Decreto Nº 23.868/MAG/TUR - Crea la Comision para el Desarrollo Sustentable de la Pesca Deportiva, denominada la Comisión de Pesca Deportiva (CPD)
颁布于 1994-11-02 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Caribbean Community (CARICOM)
- 国家
- 哥斯达黎加
- 主题
- Fisheries and aquaculture
- 关键词
- institution, non-commercial fishing, governance
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文本
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DECRETOS N" 23868-MAG-TUR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y LOS MINISTROS DE AGRICULURA Y GANADERIA YDETURJSMO De conformidad con las facultades que Jes confiere los artfculos 140 incisos 3) y 18) de la Constituci6n Politica, artfculos 2, 4 y 6 de la Ley de Pesca y Caza Marftimas N° 190 de] 28 de setiembre de 1948, la Ley N° 7384 de] 16 de marzo de 1994 y de! inciso g) de] artfculo 26 de la Ley General de la Administraci6n Publica; Considerando: !.-Que uno de los objetivos de! Gobiemo de la Republica es alcanzar un desarrollo sostenible para lo cual es importante adoptar todas las polfticas sectoriales y las acciones consiguientes para el logro de ese cometido. 2.--Que dentro de las areas prioritarias que se han definido sobre las cuales se requieren adoptar acciones inmediatas se encuentra la pesca deportiva, en virtud de su gran aporte a la economfa nacional. 3. -Que es necesario velar por el uso racional de las especies de peces picudos denominados Pez Vela (Istiophorus Platypterus), Marlin Blanco (Tetrapturus Angustinostus), Marlfn Rayado (Tetrepturus Audax), Marlfn Azul (Makllira Mazara), Marlin Negro (Makaira Indica) y Sabalo (Megalops Atlanticus), variedades todas consideradas de gran interes para la practica de la pesca deportiva. 4.--Que el sector de la Pesca Deportiva no se encuentra representado dentro de ninguna lnstituci6n o Ministerio. 5.--Que la Presidencia de la Republica considera necesario contar con un apoyo especial en esta materia, a efecto de tener una Asesorfa Directa, que facilite la toma de decisiones asf como realizar una coordinaci6n interinstitucional para fortalecer ese campo. Por tanto: DECRETAN: Artfculo 1.-Se constituye la "Comisi6n para el Desarrollo Sustentable de la Pesca Deportiva", en adelante denominada la Comisi6n de Pesca Deportiva (CPD), la cual tendra la responsabilidad de brindar asesorfa a la Presidencial de la Republica en materia de la Pesca Deportiva, asf como instar y coordinar con las entidades publicas involucradas, empresas y las organizaciones intersectoriales, la planificaci6n y regulaci6n del deporte. Artfculo 2.-La Comisi6n de Pesca Deportiva, estara adscrita al Instituto Costarricense de Pesca y Acuacultura, la cual debera asesorar y rendir informes a dicho Instituto. El cual procurara, brindar el apoyo logfstico necesario, para que la misma inicie su operaci6n en el menor plazo posible. Asimismo se autoriza a las Entidades Publicas involucradas a prestar la debida colaboraci6n a la Comisi6n de Pesca Deportiva, en la medida de sus posibilidades. Artfculo 3.-La Comisi6n estara integrada de la siguiente forma: 1.-Un representante de la Presidencia de la Republica, quien la presidira. 2.-Un representante del Instituto Costarricense de Pesca y Acuacultura, desig nado por la Junta Directiva. 3.-Un representante de! Instituto Costarricense de Turismo, designado por el Ministro de Turismo. 4.- Un representante de la Camara Nacional de Turismo (CANA TUR), desig nado por dicha Camara. 5.-Un representante de] sector privado, con conocimiento en la materia, el cual sera seleccionado por la Junta Directiva del INCOPESCA de las temas que le remitan las agrupaciones gremiales. Artfculo 4.-La Comisi6n podra dictar su propio reglamento intemo de funcionamiento. Los acuerdos se adoptaran por mayorfa simple y en caso de empate el representante de la Presidencia de la Republica tendra derecho a doblc voto. Artfculo 5.-Rige a partir de su publicaci6n. Dado en la Presidcncia de la Republica, San Jose, a los dos dfas del mes de noviembre de mil novecicntos noventa y cuatro. JOSE MARIA FIGUERES OLSEN.-Los Ministros de Agricultura y Ganaderfa, Mario Carvajal Herrera y de Turismo, Carlos Roesch Carranza.-] vez.-C-4500.-(58313).