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哥斯达黎加的法律

Decreto Nº 27694-MINAE - Modifica el Reglamento de la Ley Forestal

颁布于 1999-01-13 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Caribbean Community (CARICOM)
国家
哥斯达黎加
主题
Forestry
关键词
timber extraction/logging, private forest, forest management/forest conservation

在哪里阅读

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. N° 27694-MINAE EL PRESlDENTE DE LA REPUBLICA Y LA MINISTRA DEL AMBIENTE Y ENERGIA. En ejercicio de las facultades que Jes confieren, el articulo 40 incisos 3) y 18) de la Constituci6n Politica y la Ley Foresta! numero 7575 de] 13 de febrero de I 996; y Considerando: l 0 -Que la Ley Foresta! vigentc N° 7575, no preve en su normativa, cuales deben de ser los medios de prueba para que la Administraci6n tenga por demostrada la calidad de propietario para aquellas personas que deseen obtener permisos de aprovechamiento forestal. 2°-Que en el artfculo 89 de! Reglamento a la citada Ley, Decreto Ejecutivo N° 25721-MINAE del 17 de octubre de l 996 y su reforma contcnida en el Decrcto Ejecutivo N° 26429-MINAE del 15 de octubre de l 997. sc establece que para solicitar este tipo de permisos. bas ta con demostrar la titularidad de la posesi6n por medio de! tramitc de info1maci611 posesoria. la informaci6n para perpctua memoria, e incluso con declaraci6n jurada. 3°-Que estos documcntos no constituyen un instrumcnto juridico util para Jernostrar la propiedad. con la finalidad de autorizar la cxplotacion forestal de un inmueble. siendo lo propio acudir al c11mnlin1iP nfn dr-. 11n tr:lmitf" cnntr~ncinsn drtr:rminadn v cnmnlf"tn n11e el ··4°-Que .::n raz6n de lo cxpucsto, es ncccsario reforrnar el artfculo ~9 del Reglamento a la Lev Foresta! N° 7575, para estableccr cuales son ~ !os instrumcntos juridicos 'id6neos para demostrar la propiedad, con la !inalidad de autorizar la explotaci6n forestal de un inmueble. Por tanto: DECRETAN: A11iculo IO -Modificar el articulo 89 del Reglamento a la Ley r"orcstal N° 7575, Decreto Ejecutivo N° 25721-MINAE del 17 de octubre Je l 996 y su reforma contenida en el Decreto Ejccutivo N° 26429-MINAE Jel 15 de octubre de 1997; para queen lo sucesivo se lea: Articulo 89.-Los aprovechamientos en bosque, la corta de arboles en areas agricolas, urbanas, los proyectos agroforestales y los proyectos de reforestaci6n y regeneraci6n natural, con o sin incentivos, podran realizarse en terrenos de dominio privado inscritos, o en tcrrenos sujetos a posesi6n. Para demostrar la titularidad de la propiedad sera necesario presentar certificaci6n registral o notarial, dondc se establezca la descripci6n del inmueble, gravamenes y anotaciones. Para demostrar la titularidad de la posesi6n, se debera presentar certificaci6n judicial de la existencia de sentencia firmc en el tramite de informaci6n posesoria correspondiente. En fincas inscritas podra autorizarse el aprovechamiento cuando existan contratos de arrendamiento, o cualquier otra modalidad contractual, en estos casos debera presentarse certificaci6n registral o notarial de la inscripci6n de! arrendamiento al Registro Publico, donde se indique expresamente la posihilidad otorgada al arrendatario de disponer del recurso forestal; en las modalidades contractuales no sujetas a inscripci6n, se debera presentar certificaci6n registral o notarial de la propiedad y documento publico que demuestre la existencia del contrato y sus alcances. Ar1fculo 2°-Rige a partir de su publicaci6n. Dado en la Presidencia de la Republica.-San Jose, a los trece dfas jd mes de enero de mil novecientos noventa y nueve. MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEYERRIA.-La Ministra Jc! Ambiente y Energia, Elizabeth Odio Benito -l vez.-(Solicitud N° 21164).-C-3700.-(14250). l'ag J