跳到主要内容
Nelum
哥斯达黎加的法律

Decreto Nº 31.288/MAG - Declara de interés público el proyecto de Manejo Sostenible del Rastrojo de Piña y su Reconversión Productiva

颁布于 2003-04-28 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Caribbean Community (CARICOM)
国家
哥斯达黎加
主题
Cultivated plants
关键词
plant production, fruits/edible nuts, policy/planning, bioenergy, smallholders/peasants, sustainable use, organic waste
类别
agriculture

在哪里阅读

    该法律没有记录来源链接。

文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Declara de Interés Público y Conveniencia Nacional el Proyecto "Manejo Sostenible del Rastrojo de Piña y su Reconversión Productiva". Nº 31288-MAG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA En uso de las facultades que les confiere el artículo 140, incisos 3), 8), 18) y 20) y el artículo 146 de la Constitución Política, los artículos 25, 27.1, 28.2.b de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y la Ley Nº 7064 del 29 de abril de 1987, Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria, que incorpora la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y Ganadería. Considerando: 1º—Que la conservación y protección de los recursos naturales es un deber que corresponde al sector público y también a todos los ciudadanos de la República. 2º—Que es un deber del Estado impulsar activamente todo uso racional de los recursos naturales en resguardo de las consecuencias agroecológicas, ecológicas-ambientales y sobre la salud y que además genere nuevas fuentes de riqueza, produciendo desarrollo económico, social, ambiental y cultural. 3º—Que dentro de este contexto, es importante impulsar activamente la investigación básica y aplicada de proyectos que estén orientados a tales fines, dentro de los cuales se encuentra incorporado el Proyecto sobre "Manejo sostenible del rastrojo de la piña y su reconversión productiva", para lo cual debe de incentivarse la consecución de fondos específicos nacionales o internacionales para el desarrollo del proyecto, tanto en el nivel de investigación básica, aplicada y empresarial-industrial, por medio de entidades que orienten fondos para promover el manejo sostenible y la reconversión agroindustrial del rastrojo de la piña. 4º—Que la Compañía Pulpas de Celulosa de Centroamérica S. A., desde 1996, mantiene una investigación agroecológica y de reconversión productiva del rastrojo o cultivo post-cosecha de la piña, a nivel nacional, que abarca 13.700 hectáreas, las cuales generaron más de 1.100.000 toneladas métricas de rastrojo-cosecha 2001-2002- (plantación post-cosecha que se debe erradicar para renovar área de cultivo) y que actualmente su manejo, constituye un verdadero problema debido al alto costo para eliminarlo. 5º—Que la orientación de la globalización de las economías del mundo exigen mayor productividad, competitividad y en un entorno de producción limpio, por otra parte la amenaza de quedar fuera del Sistema General de Preferencias Arancelarias (S.G.P.), de la Unión Europea y la entrada de otros países al mercado internacional de la piña (fruta fresca) que tienen mano de obra barata y que seguirán beneficiándose del S.G.P. 6º—Que el proyecto Manejo Sostenible del Rastrojo de Piña y su Reconversión Productiva, propone utilizar con ciencia y tecnología innovadora y limpia, la biomasa del rastrojo (260 toneladas métricas por hectárea) y reconvertirla en materia prima y/o producto terminado para proveer el mercado nacional e internacional, incidiendo positivamente en el desarrollo de diez de los cantones rurales más pobres y producir en un plazo de cinco años más de 20.000 empleos directos. Proyecto que permitirá el desarrollo vertical y horizontal de la actividad piñera en armonía con el entorno. Por tanto, Decretan: Artículo 1º—Se declara de interés público y conveniencia nacional, el proyecto: "Manejo Sostenible del Rastrojo de Piña y su Reconversión Productiva", a desarrollar a nivel nacional y se le reconoce su importancia como proyecto que permita otros desarrollos de utilización de biomasas residuales del agro y/o industria. Artículo 2º—El Gobierno propiciará las condiciones para que a través del proyecto y el cumplimiento de sus fines y objetivos, los participantes puedan obtener los mejores beneficios y resultados previstos. Además favorecerá la interacción de la empresa Pulpas de Celulosa de Centroamérica S. A., con los pequeños, medianos y grandes productores de piña y otros sectores productivos, para que se desarrolle el proyecto en las mejores condiciones, que redunde en beneficio de los intereses públicos perseguidos. Artículo 3º—Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiocho días del mes de abril del dos mil tres.