aquellas personas que Juntas Direc11ns de Ins Bancns [stataks Cargo que serit por se cons1dere pemnente y necesar10 para el asumo que se va a trmar. En este LIil periodo de <los afios debiendo ser rolati\·o entre los Bancos casn. el ConseJo podrit acrndm cnncederles el derecho de part1c1par en las Esrntales que no adm1111stren como f1duc1ano el FINADE con tin dcl1bcraciones con \'07 pcm sm \'Oto de garantlzar la participacu\n de estos en la toma de dec1s10ne, Tambu!n podn'1 as1st1r con voL pero srn ,010, el Secrelano{a) del Conse_10. T<!cmco(a) del Consejo Rector A e:,,cepci6n de! represemante de los Bancos Estatales. los restantes No pndri ser nh_ieto de acuerdn nmgun asunto que no figure en el miemhros estarnn en sus cargos por tm permdo de cuat1n mlns. Tratandose de urdcn dd d1a. salvo quc por mayuria simple de los prcsentcs. sc declare la los rcprescntantcs dcsignodus por la UCCAl-'P. ambos podriln scr rcclcgidus urgencia del asunlo para su conoci1melllo y volacil>n en su:, cargo:, Las sesmnes ordinm ias del Consejo Rector se realizaran al menos mrn El Consejo de Gob1erno y la UCCAEP. se reservan el derecho cuando \'C7 al mes, y c-.;tn1nrd111onamcntc cuando as1 sc con\oquc por cl Prcsu.lcntc asi lo cstimcn pcrtincntc. de sust1ttur a sus rcprcscntantcs en estc cntc o al menus Ires de sus m1embros. Arliculo 3°-Dcl quOrum El Con~eJo RecLOr podr;"t se~ionar. Articulo 8°-De las Actas del ('onsejo Rector. De cada ses16n s1empre y cuando. como mimmo se encuentren tres de sus miembros.} al nrdmana n extraordmana se lnantara un acta. que contendrn la mdicac1611 mcnos uno <le cllos, rcprcscntc ,1 los ministros o ministras clcgidos (osJ por de lo hora, fccha y lugar de reunion. los micmbrus prcscntcs, pcrsonas el Consejo de Gob1erno. y olro represenle a la UCCAEP 111v1tadas. lo:, punlo:, pr111c1pale:, que :,e lralaron, la fonna y resultado de la

  3. Articulo 4°-De la votaciOn del Consejo Rector. Los acuerdos ser.i.11 votac16n \ el contenido de los acuerdos adoptados por mayoria simple de Ins presentes. en cuyo caso qu1enes voten La~ actas del ConseJn Rector se aproharitn en la ,iguiente ses16n. de lomrn negali\'a \kber~n raLonar ~u volo y hacerlo conslar en la proprn antes de csa aprobac1l\n carcccran <le tinnoa los acucrJos tomadus en acta En caso de empate, el Pres1dente del ConseJo tendril doble voto Los la re:,pecliYa sesi6n, a meno~ que los miembros presenle~ acuerden en la miemhros que estuvieren ausentes en la se,i6n donde se tnm6 el acuerdn, propia sesiOn declara1 en tirme el acuerdo adoptado y se auto11ce si foese deheritn ahstenerse de votar cuandn se apmeha el acta correspond1ente a necesano su conrnmcado d1cha se:,iOn. I.as actas scriln flrmados por cl Prcsidentc dcl Cunsc_io Rector y

  4. Articulo 5"-De las causales para no ejercer el v·oto en las sesiones los miembros que e:,tu\'ieren presentes. lgm1lmenle. las aclas deber(m de\ Consejo Rector Deheritn ahstenerse de\ otar y por tanto ausentarse del ser tirmadas por aquellos m1embros que hub1eren hecho constar su voto recmlo durnnle el an~li:,1s \· ,·otac1lm de delerminado lerna, los miembros contrario en cualqmer acuerdo adoptadn del Conse,10 Rector que se i:ncuentren dentro de las siguientes causales: Articulo 9"-lle las funciones del Consejo Rector. Conforme sc eslablece en el articulo 12. asi como en el re~Lo del