Acuerdo Nº 24/MP - Declara de interés público la Iniciativa Paz con la Naturaleza
颁布于 2006-12-07 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Caribbean Community (CARICOM)
- 国家
- 哥斯达黎加
- 主题
- Environment
- 关键词
- ecosystem conservation, environmental planning, environmental audit, environmental standards, pollution control, institution, legal proceedings/administrative proceedings, policy/planning, standards, protection of environment, governance
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La Gaceta N° 250 - Viemes 29 de diciembre del 2006 Pag3 MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA N°024-MP EL PRESlDENTE DE LAREPUBLlCA Y EL MINISTRO DE LA PRESlDENCIA Con fundamento en las atribuciones y facultades que les confieren los articulos 140 inciso 8) y 188 de la Constituci6n Politica, y los articulos 4, II, 25, 26 inciso b), 27 inciso I), 98, 99, 100 y II3 inciso I) de la Ley General de la Administraci6n Publica, Ley N° 6227 de 28 de abril de 1978, Considerando: 1°-Que la Constituci6n Politica enuncia los principios rectores de la funcion y organizaci6n administrativa, que deben orientar, dirigir y condicionar a todos los entes y 6rganos que conforman la Administraci6n Publica en su cotidiano quehacer. 2°-Que la Constituci6n Politica establece el deber de tutela del ambiente a cargo, del Estado. 3°-Que dia a dia somos testigos de la degradaci6n alarmante que sufre el Planeta por problemas como el calentamiento global, la desaparici6n y degradaci6n de los bosques y de la biodiversidad, la explotaci6n irracional y suicida de los recursos marinos, el deterioro de los suelos y la acumulaci6n de fuentes t6xicas y contaminantes en todos sus elementos. Pag4 La Gaceta N° 250 - Viemes 29 de diciembre del 2006 4°-Que el Planeta es un ecosistema de cuyos equilibrios ecologicos depende la vida de todas las especies, incluyendo la misma especie humana. 50-Que Costa Rica, junto con todos los otros paises del mundo, es parte interdependiente de un unico ecosistema planetario, por 10 que las decisiones que se tomen en cada pais tienen repercusiones tanto al interior como mas alia de las fronteras geopoliticas de los Estados. 6°-Que para satisfacer las necesidades del presente sin comprometer la posibilidad de las futuras generaciones de satisfacer las suyas, Costa Rica ha venido enrumbandose hacia la adopcion de un modelo de desarrollo que sea ecologica, social y economicamente sostenible, conforme con los compromisos y anhelos de la comunidad internacional. 7°-Que es una prioridad del Gobierno la defensa de la naturaleza y el ambiente como un eje central de la politica costarricense. 8°-Que es una prioridad de este Gobierno volver a situar a Costa Rica como una potencia moral en el ambito internacional, capaz de convocar al mundo en pro de las mejores causas como la paz, la educacion y los derechos humanos, siendo la paz con la naturaleza una de elias. 9°-Que Costa Rica, en razon de la credibilidad que Ie confiere la historia por sus logros en areas como educacion, salud, democracia, derechos humanos, desarrne y conservacion de la naturaleza, tiene la autoridad moral para asumir un liderazgo activo a nivel internacional para promover una mayor responsabilidad politica orientada a resolver los problemas que afectan el ecosistema planetario. 1O.-Que se debe guardar coherencia entre las propuestas y la accion politica del Gobierno, a nivel nacional e internacional. ll.-Que el pais ha asumido un compromiso con el logro de los Objetivos del Milenio y con el cumplimiento de principios y obligaciones derivados del marco juridico internacional. 12.-Que el Gobierno esta impulsando el "Consenso de Costa Rica" como uno de los ejes centrales de su politica exterior, y en este marco ha decidido lanzar un movimiento mundial para declararle la paz activa y perpetua a la naturaleza, el cual llevara por nombre "paz con la Naturaleza". l3.-Que para lIevar adelante esta iniciativa se requiere el concurso y el apoyo del Estado en su conjunto asi como de los diferentes sectores y actores sociales del pais. Por tanto, ACUERDAN: Articulo 10-Se declara de interes publico la lniciativa "Paz con la Naturaleza" impulsada por la Presidencia de la Republica. Articulo 2°-Se hace saber a los jerarcas de todos los Ministerios del Gobierno, de las instituciones autonornas y demas entes publicos, que deberan: I) Prestar todo su apoyo y colaboracion a la lniciativa "Paz con la Naturaleza", su Comision Presidencial, Comite Ejecutivo, Oficina Ejecutiva y las actividades que desarrollen para su puesta en ejccucion. 2) Conforme con sus posibilidades, brindar apoyo tecnico y recursos humanos, financieros y logisticos, para el desarrollo de las actividades propias de la lniciativa y sus organos, 3) Tomar las previsiones necesarias para que sus actos, decisiones, programas, planes y politicas coadyuven al cumplimiento de los fines y objetivos de la lniciativa. 4) Dentro del plazo improrrogable de noventa dias, presentar un plan en el que se especifique la manera en que sus politicas y objetivos institucionales van a ajustarse a los lineamientos que se dicten para la aplicacion de esta lniciativa. 5) Elaborar y presentar un plan de gestion ambiental con base en los lineamientos que seran elaborados por el Ministerio de Ambiente y Energia. Dicho Plan sera entregado a mas tardar el ultimo dia de enero del 2007. Articulo 3°-Los jerarcas de las entidades antes mencionadas, seran los responsables de velar por que se cumpla con la ejecucion de las decisiones derivadas de esta lniciativa. Articulo 4°-Se extiende una cordial invitacion a los demas Poderes del Estado y a todas las Municipalidades del pais, para que en el marco de sus competencias y responsabilidades, programas y prioridades, consideren apoyar politica, financiera 0 institucionalmente esta lniciativa, 0 cualquiera de sus componentes 0 actividades. Articulo 5°-Se exhorta a todas las organizaciones sociales, profesionales, gremiales, civicas, educativas, empresariales, politicas, cooperativas, solidaristas, religiosas, etc.; asi como al publico en general, para que apoyen estalniciativa 0 cualquierade sus componente 0 actividades, dentro del marco de sus propios fines y objetivos. Articulo 6°-Se autoriza a las instituciones que conforman el Sector Publico, incluidos los gobiernos locales y las universidades estatales, a brindar apoyo tecnico y recursos humanos, financieros y logisticos, para el desarrollo de las actividades propias de la lniciativa y sus organos, Articulo 7°-Las disposiciones contenidas en los articulos 2 y 3 tienen el rango de directriz y son de acatamiento obligatorio para sus destinatarios. Articulo 8°-Rige a partir de su publicacion, Dada en la Presidencia de la Republica.vvSan Jose, a los siete dias del mes de diciembre del dos mil seis. OSCARARIAS SANCHEZ.-EI Ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias Sanchez.c-I vez.---(Solicitud N° 291-2006).-C-47870.---(1l5700).