Decreto Nº 18.320/MAG - Permisos de pesca
颁布于 1988-06-13 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Caribbean Community (CARICOM)
- 国家
- 哥斯达黎加
- 主题
- Fisheries and aquaculture
- 关键词
- marine fisheries, fishing gear/fishing method, artisanal fisheries, fishing authorization, fishery management and conservation, authorization/permit
在哪里阅读
该法律没有记录来源链接。
文本
所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。
NQ18320 El Presdiente de la Republica y el Ministro de Agricultura y Gana deria, En ejercicio de las facultades que le confiere el artfculo 140, inciso 3) de la Constituci6n Polftica y de confonnidad con lo establecido en el artfculo 62, inciso a) del Decreto-ley N2 190 de! 28 de setiembre de 1948; Decretan: Articulo l2 - Modiffquese el artfculo 82 del Decreto Ejecutivo N2 17658-MAG del 17 de julio de 1987, el cual debeni leerse como sigue: "Articulo s~. -El penniso de pesca que otorga el Ministerio de Agri cultura y Ganaderfa, es patrimonio de! Estado, no constituye tftulo negociable por parte de persona alguna, no podra enajenarse en ningun caso. Si el permisionario decidiere traspasar la embarcaci6n, debera contar de previo, con la aprobaci6n del Ministerio, en caso contrario, el Ministerio cancelara administrativamente el permiso de pesca. Para dar cumplimiento a Jo anterior el permisionario debera solicitar al Ministerio de Agricultura y Ganaderfa la aprobaci6n del traspaso, aportando la documentaci6n que le sea solicitada por la comisi6n que para este fin se creara, en la Oficina de! Coordinador General de Pesca, sita en San Jose. Dicha comisi6n estara integrnda por los sefiores : Director General de Recursos Pesqueros y Acuacultura, el Director de la Direcci6n de Aseso rfa Jurfdica y el Jefe de! Departamento de Protecci6n y Registro, quienes analizaran la petici6n planteada, y hanin las recomendaciones pertinentes, ante el Coordinador General de Pesca, para lo que corresponda." Articulo 22 - Rige a partir de su publicaci6n. Dado en la Presidencia de la Republica. del mes de junio de mil novecientos oche Oscar Arias Sanchez El Ministro de Agricultura y Ganaderfa Antonio Alvarez Desanti. 182