aruculado, de la Ley <lei a Aquellos que durante el ailo antenor a ,u nomh1amientn hayan Sistema de Banca para el Desmrollo. N" 8634. son fimc1ones del Conse_10 tcnido rclacioncs laborolcs. scrv,cios de ascsorias. cunsultorias, Rector las s1gu1entes. o que hub1eren o~Lenlado alguna repre:,ernac1l>n legal de la~ personas tisicas o jundicas involuc1adas en el asunto que se estil Defimr y cuord,nar las pnlit,cas y directnccs quc uricntcn cl tratando li111c1011am1ento <lei S1:,lema de Banrn para el De~arrollo. b Aquello:, que se encuentren hgado:, enLre ~i por parenlesco de 2 Tomar en cuenta las resoluc1011es del Conse10 Asesor M1xto. consagui111dad o afinidad hasta tercer grado 111clus1ve. con las al emitir las polmcas y directrices del Siste1iia Banca para el pcrson,1s tlskas, o los mtcgnmtcs de las Jlllltas dircct1\·os o dcl Desarrollo. capital accwnano de la~ per~ona:, _1uridica:, 1m·olucrnda:, en el 3 Establecer los pariimetros de fonc1onam1ento. admi111straci611 y asunto que se est.i tratando. mecanismos de control mterno de! fide1comiso Nacmnal para c Aqucllos quc sc cncucntrcn lig,1<los o lo socicdad mcrc,mtil cl Dcsarrollo (FINADI'), conformc a la le) 8634 "Sistema de anOnima. en nombre colecti\o o de responsabilidad lim1tada. Banca para el De:,arrollo·· o fom1e11 pane del d1rectono de la soc1edad que se encuentre 4 Establecer la regulac16n necesana para el func1onam1ento mvolucrada en el tema tratadn. operau,:n de los d1frrentes fondos que conforman el fideicom1so d. Aquello:, que rnte11re11 o hayan rnteim1do en el ai'io anterior a ,u Nac1unal para cl Ocsarrollo 11-'INA Dl-') nombram1ento cualqu1er estmcmra orga111zat1va o gerenc1al de 5 Ddinir la~ e~Lralegias y los mecam~mo~ de cooperaciOn y las soc1edades mercant!les. ON(i, cualquier tipo de camaras. coordrnac16n entre los 1ntegrantes del Sistema de Ganca para el cualqukr t,po de coopcrativas, asoc1acrnncs. u cual4u1cr tipu Jc Dcsarrollo orga111zac16n social que esten involucradas en el tema tratado 6. Ddinir por med10 del Reglamento respecli\·o. las polilicas y directrices generales del fo11cionam1ento de los fondos creados en

  5. Articulo 6"-Del Presidente del Consejo Rector y sus funciones la Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo [)cl scno dcl Consqo Rector sc clcgir.i. cntrc lus dos m1n1stros. al Prcs1dcntc 7 Acrcdnar rcspcct1vamentc mcJiantc rcsoh1ci6n fundoda y de y \'icepresidenle, respecl1vamenle. pud1e11do. anualmellle. rolar en su~ rnnformida<l con lo que eslableLca d r~glamenlo re~pecli\·o, cargos las i11stituciones tinanc1eras. las 111st11uc1ones y organizaciones 1-'1 Prcsidcntc tcndn\ hi rcprcscntaci6n judkiol y cxtrajudicial dcl prestadnras de ser,;1c10, no financ1eros: de de,arrollo empresarial Conse_jo Rector, con lacultades de apoderndo generalis1mo sm lirn1le de que part1cipen en cl Sistema y courdmarlas. as11nismo, c,;cluir suma. <lei Sistema los inlegranles o partic1pa11Les priva<lo~ que no hayan Pudicn<ln si ti.1csc ncccsarin 11nmhrar apn<lcra<los cspccialcsjudicialcs crnnplido las obhgac10ne~ establecc1da~ en esta Ley. con tacultades para conciliar 8 Remitu. anualmente. al Consejo Ase,or Mi-.;to. a la Com1s1611 En caso de au~encrn. o <le enlenne<lad y, en general. cuando concurra Permanente !'special de Control de lngrcso y Gusto Plihllco de lo alguna causa justa. el Pres1dente ser.i sust1trndo