Decreto Nº 33.973/MINAE - Proyecto Sistema Interconectado Eléctrico para los Países América Central (SIEPAC)
颁布于 2007-07-31 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Caribbean Community (CARICOM)
- 国家
- 哥斯达黎加
- 主题
- Energy
- 关键词
- energy conservation/energy production, international organization, international trade, transport/storage
- 类别
- *
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文本
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Articulo 3°-Para la conservaci6n de especies en vias 0 peligro de extinci6n que se puedan ver afectadas, la Empresa Propietaria de la Red y el Instituto Costarricense de Electricidad, debcran reponery dar mantenimiento por un periodo minimo de cinco afios en una proporci6n no menor de diez a uno. Los arboles objeto de la reposici6n, se deberan plantar en la misma zona donde se produzca la corta, para 10 cual debera rendir un informe al Area de Conservaci6n respectiva del SINAC, la que por su parte certificara el cumplimiento de la reposici6n.
Articulo 4°-Cuando se utilice el mecanismo de reposici6n indicada en el articulo anterior, y esta se lleve a cabo en terrenos propiedad de la Empresa Propietaria de la Red 0 dellnstituto Costarricense de Electricidad, se debera adjuntar al inforrne, un plano 0 esquema indicando el sitio donde se plantaran los arboles. En aquellos casos en que la reposici6n se realice en terrenos de otras instituciones, la Empresa Propietaria de la Red, aportara ademas la autorizaci6n del ente respectivo, en donde acepte el establecimiento de la plantaci6n. Los arboles plantados de acuerdo al Decreto Ejecutivo N° 25700-MINAE no podran ser aprovechados, en raz6n de ser especies en vias 0 peligro de extinci6n.
Articulo 50 - E n el caso de las propiedades que no se encuentran inscritas en el Registro Publico de la Propiedad, se exime a la Empresa Propietaria de la Red y al Instituto Costarricense de Electricidad, del cumplimiento del articulo 89 del Reglamento a la Ley Forestal, en relaci6n con los requisitos para demostrar la titularidad de la posesi6n. , Articulo 6°-Las oficinas subregionales del Sistema Nacional de Areas de Conservaci6n en las cuales el Instituto Costarricense de Electricidad 0 la Empresa Propietaria de la Red deba acudir a solicitar los permisos correspondientes, agilizaran los tramites con el fin de que el Proyecto SIEPAC entre a operar en el periodo programado.
Articulo 7°-Rige a partir de su publicaci6n. Dado en la Presidencia de la Rcpublica.x-San Jose, a los 31 dias del mes de julio del dos mil siete. OSCAR ARIAS SANCHEZ.-EI Ministro del Ambiente y Energia, Roberto Dobies Mora.-I vez.---(Solicitud N° 38766).---C-89560.- (033973-82350).