por el V1cepres1dente de Asamblea Leg1slat1va. a la Contraloria General de la Replihlica, d1cho ConseJo. yen estos e\'entos tendril las mismas funcinnes y gozar:\ de y al l\1i111ster10 de Planiticac16n Nac1onal y Poliuca Eco116m1ca las m1smas atnhuc1ones indicadas en la Lev N° 8634 "Sistema de Banca (MIDEPLAN), un mforme sohre el cumplimiento de las metas: para el Desarrollo·· yen el presente Reglam~nto los impactus soc,alcs y ccon6micus alcan1ados con lus rccursus Serin firnc1ones de! Pres1dente las s1gu1entes <lei S1:,lema de Banrn para el De~arrollo. a Con\'Ocar y prcs,dir a ses1uncs dcl ConscJO Rector y dcl 9 Establecer. nombrar. coordmar \ definir el fimc1onam1ento de ConseJo Asesor M1xto del SISTEMA DE BANCA PARA EL una mstanc1a tecnica que e,1ecute ·10, acuerdos de\ CnnseJo Rector DE.'.,\RROLLO. y JC scgu11111cnto admi111strat1vu al Sistema de Ranca para cl b Suscnbir los contratos yio convcnios que rcqu1cra cl Cunscjo Desarrollo Esta mstanc1a. se denom1nara para erectos del presenle Reclor para su lunc1onamienlo, de acuerdo a la Ley 8634 "Sistema Reglamento cnmo Sec1etaria Tecnica. y serit la responsahle de la de Banca para el De,arrollo".) el Reglamento respectl\n. ad1111111strac1l\11 opcrat,va dcl Sistcmo y de rc,ilinr 1111 control de c Rcalinr la apcrtura de cucntas corncntcs a nomhrc dcl Consejo la correcta as1gna<:1611 del li11anciam1enlo olorgado a los :,u_1etos Reclor benetic1anos. d. Firmar todos los documemos que se reqrneran para el moY1m1ento 10 Adjud1car medrnnte concurso o a conven1enc10 de e,;te, de contablc y tin,mcicro dcl Consqo Rectory su sccrctana tCCnic.i. cunform1dad con cl orticulo 35 Jc la l cy i:\634 ··s1stc1110 de Ranca e Con li::ccionarju1110 con el 5ecretar1o(al T frmco(a) de la Secrelaria para el De~arrollo·· el Banco Eslatal que adm1111:,lre el fondo de T<!cnica. las respecuvas agendas y el orden del dia para ses1ones Cr<!dito para el Desmrollo. pudiendo resc1nd1r la adm1mstrac1611 nrdinarias yin extraordmarias del CnnseJo Rector de! rondo al hanco designado La resc1si6n se reahzari antes Firmar junlo con los olros m1embros del Conse_jo Reclor que dcl cumplimicnto dcl plan1, cuanJo a ju1c10 dcl Consqo Rector estuv1eren presentes las Actas de ese ConseJo. y tirmar junto con exista falta de capac1dad e idone1dad demostrada. por parte de la el Secretano{a) T icn1co{a) las Actas del Cnnsejo Asesnr l\fi>;to entidad administrndora. g Cnmun1car de scr neccsanu juntn con, u en auscncia dcl I l Mantcncr u11 sistcma de inform,1c16n cru7ado, pcrmancntc y Secretario(a) Tecnico(aL los acuerdos que se adopten en las aclualw1do, de lo:, :,u_1etos que han te111do acceso a los ser\'lc1os se,innes de! ConseJo Rectrn lgualmente podra comtm1cm o del l'INADL Lo anterior para g:arant1zar que los fines y ohJetivos responder cualqu1cr tipo de corrcspondcncia. sc cumplcn con la clicntcla meta dcl Sistema l'>'ig-1 La Gare ta N" 200- Ju eves 16 de ortuhre del 2008 12 Establec~r. en el contralo tkl FlNADE y ~11 ~I contrato para 34 Prumo,er m~ca111:,mo:, de cooperac1Un ba10 el prmc1pio <l~ el manejo de! Fondo de Credito para el Desarrollo. las demiis asociati\'idad para las mic10. pequei'ias y medianas u111dades funciones que deban llevar a cabo qrnenes adm1mstra11 estos prod11ct1vas. recursos. para el debido cumplim1e1110 de los tines y objet1vos de 35 lnstalm y _juramentm cada cuaLru ai'iu~ la Com1~1Un Evaluadora la L~y dd S1st~ma Banca para el Desarrollo dd Sistema de Banca para el Desarrollo 13 Generar l1neamientos para que. en todo el Sistema de Banca para d Desarrollo. se garant1cen proced1m1entos y polit1cas que otor:;rnen 36 Con\'ocar de conformida<l con lo quc al ctccto cstabiC?ca cl a las muJeres el acceso eqmtatl\o. coo acc1ones ati1mm1vas. al Reglamento re~pec1ivo, al inlegrnnte <lei CunseJo A~esur M1,tu tinanciamiento v todos los sen·1c1M de! S1<;1ema que represente las rnstituc1ones} orga111zac1011es prestadoras de 14 Adjudicar y resCmd1r. en concordancia con la kg1slac16n ngente. sen'ic1os no financiems. la adm1111strac10n de\ fide1com1so Nacional para el Desarrollo 37 Aprubar o 1mprubar la:, recomendaciunes que em1la la Secrelaria creado en la Ley 863--1 ··Sistema de Banca para el Desarrollo·· T<!cnica para la elaboraciOn de los perfiles de los proyectos tanto I.a adJud1cac1(\n dcl Fiduciario sc rcgufaril de confonmdad con de los mtermediarios financ1ems puhlicos y pnvados, como de la, lo quc al ckctn cstnb1C7ca cl Rcglamcnto rcspcct,vo Durante la aphcac16n dcl Trans1tnnu Tl de la I cy 8634 ··s1stcma Jc im,titucione~ y orga11in1c1u11e:, pri,·adas pre~lmlura~ de ,er\'1c1us Ranca para cl Dcsarrnllu", cl FlNADF. sc ad1111nistrara a trav~s no fi11anc1eros y de desarrollo empresarial de la infracstructura dcl F1dc1co111iso l\1AG-PlPA. (Mirnskrio 38 Cuhnr anualmente con los recursos del HN,\DL lo, gasto, <le Agricultura y Ganaderia- Programa de lncremento de la adm1111strat1\'0S y opcrativus. indu1dos los gastns <le su Sccrctaria Pru<ludi,-1dad Agrupecmma) T<!cnica. y con el mismo presupuesto fomentar acti>1dades 15 Sulicitar a mlegrantes y part1c1pante:, del S1~Lema de Banca para de 111formacion : d1, ulgac10n que promocionen la, distmta, el Desarrullu mformaciUn sobr~ su~ programa~ de <le~arrullu activ1<ladcs rclac,onadas al Sistema de Ranca para cl ncsarrollo. pru<luc11,·u. preferent~mellle aquellas acl1vidades d1rig1<las a los seclores 16 Em1Lir mecan1:,mos <le control y e,aluac1l>n a los mtegranl~~ y part1c1pante:, <lei Sistema. que ,on priondad para la Le} 8634 ··Sistema de Banca para el 17 Em1tircualqu1ertipo de obligaciOn a los integrantes y partic1pantes Dcsarrollo" lgualmentc. con csc 111151110 prcsupucstu. cl ConscJO del Sistema de Banca para el Desarrollo R~cLor deberl1 cuntar, de confonrn<lad cun el articulo 39 de la 18 Velar por 1111 tratamiento pr1ornano J preferenc1al a los proJ ectos nonna legal supra 111d1cada. de s1stemas de mformaciOn que le viabks y fact1bks promovidos por las micro. peque1las y med1anas pcrm1tan tcncr LIila gcsti6n <locumcntal instimcional. cntcnd1da u111dades product1vas 1mpulsadas por mu1eres, minorias anicas. nla cornn d cnnJuntu <le acll\'i<la<lc~ rcali/a<la~ con d fin <lee per~onas con di~capac1dad, 1Uvenes emprendedoras, a~ociacione~ contrular, almacenar y luego r~cuperar. d~ mo<lo adecuado, la de desarrollo. cooperatJYas, asi como proyectos desarrollados en zonas de menor desarrollo relativo. y aquellos que 111corporen o informaciOn produc1da o 1ecihida en instituciones. en el desarrollo promuevan el concepto de producc1611 mas limpia de las acti\'idadcs yen upcrac1u11cs dcl Sistema de Ranca para cl 19 D1sei'iar las polit1cas para neutralizar las des1gualdades por razones o~~arrollu de g<!nero. con polit1cas de financiam1ento y apoyo no financ1ero 39 Anualmente re1111t1r para su aprobac16n su presupuesto opera11vo que pos1bl111en un acceso eqrntat1vo de las mu1eres. en cuanto al a la Contralona (ieneral de la Repl1hlica acceso al credno, avales. ga1antias, coodicmne, y ,ervic1os oo 40 Cunocer a ml1:, tardar en el me:, <le eneru de cad a aiio, el 111forme de tioancieros de desarrollo emp1esai 1al colocac16n de recursos con cierre a d1ciembre del ailo anterior. y 20 Aprohar los programa, de cr<'dito diferenciados de las ent1dade, aprohar la distrihuci6n de recursos para el ai\o en cur,o conforme financieras que tenga acceso a recurso, del rondo para conceder avales o garantias y respalden sus operaciones con e,te upo de a la, dispus1c10nes del arliculo 36 de la Ley 8634 "Sistema de garanuas. Banca para el Desarrollo·· 21 i'lctin,r pcn6d1c.m1cntc la d1stnbuc16n de los rceL1rsos de los 41 Aprobar Ins convemos para mcorpornr como colahoradores del Fondos qL1c mtegran cl FTNAOl-,, Sistema de Ranca para cl ncsarrullo. los colcgios profcs1onalcs. n Con\'l1car a hcitacion pliblica a los bancos publicos para los coleg:1os tecnicos. las orga111zac1ones no gubernamentales: sclcccionar al tiduc1ario ,Jcl FlNAnl-' y conuccr de prc\'10 para su otras organ1zac1ones dedicadas a la 111ve,11gac16n y docencrn. aprobacll\n cl cartel rcspcct1vo. asi cumu cunvcnios y alian1as cstratCg,cas cun las mst,tucinncs 23. Sulicitar al Fiduciarm del FlNADE c11ando lo consi\lere pertinenle 111formac1Un sobre el e:,tado de la carlera ,. de lus hechus relevantes y orga111zac1on~:, mt~gralllts del S1st~ma d~ Banca para el <le ese Fide1cum1so - Desarrollo. con el tin de desarrollar programas de mcuhadoras de 24 Ad111i111slrar y d1spon~r de los b1e11e:, muebles <le los lide1com1:,u~ cmpresas que integran el FINADE Po<lni tra:,ladar e:,o~ b1ene:, a la~ 42 Autonzar de cunlllrmidad con el arliculo 35 de la le~ 8634 111st1tm:1011es pi1blicas que mtegren d S1:,tema d~ Banca para el --Sistema de Banca para el Desarrollo" que con recursos del Desarrollo. hrndo de Cr6d1to para cl Dcsarrollo sc rcalicc banca <le scgundo 25 Em1tir dispos1ciones para pem11t1r con recursos del fondo de piso para olra~ ad1vida<les de orden linanc1ero, s1empre que :,e Financ1am1ento del FINADE. otras opernc1ones act1us que los cumplan los ob1et1vos y las obligac1011es de la Ley del Sistema usos. las pr.ict1cas y las t<!cnicas nacionales o 1ntemac1011aks admitan como propias de la activ1dad financiera y bancar1a. de Banca para el Desarmllo Corresponded. al Cmi,eJo Rector 26 lntegrnr la Comisi6n Tecn1ca lnterinstimcional de .',e1vicios no e:,tablecer lus pariimelrus para la determ111ac1Un de la:, tasa:, de fmancieros y de Desanollo [mpresarial que gene1aril las acc10nes mteres efect1vas segiin las cond1ciones del mercado de cornd111ac16n nece,arrns para llevar a cabo las d1rectnces y --13 Autonzar de conformidad con el articulo 35 de la Le: 863--1 pnlmcas que dicte el ConseJo Rector en materia de sen·1cios no "Sistema de Ranca para cl Dcsarrollo quc los bancos financieros y desarrollo empresarial. Pud1endo de ser nece,ano piiblicos puedan canalizar los recursos del fondo de Credito mcorpora1 a esa Crnrnsmn a<lem;:\s <le las indicadas a trave, <lei para el Desarrollo. por med10 de colocac1ones a asoc1ac1ones. reglamento respect1vo. a otras en11dades pllbhcas. 27 [stablece1 para facilitar el accmnar de la Com1s10n Tecn1ca coopera11vas. fi.111dac1ones. organ1zac1ones no guhernamentales. lnter111s11tuc1onal de Sernc10, no tinanc1e1os y de Desarrollo organin1cione~ de prodl1clores II olra~ ent1dade~ lormales. [mpresarial. conve111os con las 111stuuc10nes pl1hlicas } pnvadas siempre y cuando reahcen operac1ones de cr<!dno en programas acreduadas. que hrmdan estos sen·icios, para que acompaiien a que cumplan los ohJetivo, estahlec1dos en la Le: 8634 '·Sistema los sujetos heneficiario, del Sistema de Banca para el Desarrollo de Ranca para cl Dcsarrollu" ! .as tasas de intcrCs cfcct1Yas para en las diferentes etapas de de,arrollo de los proyecto, estas colocac1011es seriln las detinidas por el Conse.10 Rector. 28 Contratar y pa gar de sus prop1os rccursos la aud1tona cxtcrna para 44 [stahlecer comenios para con'il1tuir pOlizas de ,egu10 sohre tiscah1ar cl FlNAnl- cusccha. p,\li1as Jc saldos JcuJorcs, cntrc otras, quc garanticcn la 29 Rcc1b1r sc111cstral111cntc y cuanJo lo sol1citc cl cstadu y los hcchus rclcvantcs pur partc Jc cada banco en la ad1111n1straci6n de su recuperacilm <le los cr~dito~ olorgados con recursos <lei Sistema rcspcC11\'0 fon<lo de fi11ancia111icnto para cl dcsarrollo de Banca pa1a el De,arrollo fate tipo de conven1M cuhmiln la, 30 Aulorw1r a otras ent1dades de urden financ1eru que pue<lan aclum opcracioncs quc sc oturgucn con recursos Jcl FTNAOl-,, cun recL1rsos del fondo <le Cr~ditu para el Desarrullu cumo banca Articulo 10-Dc la claboraciOn de manualcs El Conse_ju RecLOr <le segun<lo p1so 31 Establec~r cun el Jn:,titulo Nac1011al de Aprend1,:a1e como podr.i emitu directrices. lmeam1entos y elaborar manuales que or1eme11 d colaburador <lei S1:,tema de Banca para el Desarrnllo. acl1> ida<l~~ fi.mc1onamiento de\ Sistema de Banca para el Desarmllo. siempre y cuando <le capac1Lac1Un y apoyo empresarrnl para lo~ pro\ eel us (inancia<lo~ nu se conlrapungan a lu e,tablecido en la Ley 8634 "Sislema de Banca para demro del Sistema. el Desarrollo ··. y el reglamento respect1vo. 32 Establecer co11ve111os y alianzas estrmtg:1cas con 111st1tuc1011es y Capitulo Ill orga111zac1ones 111tegrnntes del Sistema de Banca para el Desarrollo para desarrollar program as de rncubadoras de ernpresas. Ile la Stcretarla Tl"cnka del (.'onsejo Rector 33 Establecer por los rnanuales y reglamentos que em1ta los pariunetros paia poder readecuar deudas a los sujetos beneficiarios Articulo 11-Dc la CrcaciUn de la Sccrctaria TCcnica dcl afecrndos poi contmgencrns como desastres naturales o factores Consejo Rector El Consejo Rector nombrar.i una Secretaria Tfrrnca de ant16picM que impidan cumplu con sus comprrnrnsos adquiridos confonmdad con el inciso i) de\ articulo 121 de la Ley de\ Sistema de Banca al otorgltrselcs cl crCdito. para cl ncsarrollo. La Gare ta N" 200- Ju eves 16 de ortuhre del 2008 Pli.g 5

  6. Articulo 12-Dc la Estructura El Conse.10 Redor ddi111r(1 la cstructura funcional de la Sccrctaria TCcnica Aniculo 13.-0e los Rerursns El ConseJo kector anualmente as1gnar(1 los recursob para cubm lob gastob admi111strnlivos y operat1vob de la Sccrctaria TCcmca: de confornrn.lud con cl articulo I i:\J de la I e\· dcl Sistema de Banca para el Desarrollo - Articulo l~.-Dc las funcioncs Seriin Immunes <le la Secrelaria TCCn1ca. las s,gu,cntcs a E.1ecutar los acue1dos del ConseJo Recto1 b Bnndar begu11111ento a<lm1rnblrat1vo al S1;tema c Admmistrar opcrat1vamentc cl Sistema de Ranca para cl Desarrollo J Realizar un control de la correda a;igm1c10n del /inanciam1ento otnrgado a suJctns bcncticianos dd Sistema de Ranca para cl Desarrollo e Prehentar ante el Consejo Rector con b\l resped1va recomendaciiin. las solicitudes de acrcd1tac1Un de lntcrmcdianos 1'111anc1cros Pl,hlicos y Pri\ados. segll.n el keglmnentn respectivo Prehentar ante el Consejo Rector con b\l resped1va recomendaciiin. las solicitudes de acrcditacion de 111st1tuc1011cs y orgam1ac1oncs pmadas p1estadmas de servicios no tinanc1ern, y de desarrolln emprebanal. segiin el Reglamento respect1,·o. g Rcc1b1r y anali1ar los mformcs quc prcscntcn Ins opcradorcs acrednadns de lo, Program a, de /\poyo rmanciern y de Servicios No Financ1erob <le Desarrollo Empresarial con el fin <le ven(icar quc cumplcn con los obJctivos de la I cy dcl Sistema de Ranca para el Desanollo h Rcalinr cl procedi1111cnto de l1citaci(\n pllbl1ca para la cscogcncia dd riduciano de! rJNADE. trasladando al Conse.10 kector d cartel de lic1tac16n para su aprobac16n, y realizar la recomendac16n final al Consqo Rector para 4uc Cstc adjudu-1uc al Ranco hduc1ann Presentar al Conse.10 kector para su valoraciOn a mas tardar en el mes de enero de cada ar'io, con cierre a d1c1embre de] ai'io ant<:rior, confom1c a las d1sposic1oncs ,kl articulo 36) de la I cy dd Sistema de Banca para el Desarrollo, un 111forme del destmo anual de los recursos a los d1terentes proyectos product1vos. con cl fin de cuantificar si al mcnos cl cuarcnta por c1cnto (40%) sc de<;1111a a proyectos agropecuarios. acuicnlas, agrnmdustnales n comerc1ales asociados J. Rrindar cl apoyo secretarial, log1stico y legal al Consqo Ascsor M1xto. k. Pamc1par en las reu111ones de la Com1s10n lnter111st1tuc1onal de Servicios no Fmanc,cros Procurar, para el rlN,\D[, donac1ones y legados de pasonas n 111st1tuc1ones piiblicas o pnvadas. nac1onales o 1111ernac1onales. m RealiLar r~rnmendaciUn 1ec111ca al Conse.10 Rector para 1.Jlle de entre lo, nombres propuestos por la, nrgamzac10nes acrednada, como proYeedoras de serv1cios no tinanc1eros y de desarrollo empresanal. ;e el1p a Ml repr~sentante anle el Conse.10 Ase~or M1xto. n. Todas aquellas que el ConseJo Rector cons1dere pert111entes para el adecuado ll111~1onamiento del Si~tema de Banca para el Desarrollo

  7. Articulo 15.-Del manual de procedimientos de la SelTetaria TCCnica I a Secrctaria TCcnica dcl Consc_io Rector para npcrat1\'i1ar sus prncesos ) hacer ma, ag!I su a111culaci<'m, de,arrollmi un manual de proced11111entos en donde se establezca ampliamente la fomia en que rcalinra sus func1nncs 1-'stc manual v sus mod1ficac1oncs tlcbcran cnntar con la aprobac16n del Conse.10 kector ·

  8. Articulo 16 -R1ge a panir de su publ1caci611 en el Diano Otic1al la Claceta Dado en la Pres1dencia de la Repl1bl1ca -San Jose, a los 22 dias del mes de agosto dcl dos ,ml ocho. (lSCAR ARIA.', SANCH[Z_-[I Mmistro de [conomia, lndustrrn y Comerc10. Marco A Vargah Diaz-El Mi111stro de .'\gricullura y Ganadcria. Javier Flores Galar1a -1 vc1 ----(Solic1tud N" 1853--1-Ml'lC) - C-245520-(D34790-96186)

Decreto Nº 34790-MAG-MEIC ─ Reglamento del Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD) · Nelum